Diferencia entre revisiones de «ENCOMIENDAS; En la Real Audiencia de México»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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En todos los pleitos que Juan Infante tuvo también con otros conocidos españoles, nunca pudo demostrar la autenticidad y el valor de los traslados de las cédulas de encomienda originales. Es de notar que unos escribanos y unos criados suyos, testigos presentados por Juan Infante, fueron los que le ayudaron a sacar los traslados de la cédula de encomienda que siempre presentaba. Se trataba de jóvenes inexpertos, y se dice que casi no tenían ninguna pericia en el oficio de escribanos. Todo ello consta documentalmente en los procesos. donde se demuestran las anomalías jurídicas en las copias de las cédulas de encomienda que siempre presentaba Juan Infante: contrahechas y con las firmas falsificadas firmas y sin las firmas del escribano legal.  
 
En todos los pleitos que Juan Infante tuvo también con otros conocidos españoles, nunca pudo demostrar la autenticidad y el valor de los traslados de las cédulas de encomienda originales. Es de notar que unos escribanos y unos criados suyos, testigos presentados por Juan Infante, fueron los que le ayudaron a sacar los traslados de la cédula de encomienda que siempre presentaba. Se trataba de jóvenes inexpertos, y se dice que casi no tenían ninguna pericia en el oficio de escribanos. Todo ello consta documentalmente en los procesos. donde se demuestran las anomalías jurídicas en las copias de las cédulas de encomienda que siempre presentaba Juan Infante: contrahechas y con las firmas falsificadas firmas y sin las firmas del escribano legal.  
  
Además, la lista de errores y falsificaciones jurídicas es larga, confirmadas por varios testigos de los procesos y verificadas en los mismos, e incluso llegando a inventar la deposición de testigos inexistentes.<ref>Cf. C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019, cap. XI, 816-824. Las mentiras y atropellos de Juan Infante no tuvieron límite. Así, posteriormente, en febrero de 1541, presentó ante la Audiencia de México, un Interrogatorio de cincuenta preguntas, como probanza de su posesión de los barrios de La Laguna y rechazando los cargos que le había hecho Don Vasco sobre la alteración de la cédula de encomienda.</ref>La conclusión de un largo y tortuoso proceso, en el que también tenazmente los habitantes indígenas supieron defenderse, fue que el proceso expiró y Juan Infante perdió su derecho sobre aquellos pueblos.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XIII, 3687- Vol. XIV, 3849 de: C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019.</ref>
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Además, la lista de errores y falsificaciones jurídicas es larga, confirmadas por varios testigos de los procesos y verificadas en los mismos, e incluso llegando a inventar la deposición de testigos inexistentes.<ref>Cf. C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: ''Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis'', Roma 2019, cap. XI, 816-824. Las mentiras y atropellos de Juan Infante no tuvieron límite. Así, posteriormente, en febrero de 1541, presentó ante la Audiencia de México, un Interrogatorio de cincuenta preguntas, como probanza de su posesión de los barrios de La Laguna y rechazando los cargos que le había hecho Don Vasco sobre la alteración de la cédula de encomienda.</ref>La conclusión de un largo y tortuoso proceso, en el que también tenazmente los habitantes indígenas supieron defenderse, fue que el proceso expiró y Juan Infante perdió su derecho sobre aquellos pueblos.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XIII, 3687- Vol. XIV, 3849 de: C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019.</ref>
  
 
A petición de Juan Infante ante la Real Audiencia, quien acusó a Don Vasco de Quiroga de no haber contestado todas las preguntas de su Interrogatorio, Don Vasco declaró el 22 de abril de 1542, en la ciudad de México, contestando a todas las preguntas del largo cuestionario.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XIV, 3849- Vol. XVIII, 5153. Ut supra.</ref>Alonso Flores, en nombre de Don Vasco de Quiroga, pide que se remita el proceso al Consejo de Indias, lo cual fue aprobado por la Audiencia de México en abril de 1543 y ejecutado, concluyendo así el pleito principal.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XVIII, 5153-5157. Ut supra. Son muchos los pleitos sostenidos entre Juan Infante y otros pobladores nativos y otros encomenderos, lo que demuestra el carácter pendenciero. En el AGI se encuentran los legajos sobre estos pleitos entre los años de 1548 a 1575. Aparecen las resoluciones del Consejo de Indias a favor de los pueblos defendidos por Don Vasco, que el encomendero Infante intentaba apropiarse. La sentencia definitiva, emitida el año 1575, muertos ya Infante y Don Vasco dicta en favor de este. Cf. AGI, Legajo 203, N° 2, 1-334.</ref>
 
A petición de Juan Infante ante la Real Audiencia, quien acusó a Don Vasco de Quiroga de no haber contestado todas las preguntas de su Interrogatorio, Don Vasco declaró el 22 de abril de 1542, en la ciudad de México, contestando a todas las preguntas del largo cuestionario.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XIV, 3849- Vol. XVIII, 5153. Ut supra.</ref>Alonso Flores, en nombre de Don Vasco de Quiroga, pide que se remita el proceso al Consejo de Indias, lo cual fue aprobado por la Audiencia de México en abril de 1543 y ejecutado, concluyendo así el pleito principal.<ref>Cfr. Copia Pública, Vol. XVIII, 5153-5157. Ut supra. Son muchos los pleitos sostenidos entre Juan Infante y otros pobladores nativos y otros encomenderos, lo que demuestra el carácter pendenciero. En el AGI se encuentran los legajos sobre estos pleitos entre los años de 1548 a 1575. Aparecen las resoluciones del Consejo de Indias a favor de los pueblos defendidos por Don Vasco, que el encomendero Infante intentaba apropiarse. La sentencia definitiva, emitida el año 1575, muertos ya Infante y Don Vasco dicta en favor de este. Cf. AGI, Legajo 203, N° 2, 1-334.</ref>

Revisión del 22:51 26 dic 2020

Historia de su implementación

La historia de las encomiendas en el Virreinato de Nueva España en relación a la lucha por parte de conquistadores y colonos de establecer y conservar el sistema de encomiendas, comienza a partir de la conquista española y del establecimiento del sistema administrativo de los Virreinatos. Después de la conquista de México, Hernán Cortés distribuyó encomiendas entre los conquistadores. Dijo al rey que lo hizo «casi forzado», porque se veía en la obligación de recompensar a sus hombres y también atender al beneficio de la Real Hacienda.[1]

En Nueva Galicia la encomienda fue establecida por Nuño Beltrán de Guzmán en 1531. La encomienda fue objeto de las críticas de misioneros y juristas, así como de sucesivas normas que reglamentaban y limitaban su existencia. Entró en decadencia a partir de las Leyes Nuevas de 1542, aunque subsistió por algún tiempo en algunas regiones de frontera.

El repartimiento de indios en encomiendas se hizo por pueblos, y al igual que en las Antillas incluyó el trabajo de los indios, pero además se agregó la práctica en muchos reinos e imperios de Mesoamerica del tributo pagado por los habitantes respectivos a sus señores naturales. Los españoles siguen también la misma práctica, aunque la encomienda como institución introducida por ellos no incluía las tierras de los indios, ni la jurisdicción civil o criminal sobre ellos.

La Corona toleró la instauración de hecho de la encomienda, pero procuró sujetarla a supervisión. Entre otras medidas, se estableció que los indios no debían entregar más trabajo ni tributos que los dados en la época prehispánica a sus antiguos señores.[2]

El tributo era inicialmente muy variado, e incluía mantas de algodón, maíz, forraje para caballos, granos de cacao y oro, así como determinado número de trabajadores indios cada cierta cantidad de días. El monto se establecía por tasaciones, que inicialmente se acordaban entre el encomendero y los nobles indios, pero después pasó a ser regulado por la Real Audiencia. A la larga, tendió a uniformarse en un peso y media fanega de maíz.[3]

Se prohibió el trabajo de los indígenas como cargadores o «tamemes» al interior de las minas; o que fuesen llevados a largas distancias de sus pueblos. En 1536 se dispuso que las encomiendas solamente permanecerían durante «dos vidas», la del beneficiario original y un heredero.[4]

Cortés y las Encomiendas en Nueva España.[5]

La introducción de la encomienda se justificó en razón de la necesidad de recompensar los méritos de los conquistadores. Sin embargo, prontamente se concedieron a colonos llegados tardíamente, funcionarios (como los mismos virreyes), a órdenes religiosas y sus conventos y a obispos y sus obispados. También se otorgaron encomiendas a algunos nobles indios, como Isabel Tecuixpo Moctezuma,[6]hija de Moctezuma Xocoyotzin.[7]Sus descendientes siguieron cobrando las rentas de esta encomienda hasta el siglo XVIII.[8]

Así Tecuixpo Ixtlaxóchitl (1509-1550) fue hija de Moctezuma Xocoyotzin, bautizada como Isabel Moctezuma. Siendo aún una niña, y debido a su ascendencia aristócrata Isabel Moctezuma fue unida en matrimonio simbólico con su tío Cuitláhuac, pero este murió de viruela en 1520. Poco más tarde, Isabel fue unida con el siguiente sucesor: Cuauhtémoc, quien fue vencido por los conquistadores españoles el 13 de agosto de 1521. Al terminar la Conquista de México, Cuauhtémoc fue hecho prisionero, no obstante se le respetó su posición como tlatoani, pero el 28 de febrero de 1525, Cuauhtémoc fue sentenciado a muerte y ejecutado en la horca.

Cortés decidió casar a Tecuixpo con Alonso de Grado, pero de esta unión no hubo descendencia. Alonso de Grado fue acusado e investigado por maltrato y crueldad hacia los indígenas, murió en 1527. Pedro Gallego de Andrade fue el cuarto esposo de Isabel Moctezuma; su familia radicó en Barragán del Valle del Maíz, San Luis Potosí. El matrimonio duró poco tiempo, pues Gallego de Andrade murió en 1530. Tuvo un hijo de nombre Juan de Dios de Andrade Moctezuma (1529-1577) del cual existe una línea de descendientes hasta el día de hoy. El quinto matrimonio se celebró con Juan Cano de Saavedra, con quien tuvo cinco hijos, de los cuales, sus dos hijas se llamaron Isabel y Catalina; fueron monjas fundadoras en el convento de la Concepción en la Ciudad de México. La descendencia de este matrimonio vive en España.

Poco después del matrimonio de Isabel Moctezuma con Gallego Andrade, esta dio a luz a una hija de Hernán Cortés. Isabel rechazó a esta niña quien se llamó Leonor Cortés Moctezuma. Bajo la protección indirecta de Cortés, la descendiente se casó con Juan de Tolosa; del matrimonio nacieron dos hijas. Hernán Cortés le otorgó la encomienda de Tlacopan a Isabel Moctezuma, con fecha del 27 de junio de 1526, cuando estaba casada con Alonso de Grado. El privilegio establecía:

“Con la qual dicha Doña Isabel le prometó y doi en dote y arras á la dicha Doña Isabel y sus descendientes, en nombre de S.M., como su Governador y Capitán General destas partes, y porque de derecho le pertenece de su patrimonio y legítima, el Señorío y naturales del Pueblo de Tacuba, que tiene ciento é veinte casas; y Yeteve, que es estancia, que tiene quarenta casas; y Izqui Luca, otra estancia, que tiene otras ciento veinte casas; y Chimalpan, otra estancia, que tiene quarenta casas; y Chapulma Loyan, que tiene otras quarenta casas; y Escapucaltango, que tiene veinte casas; e Xiloango que tiene quarenta casas; y otra estancia que se dice Ocoiacaque, y otra que se dice Castepeque, y otra que se dice Talanco, y otra estancia que se dice Goatrizco, y otra que se dice Tacala, que podrá haver en todo mil y docientas y quarenta casas; las quales dichas estancias y pueblos son subjetos al Pueblo de Tacuba y al Señor della. Lo qual, como dicho es, doy en nombre de S.M. en dote y arras a la dicha Doña Isabel para que lo haya y tenga y goce por juro de heredad, para agora y para siempre jamás, con título de Señora de dicho Pueblo y de lo demás aquí contenido..”.[9]

A finales del siglo XVI, dicha encomienda era considerada la más grande del Valle de Anáhuac. Los descendientes de Isabel y de su medio hermano conocido como Pedro «el Príncipe», fueron reconocidos por la Corona española, y se les otorgó el título de Condes de Miravalle. En abril de 1550 muere Isabel Moctezuma, su último esposo muere en 1572.

Don Vasco de Quiroga y los encomenderos en el valle de México y en Michoacán

Un caso elocuente de las fuertes polémicas entre los delegados reales y los encomenderos, lo vemos en la historia de Don Vasco de Quiroga y los encomenderos en el valle de México y en Michoacán. Los problemas surgieron por pretender éstos despojar a los indígenas de sus legítimas tierras y su reducción a servidumbre. Entre otros los muchos casos con los que Don Vasco tuvo que enfrentarse tanto en sus tiempos de Oidor como luego como Obispo de Michoacán, destacan algunos como el del encomendero Juan Infante y el del II Marqués del Valle, Martín Cortés. En todos ellos Don Vasco tuvo que defender a los indígenas contra los que pretendían avasallar sus territorios.

Además, algunos encomenderos intentaron quitar a Don Vasco de Quiroga o algunas partes de las tierras que había adquirido para la erección de los «pueblos-hospitales de Santa Fe» o aquellas que, por ser «realengas», es decir que pertenecían al rey de España, se le habían concedido con tal finalidad. En su defensa, tuvo que enfrentarse judicialmente con varios encomenderos. Estos conflictos fueron relativamente frecuentes y a veces se mezclan con otros asuntos de carácter jurídico.

Pleito con los pobladores de Guayangareo por el título de «ciudad de Michoacán»

Se trata de un pleito suscitado por encomenderos españoles que pretendían monopolizar la atención pastoral de la Iglesia en su favor, segregando la población india y pretendiendo que la sede episcopal fuese erigida en una ciudad fundada por ellos. Ante tal pretensión se alza la voz de Don Vasco de Quiroga en favor del mundo indígena y de su proyecto de encuentro de los dos mundos culturales a partir de la nueva capital de la diócesis, apenas creada de Michoacán, en la ciudad de Pátzcuaro.[10]

Cuando Don Vasco de Quiroga, fue nombrado Obispo de Michoacán en 1536, la población principal se localizaba en Tzintzuntzan, que ostentaba el título de «Ciudad de Michoacán», otorgado por cédula real el 28 de septiembre de 1534. El 6 de agosto de 1538 tomó posesión de su diócesis en Tzintzuntzan, en una capilla humilde que pertenecía a la Orden de San Francisco. Al constatar que Tzintzuntzan no reunía las condiciones para establecer allí una población mayor de españoles y naturales, buscó un mejor lugar para edificar la iglesia Catedral en Pátzcuaro, a 15 kilómetros de Tzintzuntzan.

En 1540 se inició el traslado a Pátzcuaro, asignando a los españoles un lugar para asentarse que contaba con buenas tierras y agua suficiente, llamándole «Nueva Granada». Sin embargo, algunos pobladores españoles decidieron abandonar el proyecto, pues les desagradaba que la ciudad estuviese poblada por mayoría indígena. Fundaron una ciudad de españoles en el Valle de Guayangareo, a 60 kilómetros de Pátzcuaro, pretendiendo que el obispo Don Vasco edificara allí la iglesia catedral e intentaron apropiarse el título de «Ciudad de Michoacán», otorgado a Pátzcuaro, y solicitando del Virrey Don Antonio de Mendoza la cédula de fundación, alegando que Pátzcuaro no era un lugar adecuado y que sólo era un capricho del obispo.

El Virrey accedió a la petición de los encomenderos por lo que el 18 de mayo de 1541, se fundaba la ciudad apropiándose el nombre de «Ciudad de Michoacán», entrando así en conflicto tres ciudades que ostentaban el mismo nombre: Tzintzuntzan, Pátzcuaro y Guayangareo, pretendiendo cada una el título de ser la verdadera Ciudad de Michoacán. El contencioso fue a favor de Vasco de Quiroga, a través de una cédula real firmada en Madrid el 10 de septiembre de 1552, quedando ratificado el título de «Ciudad de Michoacán» para Pátzcuaro, y Guayangareo era reducido a un simple pueblo. Este conflicto duró durante varios años. Don Vasco solicitó ante el Consejo de Indias, que los vecinos de Guayangareo regresasen a poblar Pátzcuaro o al Barrio de Chapultepec,[11]detallando que:

“…ciertos vecinos españoles… por su pasatiempo y no sin alguna pasión que algunos de ellos tuvieron… sin razón y sin causa legítima desampararon la dicha ciudad e iglesia catedral, su parroquia, donde estaban quietos y sin necesidad de las que ahora dicen que tienen en el sitio de Guayangareo, [y tras describir los graves inconvenientes encontrados en aquel lugar viendo los inconvenientes] piden prácticamente toda la Provincia de Michuacán de indios por esclavos, para que allí los sirvan y ayuden que pueden ser hasta quince o veinte vecinos los que allí residen, y les hagan las casas y les traigan caños de agua imposibles de traerse y más imposibles de sustentarse, y después de todo esto de muy poco provecho o ninguno, y demasiados los tributos de cinco o seis cabeceras de pueblos de los mejores de la dicha Provincia con sus sujetos… suplica [Don Vasco], sobre todo se remedie porque no se pueda vivir sin ello, mandándoles que se vuelvan a su parroquia, que es la dicha iglesia catedral donde estaban quietos y sosegados y sin las necesidades que allí donde están dicen que padecen o al Barrio de Chapultepec, que es junto a ella y se puede gobernar en lo espiritual desde ella y estar con los indios y fuera de ellos… porque entre todos los embarazos e impedimentos que el dicho Obispo ha tenido y tiene para no poder ejercer su oficio como debe éste hacer el mayor y más perjudicial a todos y de donde menos molestias y desasosiegos y daños sumarán y se recrecen y han recrecido a la dicha Ciudad de Michuacán y a los indios y naturales y moradores de ella y de casi toda la provincia porque los llevan de allí y los sacan de sus casas por fuerza ocho leguas a que les hagan las obras dichas y los sirvan allí en aquel yermo (donde con fuerza ahora no se puede sustentar ni perpetuar) a no se poder en manera alguna sufrir si así no se remedia…”.[12]

Los encomenderos no querían perder la categoría de Ciudad por los privilegios que ello comportaba: disponer de gran cantidad de indios para el cultivo de sus tierras; dotación de cal para las construcciones, abastecimiento de víveres, tianguis [mercados] semanales, curas e iglesias para su atención espiritual, continuar la construcción de edificios públicos y un acueducto, para dotar de agua la población, construcción que había provocado muchos males a los indígenas, pues el mismo Don Vasco de Quiroga le llama «caño de sangre, más que de agua», por la muerte que había ocasionado de algunos trabajadores indígenas. Los colonos quisieron demostrar que tenían los suficientes vecinos en la ciudad para fundar una ciudad. Agotadas las instancias en la Nueva España, el juicio pasó ante el Real Consejo de Indias en España.[13]Además que los pobladores-colonos españoles de Guayangareo, de la concesión del título de Ciudad, y que se establezca en él la Silla Episcopal.[14]

Es un nuevo intento los pobladores de Guayangareo que piden que se les conceda el título de Ciudad de Michoacán, otorgado por el Virrey Don Antonio de Mendoza, pero que, por Real mandamiento, se les había quitado. Piden también el cambio de la sede episcopal de Pátzcuaro a Guayangareo. No se apaciguaron los colonos y todavía insistieron ante la Corona.[15]Esta lucha de poder entre los encomenderos españoles avecindados en Guayangareo, al final, fue respaldada por el sucesor de Don Vasco, el Obispo Antonio Ruiz de Morales Molina, quien escribió al Rey y al Papa, suplicándoles su autorización para pasar la sede episcopal de Pátzcuaro a Guayangareo. Ante esta solicitud, el Papa San Pío V, emitió el 10 de octubre de 1571 la bula «Super universas orbi ecclesias», decretando el traslado de la sede de episcopal de Pátzcuaro a Guayangareo.[16]El Rey Felipe II le otorgó a Guayangareo en 1576 el nombre de «Valladolid de Michoacán». Desde entonces, la ciudad de Guayangareo, después Valladolid y ahora Morelia, es la sede del antiguo obispado de Michoacán, hoy Arquidiócesis de Morelia.

En línea con aquellos conflictos entre encomenderos, colonos y Don Vasco se coloca también el pleito sobre la construcción de la catedral en Pátzcuaro.[17]Los colonos españoles de Guayangareo y algunos caciques indios de la Provincia de Michoacán se opusieron a que Pátzcuaro fuese la sede episcopal. Don Vasco de Quiroga había solicitado a los caciques y gobernadores de los pueblos indígenas, así como a los encomenderos españoles, ciertos tributos para la construcción de la Iglesia catedral en Pátzcuaro y el servicio de varios indios de sus encomiendas, para el trabajo material, solicitud que fue avalada por el Rey de España y por el Virrey de la Nueva España Don Luis de Velasco.

Fue un largo litigio entre Don Vasco y los encomenderos a la hora de llevar a cabo la construcción de la catedral en Pátzcuaro; llegando el litigio hasta la Real Audiencia, el Virrey, y el mismo Rey y su Consejo de Indias. Los encomenderos y colonos continuaron tenazmente en sus propósitos.[18]La construcción de la catedral planteó numerosos problemas de todo orden, especialmente por oponerse a ello los colonos y encomenderos españoles con algunos caciques indígenas, que pretendían fuese construida en el ámbito de las encomiendas.

Don Vasco aparece como un innovador en arquitectura, pues lo que intentaba plasmar en el proyecto de aquella construcción de cinco naves era la idea de una Iglesia en comunión, cuyo centro sería Jesucristo, pues su idea era dar lugar en el recinto a todos: a las diversas etnias indígenas, a los africanos traídos para los trabajos rudos y a los españoles. Llegando incluso los encomenderos a acusar que el proyecto no se sostenía arquitectónicamente, debiendo el Virrey enviar una inspección y visitando el personalmente el lugar, y defendiendo tenazmente el proyecto técnico el mismo Don Vasco. También aquí Don Vasco ganó aquel pleito ya técnico (1560-1561).

Defensa contra Martín Cortés

Don Vasco de Quiroga se vio obligado, casi al final de su vida, a iniciar otro pleito contra Martín Cortés, Segundo Marqués del Valle de Oaxaca, hijo y heredero del conquistador Hernán Cortés.[19]En 1563, pocos meses después de su llegada a la Ciudad de México, Martín Cortés intentó tomar posesión del «Pueblo-Hospital» de Santa Fe de los Altos, situado a tres leguas de la Ciudad de México. Ese «Pueblo-Hospital», centro de ayuda, refugio y enseñanza de los indígenas, había sido fundado por Don Vasco en 1532, entonces sólo Oidor. Martín Cortés pretendía tomar posesión de aquellas tierras, argumentando que eran suyas “porque dizque entendía que aquello era sujeto de las dichas villas”.[20]

El día en que el Marqués entró por la fuerza en el lugar, Don Vasco estaba en aquel Pueblo-Hospital «convaleciendo de su enfermedad». Don Vasco demandó judicialmente a Martín Cortés ante la Real Audiencia de México. En el proceso, el obispo de Michoacán argumentó tener la posesión de aquellas tierras desde hacía más de treinta años, mostrando los mandamientos del Virrey Don Antonio de Mendoza y de la Reina-emperatriz Isabel, otorgándole aquellas tierras para el dicho «Pueblo-Hospital» de Santa Fe de México y de Michoacán, su nombramiento como Oidor, así como algunos cargos y descargos en el «Juicio de Residencia» que le practicaron de oficio al término de su cargo.

Hay que destacar que el expediente consigna la acción caritativa de Don Vasco que suplica al Virrey no se apliquen penas físicas ni «efusión de sangre» contra quienes se habían comportado con violencia contra Don Vasco «quien por ser como es Obispo y persona eclesiástica», gozaba, en el derecho, de especial protección.[21]El año de 1565, el mismo en que falleció Don Vasco, la Real Audiencia de México mandó hacer traslado de todo el proceso para enviarlo al Real Consejo de Indias. Se intuye que siguió el pleito por parte del Cabildo del Obispado de Michoacán, y que se falló a favor del «Pueblo-Hospital».[22]

Sobre el patronazgo de los «Pueblos-Hospitales de Santa Fe» y del Colegio de San Nicolás.[23]

Este litigio judicial se llevó entre: el Deán y Cabildo del Obispado de Michoacán, contra el Fiscal de su Majestad en la Nueva España, quien intentaba que se revocara el patronazgo que dio la Real Audiencia de México a la Iglesia de Michoacán de los «Pueblos-Hospitales de Santa Fe» de México y de Michoacán y el Colegio de San Nicolás fundados por Vasco de Quiroga. En este expediente aparece un traslado del Testamento de Don Vasco, hecho en la Ciudad de Michoacán en 24 de enero de 1565, ante el Notario Apostólico Alonso de Cazeres, donde aparecen las disposiciones que dejó para el Colegio de San Nicolás y de otros documentos como las «Reglas y Ordenanzas» de Don Vasco para sus «Pueblos-Hospitales de Santa Fe»; la Cédula del Rey, donde acepta ser el patrón y protector del Colegio de San Nicolás, emitida en Barcelona, en mayo de 1543. Al final el fallo fue en favor de Don Vasco. La Audiencia confirmó el auto, nombrando como patrono de las dichas fundaciones a la Iglesia de Michoacán, enviando el expediente al Real Consejo de Indias en España en marzo de 1566.

Gonzalo Ruiz, fiscal de la ciudad de México, contra el «Pueblo-Hospital de Santa Fe» de México.[24]

Se trata un litigio judicial entre Gonzalo Ruiz, español, vecino de México y regidor en aquella ciudad, como parte demandante; contra Don Vasco de Quiroga, Obispo de Michoacán, parte demandada. Gonzalo Ruiz, en calidad de regidor, exigió a los naturales del «Hospital de Santa Fe» de México, que pagaran los tributos al Rey, pues sus tierras estaban dentro de los límites de la Ciudad de México. En diciembre de 1556, Gonzalo Ruiz, llegó al «Pueblo-Hospital de Santa Fe» de México, y exigió a los naturales el tributo de sus tierras, alegando que pertenecían al Rey y por lo tanto debían pagar tributos a la Hacienda Real por orden del Fiscal. Aduciendo que aquel «Pueblo-Hospital» estaba poblado de indios que eran ricos, y estaban exentos de no servir ni tributar al Rey, por ser favorecidos de Don Vasco de Quiroga, ya desde sus tiempos como Oidor y luego como Obispo de Michoacán. Los motivos que da son de orden fiscal.

Ante esto, Don Vasco presentó varios documentos para la defensa, entre los cuales aparece una carta de compra-venta de las tierras del «Pueblo-Hospital de Santa Fe», un traslado de los descargos del juicio de residencia que se le hizo en su gestión como Oidor y el amojonamiento y merced que el Rey hizo al «Pueblo-Hospital de Santa Fe». Su legal argumenta que el demandante está acusado por los indios de Santa Fe de haberles tomado tierras, por lo que pretende distraer la acción de la justicia con «torcedurías».

Señala que las cédulas reales a favor del «Pueblo-Hospital» sostenían una obra de Santa Fe como de Dios y de beneficio para los naturales. Al final la Real Audiencia de México en 1557 emite sentencia en favor de aquel «Pueblo-Hospital». Los demandantes apelaron al Consejo Real de Indias, a donde llegó el legajo en junio de 1558. El asunto llega al Consejo Indias en 1558, pero el caso concluye sin dictamen de sentencia.

Anexión «Pueblo-Hospital de Santa Fe» de México al Real Hospital de indios de la misma ciudad.[25]

Otro de los litigios judiciales que tuvo que sostener el Cabildo de la Santa Iglesia de Mechoacán, tras la muerte de Don Vasco, fue con el Consejo, Justicia y Regimiento de la Ciudad de México, que los había demandado, exigiendo que el «Pueblo-Hospital de Santa Fe» de México fuese anexado con sus rentas al «Hospital Real de los Indios» de la Ciudad de México. Unas semanas antes de su fallecimiento, Don Vasco de Quiroga había escrito su Testamento, donde dejaba una serie de disposiciones por los que debían regirse los «Pueblos-Hospitales de Santa Fe» de México y de Michoacán, y el Colegio de San Nicolás de Pátzcuaro, fundaciones protegidas por el Rey, y administradas por el Obispado de Michoacán.[26]


Un año después de la muerte del obispo Quiroga (1566), es cuando la Justicia y Regimiento de la Ciudad de México solicitan a la Real Audiencia dicha anexión. La Iglesia de Michoacán se opuso y como prueba, presentaron entre otros documentos: el citado Testamento de Don Vasco de Quiroga, escrituras de las tierras del «Pueblo-Hospital de Santa Fe» y la cédula real de patronazgo sobre los «Pueblos-Hospitales de Santa Fe».

En cuanto al Colegio de San Nicolás, con una Provisión dada en Barcelona el primero de mayo de 1543, ya el futuro Rey Felipe II disponía que el Rector, Lector y Cabildo Eclesiástico de la Iglesia de Michoacán, se hiciesen cargo del patronazgo del Colegio de San Nicolás y Hospitales de Santa Fe, y que la Real Audiencia de México fuese su protectora. Ahora, la Audiencia de México, daba un Auto de Vista, el 4 de diciembre de 1565, declarando por patrones y administradores del Colegio de San Nicolás y Hospitales de Santa Fe, de México y Michoacán, al Rector del dicho Colegio y al Cabildo de la Iglesia y Obispado de Michoacán.

Y confirmaba otro Auto de la Audiencia de México, del 19 de diciembre de 1565. Ante la apelación del Fiscal de la misma, solicitando la revocación de dicho auto, la Audiencia de México emitía una carta ejecutoria, el 5 de febrero de 1566 a favor de la Iglesia de Michoacán, dando luego un mandamiento de posesión del Hospital de Santa Fe de México, sus tierras y pertenencias, seguido de otros mandatos en fechas sucesivas en el mismo sentido. El asunto llega al Consejo de Indias, que el 27 de julio de 1574 emite en Madrid un Auto, dando por concluido el pleito, decisión confirmada el 31 de agosto de 1574 a favor de la Iglesia de Michoacán.

El Pleito entre el encomendero Juan Infante y Don Vasco De Quiroga

Nos encontramos con uno de los pleitos más encarnizados por parte de un encomendero, Juan Infante, empecinado en querer conservar el régimen de encomiendas saltando todas las Leyes de Indias vigentes. El pleito judicial con el encomendero duró desde 1539 a 1575, diez años después de fallecido Don Vasco. El caso fue una ocasión ofrecida a Don Vasco de Quiroga para defender a los indígenas avasallados y exponer los derechos humanos fundamentales ante las violaciones claras del Derecho.[27]


Juan Infante, oriundo de Sevilla,[28]pasó a las Indias alrededor del año 1514 y, después de vivir un tiempo en Cuba, llegó a la Ciudad de México en 1522. En la Ciudad de México entró a servir en la casa de Alonso de Estrada, tesorero y teniente de gobernador de Nueva España. Por su trabajo empezó a involucrarse en la explotación de las minas de Michoacán.[29]Aprovechando un vacío político tras la ausencia de Hernán Cortés, Juan Infante dijo haber obtenido, sin mostrar nunca el documento original, una encomienda en esta provincia por una cédula real cuya autenticidad fue dudosa.

Hizo la presentación cuando el Tesorero Alonso de Estrada ya había fallecido, ocasionó muchas controversias con otros encomenderos de la Provincia de Michoacán, quienes argumentaban también ser poseedores de los pueblos contenidos en la Cédula de Infante, o bien que eran propiedad del Rey. En 1538 Juan Infante obtuvo una Provisión del Rey, por la cual se le adjudicaban varios pueblos, logrando en 1538 que su encomienda comprendiera cincuenta pueblos de indios repartidos en tres jurisdicciones: doce en la zona de Comanja, trece en la sierra tarasca y otros veinticinco en la ribera del lago de Pátzcuaro, llamados barrios de la Laguna.[30]

Vasco de Quiroga se opuso por vía judicial a las pretensiones de Juan Infante sobre los pueblos de indios que, o bien caían en tierras realengas o bien eran propiedad del «Pueblo-Hospital de Santa Fe» de Michoacán. La posesión de Juan Infante, confirmada en 1538 por una sentencia del Consejo de Indias, fue revocada finalmente en 1554 debido a la apelación del Obispo. Este largo pleito, donde se encuentra claro el grave problema que causó el sistema de las encomiendas, dejó una considerable cantidad de documentos, que muestran al encomendero Juan Infante como persona que se ufanaba de ser un gran bienhechor de los franciscanos en Michoacán, mientras que la documentación lo presenta como un cínico encomendero, que con habilidad falsificaba documentos, sobornaba testigos y maquinaba contra Don Vasco de Quiroga.

El Obispo Quiroga, por su parte, arguyó que dichos pueblos no pertenecían a Infante, sino que eran parte de Santa Fe de la Laguna y que otros eran propiedad Real, acusando a Infante de haberlos obtenido fraudulentamente. Don Vasco de Quiroga, con gran rigor jurídico, presentó la documentación que acreditaban los títulos de propiedad de las tierras de Santa Fe, los títulos de la Ciudad de Michoacán, las tasaciones de los pueblos y la posesión del sitio para Iglesia Catedral en Pátzcuaro.

Sostuvo que parte de la documentación de Juan Infante “era contrahecha”, pues Infante nunca mostró los documentos originales sino solo traslados falsificados puesto que “era buen escribano y se preciaba de contrahacer o falsificar firmas”, “no se sabía ni se podía conocer cuál era la una y cuál la otra”. En el largo pleito se ve en las actuaciones de Juan Infante una astucia a base de mentiras y falsificaciones para ampliar sus tierras y de obtener trabajadores indígenas a su servicio. Manifiesta también las ambiciones inconfesables del encomendero, que no duda en calumniar a Don Vasco, a quien acusa de ser “absoluto señor en Mechuacán y en esta Nueva España que no hay quien le ose ir a la mano a sus cosas porque si alguno le fuese a contradecir buscaría antes, formas y maneras como destruirle a cuya causa nadie osa hacer más de lo que el dicho Obispo quiere y manda (pues) no hay quien se mueva sin su licencia y voluntad.[31]

El ladino encomendero trató de convencer a otros para que se uniesen a su animadversión hacia el Obispo Quiroga. Juan Infante aparecerá en otros pleitos judiciales con los que tuvo que enfrentarse Don Vasco.[32]Como muchos encomenderos, trataban de ganarse las simpatías y los apoyos de las órdenes religiosas dándoles pingues beneficios e incluso sosteniendo algunas de sus fundaciones. Tal fue el caso de Juan Infante con los franciscanos de Michoacán y cooperó financieramente en la construcción de varios conventos,[33]y los pueblos de su encomienda estaban atendidos por los frailes franciscanos[34], aunque su relación con ellos resulta interesada y sagazmente fría.

El Obispo Quiroga defendió lo que le correspondía en derecho. Su defensa estuvo motivada por el deseo de llevar adelante su trabajo de promover la construcción de una sociedad nueva, con valores cristianos, en la ribera de los pueblos de la Laguna y sobre todo en la defensa de los legítimos derechos naturales de los indígenas y contra los intentos claros o solapados de reducirlos a esclava servidumbre. Prueba de ello es lo que solicita al juez a través de su procurador Álvaro Ruiz:

“No entiendo, en nombre del dicho Obispo mi parte, pedir, ni acusar, ni denunciar pena criminal alguna contra el dicho Juan Infante ni contra otra persona alguna por razón de la sospecha que hay contra los traslados y original cédula razón de la encomienda, de donde el dicho Juan Infante dice que se sacaron, sino solamente para en guarda de su derecho y de la dicha Iglesia y de lo perteneciente a ella, por evitar que no sea damnificada contra razón y justicia, antes pido y protesto en el dicho nombre [del Obispo] que por ello no se proceda contra el dicho Juan Infante criminalmente en caso que culpa alguna contra él pareciese. Y así lo protesto y pido por testimonio. Y juro a Dios en forma y a esta santa cruz (+) en ánima del dicho mi parte [el Obispo] que esta oposición y suplicación no la hago maliciosamente sino por alcanzar cumplimiento de justicia y porque el dicho mi parte y su iglesia no sean damnificados en lo que les tocó y atañe o atañer puede”.[35]

En todos los pleitos que Juan Infante tuvo también con otros conocidos españoles, nunca pudo demostrar la autenticidad y el valor de los traslados de las cédulas de encomienda originales. Es de notar que unos escribanos y unos criados suyos, testigos presentados por Juan Infante, fueron los que le ayudaron a sacar los traslados de la cédula de encomienda que siempre presentaba. Se trataba de jóvenes inexpertos, y se dice que casi no tenían ninguna pericia en el oficio de escribanos. Todo ello consta documentalmente en los procesos. donde se demuestran las anomalías jurídicas en las copias de las cédulas de encomienda que siempre presentaba Juan Infante: contrahechas y con las firmas falsificadas firmas y sin las firmas del escribano legal.

Además, la lista de errores y falsificaciones jurídicas es larga, confirmadas por varios testigos de los procesos y verificadas en los mismos, e incluso llegando a inventar la deposición de testigos inexistentes.[36]La conclusión de un largo y tortuoso proceso, en el que también tenazmente los habitantes indígenas supieron defenderse, fue que el proceso expiró y Juan Infante perdió su derecho sobre aquellos pueblos.[37]

A petición de Juan Infante ante la Real Audiencia, quien acusó a Don Vasco de Quiroga de no haber contestado todas las preguntas de su Interrogatorio, Don Vasco declaró el 22 de abril de 1542, en la ciudad de México, contestando a todas las preguntas del largo cuestionario.[38]Alonso Flores, en nombre de Don Vasco de Quiroga, pide que se remita el proceso al Consejo de Indias, lo cual fue aprobado por la Audiencia de México en abril de 1543 y ejecutado, concluyendo así el pleito principal.[39]

Don Vasco de Quiroga tuvo que sostener numerosos procesos judiciales acusado por los encomenderos unas veces defendiendo la justicia y los derechos de los indígenas ante los tribunales regios. A veces se vio obligado a presentar querellas ante los mismos. En todos los casos documentados, los Tribunales de Justicia y sobre todo la Autoridad Real le dieron entonces, o poco después de su muerte cuando los procesos se prolongaron en el tiempo, razón contra las denuncias y en favor de las reivindicaciones de Don Vasco, siempre en favor de los indígenas indios.

Superación y supresión de las encomiendas

La encomienda fue importante en el centro del virreinato de la Nueva España, pero no existió para los indios que habitaban las ciudades, en los puertos y en los reales de minas como Guanajuato o Zacatecas. Tampoco hubo encomiendas en las misiones del norte. La encomienda subsistió de hecho o de derecho en regiones de frontera. En la Capitanía General de Yucatán se mantuvo por la inseguridad en el control de la región así como por el papel que en tal dimensión jugaban los colonos y encomenderos. Sólo desapareció enteramente por una real cédula de 4 de diciembre de 1786.[40]

En la Nueva Vizcaya las encomiendas se concedieron por los gobernadores para «reducir» a los indios no cristianos, que eran traídos por la fuerza para residir en las haciendas y propiedades de los españoles. No se hicieron más concesiones a partir de 1670.[41]

En el Nuevo Reino de León los gobernadores daban licencias para realizar «mariscadas» en que se traía por la fuerza a los indios, en forma similar a la Nueva Vizcaya. Se les llamaba encomiendas, aunque no lo eran en los términos previstos por las leyes para esta institución. En 1698 la Corona las prohibió. En la práctica pervivió la antigua situación, ahora con el nombre de «congregas».[42]

En Nuevo México el gobernador Juan de Oñate distribuyó encomiendas entre sus hombres, cuyo beneficio consistía en tributo en especie. Después de la rebelión de los llamados «indios pueblo» de 1680-1692, la encomienda fue suprimida como institución.[43]El virrey Luis de Velasco y Ruiz de Alarcón liberó a 15.000 indígenas sujetos a varias encomiendas en régimen de servidumbre.

Las Leyes Nuevas de 1542 ordenaron el fin de las encomiendas a la muerte de su titular, así como la confiscación de todas las que fuesen propiedad de eclesiásticos, de corporaciones civiles o religiosas. En México, el juez visitador Francisco Tello de Sandoval optó por suspender su aplicación, ante las peticiones del Ayuntamiento de la ciudad de México, del virrey Antonio de Mendoza e incluso del obispo fray Juan de Zumárraga y los provinciales de las órdenes religiosas, mientras hacían llegar su apelación a España.

El 20 de octubre de 1545 el rey-emperador Carlos I-V suspendió el capítulo que prohibía la herencia de las encomiendas. Los españoles insistieron en que se dieran las encomiendas en perpetuidad, alegando que de esa manera los encomenderos tratarían mejor a sus indios. La norma que subsistió fue la concesión por «dos vidas», la del titular y su heredero.[44]

El 22 de febrero de 1549 una real cédula del rey-emperador Carlos I-V prohibió que los encomenderos recibieran el trabajo de los indios encomendados, subsistiendo solamente la obligación de entregar el tributo.[45]La encomienda quedó solamente como una especie de renta o pensión pagada por la Real Hacienda. A medida que pasaba el tiempo, los herederos fueron muriendo, y la Corona se apropió de sus encomiendas, aunque algunas perduraron por más generaciones, por concesiones particulares.[46]

NOTAS

  1. Cortés, Hernán (1976). Manuel Alcalá, ed. Cartas de relación. Porrúa. p. 171.
  2. Memoria política de México. «Real Cédula sobre tasación de los tributos y sucesión de encomiendas. 26 de Mayo de1536», en memoria políticademexico.org. Selección de Textos y Documentos: Doralicia Carmona Dávila: © ISBN 970-95193; en
  3. González de Cosío, F., El libro de las tasaciones de pueblos de la Nueva España, siglo XVI. Archivo General de la Nación,1952.
  4. Zavala, Silvio, La encomienda indiana. Madrid 1935, 77-81.
  5. Arregui Zamorano, Pilar, La Audiencia de México según los visitadores (siglos XVI y XVII)], México: UNAM, 1981; Ruiz Medrano, Ethelia, Gobierno y sociedad en Nueva España: segunda audiencia y Antonio de Mendoza. Zamora (Michoacán), 1991.
  6. Tecuixpo Ixtlaxóchitl (circa 1509-1550) fue hija del huey tlatoani Moctezuma Xocoyotzin. Fue bautizada como Isabel Moctezuma.
  7. Moctezuma tuvo diecinueve hijos, siendo Chimalpopoca su favorito. A punto de morir, el huey tlatoani encargó a Hernán Cortés cuidar de él. No obstante, el principal heredero murió durante los acontecimientos de la Noche Triste. Isabel y Pedro fueron los descendientes del huey tlatoani que sobrevivieron.
  8. Nancy García García: «Genealogía de la familia Cano-Moctezuma».
  9. Prescott, William H. (1844) Historia de la conquista de México traducción de José Ma. González de la Vega; anotada por Lucas Alamán; notas de J. F. Ramírez; Prólogo y apéndices de J. A. Ortega y Medina; Apéndices, parte II "Documentos originales"; Porrúa, México, 2000. Concesión hecha por Cortés a doña Isabel Moctezuma, hija del emperador.
  10. El MS del proceso en: AGI, Sección Justicia. Legajo 173. N° 1. Ramo 2 . contiene 165 fojas: «El Obispo de Michoacán Don Vasco de Quiroga, con(tra) los Vecinos del Pueblo de Guayangareo, sobre haberse aumentado éstos de Mechuacán y querer que el dicho pueblo se intitule Mechuacán, olvidándose del nombre de tal aquella ciudad». Este expediente contiene varios documentos. Aparece la cédula real del 28 de septiembre de 1534 por la que se erige la Ciudad de Michoacán con sede en Tzintzuntzan; el acta de posesión el 6 de agosto de 1538 de Don Vasco de Quiroga como obispo de Michoacán.
  11. Copia Pública, Vol. LXXXIII, pp. 25213-25218. Se respeta la grafía del original. De: C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019
  12. Copia Pública, Vol. LXXXXIII, pp. 25232-25236. C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019.
  13. En AGI, Sección Justicia. Legajo 1012. N° 4. Ramo 2 . Título: "La Ciudad de Mechoacán sobre intitularse Ciudad". Es la continuación del alegato entre los encomenderos españoles de Guayangareo y el Obispo de Michoacán Vasco de Quiroga.
  14. En el AGI, Sección Justicia. Legajo 1012. N° 3. Ramo 2 . Título: "La Justicia y Regimiento del Valle de Guayangareo, sobre que se les conceda el título de Ciudad, y se establezca en él la Silla Episcopal". Ante el Consejo de Indias: contiene documentación generada entre los años de 1555 a 1557.
  15. En AGI, Sección Justicia. Legajo 1012. N° 4. Ramo 2 . Título: "La Ciudad de Mechoacán sobre intitularse Ciudad". Es la continuación del alegato entre los encomenderos españoles de Guayangareo y el Obispo de Michoacán Vasco de Quiroga.
  16. En America Pontificia, II, 917-920.
  17. En AGI, Sección Justicia. Legajo 155, N° 2, Ramo 3. Son 723 páginas y lleva por título: “La Ciudad de Mechuacán e indios de su Provincia. Contra el Obispo de dicha Ciudad sobre la obra y edificio de la Catedral de dicha Ciudad”. El expediente abarca principalmente lo acontecido en el año de 1555, ante la Real Audiencia de México. Contiene el testimonio de las cédulas que Don Vasco de Quiroga obtuvo para la Ciudad de Michoacán. Entre otras, la cédula de la Reina, fechada en Valladolid, España, el 20 de septiembre de 1537, donde manda al Virrey de la Nueva España Antonio de Mendoza, que urja a los comarcanos de la Ciudad de Michoacán - Pátzcuaro, para que acudan a la obra de la Iglesia Catedral del Obispo Vasco de Quiroga.
  18. En AGI, Sección Audiencia de México. Legajo 374. Son 56 páginas y lleva por título: "El Obispo de Mechuacán, sobre la obra de la Iglesia que se hace en la Ciudad de Mechuacán". El legajo 374, que inicia a principios de 1560, contiene información sobre la construcción de la catedral en la Ciudad de Michoacán – Pátzcuaro.
  19. AGI, Escribanía de Cámara, legajo 158-A. México, año de 1547. El Obispo de Mechuacán y pueblo y Hospital de Santa Fe de México, con[tra] el Marqués del Valle, sobre haber querido tomar éste posesión del dicho Hospital en su perjuicio.
  20. AGI, Ibidem.
  21. Marín Tello - María Isabel, Delitos y pecados en el período colonial, Ponencia, II Jornada Académica Independencia e Iglesia, Morelia, 24 y 25 de septiembre del 2009.
  22. En Valladolid, España, el 6 de mayo de 1565, el Rey Felipe II dicta una cédula sobre la petición de Don Martín Cortés, acerca los veintitrés mil vasallos y el pleito pendiente por algunas tierras (del «Pueblo-Hospital» de Santa Fe) en términos de la Ciudad de México, donde manda que el proceso sea remitido al Consejo de Indias. El 7 de diciembre de 1565, se dio un auto de la Audiencia de México, para que se sacara un traslado de todo el proceso para enviar al Consejo de Indias.
  23. AGI, Sección Justicia. Legajo 208, N° 4. Son 57 páginas y lleva por título: «El Deán y Cabildo de Michoacán, contra el Fiscal, sobre el patronazgo de los dos Hospitales de Santa Fe y Colegio de San Nicolás».
  24. AGI, Sección Justicia. Legajo 204, N° 3, Ramo 3. Son 230 fojas y lleva por título: "Gonzalo Ruiz, Vecino y Regidor de México con[tra] el Fiscal de su Majestad sobre cierto pueblo de indios".
  25. AGI, Sección Justicia. Legajo 171, N° 2: «El Consejo, Justicia y Regimiento de la Ciudad de México con(tra) el Deán y Cabildo de la Santa Iglesia de Mechuacán, sobre que la Ciudad de México pide se anexe el Hospital de Santa Fee fundado por el Obispo de Mechuacán, con sus rentas al Hospital Real de los Indios de la dicha Ciudad, y se decreta que no ha lugar la suplicación por parte del Fiscal del Obispo de Mechuacán».
  26. La documentación se encuentra en el AGI de Sevilla junto con el texto del Testamento de Don Vasco de Quiroga, dictado ante el Notario Alonso de Cáceres, el 24 de enero de 1565.
  27. AGI, Sección Justicia, Legajo 129, No. 3. Son 217 fojas y lleva por título: «Juan Infante, vecino de México, contra el Obispo de Michoacán y otros, sobre la posesión de ciertos pueblos de indios». Y: Legajo 130, «El Obispo y Ciudad de Michoacán contra Juan Infante, vecino de México, sobre que a éste se le restituyeran los Pueblos de Comanja, Naranja y Cipiajo, con las estancias a él sujetas que le habían sido encomendados». AGI, Justicia, Legajo 203, No. 2, «Juan Infante, vecino de México, contra el Obispo de Mechuacan y el Fiscal de su Majestad, sobre los pueblos de indios de La Laguna, que le estaban encomendados».
  28. Robert Himmerich y Valencia, The Encomenderos of New Spain. 1521-1555, University of Texas Press, Austin, 1991, 177.
  29. Yokoyama Wakako, Los primeros colonizadores y la formación de la sociedad criolla novohispana, en Tzintzuntzan. Revista de estudios históricos, n. 19, 43-62, Morelia 1994.
  30. C. Paredes Martínez, et. al., Michoacán en el siglo XVI, Fimax Publicistas, Morelia 1984, 53-54.
  31. AGI, Justicia, Legajo 203, No. 2, «Juan Infante, vecino de México, contra el Obispo de Mechuacan y el Fiscal de su Majestad, sobre los pueblos de indios de La Laguna, que le estaban encomendados».
  32. Cf. Yokoyama Wakako, Dos mundos y un destino: Cien años de la encomienda de Juan Infante y sus herederos en la provincia novohispana de Michoacán, 1528-1628, Universidad Michoacana de San Nicolás, Archivo Histórico Municipal, Morelia 2014.
  33. Los conventos de Tzintzuntzan, Uruapan, Pátzcuaro, Tarecuato, Pomacoarán, Naranja, Zacapu y Porunxácuaro. En 1550, en el capítulo de los franciscanos que se celebró en Tarecuato, se determinó que se construyera un convento en Cherán y otro en Erongaócuaro a cargo de Juan Infante. Juan Infante sostenía entonces a ocho conventos franciscanos de unos veinte establecimientos franciscanos en Michoacán.
  34. C. Paredes Martínez, et. al., Michoacán en el siglo XVI, Fimax Publicistas, Morelia 1984, 53-54, 67, 377- 378, 383.
  35. AGI, Justicia, Legajo 203, No. 2, «Juan Infante, vecino de México, contra el Obispo de Mechuacan y el Fiscal de su Majestad, sobre los pueblos de indios de La Laguna, que le estaban encomendados».
  36. Cf. C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019, cap. XI, 816-824. Las mentiras y atropellos de Juan Infante no tuvieron límite. Así, posteriormente, en febrero de 1541, presentó ante la Audiencia de México, un Interrogatorio de cincuenta preguntas, como probanza de su posesión de los barrios de La Laguna y rechazando los cargos que le había hecho Don Vasco sobre la alteración de la cédula de encomienda.
  37. Cfr. Copia Pública, Vol. XIII, 3687- Vol. XIV, 3849 de: C. Causis Sanctorum, P. N. 2195: Moreliensis, Positio super vita et virtutibus V. de Quiroga, Biographia ex documentis, Roma 2019.
  38. Cfr. Copia Pública, Vol. XIV, 3849- Vol. XVIII, 5153. Ut supra.
  39. Cfr. Copia Pública, Vol. XVIII, 5153-5157. Ut supra. Son muchos los pleitos sostenidos entre Juan Infante y otros pobladores nativos y otros encomenderos, lo que demuestra el carácter pendenciero. En el AGI se encuentran los legajos sobre estos pleitos entre los años de 1548 a 1575. Aparecen las resoluciones del Consejo de Indias a favor de los pueblos defendidos por Don Vasco, que el encomendero Infante intentaba apropiarse. La sentencia definitiva, emitida el año 1575, muertos ya Infante y Don Vasco dicta en favor de este. Cf. AGI, Legajo 203, N° 2, 1-334.
  40. García Bernal, Manuela Cristina, Población y encomienda en Yucatán bajo los Austrias. EEHS, Sevilla, 1978.
  41. Cramaussel, Chantal. «Encomiendas, repartimientos y conquista en Nueva Vizcaya». Historias 25, 1992, pp.73-92.
  42. Hoyo, Eugenio del, Historia de Nuevo León, 1577-1723. ITESM, 2005, pp. 433-440.
  43. Anderson, H. A., «The Encomienda in New Mexico, 1598-1680». New Mexico Historical Review. 60 (4) (1985), pp. 353-377.
  44. Gibson, Charles, Los aztecas bajo el dominio español: 1519-1810, 15a. ed. Siglo XXI, 2003, pp. 66-68.
  45. Zavala, Silvio, Ensayos sobre la colonización española en América. Porrúa, México, 1978, p. 27.
  46. Zavala, Silvio. La encomienda indiana, Madrid 1935, pp. 473-474.

BIBLIOGRAFÍA

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FIDEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ