Diferencia entre revisiones de «QUIROGA VASCO DE: Escritos»
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Así mismo, propone la creación de ciudades, donde puedan reunirse los indios dispersos (reducciones para vivir en policía); describe la humildad, obediencia y pobreza del indígena; se ofrece a ''“poner y plantar un género de cristianos a las derechas semejantes a los de la Iglesia Primitiva”;'' alude a la forma de resolver el problema del trabajo en las minas; hace referencia a la necesidad de que los Oidores visiten los territorios, y da cuenta de algunos de los acontecimientos ocurridos últimamente en la Nueva España. | Así mismo, propone la creación de ciudades, donde puedan reunirse los indios dispersos (reducciones para vivir en policía); describe la humildad, obediencia y pobreza del indígena; se ofrece a ''“poner y plantar un género de cristianos a las derechas semejantes a los de la Iglesia Primitiva”;'' alude a la forma de resolver el problema del trabajo en las minas; hace referencia a la necesidad de que los Oidores visiten los territorios, y da cuenta de algunos de los acontecimientos ocurridos últimamente en la Nueva España. | ||
− | ==INFORMACIÓN EN DERECHO.<ref>J.C. MORAN ÁLVAREZ, El Pensamiento de Vasco de Quiroga, Génesis y Trascendencia, 45-52</ref>== | + | ==INFORMACIÓN EN DERECHO.<ref>J.C. MORAN ÁLVAREZ, ''El Pensamiento de Vasco de Quiroga, Génesis y Trascendencia'', 45-52</ref>== |
Entre sus escritos destaca: «Información en Derecho». Lleva fecha del 24 de julio de 1535, cuatro años después de su llegada a México como Oidor. Gracias a él podemos conocer bien su pensamiento y las bases de su formación jurídica y teológica. Está dirigido a un miembro del Consejo de Indias, muy probablemente se trata del Dr Don Bernal Díaz de Luco. | Entre sus escritos destaca: «Información en Derecho». Lleva fecha del 24 de julio de 1535, cuatro años después de su llegada a México como Oidor. Gracias a él podemos conocer bien su pensamiento y las bases de su formación jurídica y teológica. Está dirigido a un miembro del Consejo de Indias, muy probablemente se trata del Dr Don Bernal Díaz de Luco. | ||
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==LAS REGLAS Y ORDENANZAS DE LOS HOSPITALES DE SANTA FE== | ==LAS REGLAS Y ORDENANZAS DE LOS HOSPITALES DE SANTA FE== | ||
− | Consta por el «Testamento» de Don Vasco de Quiroga que él había hecho ciertas «Ordenanzas» para el gobierno de los «Hospitales de Santa Fe». Escribe en la cláusula duodécima del mismo: ''“Item declaro y es mi voluntad que se vean las Reglas y Ordenanzas que Yo tengo hechas en el Hospital de Santa Fe, así en el de México como en el de Michoacán, para que vistas se guarden y cumplan como en ellas está declarado, porque aquello es mi voluntad y para aquel efecto las he hecho, y no se exceda cosa alguna; y el Deán, Cabildo de nuestra Santa Iglesia tengan cuenta y razón como se guarden y cumplan las dichas Ordenanzas”.''<ref>J. Benedict WARREN, Testamento del Obispo Vasco de Quiroga, edición facsimilar con otros documentos, Fimax, Morelia, 1997, 64.</ref> | + | Consta por el «Testamento» de Don Vasco de Quiroga que él había hecho ciertas «Ordenanzas» para el gobierno de los «Hospitales de Santa Fe». Escribe en la cláusula duodécima del mismo: ''“Item declaro y es mi voluntad que se vean las Reglas y Ordenanzas que Yo tengo hechas en el Hospital de Santa Fe, así en el de México como en el de Michoacán, para que vistas se guarden y cumplan como en ellas está declarado, porque aquello es mi voluntad y para aquel efecto las he hecho, y no se exceda cosa alguna; y el Deán, Cabildo de nuestra Santa Iglesia tengan cuenta y razón como se guarden y cumplan las dichas Ordenanzas”.''<ref>J. Benedict WARREN, ''Testamento del Obispo Vasco de Quiroga, edición facsimilar con otros documentos,'' Fimax, Morelia, 1997, 64.</ref> |
− | El original de las Ordenanzas se ha perdido. Una copia incompleta del mismo fue localizada por J. J. Moreno en el Archivo de la Sala Capitular de la Catedral de Morelia. El título es: «Reglas y ordenanzas para el gobierno de los hospitales de Santa Fe de México y de Michoacán, dispuestas por su fundador el reverendísimo y venerable señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán». Escribe Moreno:<ref>J. J. MORENO, Vida de Don Vasco de Quiroga, Ordenanzas, Testamento: Colección, documentos y testimonios. Edición facsimilar de la impresa en 1766. Basal Editores, Morelia 1989; Idem, Con estudio introductorio de Ricardo LEÓN ALANÍS, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Morelia 1998.</ref> | + | El original de las Ordenanzas se ha perdido. Una copia incompleta del mismo fue localizada por J. J. Moreno en el Archivo de la Sala Capitular de la Catedral de Morelia. El título es: «Reglas y ordenanzas para el gobierno de los hospitales de Santa Fe de México y de Michoacán, dispuestas por su fundador el reverendísimo y venerable señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán». Escribe Moreno:<ref>J. J. MORENO, ''Vida de Don Vasco de Quiroga, Ordenanzas, Testamento: Colección, documentos y testimonios''. Edición facsimilar de la impresa en 1766. Basal Editores, Morelia 1989; ''Idem,'' Con estudio introductorio de Ricardo LEÓN ALANÍS, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Morelia 1998.</ref> |
''“Ya se deja entender que con esto cualquiera quedaría inflamado en el deseo de ver pieza tan venerable por su Autor, como Yo lo estuve mucho tiempo, hasta que en el Archivo de la Sala Capitular de esta Santa Iglesia, en el Legajo 69, hallé un cuaderno sin principio ni fin, que por su contexto me hizo venir fácilmente en el conocimiento de que esto era lo que deseaba.'' | ''“Ya se deja entender que con esto cualquiera quedaría inflamado en el deseo de ver pieza tan venerable por su Autor, como Yo lo estuve mucho tiempo, hasta que en el Archivo de la Sala Capitular de esta Santa Iglesia, en el Legajo 69, hallé un cuaderno sin principio ni fin, que por su contexto me hizo venir fácilmente en el conocimiento de que esto era lo que deseaba.'' | ||
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''Me he valido para esto del Diccionario que dio a luz la Real Academia de la lengua Española: en lo que no he puesto mano es en ciertos giros o locuciones que son propias del estilo del siglo XVI y que si se quisieran mudar sería adulterar el texto. He procurado también disponer la puntuación y ortografía al modo que es corriente en nuestro siglo, porque tengo eso menos, que extrañar los Lectores, poco acostumbrados a las antigüedades en que casi no había puntuación, y en orden a las letras había notable variedad respecto de lo que se practica en el día.'' | ''Me he valido para esto del Diccionario que dio a luz la Real Academia de la lengua Española: en lo que no he puesto mano es en ciertos giros o locuciones que son propias del estilo del siglo XVI y que si se quisieran mudar sería adulterar el texto. He procurado también disponer la puntuación y ortografía al modo que es corriente en nuestro siglo, porque tengo eso menos, que extrañar los Lectores, poco acostumbrados a las antigüedades en que casi no había puntuación, y en orden a las letras había notable variedad respecto de lo que se practica en el día.'' | ||
− | ''Bien conozco que el orden en que van puestas no es el que debían tener, pues las materias que son afines se hallan del todo separadas; pero no habiendo hallado en el original cosa que obligase a mudar o invertir algo, como se halló para la última que se pone, he querido guardar conformidad con el texto en cosa que por otro lado no trae inconveniente alguno de consideración”.''<ref>R. AGUAYO SPENCER, Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico. Edición, Liminar y Notas de José Luis Soberanes, Miguel Ángel Porrúa, Librero-Editor, México 1986³, 221-240. Las Reglas y Ordenanzas las publica también (incompletas según el MS conservado) F. MARTÍN HERNÁNDEZ, Don Vasco de Quiroga. Protector de los Indios. Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca, 2004, 277-296. P. ARCE GARGOLLO, Vasco de Quiroga. Jurista con mentalidad secular, Ed. Porrúa-Universidad Panamericana, México 2007,139-155, publica Las Reglas y Ordenanzas, en una versión moderna, morfológicamente actualizada.</ref> | + | ''Bien conozco que el orden en que van puestas no es el que debían tener, pues las materias que son afines se hallan del todo separadas; pero no habiendo hallado en el original cosa que obligase a mudar o invertir algo, como se halló para la última que se pone, he querido guardar conformidad con el texto en cosa que por otro lado no trae inconveniente alguno de consideración”.''<ref>R. AGUAYO SPENCER, ''Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico.'' Edición, Liminar y Notas de José Luis Soberanes, Miguel Ángel Porrúa, Librero-Editor, México 1986³, 221-240. Las ''Reglas y Ordenanzas'' las publica también (incompletas según el MS conservado) F. MARTÍN HERNÁNDEZ, ''Don Vasco de Quiroga. Protector de los Indios''. Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca, 2004, 277-296. P. ARCE GARGOLLO, ''Vasco de Quiroga. Jurista con mentalidad secular,'' Ed. Porrúa-Universidad Panamericana, México 2007,139-155, publica Las ''Reglas y Ordenanzas'', en una versión moderna, morfológicamente actualizada.</ref> |
==EL TESTAMENTO DE DON VASCO DE QUIROGA== | ==EL TESTAMENTO DE DON VASCO DE QUIROGA== | ||
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El 24 llama al escribano Alonso de Cáceres para dar fe de lo escrito y lo lea ante los miembros del cabildo y algunos testigos, entre los que se encontraban el tesorero Pedro de Yepes y Juan Fernández de León entonces rector del Colegio de San Nicolás. Terminada la lectura firman el obispo, los testigos y los albaceas que son los bachilleres y canónigos Jerónimo Rodríguez y Juan de Velasco. El testamento consta de 15 folios. | El 24 llama al escribano Alonso de Cáceres para dar fe de lo escrito y lo lea ante los miembros del cabildo y algunos testigos, entre los que se encontraban el tesorero Pedro de Yepes y Juan Fernández de León entonces rector del Colegio de San Nicolás. Terminada la lectura firman el obispo, los testigos y los albaceas que son los bachilleres y canónigos Jerónimo Rodríguez y Juan de Velasco. El testamento consta de 15 folios. | ||
− | En él explica primeramente las razones que le llevaron a la fundación del Colegio de San Nicolás y deja normas para su buen funcionamiento. Recuerda filialmente a sus padres y asigna una cantidad para que se celebren misas en la Iglesia de San Nicolás de la Villa de Madrigal donde se encuentran. Determina también que de sus bienes se paguen las deudas que tenga y se satisfagan los salarios que se deben. El resto lo deja para la diócesis y los pobres. Para él pide que se celebren sufragios y misas.<ref>Así sintetiza los datos del Testamento: P. ARCE GARGOLIO, ibidem, 120.</ref> | + | En él explica primeramente las razones que le llevaron a la fundación del Colegio de San Nicolás y deja normas para su buen funcionamiento. Recuerda filialmente a sus padres y asigna una cantidad para que se celebren misas en la Iglesia de San Nicolás de la Villa de Madrigal donde se encuentran. Determina también que de sus bienes se paguen las deudas que tenga y se satisfagan los salarios que se deben. El resto lo deja para la diócesis y los pobres. Para él pide que se celebren sufragios y misas.<ref>Así sintetiza los datos del Testamento: P. ARCE GARGOLIO, ''ibidem,'' 120.</ref> |
El Testamento fue publicado por primera vez por J. J. MORENO, en «Fragmentos de la Vida y virtudes de Don Vasco de Quiroga…» (1766), obra que ha tenido desde entonces varias reimpresiones.<ref>P. ARCE GARGOLIO, Ibidem, 313-314, da las referencias de al menos 11 reimpresiones hasta 1988, ediciones cuidadas con introducciones por varios conocidos estudiosos de Don Vasco de Quiroga.</ref>Entre otras está la del Dr. Nicolás León: «El Ilustrísimo señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán», México 1903, 75-103. Lo reproduce R. Aguayo Spencer en las primeras ediciones de su obra citada «Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico», y lo vuelve a reproducir con algunas correcciones en la de 1989, 240-258. | El Testamento fue publicado por primera vez por J. J. MORENO, en «Fragmentos de la Vida y virtudes de Don Vasco de Quiroga…» (1766), obra que ha tenido desde entonces varias reimpresiones.<ref>P. ARCE GARGOLIO, Ibidem, 313-314, da las referencias de al menos 11 reimpresiones hasta 1988, ediciones cuidadas con introducciones por varios conocidos estudiosos de Don Vasco de Quiroga.</ref>Entre otras está la del Dr. Nicolás León: «El Ilustrísimo señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán», México 1903, 75-103. Lo reproduce R. Aguayo Spencer en las primeras ediciones de su obra citada «Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico», y lo vuelve a reproducir con algunas correcciones en la de 1989, 240-258. |
Revisión actual del 21:32 28 may 2020
Sumario
- 1 ESCRITOS EDITADOS DE DON VASCO, Y DOCUMENTOS DE ARCHIVO INFLUENCIADOS POR ÉL.
- 2 CARTA AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE INDIAS
- 3 INFORMACIÓN EN DERECHO.[1]
- 4 LAS REGLAS Y ORDENANZAS DE LOS HOSPITALES DE SANTA FE
- 5 EL TESTAMENTO DE DON VASCO DE QUIROGA
- 6 CARTA PASTORAL DE DON VASCO ESCRITA EN 1554
- 7 EL TRATADO «DE DEBELLANDIS INDIS» ATRIBUIDO A DON VASCO
- 8 MANUAL DE ADULTOS
- 9 NOTAS
- 10 BIBLIOGRAFÍA
ESCRITOS EDITADOS DE DON VASCO, Y DOCUMENTOS DE ARCHIVO INFLUENCIADOS POR ÉL.
De Don Vasco de Quiroga se contabilizan al menos 136 escritos conocidos, algunos de ellos se encuentran en Legajos con otros documentos que no son de la autoría de Don Vasco. Los principales escritos de Don Vasco de Quiroga, conocidos hasta ahora, son cinco: La «Carta dirigida al consejo de Indias», La «Información en Derecho», Las «Reglas y Ordenanzas de los Hospitales de Santa Fe», su «Testamento» y la «Carta Pastoral de 1554».
También podemos ampliar el conocimiento de su pensamiento en sus documentos relacionados con los derechos naturales de los indios (ius Gentium); en los temas relacionados con la conquista y el gobierno de las tierras de la Nueva España; en los temas de carácter catequético, especialmente sobre el régimen de los «pueblos-hospitales», y en las disposiciones fundamentales dejadas en su Testamento redactado poco antes de morir.
Hay otros dos escritos más; uno conocido como «Manual de Adultos» y el tratado «De debellandis indis», atribuidos a Don Vasco, pero de ellos solamente existen algunas páginas, y sobre todo del último no se ha aclarado hasta ahora su autoría.
CARTA AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE INDIAS
Don Vasco escribe una carta al Presidente del Consejo de Indias, el Conde de Osorno, el 14 de agosto de 1531, donde pide el rápido envío a la Nueva España de un presidente para la Audiencia, que sea “persona de letras y experiencia, de mucha conciencia y sin codicia”.
Así mismo, propone la creación de ciudades, donde puedan reunirse los indios dispersos (reducciones para vivir en policía); describe la humildad, obediencia y pobreza del indígena; se ofrece a “poner y plantar un género de cristianos a las derechas semejantes a los de la Iglesia Primitiva”; alude a la forma de resolver el problema del trabajo en las minas; hace referencia a la necesidad de que los Oidores visiten los territorios, y da cuenta de algunos de los acontecimientos ocurridos últimamente en la Nueva España.
INFORMACIÓN EN DERECHO.[1]
Entre sus escritos destaca: «Información en Derecho». Lleva fecha del 24 de julio de 1535, cuatro años después de su llegada a México como Oidor. Gracias a él podemos conocer bien su pensamiento y las bases de su formación jurídica y teológica. Está dirigido a un miembro del Consejo de Indias, muy probablemente se trata del Dr Don Bernal Díaz de Luco.
Redactó la «Información en Derecho» con el fin de desmentir, mediante este alegato, las informaciones torcidas que habían influido para la emisión de una cédula real, fechada el 20 de febrero de 1534, en la que se permitía que los indios fueran «herrados, vendidos o comprados», revocando así otra cédula real del 5 de noviembre de 1529 que disponía lo contrario.
Condenar esas disposiciones esclavistas y abogar por el restablecimiento de la cédula de 1529 fue su principal cometido. Ejecutar la cédula real de 1534 significada cancelar toda la obra que la Segunda Audiencia había comenzado a favor de la libertad de los indios. Los Oidores ponen en conocimiento de la Corona el daño que la aplicación de aquellas últimas disposiciones iban a ocasionar.
La «Información en Derecho» refleja muy bien el amor de Don Vasco de Quiroga a los indios, muestra su alto sentido de la justicia, lucha por la pacificación y evangelización de las Indias, expresa su convencida confianza en las gentes del Nuevo Mundo, la renovación de la edad dorada y el establecimiento de una Iglesia “como la primitiva de los apóstoles”.
Aprovecha la ocasión para señalar no solo la triste situación del indígena y la exigencia fundamental de dar un buen trato a los naturales; trata el tema entonces tan debatido sobre la guerra justa, los señoríos y bienes de los indios, la autoridad papal en los temas suscitados a partir de las bulas alejandrinas, los derechos de los monarcas españoles sobre las Indias y la esclavitud. Por ello transcribe en el preámbulo de su escrito la bula alejandrina «Inter cetera» y el «codicilo» de Isabel la Católica en su Testamento sobre el sentido de los descubrimientos y el trato que había que dar al mundo indígena como sujetos de derecho inalienable.
Esta defensa constituye un verdadero monumento jurídico y entra a formar parte de la historia del Derecho de Gentes, sostenido por la Escuela de Salamanca con los dominicos Fray Francisco de Vitoria, padre y defensor de tales derechos, y otros notables teólogos y juristas como Melchor Cano, Domingo Bañez, Domingo de Soto y más tarde el jesuita Francisco Suárez. Queda afirmado con bastante fundamento que Don Vasco se graduó en derecho en Salamanca y que pertenece por lo tanto a aquella Escuela teológico-jurídica.
También Bernal Díaz de Luco, jurista y canonista, futuro obispo de Calahorra y miembro del Consejo de Indias, al que probablemente Don Vasco dedica su obra, estuvo muy unido a Salamanca. La «Información en Derecho» de Don Vasco refleja bien el pensamiento de aquella Escuela pues fue publicada antes que viesen la luz las «Relectiones de Indiis» (1537 y 1539) de Vitoria.
En la parte final de su obra acude Don Vasco a Luciano y a Tomás Moro, y propone todo un sistema para las Indias basado en la concentración de los indígenas en ciudades, y el establecimiento de una Iglesia semejante a la primitiva. El manuscrito se conserva en la Biblioteca Nacional de Madrid (MS 7369) y fue publicado en la Colección de Documentos inéditos del Archivo de Indias bajo el título: «Información en derecho del licenciado Quiroga sobre algunas provisiones del Real Consejo de Indias» (4 de julio de 1535).[2]
LAS REGLAS Y ORDENANZAS DE LOS HOSPITALES DE SANTA FE
Consta por el «Testamento» de Don Vasco de Quiroga que él había hecho ciertas «Ordenanzas» para el gobierno de los «Hospitales de Santa Fe». Escribe en la cláusula duodécima del mismo: “Item declaro y es mi voluntad que se vean las Reglas y Ordenanzas que Yo tengo hechas en el Hospital de Santa Fe, así en el de México como en el de Michoacán, para que vistas se guarden y cumplan como en ellas está declarado, porque aquello es mi voluntad y para aquel efecto las he hecho, y no se exceda cosa alguna; y el Deán, Cabildo de nuestra Santa Iglesia tengan cuenta y razón como se guarden y cumplan las dichas Ordenanzas”.[3]
El original de las Ordenanzas se ha perdido. Una copia incompleta del mismo fue localizada por J. J. Moreno en el Archivo de la Sala Capitular de la Catedral de Morelia. El título es: «Reglas y ordenanzas para el gobierno de los hospitales de Santa Fe de México y de Michoacán, dispuestas por su fundador el reverendísimo y venerable señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán». Escribe Moreno:[4]
“Ya se deja entender que con esto cualquiera quedaría inflamado en el deseo de ver pieza tan venerable por su Autor, como Yo lo estuve mucho tiempo, hasta que en el Archivo de la Sala Capitular de esta Santa Iglesia, en el Legajo 69, hallé un cuaderno sin principio ni fin, que por su contexto me hizo venir fácilmente en el conocimiento de que esto era lo que deseaba.
Y ciertamente para su identidad sobran las pruebas que ministran las más de ellas que hacen relación a los dichos Hospitales y su instituto; especialmente la primera, que trata de las fiestas votivas y la última de las que aquí hemos puesto, que expresa las señas más individuales de su Autor. A lo que se añade tener el cuaderno a la margen diferentes correcciones y ediciones de la misma letra del Venerable Señor que conozco bien.
El tiempo en que las hizo fue casi el último período de su vida, y por esa razón quedaron en borrador, sin haberse podido sacar siquiera una copia en limpio, ni haberse puesto en observancia como lo deseaba su piadoso Autor. Es bien manifiesta su mente, en que quiere se guarden sólo en los Pueblos de Santa Fe de México y Michoacán, a las que repetidamente llama ya Hospital, ya Colegio, por las razones que en las notas se insinúan, no quiso obligasen a los demás Hospitales, aunque también eran obra suya, porque a estos sólo miraba con particularidad como que él mismo había fundado el Hospital, la Iglesia y aún hasta el Pueblo, que antes no le había. Por estas razones tuvo siempre el Patronato y pudo disponer de él para después de sus días.
No queriendo pues defraudar al público de una obra tan respetable y edificativa, tan llena de prudencia y sabiduría celestial y tan conducente a hacernos formar del espíritu de su Amor una idea cabal, he resuelto imprimirlas al fin de su vida. Ojalá viéndolas aquellos por quienes trabajó tanto este esclarecido Varón se animen a ponerlas en práctica, si no todas, por lo menos algunas que pueden ser acomodadas a las costumbres de este siglo. Para este fin he procurado en esta edición hacerles algunas notas conducentes a su inteligencia y he puesto a la margen el significado de aquellas voces que por no estar hoy en uso podrían ser tropiezo para ella.
Me he valido para esto del Diccionario que dio a luz la Real Academia de la lengua Española: en lo que no he puesto mano es en ciertos giros o locuciones que son propias del estilo del siglo XVI y que si se quisieran mudar sería adulterar el texto. He procurado también disponer la puntuación y ortografía al modo que es corriente en nuestro siglo, porque tengo eso menos, que extrañar los Lectores, poco acostumbrados a las antigüedades en que casi no había puntuación, y en orden a las letras había notable variedad respecto de lo que se practica en el día.
Bien conozco que el orden en que van puestas no es el que debían tener, pues las materias que son afines se hallan del todo separadas; pero no habiendo hallado en el original cosa que obligase a mudar o invertir algo, como se halló para la última que se pone, he querido guardar conformidad con el texto en cosa que por otro lado no trae inconveniente alguno de consideración”.[5]
EL TESTAMENTO DE DON VASCO DE QUIROGA
El Testamento de Don Vasco de Quiroga se encuentra en: «El deán y cabildo de Michoacán con el fiscal de su Magestad sobre el patronazgo de los dos hospitales de Santa Fe y colegio de San Nicolás, México, año de 1566». Archivo General de Indias, Justicia, Legajo 208. Copia Pública, Vol. LXVI, pp. 20015-20071.
El Testamento fue emitido por Don Vasco de Quiroga, como consta en el mismo, el 24 de enero de 1565; muere casi dos meses después, el 14 de marzo de 1565. Se sabe que estuvo enfermo y que pasó una larga temporada en el «Pueblo-hospital de Santa Fe» de México. A principios de 1565 manifiesta al cabildo de la catedral michoacana su voluntad de hacer un testamento que redacta de su puño y letra.
El 24 llama al escribano Alonso de Cáceres para dar fe de lo escrito y lo lea ante los miembros del cabildo y algunos testigos, entre los que se encontraban el tesorero Pedro de Yepes y Juan Fernández de León entonces rector del Colegio de San Nicolás. Terminada la lectura firman el obispo, los testigos y los albaceas que son los bachilleres y canónigos Jerónimo Rodríguez y Juan de Velasco. El testamento consta de 15 folios.
En él explica primeramente las razones que le llevaron a la fundación del Colegio de San Nicolás y deja normas para su buen funcionamiento. Recuerda filialmente a sus padres y asigna una cantidad para que se celebren misas en la Iglesia de San Nicolás de la Villa de Madrigal donde se encuentran. Determina también que de sus bienes se paguen las deudas que tenga y se satisfagan los salarios que se deben. El resto lo deja para la diócesis y los pobres. Para él pide que se celebren sufragios y misas.[6]
El Testamento fue publicado por primera vez por J. J. MORENO, en «Fragmentos de la Vida y virtudes de Don Vasco de Quiroga…» (1766), obra que ha tenido desde entonces varias reimpresiones.[7]Entre otras está la del Dr. Nicolás León: «El Ilustrísimo señor don Vasco de Quiroga, primer obispo de Michoacán», México 1903, 75-103. Lo reproduce R. Aguayo Spencer en las primeras ediciones de su obra citada «Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico», y lo vuelve a reproducir con algunas correcciones en la de 1989, 240-258.
También lo reproducen F. Miranda Godínez en una versión paleográfica del original en su obra: «El Real Colegio de San Nicolás de Pátzcuaro», Cuernavaca 1967, 9/13-32. Igualmente F. Martín Hernández: «Don Vasco de Quiroga. Protector de los Indios». Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca, 2004, 297-315. Por su parte J.B. Warren en «Vasco de Quiroga y sus pueblos-hospitales de San Fe», Universidad Michoacana, Morelia 1990, 149-162, hace una introducción-explicación del mismo. Notamos que en las transcripciones de estos Autores a veces aparecen pequeñas variantes caligráficas y de puntuación.
El Testamento sin duda alguna es uno de los documentos fundamentales dejados por Don Vasco, donde aparecen noticias sobre el origen y familia de su familia, se regula la organización del Colegio de San Nicolás, se hacen referencias al patronato real sobre dicha institución y la injerencia del Cabildo Catedral en su conducción, adjudica y distribuye sus escasos bienes personales y los de sus fundaciones, da a conocer sus especiales devociones y dispone aplicar una serie de sufragios en memoria de él y de sus padres. Este testamento, fue otorgado en Pátzcuaro. Por su importancia y extensión publicamos el texto del Testamento en voz aparte.
CARTA PASTORAL DE DON VASCO ESCRITA EN 1554
Este documento bien pudiera llamarse «Primera Carta Pastoral de Don Vasco de Quiroga», fechado en la Ciudad de Michoacán-Pátzcuaro en el año de 1554: “hace un cálido y merecidísimo elogio de los Reyes de España, alabando su celo por la difusión de la santa fe católica en las tierras nuevamente conquistadas, narra en seguida cómo fue él [Don Vasco] elegido para Obispo fundador de la Iglesia Michoacana; da luego a conocer, tanto la bula de erección como la de traslación de la sede de Tzintzuntzan a Pátzcuaro”.
En esta carta “resplandecen la sabiduría, la prudencia y la virtud del gran prelado”, quien al referirse a su nombramiento como primer Obispo de Michoacán, exclama: “y para llevar a cabo esto, me arrancaron de la magistratura y me pusieron en el timón del sacerdocio, por méritos de mis pecados. A mí, enteramente inútil para la ejecución de tan grande empresa; a mí, que no sabía manejar el remo, me eligieron primer Obispo de la ciudad de Mechoacán. Y así sucedió que antes que aprender, empecé a enseñar, tal como de sí mismos decían lamentándose el Padre Ambrosio y Agustín”.[8]El original de este manuscrito se conserva en el Archivo del Arzobispado de Morelia.
EL TRATADO «DE DEBELLANDIS INDIS» ATRIBUIDO A DON VASCO
«De debellandis Indis» (Sobre la guerra contra los Indios) es un tratado atribuido por algunos autores a Vasco de Quiroga, mientras que otros, como Silvio Zavala, discuten dicha atribución.[9]Este documento conformado por doce folios hace una apología a los métodos de sometimiento y a la forma de evangelizar a los habitantes en el Nuevo Mundo, argumentando que el poder de la Corona española y del Papa para justificarlo se basaban en la voluntad divina de la conversión de los pueblos conquistados. Por otra parte el pensamiento de Don Vasco sobre los derechos naturales de los indígenas difícilmente se ajusta a la posición aquí afirmada.[10]
Quienes sostienen la autoría de Don Vasco de tal tratado se apoyan en una Carta de Don Vasco de Quiroga a Don Juan Bernal Díaz de Luco, obispo de Calahorra,[11]con quien mantenía una gran amistad; en dicha carta, con fecha del 23 de abril de 1553 en Madrid, hace saber a Díaz de Luco que ha adjuntado un documento llamado «De debellandis Indis», cuyo destinatario final sería el papa Julio III. El documento original se considera desaparecido; sin embargo, un manuscrito fragmentado, incluido en el CCJBM,[12]parece encontrar semejanzas con el pensamiento de Quiroga, haciendo suponer que se trata de este texto perdido, algo que en su momento también señaló Castañeda Delgado.
Entre los sostenedores de la autoría de Don Vasco del citado documento se encuentra René Acuña que ofrece en 1988 una edición del tratado. Basa su opinión en un análisis de los manuscritos, tomando como base tanto la Carta de Quiroga al obispo Díaz de Luco como el escrito en cuestión, ambos pertenecientes a la «Colección Juan Bautista Muñoz».[13]
En la citada edición de 1988 buscó mostrar una visión objetiva sin dar por hecho la autoría de Vasco de Quiroga, considerando que el «Tratado desconocido» justificaba la invasión por parte de un reino de hombres poderosos para someter y civilizar a los pueblos débiles, lo que dificulta la homologación del documento con el ideario del obispo de Michoacán.[14]
Benno Biermann en una primera publicación dio crédito a la autenticidad del escrito,[15]sin embargo, dos años después en una segunda publicación se retractó,[16]debiéndose a la discusión con el Dr Silvio Zavala,[17]que sostenía que el espíritu del documento contradecía el ideal de Don Vasco, pues su contenido reflejaba su ideal en la carta a Díaz de Luco y contradecía la tesis de convivencia entre indígenas y españoles, promovidas por Don Vasco.
Marcel Bataillon, rastreó la información de un comentario de fray Miguel de Arcos, “Parecer mío sobre un tratado de la guerra que se puede hacer a los indios”,[18]considerando que podía obtenerse una aproximación a la información del manuscrito perdido, tomando en cuenta también la apreciación de Juan Bautista Muñoz, la cual sugería que el manuscrito que estaba en su poder le pertenecía a Vasco de Quiroga.[19]
Confrontando los dos escritos, la «Información en Derecho» (1535) y «De debellandis Indis» (1553); no hay concordancia entre las ideas de los dos documentos, haciendo difícil su identificación con el MS de la «Colección de Juan Bautista Muñoz».
MANUAL DE ADULTOS
Silvio Zavala dice que Quiroga “compuso, un catecismo, el Manual de Adultos, el primero impreso en América”.[20]Bravo Ugarte también afirma lo mismo,[21]mientras Carreño,[22]da prioridad en el tiempo a la «Breve Doctrina Cristiana» impresa por mandato de fray Juan de Zumárraga en 1539, y luego el «Manual de Adultos», hecho imprimir por el obispo de México, siendo su autor Fray Pedro de Logroño, quien lo escribió “por orden y nota del obispado de Michoacán”.[23]De este catecismo solamente se conserva un ejemplar reducido a sus dos últimas hojas.[24]
NOTAS
- ↑ J.C. MORAN ÁLVAREZ, El Pensamiento de Vasco de Quiroga, Génesis y Trascendencia, 45-52
- ↑ El libro ha tenido varias ediciones recientes, como las de Aguayo Spencer y C. Herrejón que se encuentran indicadas en la Bibliografía del Aparato Probatorio de la Positio de la Causa de Beatificación.
- ↑ J. Benedict WARREN, Testamento del Obispo Vasco de Quiroga, edición facsimilar con otros documentos, Fimax, Morelia, 1997, 64.
- ↑ J. J. MORENO, Vida de Don Vasco de Quiroga, Ordenanzas, Testamento: Colección, documentos y testimonios. Edición facsimilar de la impresa en 1766. Basal Editores, Morelia 1989; Idem, Con estudio introductorio de Ricardo LEÓN ALANÍS, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Morelia 1998.
- ↑ R. AGUAYO SPENCER, Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico. Edición, Liminar y Notas de José Luis Soberanes, Miguel Ángel Porrúa, Librero-Editor, México 1986³, 221-240. Las Reglas y Ordenanzas las publica también (incompletas según el MS conservado) F. MARTÍN HERNÁNDEZ, Don Vasco de Quiroga. Protector de los Indios. Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca, 2004, 277-296. P. ARCE GARGOLLO, Vasco de Quiroga. Jurista con mentalidad secular, Ed. Porrúa-Universidad Panamericana, México 2007,139-155, publica Las Reglas y Ordenanzas, en una versión moderna, morfológicamente actualizada.
- ↑ Así sintetiza los datos del Testamento: P. ARCE GARGOLIO, ibidem, 120.
- ↑ P. ARCE GARGOLIO, Ibidem, 313-314, da las referencias de al menos 11 reimpresiones hasta 1988, ediciones cuidadas con introducciones por varios conocidos estudiosos de Don Vasco de Quiroga.
- ↑ Cfr. Juan B. BUITRÓN, Apuntes para servir a la Historia del Arzobispado de Morelia. Imprenta Aldina, México, 1948, 15-19.
- ↑ No hay acuerdo si el De Debellandis Indis, que se conserva en el Museo Británico, es el de Don Vasco de Quiroga. Cf. S. ZAVALA, «En busca del tratado de Vasco de Quiroga “De Debellandis Indis”», Historia Mexicana 27:4 (1968), ¬485-515; IDEM, «En torno del tratado “De Debellandis Indis” de Vasco de Quiroga», Historia Mexicana 28:4 (1969), ¬623-626, ambos recogidos en IDEM, Recuerdo de Vasco de Quiroga (1987); P.B. BIERMANN, «Don Vasco de Quiroga y su tratado “De Debellandis Indis”», Historia Mexicana 28:4 (1969), 615-622; R. ACUÑA, Vasco de Quiroga: «De Debellandis indis», un tratado desconocido, México 1988.
- ↑ P. CASTAÑEDA DELGADO, Don Vasco de Quiroga y su "Información en Derecho", Ed. Porrúa México 1974.
- ↑ El hispanista Marcel Barillon asume que es el mismo destinatario de la Información en Derecho.
- ↑ Catálogo de la «Colección de don Juan Bautista Muñoz», 3 Vols., (RAH, Madrid)
- ↑ Del tomo 48.
- ↑ René ACUÑA, De Debellandis Indis, Un tratado desconocido, Instituto de Investigaciones Filológicas, Centro de Estudios Clásicos, UNAM, México 1988.
- ↑ Benno BIERMANN, Don Vasco de Quiroga und seine Schrift De debellandis Indis, en Neue Zeitschrift für Missionswissenschaft, 22:3, (1966), 189-200.
- ↑ Benno BIERMANN, Don Vasco de Quiroga und seine Schrift De debellandis Indis (II), en Neue Zeitschrift für Missionswissenschaft, 24, (1968), 300-304.
- ↑ Silvio ZAVALA, En busca del tratado De debellandis Indis de Vasco de Quiroga, en Historia Mexicana núm.17/68, (1968), 485-515.
- ↑ Cf. Carlo MILLARES - Lewis HANKE, Cuerpo de Documentos del siglo XVI sobre los derechos de España en las Indias y Filipinas, FCE, Ciudad de México 1943, reimpreso en 1977.
- ↑ Marcel BATAILLON, Vasco de Quiroga et Bartolomé de Las Casas, Collége de France, 1952, 273-279.
- ↑ Silvio ZAVALA, o. c., 29.
- ↑ BRAVO UGARTE, o. c., 70
- ↑ A. M. CARREÑO, Don fray Juan de Zumárraga, 14-15.
- ↑ Fray PEDRO DE LOGROÑO, Manual de los adultos para bautizar, México, Juan Pablos, 1539, En casa de Juan Cromberger en 1540 a iiij días del mes de Dezembre, Impreso por mandato de los reverendísimos señores obispos de la Nueva España y a sus expensas.
- ↑ Cfr. J. C. MORAN ALVARES, El Pensamiento de Vasco de Quiroga: Génesis y Trascendencia, Edición Conmemorativa del 450 Aniversario de la Fundación del Colegio de San Nicolás, UMSNH, Morelia, 1990, 16.
BIBLIOGRAFÍA
ACUÑA René, De Debellandis Indis, Un tratado desconocido, Instituto de Investigaciones Filológicas, Centro de Estudios Clásicos, UNAM, México 1988
AGUAYO SPENCER R., Don Vasco de Quiroga. Pensamiento Jurídico. Edición, Liminar y Notas de José Luis Soberanes, Miguel Ángel Porrúa, Librero-Editor, 3 ed. México, 1986
ARCE GARGOLLO P., Vasco de Quiroga. Jurista con mentalidad secular, Ed. Porrúa-Universidad Panamericana, México 2007
BATAILLON Marcel, Vasco de Quiroga et Bartolomé de Las Casas, Collége de France, 1952
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MILLARES Carlo - HANKE Lewis, Cuerpo de Documentos del siglo XVI sobre los derechos de España en las Indias y Filipinas, FCE, Ciudad de México 1943
FIDEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ