CONQUISTA Y COLONIZACIÓN: La acción de Vasco de Quiroga

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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La acción del Oidor Quiroga con los españoles y los indios en México y en Michoacán Vasco de Quiroga fue siempre un hombre práctico y compro¬metido, que no eludía la acción y se entregaba a ella sin regatear tiempo, esfuerzo, peligros y privaciones. Su actividad en la Nueva España, aún antes de ser obispo (1536), se desarrolló a caballo entre México y Michoa¬cán, a donde se le encomendó hacer, como delegado de la Audien¬cia, una importante visita. La entrada de los Oidores Quiroga y Maldonado en México había tenido lugar el 9 de enero de 1531. Sus otros dos colegas Oidores: Salmerón y Ceynos, que en su viaje no se detuvieron en la isla de Santo Domingo, lo habían hecho días antes. Más tarde llegaría el Oidor y presidente de la Segunda Audiencia, el obispo de Santo Domingo Sebastián Ramírez de Fuenleal.

El 12 de enero de 1531 se realiza solemnemente la toma de posesión de la Audiencia y la primera sesión pública con la promulgación de las Ordenanzas que llevaban, y que había despachado la Reina-Emperatriz Isabel, esposa de Carlos I-V el 12 de julio anterior. Inmediatamente encontramos a los Oidores poniendo en práctica las ordenanzas e instrucciones por las que debían regirse.

Primeras acciones de la Segunda Audiencia

La primera tarea que se les ha encomendado, y por la que comienzan, es la de hacer el juicio de residencia a la Audiencia anterior y poner en orden sus desaguisados y pendencias. La segunda cuestión, y nada fácil por cierto, es la de mantener a raya a Hernán Cortés, clarificar sus derechos y competencias, y defender sus reclamaciones en la medida en que procediera, ya que la Primera Audiencia le había despojado prácticamente de todo cuando se fue a la campaña de las Hibueras.

A esto se añadirían otras muchas e inesperadas tareas, fruto de la situación en un mundo nuevo en que estaba casi todo por hacer. Apenas habían pasado diez años desde la caída del imperio azteca. Cortés reclamará sus derechos en cuanto tiene la primera oportunidad, nada más llegada la Segunda Audiencia. Y ahí vemos a Don Vasco adminis¬tran¬do justicia junto con los demás oidores. A la demanda presentada el 17 de enero, en que Cortés reclamaba unas tierras a la ciudad de México, se responde inmediatamente el siguiente 24 con la admisión de la querella y el mandato de presentar las pruebas.

La segunda denuncia de Cortés, que había regresado de España a México poco antes del arribo de la nueva Audiencia, ya con el título de «Marqués del Valle», tiene entrada el día 1 de febrero siguiente. Reclamaba a Nuño de Guzmán y a Delgadillo 90.000 maravedíes que le habían secuestrado, siendo ellos presidente y oidor de la Audiencia, respectivamente. Laborioso proceso éste, igual que todos los demás de Cortés, que terminará, como último tribunal de apelación, en el Consejo de Indias y aún coleaba el 18 de octubre de 1542.

El 3 y 4 de marzo, aparece Quiroga actuando en juicio, en el que Cortés reclama a Matienzo y Delgadillo, oidores de la Primera Audiencia, 25.000 castellanos, en concepto de intereses de los tributos que debía haber percibido por los pueblos de Uchichila en Michoacán, de los cuales le habían desposeído.

El 20 de marzo la Audiencia admite a prueba la querella del Marqués del Valle [Cortés], interpuesta contra Matienzo y Delgadillo el 4 de febrero, en la que les reclamaba ciertas tierras cercanas a la ciudad de México. Luego entrará en juego también la misma ciudad de Tenochtitlán. El 26 de junio de 1532 se hacían las últimas diligencias para enviar el proceso al Consejo de Indias.

Todavía aparece un auto incoado por el Marqués contra Delgadillo por 731 pesos y tres tomines, que es enviado por la Audiencia al Consejo de Indias con fecha 18 de junio de 1532. Pero el gran trabajo, y el más engorroso, que el Marqués del Valle causa a los nuevos oidores, es el encargo que la Reina había confiado a éstos de concretar los 23 mil vasallos que, como favor por sus servicios, se le habían concedido al mismo Marqués. El asunto coleaba todavía el 30 de noviembre de 1537, cuando el primer virrey de México, Antonio de Mendoza, encomendó al licenciado Quiroga, ya proclamado obispo y próximo a ordenarse, terminar el conteo de dichos vasallos, a lo que se dedicará con todo su empeño.

Otro asunto vidrioso, relacionado con el anterior en alguna manera, es el que la Audiencia y Don Vasco tuvieron que afrontar para contrarrestar una cédula papal conseguida por Cortés que le concedía cobrar él directamente y administrar independientemente, los diezmos de los 23 mil vasallos que le habían sido encomendados. Al fin lograrían hacer que entregara la cédula para enviársela al Rey-Emperador Carlos a través del Consejo de Indias.

Entre las obligaciones que tenían los oidores estaba la de visitar la cárcel y oír allí los procesos de los encarcelados. Pues bien, el 30 de marzo de 1531, los oidores escriben a la Emperatriz Isabel diciéndole que Ceynos y Quiroga han visitado la cárcel, donde se encontraba recluido un esclavo de Delgadillo.

Una vez realizado el juicio de residencia contra la Primera Audiencia, en que las denuncias más graves y comprometedoras venían de parte de Hernán Cortés, los oidores, y entre ellos Quiroga, pudieron dedicarse a otros cometidos que la Reina-Emperatriz Isabel había encargado a la Segunda Audiencia; entre ellos destaca la gravísima cuestión del control primero y la supresión después, de todos los esclavos indios. Comenzaría ya en 1532 emitiendo la Audiencia una cédula real por la que se prohibía la compraventa de esclavos.

Un encargo más, y no fácil, encomendado por la Reina a la Segunda Audiencia era la descripción geográfica y demográfica de las tierras descubiertas, con sugerencia de los medios que juzgaran convenientes para un mejor gobierno y una buena administración de las mismas. Enseguida se ponen manos a la obra y ya en carta de 5 de junio de 1532 le dicen a la emperatriz que envían la descripción de la tierra que les ha solicitado. El documento de esta descripción no ha aparecido, pero por cédula posterior del Rey conocemos en parte la propuesta hecha por la Audiencia, consistente en la división en cuatro provincias con sus correspondientes obispados, de los cuales uno sería Michoacán, cuyo primer obispo iba a ser precisa¬mente el mismo Don Vasco.

El cumplimiento de lo que se les había ordenado sobre las encomiendas y el buen tratamiento de los indios, lo lleva adelante la Audiencia con la máxima discreción y haciendo que participe en las decisiones el mayor número de gente posible. Por eso, han convocado a ese fin en julio de 1532 una junta de eclesiásticos y civiles.

Los indios comienzan a tener confianza en la justicia de la Segunda Audiencia y empiezan a reclamar sus derechos. Don Vasco y la Audiencia informan favorablemente sus reclamaciones, como en el caso de don Martín, hijo de Moctezuma y otros indios principales de México, que se dirigen al rey a través de la misma Audiencia, en 18 de junio de 1532. El derecho y la justicia se van abriendo paso lentamente pero con decisión y eficacia. Acción en Michoacán Entre los encargos y orden de funcionamiento que se habían encomendado a la Audiencia, estaba el de visitar y administrar de cerca las diferentes regiones de la nueva tierra, así como describirla y sugerir lo más convenien¬te para su eficaz y segura gobernación, como ya hemos dicho. En la determinación de llevar a cabo las visitas a las diversas regiones, se decidió comenzar por las que necesitaban especial atención y una intervención más urgente. Así Don Juan de Salmerón acudió inmediatamente a la zona de Tlaxcala y se dedicó, entre otras cosas, a organizar un pueblo de españoles en la Ciudad de los Ángeles (luego Puebla de los Ángeles), por encargo de la Reina, y a Don Vasco le correspondió hacer una visita semejante a la región de Michoacán.

Allí los indios estaban sublevados por la acción perversa del presidente de la anterior Audiencia, Nuño Beltrán de Guzmán, a quien interesaba más la gloria y los provechos materiales de la conquista que la administración de los derechos de los indígenas, por lo que Don Vasco es enviado a poner un poco de orden, y organizar la población pacífica de los naturales y la explotación conveniente de las minas que empezaban a descubrirse. Los franciscanos habían llegado hasta aquel lugar en su misión evangelizadora en 1526, llamados por el cacique Caltzontzin el año anterior, pero se habían visto obligados a abandonar el campo por dos veces. Ya en carta del 19 de abril de 1532, la Audiencia decía a la emperatriz, refiriéndose a los tristes sucesos que estaban ocurriendo en Michoacán y a los cuales trataban de poner remedio, que “convenía ir un oidor a visitar aquella provincia, que es de gran calidad”. Y el 3 de noviembre del mismo año, en nueva carta, le decían: “ Conforme a lo que V.M. manda cerca de la visitación que han de hacer oidores, que tenemos por muy importante e necesaria a la conservación de la tierra, está acordado que el licenciado Salmerón, visitada la civdad de los Ángeles, vaya a la provincia de Guaxaca y visite aquello conforme a la instrucción que por la Audiencia se le dará; y el licenciado Quiroga vaya a la provincia de Mechuacán, por la necesidad que allí habrá por el concurso de las minas ricas que allí se han descubierto, que son causa de muchos malos tratamientos de los naturales”.

El 5 de agosto de 1533 Quiroga estaba ya en Michoacán, según carta de la Audiencia a la Reina, y se puso inmediatamente manos a la obra en las tareas de pacificación y organización de aquella provincia. Enseguida se reunió con los principales de entre los indios y les convenció de que el Rey le enviaba para ofrecerles la paz, y que bastaría que le reconocieran como a su señor y escucharan y siguieran la predicación cristiana. No sólo le escucharon con atención y le creyeron, por la convicción y empeño que en ello ponía, sino que hasta aceptaron construir y reunirse en un pueblo hospital similar al que ya estaba funcionando en las proximidades de México.

El 19 de septiembre y 15 de octubre, Quiroga hacía tomar unas informaciones en la ciudad de «Uchichila o Mechuacán», sobre las minas de cobre de aquella provincia. La visita no sería muy larga — de seguido no llegaría ni a un año — y, sin embargo, cuando Don Vasco regresó para continuar sus trabajos en México, el pueblo hospital que había creado en Michoacán estaba ya funcionando, y tan bien fundado que siguió desarrollando su normal actividad sin necesi-dad de la presencia continuada del licenciado Quiroga.

La permanencia de Don Vasco en Michoacán no fue totalmente continuada. Efectivamente, ya el 19 de marzo de 1534 encontra¬mos al licenciado Quiroga haciendo un requerimiento a gobernadores y principales indios de México y Santiago de Tlaltelolco. Se ve que había cierta animosidad contra él por parte de algún sector, incluidos acaso algunos de los mismos indios, y quería que le quedara constancia y testimonio por parte de éstos de que los trabajos que habían realizado en el pueblo hospital de México los habían hecho voluntariamente y, si no fuera así, que Don Vasco estaba dispuesto a pagárselos.

De hecho, después haría uso de este documento para su propia defensa en el juicio de residencia que se le instruyó año y medio más tarde, al terminar su mandato como oidor, y los mismos principales darían testimonio verbal a su favor en dicho juicio de residen¬cia.

En el corto tiempo que permaneció en Michoacán, le quedó espacio para preocuparse de los españoles, e intentó fundar para ellos una ciudad a la que daría el nombre de Granada, aunque en ella no tendría tanto éxito como en el pueblo de indios, sobre todo por la oposición de los principales de la ciudad de México, que veían en ella una posible competencia.

Parece que el 19 de abril de 1535 ya estaba Don Vasco de vuelta en México para una permanencia más continuada, porque en esa fecha se halla firmando los protocolos de la Audiencia, y probablemente se dedicaba a escribir el alegato contra la esclavitud, su importante «Información en derecho», que lleva fecha del 24 de julio. Prevenir mejor que curar: pueblos de indios Es un dato bastante normal que los funcionarios de la Corona, como en el caso de Don Vasco y sus colegas oidores, no son juristas asépticos y despreocupados, funcionarios de la administración que tratan solamente de pedir cuentas de los delitos, imponer las penas y exigir el restablecimiento de la justicia. Les preocupa especial¬mente que los indios adquieran costumbres civilizadas y cristianas, hábitos morales y políticos, y que no vuelvan a sus antiguos ritos paganos, a sus crímenes y borracheras, a sus matrimonios infectados de poligamia y a todo tipo de inmoralidades.

Para ello, no ve cosa mejor que reunir a los indios, que andan dispersos por los montes y bosques, en pueblos organizados conforme a las mejores reglas cristianas y de recta convivencia civil o justa «policía». Cree que si viven desparramados, sin las autoridades civiles y religiosas de los españoles que puedan controlarlos y corregirlos, volverán a sus hábitos desordenados por influjo del ambiente de sus coterráneos y familiares y, por eso, prefiere separarlos de ellos y dar oportunidad a la administración civil, y a los religiosos o misioneros, de poder orientarlos, educarlos, enseñarles la doctrina cristiana, administrarles los sacramentos y, en definitiva, ayudarles a salir de sus antiguas esclavitudes y conducirlos hacia una sociedad e Iglesia nuevas e incluso ideales, en una línea típicamente renacentista y humanista, de la mejor tradición utópica, como podremos ver más ampliamente en otro apartado.

Igualmente y por las mismas razones, procurará que sean pueblos solamente de indios, en lugar de juntarlos en las mismas ciudades de los españoles, porque éstos se dejan llevar también por sus ambiciones, violencias y deshonestidades, de manera que su mal ejemplo, mucho más tratándose de cristianos que debían servir de modelo a los que procedían de la gentilidad, arrastraría a los indios a seguir e imitar las malas acciones y costumbres de los españoles, y así no sería posible construir una sociedad nueva en «mixta policía», como parecía ser posible y aun fácil, dadas las calidades de sencillez, simplicidad, docilidad y buena disposición general de los indios.

Aunque este tipo de política de reducciones a pueblos la veía como más adaptada al fin de la conservación, el buen tratamiento, la promoción y cristianización de los indios y, como consecuencia, proponía que fuese una práctica generalizada y se hiciese uno de estos pueblos al menos en cada comarca , sin embargo, como él veía la urgencia de este tipo de acción, sobre todo para los jóvenes que se habían educado en los monasterios y ya no podían continuar más en ellos, en lugar de esperar la respuesta de España a su proposición y consulta de aplicación generalizada, que implicaría a mucha más gente: colonos, administrativos y misioneros en aquella práctica, se decide a iniciar por cuenta propia la experiencia. Así, dará inmediatamente comienzo a la construcción y organización de los «hospitales pueblo»: primero el de México, poco más de un año después de llegar, y, en seguida, un año más tarde, cuando es enviado a aquella provincia, el de Michoacán. El plan lo tenía bien claro y definido Quiroga a los pocos meses de llegar a México, y así lo describe y expresa en su ya citada carta al Consejo de Indias del 14 de agosto de 1531. No olvidemos que Don Vasco había sido recibido con toda solemnidad en la ciudad de Tenochtitlán el 9 de enero anterior.

Y ya el 27 de marzo, el franciscano Fray Luis de Fuensalida, en carta a la Emperatriz, le dice, alabando la manera de proceder de la nueva Audiencia, que “se ha comenzado a hacer un pueblo de xristianos todos labradores y granjeros: [...] son los dichos tan pobres que para comenzar a sembrar y se poder mantener se les presta [...] maíz.”. Y pide se les haga merced de ello y no tengan que devolverlo.

En noviembre de 1532 será la misma Audiencia la que dirá a la Reina que “los pueblos que vuestra [majestad] manda hacer de los mozos que se dotrinan en los monesterios se han comenzado hacer e se continuará con mucho cuidado”. Sabemos que quien comenzó a hacer estos pueblos de indios, en nombre de la Audiencia y contando con el beneplácito de la Reina, fue Don Vasco de Quiroga.

Estaba especialmente convencido de la capacidad de esta experiencia para evitar muchos males, peligros y aun delitos, y así prevenir los efectos que le obligaran a tener que actuar después con inter¬venciones punitivas de la justicia. Su Autodefensa Una fuente jurídica fundamental para comprender la actuación de los administradores públicos y su actuación en los temas del ejercicio en favor de la justicia eran los llamados «juicios de residencia», por los que todos los administradores debían pasar al final de su ejercicio. Así, al final de su mandato como oidor, Don Vasco también tuvo que someterse al preceptivo «juicio de residencia».

Igual que había defendido la justicia en el caso de otros, aplicará la fuerza del mismo derecho para hacer reconocer la trasparencia y rectitud de su actuación en el ejercicio de sus funciones. No todos estaban de acuerdo con la obra llevada a cabo por Don Vasco y su modo de ejercer la justicia. Por eso, ante las diversas acusaciones que se le hacen, él interviene primero presentando las preguntas por las cuales quiere ser examinado, según le asiste el derecho, y luego aducirá las razones que avalan su defensa y las pruebas que apoyan aquellas razones.

También en favor de su propia inocencia, el licenciado Quiroga utiliza los mejores elementos jurídicos que le ofrece su saber y experiencia de probado jurista. La rectitud de su actuación como oidor y su buen proceder en el proceso, harían que éste se desarrollase con los testimonios más favorables y con el mejor de los resultados, según sentencia del juez de residencia, el licenciado Francisco de Loaysa, emitida el 19 de mayo de 1536. El 13 de noviembre de 1535, sin esperar los resultados del juicio de residencia — tan seguros estaban los consejeros de su integridad moral y cristiana —, el Consejo de Indias acordaba proponer a Don Vasco de Quiroga para primer obispo de Michoacán, por renuncia del franciscano Fray Luis de Fuensalida, y el 5 de diciembre se pasaba la consulta al Rey. El jurista terminaba una etapa y comenzaba otra, ya como clérigo, aunque todavía continuaría actuando — por concesión especial del Rey a él y al resto de los oidores, a pesar de no haberse terminado el juicio de residencia, pero ya bajo la presidencia del primer virrey de México Don Antonio de Mendoza — en tareas concretas de la Audiencia, hasta su ordenación como obispo a finales de 1538. Había tomado posesión de la diócesis, aun sin estar consagrado, el 6 y 7 de agosto de ese mismo año. Conclusión Al tratar de ofrecer una panorámica sobre los debates jurídicos sobre la licitud moral de la conquista, y los pretendidos derechos de España a la conquista, posesión, conservación y colonización de las tierras del considerado Nuevo Mundo, hemos indicado el sentido, límites y realización del mismo a través de los planteamientos jurídicos que entonces se hicieron.

Una forma metodológicamente posible a la hora de ir deshilvanando este tema tan complejo, es la referencia a los casos concretos, donde poseemos abundante documentación jurídica al respecto. Uno de ellos lo representa el bien conocido jurista, oidor laico de la Segunda Audiencia de la Nueva España, a menos de 10 años de la conquista de Cortés, y luego primer obispo de la extensa diócesis de Michoacán, Don Vasco de Quiroga. Su actuación, debates continuos y exposiciones jurídicas arrojan una buena luz sobre el problema y el modo cómo fue afrontado en sus comienzos.

En su caso hemos fijado primero nuestra atención en los destinatarios de la acción profesional de Don Vasco: la situación de los indígenas aztecas, tarascos y chichimecas, principales grupos humanos objeto de su actuación. Hemos descrito la situación en que encontró el jurista Quiroga en Nueva España, tanto a los indios como a los españoles, porque sobre unos y otros hubo de administrar la justicia.

Hemos querido recorrer sus actuaciones jurídicas como oidor de la Segunda Audiencia en Nueva España, señalando su pensamiento en relación con la problemática intrincada y comprometida a la que tuvo que hacer frente, pensamiento del que tenemos expresión privilegiada en su escrito mayor: la «Información en derecho». Y repasando su actuación jurídica con españoles y con indios en las dos zonas geográficas, la de México y la de Michoacán.

Esta experiencia se repite con modalidades diversas en buena parte de los colegas oidores o administradores de la Corona, sobre todo en los dos primeros siglos de la historia del dominio español en América. Podemos poner de relieve que la mentalidad jurídica patrocinada por la Corona y sostenida por los pensadores juristas españoles de la época, llevada adelante por muchos frailes y obispos misioneros, como Don Vasco de Quiroga en el ejercicio de su misión de jurista-oidor, el modo y el estilo con los que ejerció la administración de justicia con los indios, así como los notables resultados obtenidos, aportando aquí este interesantísimo párrafo de la susodicha «Información en derecho»: “Pues Dios permitió que yo, por experiencia cierta, viese y entendiese y supiese, no como privado, sino como en la audiencia de sus libertades, que me está cometida por esta Real Audiencia, que hago cada día «simpliciter et de plano» entre estos indios naturales sobre sus libertades, donde concurren de muchas e diversas partes gentes muchas a pedir sus libertades y otras cosas, como quien sale y se escapa de una tan grand tiranía, como era en la que hasta ahora (que se ha entendido la cosa) siempre estaban, donde están conmigo cuatro jueces de los mayores suyos, que ellos entre sí tenían, para que vean lo que pasa e informen de sus costumbres, «et sciant reprobare malum et eligere bonum», y de donde se les da la razón de todo, y de las tiranías y corrupciones de costumbres que tenían, y se les alaban las buenas, lo cual ellos todo reciben con mucha voluntad y gozo, y confiesan públicamente sus errores, y corrigen mucho sus costumbres, y huelgan de ser corregidos, y no solamente huelgan, pero aun lo tienen a grand merced y favor que en ello su Majestad por sus ministros les manda hacer, como todo así se les da a entender, y ellos lo sienten y reconocen mucho y nunca acaban de hacer gracias sobre ello.” Vemos en este párrafo cómo invita a los mismos indios a participar en la administración de la justicia, cómo está dispuesto a aprender de ellos, cómo los educa corrigiéndoles sus errores y alabándoles los aciertos en sus costumbres, y cómo los indios van aprendiendo, aceptan con confianza este tipo de administración de la justicia y la defensa de sus libertades ante la Audiencia, y hasta agradecen que se les corrija y se les ayude en un tal género de vida que contribuye a la adquisición del ejercicio de su auténtica libertad.


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