Diferencia entre revisiones de «DERECHOS HUMANOS; Documentos de Francisco José de Jaca»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Archivo General de Indias
 
Archivo General de Indias
  
Azcona, Tarsicio de. “Los Capuchinos y la evangelización de América y Filipinas: Presencias, características y fuentes”, Memoria Ecclesiae, 5 (1994).
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Azcona, Tarsicio de. “Los Capuchinos y la evangelización de América y Filipinas: Presencias, características y fuentes”, ''Memoria Ecclesiae'', 5 (1994).
  
Carrocera, Buenaventura de. Misión de los Capuchinos en los Llanos de Caracas I. Caracas: Academia Nacional de la Historia, 1972.
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Carrocera, Buenaventura de. ''Misión de los Capuchinos en los Llanos de Caracas I.'' Caracas: Academia Nacional de la Historia, 1972.
  
Casas, Bartolomé de las. Brevísima relación de la destrucción de las Indias. Madrid: Editorial Castalia, 1999.
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Casas, Bartolomé de las. ''Brevísima relación de la destrucción de las Indias''. Madrid: Editorial Castalia, 1999.
  
García Añoveros, Jesús María. El pensamiento y los argumentos sobre la esclavitud en Europa en el siglo XVI y su aplicación a los indios americanos y los negros africanos. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000.
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García Añoveros, Jesús María. ''El pensamiento y los argumentos sobre la esclavitud en Europa en el siglo XVI y su aplicación a los indios americanos y los negros africanos''. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000.
Jaca, Francisco José de. “Resoluçión sobre la libertad de los negros y sus originarios, en estado de paganos y después ya christianos”. AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 12v, n. 13.
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Jaca, Francisco José de. “Resoluçión sobre la libertad de los negros y sus originarios, en estado de paganos y después ya christianos”. AGI, ''Audiencia de Santo Domingo,'' leg. 527, f. 12v, n. 13.
  
. “Carta de Francisco José de Jaca a Francisco de Sotolongo, Vicario General y Provisor eclesiástico de La Habana”. AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, ff. 66r-67v.
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_________. “Carta de Francisco José de Jaca a Francisco de Sotolongo, Vicario General y Provisor eclesiástico de La Habana”. AGI, ''Audiencia de Santo Domingo'', leg. 527, ff. 66r-67v.
  
López García, José Tomás. Dos defensores de los esclavos negros en el siglo XVII (Francisco José de Jaca y Epifanio de Moirans). Caracas–Maracaibo: Biblioteca Corpozulia–Universidad Católica Andrés Bello, 1982.
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López García, José Tomás. ''Dos defensores de los esclavos negros en el siglo XVII (Francisco José de Jaca y Epifanio de Moirans).'' Caracas–Maracaibo: Biblioteca Corpozulia–Universidad Católica Andrés Bello, 1982.
  
Pereyra, Carlos. Breve historia de América. Madrid: Aguilar, 1941.
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Pereyra, Carlos. ''Breve historia de América''. Madrid: Aguilar, 1941.
  
Valtierra, Ángel.  Pedro Claver, SJ., el esclavo de los esclavos. El forjador de una raza. El hombre y la época (1580-1980). Cuarto Centenario del nacimiento de San Pedro Claver (24 de junio de 1580 – 24 de junio de 1980) 1. Bogotá: Banco de la República, 1980.
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Valtierra, Ángel.  ''Pedro Claver, SJ., el esclavo de los esclavos. El forjador de una raza. El hombre y la época (1580-1980). Cuarto Centenario del nacimiento de San Pedro Claver (24 de junio de 1580 – 24 de junio de 1980) 1''. Bogotá: Banco de la República, 1980.
  
MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ  
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'''MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ'''
Universidad Pontificia de Salamanca  
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©Revista de Indias, 2001, vol. LXI, núm. 223R. I., 2001, nº 223, 702-712.
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'''Universidad Pontificia de Salamanca'''
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'''©Revista de Indias, 2001, vol. LXI, núm. 223R. I., 2001, nº 223, 702-712.'''

Revisión del 15:45 9 ene 2021

Fray Francisco José de Jaca es el primer impugnador de la institución y práctica de la esclavitud negra a finales del siglo XVII. Con los documentos ahora presentados –que son anteriores a su gran polémica abolicionista– se puede comprobar que su condena de la esclavitud iba dirigida a todos los casos en que no eran respetados los derechos de la persona, entre los que también concurrían los indios, que se veían sometidos en una esclavitud práctica por lo que él llama sin tapujos, la venta de encomiendas.

La relación que ahora presentamos es de singular importancia para comprender el papel de la Iglesia acerca de la esclavitud en la América española. Se trata de un memorial inédito, que solo aparece citado por Tarsicio de Azcona en un Congreso de archiveros de la Iglesia, donde resalta la importancia del mismo, llegando a afirmar sobre este, “que puede figurar en la documentación sobre la Iglesia defensora de los indios”.[1]


Este documento va acompañado de un segundo, que presentamos conjuntamente, por estar ambos introducidos en el Consejo de Indias como si se tratara de una única causa. Su autor es fray Francisco José de Jaca de Aragón (1646-1690), misionero capuchino abolicionista de la esclavitud negra a finales del siglo XVII, que sufrió cárcel y destierro, siendo además encarcelado por defender estas ideas contrarias a los intereses de la Corona.

Este autor es ya conocido del gran público por las obras de Ángel Valtierra,[2]y José Tomás López García.[3]Desde esas primeras publicaciones más recientes, su pensamiento se ha convertido en referencia obligada acerca de las posturas abolicionistas. No se puede olvidar que a él corresponde el mérito de haber sido el primero en negar la validez de la práctica de la esclavitud y, lo que es todavía más importante, la negación de la institución de la esclavitud. El primero en hacer notar este detalle ha sido en fechas muy recientes Jesús María García Añoveros.[4]

El documento nos descubre facetas nuevas del intrépido capuchino, puesto que antes de la gran polémica abolicionista mantenida por él y Epifanio de Moirans en La Habana en 1681, el misionero ya había hecho lo mismo respecto a la esclavitud de los negros,[5]y también en relación a la de los indios, como queda atestiguado por el presente escrito. La esclavitud de los indios no suscitaba la misma polémica, puesto que la legislación de la Corona española no permitía que los indios fuesen reducidos a servidumbre y los considera como hombres de derechos y deberes, aunque estos los fueran asumiendo de manera progresiva.

En razón de esta amplitud en su pensamiento, este memorial es necesario para conocer realmente el pensamiento del Padre Jaca, así como para ver que su argumentación tenía en cuenta toda la legislación de la época, además de los principios filosóficos que la sustentaban. Después de la lectura de este documento, se puede apuntar que el pensamiento del capuchino aragonés abarcaba todos los tipos de esclavitud conocidos en la época; algo sobre lo que el misionero se ha documento y reflexionado ampliamente, y sobre lo que ahora ha considerado necesario pronunciarse.

Es la primera vez que tenemos constancia escrita de que lo hubiera hecho respecto a este tema. El documento prueba la independencia y autonomía de pensamiento del capuchino, respecto a lo que Valtierra ha dado en llamar «Escuela de Cartagena», algo de lo que dudamos haya existido.[6]Dos detalles del documento nos ayudan a probar su autonomía de pensamiento:

1. Jaca escribe desde Caracas y no desde Cartagena de Indias, donde se encontraba San Pedro Claver;
2. Lo hace nada más llegar a las Indias, en 1678, por lo que no ha tenido tiempo todavía de recibir influencias externas al ámbito franciscano. El hecho de que escriba desde Caracas, tiene además la particularidad de ser una plaza en la que no constaba su presencia hasta ahora. Algo que, por otra parte, no era muy lógico teniendo presente que era allí donde los capuchinos tenían el hospicio que utilizaban como lugar de referencia para sus tareas apostólicas en aquellas provincias.

Así lo expondrá el mismo autor, en el segundo documento transcrito en el que refiere al rey cómo el obispo de Caracas se ha apoderado del hospicio que permitía vivir a los misioneros con decencia, y sin tener que recurrir a las casas de los seculares.[7]Por todo esto, parece que fue el talante de vida franciscano, pergeñado por el estilo de los capuchinos, el que sin lugar a dudas le dio la plataforma y herramientas suficientes para dedicar toda su vida a la causa del esclavo, luchando por su redención y liberación.

Pensamiento

Jaca es consciente de la polémica interna suscitada por el tema que refería al rey en esta carta, por lo que él mismo evita convertirla en un informe oficial. Sabe que, con relación a los indios, no se podía hablar de esclavitud natural; así había quedado ya probado por autores de gran prestigio de aquella época,[8]siendo además esa doctrina asumida como práctica concreta de la Corona de España.

Aun teniendo presente esta explicación, Jaca no duda abiertamente en referirse a la esclavitud de los indios en cuanto tal. Su postura no deja de ser provocativa, intentando hacer caer en la cuenta a Carlos II y su Consejo de lo que estaba acaeciendo en sus provincias de ultramar. No le mueve un afán triunfalista de hacerse notar ante el rey, puesto que es muy poco lo que puede presentar a su favor; se trata de un simple predicador y misionero apostólico, recién llegado a las Indias y que ni siquiera tiene una obligación concreta.

Esto hace que su relación lejos de tener un carácter más oficial, en razón del ministerio, sea un documento profético de la realidad concreta que los misioneros, como hombres sensibilizados por el Evangelio, descubren en las Indias.

Su argumentación, aunque breve en esta ocasión, no ofrece fisura alguna. Parte del argumento que podía dar más solidez a lo expuesto, la referencia a la libertad justa de los indios por ser vasallos del rey católico. Argumento este que no ofrecía dudas y que se remontaba a Isabel la Católica, cuando Colón llega con los primeros indios americanos y la reina los reconoce como vasallos suyos, algo que posteriormente mandará defender en su testamento.[9]

Francisco José de Jaca era consciente que este argumento no lo podía aducir, en referencia a los bozales, puesto que estos no eran vasallos del rey de España. Por lo mismo, cuando en su resolución –años más tarde– se refiere a los negros, lo hace desde el argumento de cristianos y, por lo mismo, de hijos de la Iglesia.[10]El documento no deja de ser insólito, puesto que el capuchino se atreve a advertir al monarca, solicitando de este atención hacia la esclavitud de los indios, que no está siendo respetada como se debe.

Después de los saludos en los que el misionero se presenta y expresa sus intenciones, que no son otras que “manifestarle humildemente en mi pena mi sentir, motibado sólo de la charidad que aprieta mi coraçón, y le haçe compasiba fuerça, para sugetarle a la desnuda charidad”. Lo que es lo mismo, su sorpresa y ofensa ante el trato a que son sometidos los indios.

En el parágrafo siguiente muestra que está bien documentado, pues tiene noticia de las diversas cédulas que se han expedido acerca de este particular antes de su carta, así como la fecha y contenido de las mismas. De ellas se colige que lo por él significado no era algo nuevo, sino que había ya sido reclamado por las autoridades civiles y eclesiásticas de aquella provincia.

La intención de fondo estaba en precisar las condiciones y características de las encomiendas, para que los encomenderos no siguieran abusando de los indios. Francisco José de Jaca distingue claramente entre lo que el rey ha dispuesto y lo que se realiza en la práctica en sus vastos dominios, con lo que evita entrar él personalmente en polémica y manifestar las dificultades existentes.

Años después, con relación a la esclavitud de los bozales, ya no estará tan preocupado por su situación personal, y enfrentando todas las consecuencias directas que pudieran derivar de su postura.[11]

Señala brevemente los abusos por los que han sido solicitadas estas cédulas, de los que han sido objeto tanto hombres, como mujeres y niños. Le hace notar que aun ahora siguen sin ser cumplidas; para apoyar esto, recurre al testimonio del provisor y vicario general de Caracas, quien afirma habérselo notificado,[12]dándole ejemplos concretos que demostraban que los tribunales no hacían frente a estos abusos. Él mismo los considera tan desagradables que no conviene referirlos por escrito.

Todo esto lo ha expuesto a modo de contextualización, para que se entienda mejor lo que expondrá. Considera que en aquel momento está sucediendo lo mismo que en las décadas anteriores, “las de ahora no encierran en sus luces menores tinieblas”, estas son sus palabras. Algo de lo que no solo él se lamenta, sino también aquellos que denomina como piadosos, en referencia a los que cumplen con la doctrina evangélica.

El problema, afirma él, se sigue solucionando por medio de trámites burocráticos, en los que los argumentos y discursos de unos son contestados con las alegaciones de los contrarios, y como las decisiones no son ejecutadas, nuevamente se vuelve a comenzar la dinámica, hasta que se llega al punto que él expone ahora: se ha llegado a convencer de la licitud de dichas prácticas al obispo, así como a diversos eclesiásticos, tanto regulares como seculares, por lo que algunos se vieron obligados a solicitar el parecer de un teólogo, Fr. Hipólito de la Soledad Rodríguez,[13]que parece ser un hombre objetivo y que no mira a intereses particulares.

De su escrito se deduce que el único que mantuvo una postura cercana a los intereses de los indios fue el provisor y vicario general de Caracas, que no asintió directamente a lo expuesto por los encomenderos. Aunque seguidamente Jaca señale que este descargó su conciencia –y por tanto su obligación de defender los intereses de los indios– en el obispo, firmando así las alegaciones de los encomenderos.

Lo critica porque, aunque quiso obrar bien en un primer momento, luego termina asintiendo a todo lo que le proponen. Lo presenta como un ejemplo más de lo que sucede, coincidiendo con su intención, que no es otra que mostrar un personaje de cierta relevancia que sucumbe ante los intereses de un grupo de particulares, aunque no está realmente convencido de lo que hacen. De tal suerte, que los intereses de unos particulares se anteponen a los de la Iglesia y la Corona.

A partir de este momento es Jaca el que se proclama como abogado y defensor de los indios, analizando los principios que utilizarán sus oponentes. Así, acerca de aquellos que sostienen que se corre el peligro de un levantamiento por parte de los indios, no habiendo manera de averiguar nada sobre este asunto, él responde ser todo falso.

La razón es lógica, pues si se hubiesen ejecutado las cédulas reales, por ser los indios fieles vasallos del rey, se habría evitado toda esta duda, alcanzándose mayores frutos de las misiones, puesto que los misioneros no se habrían tenido que dedicar a actuar como legados de la causa indiana. Con todo, considera que existe buena voluntad por ambas partes, aunque en el fondo prevalecieran los intereses de unos pocos.

Al mismo tiempo, compara aquella realidad con otras provincias de las Indias, donde los naturales en circunstancias parecidas, tampoco se han levantado y sublevado contra los blancos. Recurre como ejemplo clarificador a los indios de la costa de Coro, de los que se decía que se sublevaran contra el rey. La realidad había sido otra y él la da a conocer. Puesto que, en aquella costa, próxima al lago de Maracaibo, fueron una docena de indios los que salvaron aquellas tierras de la invasión de los franceses. Compara el número de hombres oponiendo 12 contra 60, y estos últimos armados.

Su mensaje parece no ofrecer ninguna duda. Por si al monarca estos datos no le fueran suficientes para comprender la necesidad de velar por sus vasallos más indefensos, le presenta todavía más testimonios. Muestra datos claros de cómo se han acostumbrado a la vida «civilizada» y han asumido la doctrina cristiana los que han gozado de libertad justa.

De ellos se conoce que han edificado los templos de sus pueblos de misión, casas para los doctrineros, así como para los viajeros, amén de pagar puntualmente el debido estipendio al doctrinero, “tratándole con mucha reverencia”. Narra el sometimiento de toda la comunidad a la autoridad del cacique, que vela por su pueblo y atiende a sus necesidades.

Añade, además, algo que era de singular importancia para ganar el favor del rey: el buen servicio y atención que prestaban a los españoles, por lo que recibían una pequeña compensación económica. Por si se pudiera entender que eran argumentos suyos propios, dice haber sido todo esto atestiguado por el Padre Hipólito de la Soledad.

La defensa de los indios la convierte ahora en ataque directo contra los encomenderos. Le extraña que estos no se hayan ya levantado ante las tiranías a que los someten sus señores, por lo que cree que no se les debe considerar como ladinos, en razón de que comprenden y saben distinguir lo bueno de lo malo.

En las actuaciones que los encomenderos mantienen hacia ellos, no obtienen más que perjuicios, teniendo que someterse a lo que los encomenderos les dictan con detrimento aun de su vida espiritual. Le preocupa especialmente que los indios no conozcan todavía la doctrina cristiana y los sacramentos, de lo que son directamente responsables los encomenderos.

Esta realidad que ha perfilado por medio de unos cuantos rasgos, la ejemplifica ahora en la persona de un indio al que califica de “desfigurado y desnudo”. Narra los pormenores de su diálogo con él. Afirma que el indio le dijo ser esclavo, identificando la esclavitud con un sometimiento de la propia vida a la voluntad del amo, concurriendo además en ello un manifiesto maltrato físico.

El misionero se muestra indefenso ante este hecho por lo que ruega ser escuchado por el soberano, entendiendo que no se puede identificar la esclavitud natural con la culpa de aquellos que aún no han sido recibidos al bautismo. Duda que el rey llegue a tener un conocimiento veraz de los hechos, puesto que le harán saber solo lo que conviene.

Refiere cómo por el galeón que hacía la ruta con España, se le había enviado constancia escrita de todo lo acaecido, anunciándole ahora que, si de todo aquello no salía una solución favorable a la defensa de los indios, lo único que se conseguiría es que se acrecentasen todavía más los abusos. El misionero está convencido de la necesidad de llamar a las cosas por su nombre, identificar las maldades y las posturas maquiavélicas, por lo que considera impropio seguir falsificando los argumentos para el interés de unos pocos.

Teniendo claros estos principios, a las encomiendas las llamará por lo que él entiende ser su verdadero nombre: ventas de indios. La razón para él se encuentra en que aunque lo ocultan con otros nombres, este es el que más se ajusta a la realidad. Por otra parte, no descubrir el engaño es seguir colaborando a la esclavización práctica de los indios, en lo que él no está dispuesto a colaborar.

De la práctica de los encomenderos que así actúan, se sigue su condenación, a la vez que la de los pobres infelices que son arrastrados por su tiranía. Intenta hacer caer al rey en la cuenta de que otras naciones, aun siendo bárbaras, al menos se sujetan al “suave iugo del Evangelio”, aunque esto implique la pérdida de alguno de sus intereses. Si a esto no se pone remedio, ocurrirá lo que ya había preconizado Bartolomé de las Casas: la total ruina de las Indias,[14]donde el bautismo más que una liberación se convertirá en una carga.

Termina su alegato preguntándose a cuántos encomenderos más se les seguirá permitiendo este tipo de prácticas. Cree que deberían estar sometidos a las normas del rey y a aquellas que miran a su salvación eterna. Espera que el rey dicte a favor de la libertad de los indios y la noticia llegue a aquellas tierras donde moran, para acabar con los desmanes.

Terminado el discurso, concluye en un tono parenético y con las fórmulas acostumbradas. Llama la atención su último afán por el que espera que el rey tome en cuenta su relación, aunque se trate de un simple misionero y a título personal.

DOCUMENTOS

(Nota: respetamos la morfología, sintaxis y ortografía propia del castellano del siglo XVII, pero a efecto de facilitar su lectura en pantalla lo hemos dividido en párrafos, pues el original está escrito a renglón seguido)

A.—Carta de fray Francisco José de Jaca al rey Carlos II. Caracas, 1 diciembre 1678.[15]

“Señor: La gracia de Nuestro Señor Jesuchristo sea con Vuestra Magestad Cathólica. Habiéndome encaminado la obediencia de mi Reverendísimo Padre General a las missiones de Caracas y Cumaná, executé alegre su voluntad juntamente con saber era gusto de Vuestra Magestad. Siempre deseosa de que la ley evangélica se dilate, para mayor honrra y gloria de Dios Nuestro Señor. Y aunque es verdad cumplí voluntario lo significado; y al llegar a esta ciudad de Caracas di principios a los efectos de mis deseos con los pocos que en el viage y empleos me fueron socios; en cuio agradecimiento y útil experimentado (todo para alabanza de la Divina Magestad) el gobernador de esta Probincia y ciudad (según tengo alguna noticia) han hecho la propuesta y súplica que a Vuestra Magestad constará, en que no me pertenece entrar, sí sólo a quienes por raçón de superioridad pueden efectuar lo suplicado.

No obstante, a brebes días, mezclándose entre lo especulativo lo práctico del estado de las cosas, que sin querer se me venían a las manos, éstas convirtieron mi gozo en tristeza, la qual quiero significar al pecho compasivo de Vuestra Magestad a quien no es mi intento dar informe, como si por oficio me incumbiera, si sólo manifestarle humildemente en mi pena mi sentir, motibado sólo de la charidad que aprieta mi coraçón, y le haçe compasiba fuerça, para sugetarle a la desnuda charidad, y juntamente a la satisfación que me queda de la piedad real de Vuestra Magestad a que asimesmo me anima la raçón del ministerio evangélico que sin merecerlo profeso.

Sabiendo pues como la magnificencia real de los predecesores a Vuestra Magestad dieron orden al obispo y gobernador de esta ciudad y Probincia por cédula de 11 de febrero de 1609 acerca de las tasaciones tributarias de los indios a los encomenderos, executadas asta el año de 1672, pididas [sic] con especie de bien, ocultando la cabilosidad asta entonces encubierta, pero experimentada en los míseros indios, pasando a padecer las extorsiones que sólo el interés ciego de los dichos encomenderos les dictaba; en que por mirarse más esclabos de las padecidas tiranías, que gustosos al vasallage alegre de Vuestra Magestad con la libertad justa, que por naturaleza les compete, fue serbida la benignidad Cathólica mandar despachar otra cédula de 11 de mayo de 1620, [1v] en que ordenaba una nueva tasación en diferente forma y modo; donde se disponía no fuese en serbicio personal, cuia disposición acá se suspendió, por los informes que los interesados hicieron, atendiendo sólo a su útil, para detrimento de los pobres indios. Cuia cédula fue despachada a 14 de agosto de 1624, al gobernador que entonces asistía.

Pero como el cathólico zelo quisiese más a sus pobres indios vasallos leales con la libertad justa, que súbditos violentos, con la iniqua esclabitud despachó cédula a Don Francisco Núñez y Don Pedro de Porres por los años de 60, para que se efectuase la demoración de dichos desgraciados indios, por su desdicha sugetos a la tiranía de la padecida esclabitud. No obstante no se hizo de ella, experimentándose a la sazón daños más dignos de aorarse [sic] que de referirse, los quáles no sólo tocaban a los hombres maduros y a sus hijuelos haciéndoles trabajar como esclavos, sí también (¡O paciencia del Señor!) a las mugeres, haciéndoles tirar madera a manera de bestias (como me lo ha notificado el Probisor y Vicario General desta Iglesia), permaneciendo los encomenderos y sus mayordomos dueños absolutos, no habiendo (si la omissión justa de algunos pobrecillos se sugetaba a alguna tregua justa) otros juezes ni otros tribunales que los que su tiranía les dictaba. En cuia ocasión se suplicó a la real Magestad admitiera nueva noticia desta verdad; todo lo qual vio el licenciado D. Diego Navarro de Mendoza, de que no se duda daría noticia a quien debía, por lo tocado con sus manos, más digno de sentirse que de sugetarlo a la pluma.

Pero dexando ya aquello, en los que perecieron y fueron a dar quenta al justo juez de vibos y muertos, y tomando los efectos de aquellos principios que aora con la mesma ziçaña fructifican, juntamente con el augmento de los daños, que una llama quando prende en un monte, si su voracidad con lluvia del cielo no se apaga, el viento la suele acrecentar asta acabar con todo. Así pues, con arta lástima de los piadosos pasa aora; pues habiendo constado por cédula real la demoración de los pobres indios, con réplicas acostumbradas, y alegaciones solo dictadas de los interesados no se executó, dando nuevos informes, o haciendo nuevas súplicas a su Magestad. Precediendo para ello las solicitaciones de dichos interesados, en que con el viento de ellos doblaron al señor obispo, todo con color de bien, diligencias proprias del ángel de las tinieblas cuyo empleo es transformarse en ángel de luz. En cuia súplica o informe, aunque asistieron a los dichos interesados, y condescendieron con ellos algunos eclesiásticos, así seculares como regulares, haciendo todos cónclabe, ya antes por lo menos sino engañados en la mesma especie de bien importunamente persuadidos.

No obstante, pidiendo alguno o algunos de los dichos parecer al M. Rvdo. P. Fr. Hipólito de la Soledad Rodríguez. Sobre lo entendido desinteresado y a que sólo su interese es en lo que toca a la mayor honrra de Dios y ser lícito a la Cathólica Magestad, como el tiempo que residió en esa Corte lo manifestó la experiencia, no queriendo asentir a lo que juzgó injusto en las alegacias huió como otro Atanasio de tal tempestad, lo qual aguardaron hiziera para que siguiera ya que no se les podía impedir no vieran sus ojos lo que lastimó sus religiosos oídos. En cuia junta o consejo, solo huvo como el que se trató la causa de Christo Nuestro Señor otro Nicodemo, que fue el Provisor y Vicario General desta Iglesia. El qual, aunque no asintió a lo alegado, pero descargando su conciencia en el señor obispo se firmó, el qual si al principio con el justo quiso obrar bien, con quien se labó las manos en otro tribunal no careció de señalada culpa. Cuias alegaciones, si las pasadas, con la experiencia sólo fueron máscara para [2r] revocar sus apasionados intentos, y a Vuestra Magestad pabellones para cubrir sus piadosos ojos, las de aora no encierran en sus luces menores tinieblas.

Y si acaso entre ellas dan por raçones que los indios corren peligro se lebanten y que no ay quien se pueda aberiguar es falsísimo, pues sigue entre fieles vasallos de Vuestra Magestad hubieran obedecido en la demora si se hubiera pregonado su real zédula, que eso sólo faltó que ya los ánimos estaban con las amonestaciones de personas desinteresadas convencidos, temerosos de que no fuese su condenación el ir contra la voluntad de Vuestra Magestad y serbirse de hombres libres como si fueran esclabos como muchos encomenderos decían; con que no tiene lugar si dichas alegaciones facilitan el volber atrás en lo temeroso, por ser falsísimo como los que sin interese los tratan lastimados lo afirman y dicen. Que así como en ninguna Provincia de las Indias, México, Nuevo Reino donde están libres no se han lebantado, y en esta Provincia los de la corona (que an llamar) que están en toda la costa de Coro tampoco se han levantado, sino antes defendido las tierras de Vuestra Magestad, como sucedió el año de 69, que solos doze indios acometieron a más de 60 franceses, y les mataron 17, y quitándoles las armas a toda priesa hicieron embarcar; y en un año en sus doctrinas hizieron tres iglesias, casas de doctrinero, y casas generales para los pasageros; y pagan puntualmente el estipendio a su doctrinero, tratándole con mucha reverencia. Y al cacique le da cada indio un real de a ocho, sin faltarle jamás por el cuidado que tienen de conservarles en sus lugares, hallando siempre los españoles entre ellos buen acogimiento, guiándoles y sirbiéndoles de arrieros por poco.

Interese con la mayor fidelidad que decir se puede, cómo de todo tiene experiençia y con sus ojos ha visto el M. Rvdo. P. Fr. Hipólito de la Soledad. Y si con las tiranías que con ellos se usan no se lebantan, hechos libres como mostrarán rebelión. Mas que ellos son una gente, que peca muy en pusilánime que en ladina, en quienes no implica el sentimiento que la luz de la razón les persuade en lo que contra toda raçón se ha obrado y obra contra ellos. Resultado así mesmo, según se experimenta, grabe daño espiritual suio, pues no han de atender a otro, que aguardar los atos de los encomenderos (de los quales es raro el que tiene algo de compassión), y así me refieren no saben qué cosa es doctrina christiana ni sacramentos, sobre las tiranías que con ellos se están usando.

Y cierto, que sin saber cómo ni porqué camino, se entró por esta ciudad en mi pobre retiro, viniendo de los montes o atos un indio a quien viendo tan desfigurado y desnudo, con un clabo en mi coraçón me adelantéa preguntarle, ¿quién era? No ignorándolo yo, por las noticias comunes que de lo referido tenía, díxome era esclabo, aquí prorrumpí en impaciente desconsuelo, a que adelanté a preguntarle ¿quién lo hacía esclabo? Y me repitió, que el encomendero lo tenía por tal, a sí y sus pobres higitos, y que como a tales los trataba; a quien, aunque yo con cautela reserbada no quisiera creer, hízome dar crédito a ello su desgraçiado trage y semblante. Consoléle lo mejor que pude e imbiéle en paz, aunque cargado de sus penas, pues yo no podía hacer más. A este talle, señor, pagan los pobres con tiránicas esclabitudes su natural libertad, como si en ellos fuera mortal culpa.

No dudo darán a entender a Vuestra Magestad se cumplirá y cumple con lo condescendido a lo alegado. Lo que se es, que dicha cédula se publicó a pocos días después de la missión hecha en esta ciudad, antes de irse el galeón del Patache, para que conste de ello, y se añada velo a velo a los ojos de Vuestra Magestad; en que certifican personas temerosas de Dios, [2v] que no sólo no se dará el medio real como asta aora no se ha dado, sino que será ocasión para que la extorsión sea mayor. Y para la ciencia de esto no es menester falsificar mucho el discurso: porque como del cuero han de salir las correas, las ventas de las encomiendas, dígolo con este título, aunque lo doren con otros revoros, costarán más caras y así se siguirá, es cierto mayor esclabitud a los míseros indios quedando sólo lo caro de ellas y lo usurpado de los dichos pobres.

De que se sigue, no sólo el que los encomenderos no sólo se pierdan voluntarios con sus asistentes aogándose en la sangre de tanta inocencia, bajando al mar de los abismos, sí también el que los pobres indios lleguen a su última perdición, así por falta de educación, así como por sobra de tiranía. De que noticiosas las circumbecinas bárbaras naciones es fuerça se retiren del suave iugo del Evangelio; como de hecho lo hacen y executan con detrimento suyo y lástigma [sic] de todos. Y así dexando a un lado el porqué ay tanta miseria y tanto que llorar por estas tierras, en que temo la total ruina de ellas, a cuios naturales por ser christianos les estáresultando tantos daños e injustas esclabitudes, que están clamando a la justa ira de Dios, que se va atesorando en su divino pecho, para que permita se pierda la christiandad de estos parages con los açotes, que por medio de sus ministros buenos o malos va preparando.

Digo agregándome al parecer y sentir de los que asta aora no han sentido bien de lo asta aquí executado, con los dichos pobres indios, ¿qué quántos más de sus encomenderos? Aia así de montes como de llanos no reduciéndolos a la libertad personal que según todo derecho les es debida, quedando juntamente con la dicha de ser fieles vasallos de Vuestra Magestad con la asistencia y zelo de su salbación, que tanta necesidad pide, mandando juntamente que desde esa corte se pregonen luego por libres, entendiéndose asta acá tan justa y piadosa voz, habrá más expuestos al peligro de los abismos de quienes no pocos debe haber. En cuia brebe noticia de mis penas sólo quiero sepa Vuestra Magestad me lleba el deseo del bien a que he venido para mayor honrra de Dios, y serbicio de su real corona; que, aunque conozco solo soy uno y sin la auctoridad, que ni me compete, ni deseo, no obstante, quisiera ser muchos para tener más en que ofrecerme al empleo de ambas magestades. La Celestial y Divina asista y guarde con su poder divino a Vuestra Magestad para defensa de Nuestra Santa Fe y amparo destos pobres desdichados.

De Caracas y deciembre [sic] a 1 de 1678. Sacra y Real Magestad De Vuestra Magestad el más humilde capellán que sus pies besa. Fray Franciso Ioseph de Jacca, Capuchino [rubricado] B. Caracas, 2 diciembre 1678.”

0B. Carta de fray Francisco José de Jaca al rey Carlos II.[16]

“Señor. Escrita a Vuestra Magestad la que significa mis penas, tuve noticia como el señor obispo de esta ciudad obtuvo cédula para que ningún capuchino se pudiese volver a España. No admiro esta diligençia no perteneciente a su jurisdicción, esto digo porque me consta ha dicho no había acá más superior que su señoría, y cierto que manifiesta esta sinraçón y con arta pena de notificarla a Vuestra Magestad, pues el pobre hospicio que los religiosos tenían para las necesidades ocurrentes y no ir vagueando por las casas de los seculares se lo ha apropiado a su dominio haciéndonos buscar de gracia lo que podíamos tener sin tanta costa, con que andamos pidiendo por amor de Dios un texado que nos cubra, asta que las cosas lleguen a su estado.

Cierto señor sobre este sentimiento, aludiendo a lo arriba significado se siente sobre manera el que viniendo acá voluntarios aquellos a quienes aun su prelado no puede detener forçosos Vuestra Magestad permita tal disposición. Y no puedo creer que tan Cathólica Magestad quiera impedir las disposiciones de los prelados ni recursos a ellos; pues no fue deçente a la real piedad [1v] este género de violencia, ni tampoco es conveniente a la mesma missión, para que lo que pareçe puede ocasionar sus augmentos solicita con maior instancia su fin; porque es cierto se retirarán los religiosos de acá y de allá de tan loable empleo. Vuestra Magestad se sirba mandar se derogen [sic] dichas cédulas o cédula, para mayor consuelo de quienes desean subir a su celo tan cathólico. Cuios serbicios se augmentarán disponiéndose estas cosas de la missión de diferente suerte que asta aquí. Donde no preveo estar muy sugetas a su defendibilidad.

Quien la Divina Magestad cumpla y con lo que a mi incumbe con apostólico exercicio, y no otro. Digo esto porque se me ha imbiado el Señor por la obediencia santa como obeja entre los lobos, caso que lo fueran; amos que si no son tales; pero sea o no así, la atracçión de ellos, me enseñan los primeros missionarios a la ley de gracia, no ha de ser extensiva, sino charitativa, agradable y humilde. Pues Nuestra Madre la Iglesia no quiere hijos violentos, ni que sean atrahídos a fuerça de braços, como entiéndese ha hecho algunas ocasiones, y aora no se si abrá quién lo aga, todo contrario a la apostólica enseñança, a que no asentiré, ni desde ahora asiento. Vuestra Magestad me perdone, que puede creer en todo sólo busco la mayor honrra de Dios, y segundariamente el serbicio de Vuestra Magestad a quien guarde el cielo.

De Caracas y diciembre a 2 de 78. Soberana y Real Magestad. De Vuestra Magestad el más humilde capellán que sus pies besa. Fray Francisco Ioseph de Jacca Capuchino [rubricado]”

[en hoja independiente] Caracas1 de diziembre de 1678 A Su Magestad Fray Francisco Ioseph de Jacca Capuchino, a cuyo cargo están las misiones de Caracas y Cumaná. Refiere por menor lo que aquellos pobres indios padecen el curso que han tenido desa su principio, su tasa y demora, y quánto han procurado y procuran todos los ministros ocultar con aparentes razones se sobresea en su alivio y buen tratamiento, y en fin dice conviene se execute la últimamente que resta está despachada, publicada en aquella ciudad, sólo a fin de que siendo antes de la salida del Patache se diere quenta de ello a Su Magestad por que nada tiene cumplimiento. Y que es menester publicar en todos países la libertad de aquellos indios. Añade en papel aparte y suplica se sobresea y reboque lo resuelto en dicha ciudad que llevó el obispo para que ningún religioso capuchino pueda venirse, pues esto ni es justo ni conforme a razón spiritual [sic] y política. Consejo


NOTAS

  1. Tarsicio de Azcona, “Los Capuchinos y la evangelización de América y Filipinas: Presencias, características y fuentes”, Memoria Ecclesiae, 5 (1994): 121.
  2. Cf. Ángel Valtierra, Pedro Claver, SJ., el esclavo de los esclavos. El forjador de una raza. El hombre y la época (1580-1980). Cuarto Centenario del nacimiento de San Pedro Claver (24 de junio de 1580 – 24 de junio de 1980) 1 (Bogotá: Banco de la República, 1980).
  3. Cf. José Tomás López García, Dos defensores de los esclavos negros en el siglo XVII (Francisco José de Jaca y Epifanio de Moirans) (Caracas–Maracaibo: Biblioteca Corpozulia–Universidad Católica Andrés Bello, 1982).
  4. Cf. Jesús María García Añoveros, El pensamiento y los argumentos sobre la esclavitud en Europa en el siglo XVI y su aplicación a los indios americanos y los negros africanos (Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000), 215.
  5. Respecto a la libertad de los negros había escrito desde Cartagena de Indias, con fecha de 2 de junio de 1681, a Carlos II. En dicha carta hacía referencia a haber reprobado esta práctica injusta por medio de sus sermones, cf. AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 65.
  6. Es únicamente Valtierra el que acuña y utiliza este término, entendiendo por tal la labor misional y evangelizadora de los jesuitas en Cartagena de Indias con los negros esclavos que arribaban al puerto. Entiende por fundador a Alonso de Sandoval y por discípulo aventajado a San Pedro Claver. Parece difícil la dependencia directa de pensamiento de los capuchinos Epifanio de Moirans y Francisco José de Jaca de Claver, cuando este había muerto casi treinta años antes de que ellos mantuvieran su fuerte controversia acerca de la esclavitud de los negros. Además, del mismo pensamiento de Sandoval y Claver, no se deducen las posturas radicales tomadas por los capuchinos negando los sacramentos a quienes poseyeran esclavos. Cf. Valtierra, “Pedro Claver”, 18-20.
  7. Este documento tiene también singular importancia puesto que hasta ahora se había afirmado que los capuchinos no tenían todavía hospicio estable en Caracas, algo que contradice totalmente con lo expuesto por Jaca en esta carta. Acerca de este tema, cf. Buenaventura de Carrocera, Misión de los Capuchinos en los Llanos de Caracas I (Caracas: Academia Nacional de la Historia, 1972), 223-225.
  8. Cf. García Añoveros, “El pensamiento”, 164-170.
  9. Cf. Carlos Pereyra, Breve historia de América (Madrid: Aguilar, 1941), 256.
  10. Cf. Francisco José de Jaca, “Resoluçión sobre la libertad de los negros y sus originarios, en estado de paganos y después ya christianos”, AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 12v, n. 13. Aunque existe la publicación de López García no la utilizamos por considerar que su transcripción no es correcta, pues tiene muchas incorrecciones, lagunas y omisiones.
  11. Cf. Ibidem, ff. 15r-16r, nn. 20-23; Francisco José de Jaca, “Carta de Francisco José de Jaca a Francisco de Sotolongo, Vicario General y Provisor eclesiástico de La Habana”, AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, ff. 66r-67v.
  12. Nos queda la duda si dicha notificación tendría carácter escrito, puesto que de ser así el papel de este misionero no sería únicamente personal, sino que respondería a algún tipo de representatividad pública. Esperamos clarificarlo en estudios posteriores.
  13. No hemos podido identificar quién es este religioso. Por el mismo documento se deduce que vivió algún tiempo en las Indias, y residió posteriormente en la corte.
  14. Bartolomé de las Casas, Brevísima relación de la destrucción de las Indias (Madrid: Editorial Castalia, 1999).
  15. Original AGI, Audiencia de Santo Domingo, Leg. 222.
  16. Original AGI, Audiencia de Santo Domingo, Leg. 222

BIBLIOGRAFÍA

Archivo General de Indias

Azcona, Tarsicio de. “Los Capuchinos y la evangelización de América y Filipinas: Presencias, características y fuentes”, Memoria Ecclesiae, 5 (1994).

Carrocera, Buenaventura de. Misión de los Capuchinos en los Llanos de Caracas I. Caracas: Academia Nacional de la Historia, 1972.

Casas, Bartolomé de las. Brevísima relación de la destrucción de las Indias. Madrid: Editorial Castalia, 1999.

García Añoveros, Jesús María. El pensamiento y los argumentos sobre la esclavitud en Europa en el siglo XVI y su aplicación a los indios americanos y los negros africanos. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000. Jaca, Francisco José de. “Resoluçión sobre la libertad de los negros y sus originarios, en estado de paganos y después ya christianos”. AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, f. 12v, n. 13.

_________. “Carta de Francisco José de Jaca a Francisco de Sotolongo, Vicario General y Provisor eclesiástico de La Habana”. AGI, Audiencia de Santo Domingo, leg. 527, ff. 66r-67v.

López García, José Tomás. Dos defensores de los esclavos negros en el siglo XVII (Francisco José de Jaca y Epifanio de Moirans). Caracas–Maracaibo: Biblioteca Corpozulia–Universidad Católica Andrés Bello, 1982.

Pereyra, Carlos. Breve historia de América. Madrid: Aguilar, 1941.

Valtierra, Ángel. Pedro Claver, SJ., el esclavo de los esclavos. El forjador de una raza. El hombre y la época (1580-1980). Cuarto Centenario del nacimiento de San Pedro Claver (24 de junio de 1580 – 24 de junio de 1980) 1. Bogotá: Banco de la República, 1980.

MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ

Universidad Pontificia de Salamanca

©Revista de Indias, 2001, vol. LXI, núm. 223R. I., 2001, nº 223, 702-712.