Diferencia entre revisiones de «ISABEL LA CATÓLICA; Entorno sociopolítico de su biografía»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Isabel La Católica I de Castilla-León, y más tarde de Aragón debido a su matrimonio con Fernando V de Aragón, es una figura fundamental en la formación de la nación española, y en la historia del Continente americano.  
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== Prólogo ==
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Isabel La Católica I de Castilla-León, y más tarde de Aragón debido a su [[MATRIMONIO_EN_CHILE | matrimonio]] con Fernando V de Aragón, es una figura fundamental en la formación de la nación española, y en la historia del Continente americano.  
  
 
Los reinos de Castilla y León se encontraban unidos desde los tiempos de Fernando III «el Santo» (s. XIII), por lo que se simplifica la nomenclatura en «Castilla». Este Reino es uno de los reinos medievales de la península ibérica, y surgió como entidad política autónoma en el siglo IX bajo la forma de condado vasallo de León, alcanzando la categoría de «reino» en el siglo XI. La Corona de Castilla, como entidad histórica, se suele considerar que comienza con la última y definitiva unión de los reinos de León y de Castilla en 1230.  
 
Los reinos de Castilla y León se encontraban unidos desde los tiempos de Fernando III «el Santo» (s. XIII), por lo que se simplifica la nomenclatura en «Castilla». Este Reino es uno de los reinos medievales de la península ibérica, y surgió como entidad política autónoma en el siglo IX bajo la forma de condado vasallo de León, alcanzando la categoría de «reino» en el siglo XI. La Corona de Castilla, como entidad histórica, se suele considerar que comienza con la última y definitiva unión de los reinos de León y de Castilla en 1230.  
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En 1230, Fernando III «el Santo», rey de Castilla desde 1217 (incluyendo el Reino de Toledo) e hijo de Alfonso IX de León y su segunda mujer, Berenguela de Castilla, se convirtió en rey de León (cuyo reino incluía el de Galicia), tras la renuncia de Teresa de Portugal, la primera mujer de Alfonso IX, a los derechos de sus hijas, las infantas Sancha y Dulce al trono de León en la Concordia de Benavente.  
 
En 1230, Fernando III «el Santo», rey de Castilla desde 1217 (incluyendo el Reino de Toledo) e hijo de Alfonso IX de León y su segunda mujer, Berenguela de Castilla, se convirtió en rey de León (cuyo reino incluía el de Galicia), tras la renuncia de Teresa de Portugal, la primera mujer de Alfonso IX, a los derechos de sus hijas, las infantas Sancha y Dulce al trono de León en la Concordia de Benavente.  
  
Los Reinos de León y de Castilla se fueron alargando hacia el sur de la Península a lo largo de los siglos de la Reconquista (s. IX-XV). Al convertirse Fernando III en rey de León, las Cortes de León y Castilla se fundieron, momento que se considera que surge la Corona de Castilla, formada por dos reinos: Castilla y León, así como taifas y señoríos conquistados a los árabes (Córdoba, Murcia, Jaén, Sevilla).  
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Los Reinos de León y de Castilla se fueron alargando hacia el sur de la Península a lo largo de los siglos de la Reconquista (s. IX-XV). Al convertirse Fernando III en rey de León, las Cortes de León y Castilla se fundieron, momento que se considera que surge la Corona de Castilla, formada por dos reinos: Castilla y León, así como taifas y señoríos conquistados a los árabes ([[CÓRDOBA_DE_LA_NUEVA_ANDALUCÍA | Córdoba]], Murcia, Jaén, Sevilla).  
  
 
La Casa de Trastámara fue una dinastía que reinó en Castilla entre 1369 y 1504, en Aragón de 1412 a 1516, en Navarra entre 1425 y 1479 y también en Nápoles de 1442 a 1501. Tomó el nombre del conde (o duque) de Trastámara, título empleado por Enrique II de Castilla, «el de las Mercedes», antes de llegar al trono en 1369 durante la guerra civil con su hermano legítimo Pedro I.  
 
La Casa de Trastámara fue una dinastía que reinó en Castilla entre 1369 y 1504, en Aragón de 1412 a 1516, en Navarra entre 1425 y 1479 y también en Nápoles de 1442 a 1501. Tomó el nombre del conde (o duque) de Trastámara, título empleado por Enrique II de Castilla, «el de las Mercedes», antes de llegar al trono en 1369 durante la guerra civil con su hermano legítimo Pedro I.  
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A la muerte de Juan II, su hija Leonor heredó Navarra y su hermanastro, Fernando llamado el Católico, la Corona de Aragón. El matrimonio de Fernando con Isabel I de Castilla, celebrado el 19 de octubre de 1469, en el Palacio de los Vivero, de Valladolid, estableció la unión entre estas dos Coronas, que se consolida definitivamente con el reinado de Carlos I (V como Emperador del S.R.I.) en 1516.  
 
A la muerte de Juan II, su hija Leonor heredó Navarra y su hermanastro, Fernando llamado el Católico, la Corona de Aragón. El matrimonio de Fernando con Isabel I de Castilla, celebrado el 19 de octubre de 1469, en el Palacio de los Vivero, de Valladolid, estableció la unión entre estas dos Coronas, que se consolida definitivamente con el reinado de Carlos I (V como Emperador del S.R.I.) en 1516.  
  
Se trazan aquí los rasgos esenciales de la vida de esta mujer singular de quien no pocos contemporáneos y otros historiadores posteriores consideraron ser una gran mujer y reina, y por todos ensalzada con palabras de la máxima admiración; poniendo al mismo tiempo de relieve su influjo en la historia universal como defensora de los derechos humanos y concretamente en los comienzos de la moderna historia de América.<ref>La opinión de los contemporáneos de la Reina Isabel que la conocieron y trataron de cerca en la intimidad familiar o en la domesticidad de la Corte, y que son por lo tanto testigos presenciales del siglo XV y primeros años del siglo XVI hasta 1504, año de la muerte de la Reina y que han dejado documentalmente tal parecer son muchos. A estos testimonios habría que añadir los del siglo XVI, sobre todo, recogidos por quienes pudieron recoger y transmitir tales opiniones. En  ''Vallisoletan. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990,'' Cap. XXV, ''Fama de santidad'', pp. 878-978 [sigla: ''Positio'' 1990] se recoge un nutrido repertorio de tales textos antiguos y modernos con la correspondiente indicación documental de archivo o biblioteca. Entre otros testimonios destacan los de su suegro el rey Fernando II de Aragón; su esposo Fernando El Católico; su nieto el emperador Carlos V; Cisneros; Fr. Hernando de Talavera; su nieto Gonzalo Fernández de Oviedo; Un Consejero Real; ''“Continuador del Pulgar”''; Diego de Valera; “Crónica incompleta”; Maese Rodrigo de Santaella; Pedro Mexia; Alonso de Sta. Cruz; Zurita; P. Mariana; Pedro de Cartagena; Diego de S. Pedro; Juan del Encina; Pedro Mártir de Anglería; Navaggero; el Conte di Castiglione; Juan de Palafox; Fr. José de Palafox; P. Jerónimo Gracián; Francisco Pinel; Fr. Prudencio de Sandoval; Bernardo Giustiniani; el P. Flórez; Floranes; Modesto Lafuente; Joaquín Costa; W. Irving; Pío Zabala; Gregorio Marañón; Salvador de Lara; Gabriel y Galán, y un largo etc..</ref>
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Se trazan aquí los rasgos esenciales de la vida de esta mujer singular de quien no pocos contemporáneos y otros historiadores posteriores consideraron ser una gran mujer y reina, y por todos ensalzada con palabras de la máxima admiración; poniendo al mismo tiempo de relieve su influjo en la historia universal como defensora de los [[DERECHOS_HUMANOS_Y_LIBERTAD_DE_LOS_INDIOS | derechos humanos]] y concretamente en los comienzos de la moderna historia de América.<ref>La opinión de los contemporáneos de la Reina Isabel que la conocieron y trataron de cerca en la intimidad familiar o en la domesticidad de la Corte, y que son por lo tanto testigos presenciales del siglo XV y primeros años del siglo XVI hasta 1504, año de la muerte de la Reina y que han dejado documentalmente tal parecer son muchos. A estos testimonios habría que añadir los del siglo XVI, sobre todo, recogidos por quienes pudieron recoger y transmitir tales opiniones. En  ''Vallisoletan. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990,'' Cap. XXV, ''Fama de santidad'', pp. 878-978 [sigla: ''Positio'' 1990] se recoge un nutrido repertorio de tales textos antiguos y modernos con la correspondiente indicación documental de archivo o biblioteca. Entre otros testimonios destacan los de su suegro el rey Fernando II de Aragón; su esposo Fernando El Católico; su nieto el emperador Carlos V; Cisneros; Fr. Hernando de Talavera; su nieto [[FERNANDEZ_DE_OVIEDO_Y_VALDES,_Gonzalo | Gonzalo Fernández de Oviedo]]; Un Consejero Real; ''“Continuador del Pulgar”''; Diego de Valera; “Crónica incompleta”; Maese Rodrigo de Santaella; Pedro Mexia; Alonso de Sta. Cruz; Zurita; P. Mariana; Pedro de Cartagena; Diego de S. Pedro; Juan del Encina; [[MÁRTIR_DE_ANGLERÍA,_Pedro | Pedro Mártir]] de Anglería; Navaggero; el Conte di Castiglione; [[PALAFOX_Y_MENDOZA,_Juan_de | Juan de Palafox]]; Fr. José de Palafox; P. Jerónimo Gracián; Francisco Pinel; Fr. Prudencio de Sandoval; Bernardo Giustiniani; el P. Flórez; Floranes; Modesto Lafuente; Joaquín Costa; W. Irving; Pío Zabala; Gregorio Marañón; Salvador de Lara; Gabriel y Galán, y un largo etc..</ref>
 
    
 
    
 
==Nacimiento, infancia y adolescencia==
 
==Nacimiento, infancia y adolescencia==
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El 31 de marzo de 1471 en una Circular dirigida por Isabel al Reino escribe: ''“Yo no quedé en poder de dicho señor mi hermano, salvo sí de mi señora la reyna, de los brazos inhumana y forzosamente fuimos arrebatados el señor rey don Alfonso e yo, que a la sazón éramos niños, y así fuimos llevados a poder de la reyna doña Juana [esposa infiel del rey don Enrique IV], que esto procuró porque estaba preñada, y como aquella sabía la verdad [de la paternidad de la criatura], proveía para lo advenidero; si esta fue para nosotros peligrosa custodia, a vosotros es notorio”''.<ref>''Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de jueces compromisarios:'' en Bibl. Acad. De la Historia, 9/1016, ff. 90-102. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, ''Memorias de Enrique IV,'' doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Cf. texto en ''Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio,'' pp. 202-209.</ref>
 
El 31 de marzo de 1471 en una Circular dirigida por Isabel al Reino escribe: ''“Yo no quedé en poder de dicho señor mi hermano, salvo sí de mi señora la reyna, de los brazos inhumana y forzosamente fuimos arrebatados el señor rey don Alfonso e yo, que a la sazón éramos niños, y así fuimos llevados a poder de la reyna doña Juana [esposa infiel del rey don Enrique IV], que esto procuró porque estaba preñada, y como aquella sabía la verdad [de la paternidad de la criatura], proveía para lo advenidero; si esta fue para nosotros peligrosa custodia, a vosotros es notorio”''.<ref>''Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de jueces compromisarios:'' en Bibl. Acad. De la Historia, 9/1016, ff. 90-102. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, ''Memorias de Enrique IV,'' doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Cf. texto en ''Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio,'' pp. 202-209.</ref>
  
La Junta de los Grandes de Castilla habían determinado que estuviese con su madre, decisión contrarrestada por el rey Enrique.<ref>Cf. Sentencia compromisoria 16 de enero 1465; Real Ac. De la Hist. Colección Marina. Memorias de Enrique IV, II, Madrid (1835-1913), p. 364, CIC, IV, doc. 245, pp. 49-50. Cf. ''Positio Isabel'', p. 21.</ref>Isabel pidió vivir alejada de aquella corte corrompida porque, según manifestó, le resultaba peligrosa para su alma; se confía a Fray Martín de Córdoba, Agustino, que compone para ella''“Jardín de Nobles Doncellas”.''<ref>Manual educativo y código de principios morales para cuando llegase a regir los Reinos de Castilla y León. Ed. del libro: Madrid 1956. Y Ed. por el P. FERNANDO RUBIO, OSA, en ''Prosistas castellanos del siglo XV, BAE'', vol. CLXXI, 1964, pp. 67-117</ref>  
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La Junta de los Grandes de Castilla habían determinado que estuviese con su madre, decisión contrarrestada por el rey Enrique.<ref>Cf. Sentencia compromisoria 16 de enero 1465; Real Ac. De la Hist. Colección Marina. ''Memorias de Enrique IV'', II, Madrid (1835-1913), p. 364, CIC, IV, doc. 245, pp. 49-50. Cf. ''Positio Isabel'', p. 21.</ref>Isabel pidió vivir alejada de aquella corte corrompida porque, según manifestó, le resultaba peligrosa para su alma; se confía a Fray Martín de Córdoba, Agustino, que compone para ella''“Jardín de Nobles Doncellas”.''<ref>Manual educativo y código de principios morales para cuando llegase a regir los Reinos de Castilla y León. Ed. del libro: Madrid 1956. Y Ed. por el P. FERNANDO RUBIO, OSA, en ''Prosistas castellanos del siglo XV, BAE'', vol. CLXXI, 1964, pp. 67-117</ref>  
 
   
 
   
 
==Rechaza la Corona y es declarada heredera del Trono (1468)==
 
==Rechaza la Corona y es declarada heredera del Trono (1468)==
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Las facciones opuestas continúan una lucha enconada que tras muchos vaivenes llegan a un acuerdo, el «Pacto de Guisando» (18 septiembre 1468), entre el Rey Enrique y los rebeldes. En él se acuerda la paz y que Isabel sucedería en el Trono. El Rey reconoce ante el Legado pontificio,<ref>Era éste Antonio Giacomo Veniero, obispo de León. Lo había sido en varias ocasiones bajo varios Papas. Cf. J. Fernández Alonso, ''Los enviados pontificios y la Colectaría en España, de 1466 a 1475, en Antologíca Annua'', 2 (1954) 51-122. Viene a Castilla de nuevo en 1467 con plena potestad papal (Legado a latere) de Paulo II. Otro nuncio y comisario fue Leonoro de Leanori, (1466-1469): T. de Azcona, Isabel la Católica, Madrid 1964, pp. 102-105; cf. ''Positio Isabel'', pp. 47-50.</ref>que no tiene sucesión legítima; fuera porque Juana llamada «la Beltraneja», era hija de la Reina, no suya, sea porque su matrimonio con doña Juana de Portugal era nulo por falta de dispensa pontificia y porque todo apuntaba a que la infanta Juana era hija natural e ilegítima por parte materna (supuesta hija de Don Beltrán de la Cueva, valido del Rey).  
 
Las facciones opuestas continúan una lucha enconada que tras muchos vaivenes llegan a un acuerdo, el «Pacto de Guisando» (18 septiembre 1468), entre el Rey Enrique y los rebeldes. En él se acuerda la paz y que Isabel sucedería en el Trono. El Rey reconoce ante el Legado pontificio,<ref>Era éste Antonio Giacomo Veniero, obispo de León. Lo había sido en varias ocasiones bajo varios Papas. Cf. J. Fernández Alonso, ''Los enviados pontificios y la Colectaría en España, de 1466 a 1475, en Antologíca Annua'', 2 (1954) 51-122. Viene a Castilla de nuevo en 1467 con plena potestad papal (Legado a latere) de Paulo II. Otro nuncio y comisario fue Leonoro de Leanori, (1466-1469): T. de Azcona, Isabel la Católica, Madrid 1964, pp. 102-105; cf. ''Positio Isabel'', pp. 47-50.</ref>que no tiene sucesión legítima; fuera porque Juana llamada «la Beltraneja», era hija de la Reina, no suya, sea porque su matrimonio con doña Juana de Portugal era nulo por falta de dispensa pontificia y porque todo apuntaba a que la infanta Juana era hija natural e ilegítima por parte materna (supuesta hija de Don Beltrán de la Cueva, valido del Rey).  
  
La cuestión iba más allá de los argumentos de carácter moral o de la duda fundada sobre la paternidad de la infanta Juana. Se trataba sobre todo de la cuestión política y dinástica en juego. Había de por medio un problema jurídico de sucesión del trono y otro político saturado de tensiones e intereses. Los dos problemas aparecen juntos, implicados y entrañados en unos mismos documentos, que exigen ser distinguidos y separados en un análisis histórico y documental minucioso.<ref>El problema es analizado minuciosamente en Positio Isabel, cap. III, pp. 47-81. Y por varios reconocidos historiadores como: L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), pp. 354-356; T. DE AZCONA, Isabel la Católica, Madrid, 1964.</ref>
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La cuestión iba más allá de los argumentos de carácter moral o de la duda fundada sobre la paternidad de la infanta Juana. Se trataba sobre todo de la cuestión política y dinástica en juego. Había de por medio un problema jurídico de sucesión del trono y otro político saturado de tensiones e intereses. Los dos problemas aparecen juntos, implicados y entrañados en unos mismos documentos, que exigen ser distinguidos y separados en un análisis histórico y documental minucioso.<ref>El problema es analizado minuciosamente en ''Positio Isabel'', cap. III, pp. 47-81. Y por varios reconocidos historiadores como: L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, ''En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania,'' 23 (Madrid 1963), pp. 354-356; T. DE AZCONA, ''Isabel la Católica'', Madrid, 1964.</ref>
  
 
La gran mayoría de los linajes nobiliarios y clanes políticos de la Nobleza, sumados los de Madrid en torno al Rey con los de Ávila en torno a la Infanta [Isabel], se inclina a liquidar la división del Reino y la guerra civil latente, a base del reconocimiento común a Enrique como Rey y a Isabel como heredera suya. Pero este reconocimiento a Isabel era una concesión decisiva a la opinión de la ilegitimidad de Juana, hija de la Reina.  
 
La gran mayoría de los linajes nobiliarios y clanes políticos de la Nobleza, sumados los de Madrid en torno al Rey con los de Ávila en torno a la Infanta [Isabel], se inclina a liquidar la división del Reino y la guerra civil latente, a base del reconocimiento común a Enrique como Rey y a Isabel como heredera suya. Pero este reconocimiento a Isabel era una concesión decisiva a la opinión de la ilegitimidad de Juana, hija de la Reina.  
  
Pudieron los Nobles para ello como punto de partida la sentencia de nulidad del primer matrimonio del Rey por impotencia, y como punto de referencia las serias infidelidades allí reveladas de la reina Juana. Escribe el historiador Suárez: ''“Insisto en creer que el acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [y cita varias grandes familias], que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable, y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento, si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana''”.<ref>L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), p. 354.</ref>  
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Pudieron los Nobles para ello como punto de partida la sentencia de nulidad del primer matrimonio del Rey por impotencia, y como punto de referencia las serias infidelidades allí reveladas de la reina Juana. Escribe el historiador Suárez: ''“Insisto en creer que el acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [y cita varias grandes familias], que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable, y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento, si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana''”.<ref>L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, ''En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania'', 23 (Madrid 1963), p. 354.</ref>  
 
   
 
   
En esta atormentada cuestión de las negociaciones, en 1464 el príncipe Alfonso era un niño y no interviene; en la de 1468, Isabel con sus 17 años, consciente y enérgica, interviene, influye y hasta determina las actitudes fundamentales inspiradas en el respeto y en los buenos modos. Y por lo tanto en la solución acordada del tema.<ref>Cf. Positio Isabel, cap. III, pp. 58-81, donde presenta la documentación de Archivo correspondiente.</ref>
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En esta atormentada cuestión de las negociaciones, en 1464 el príncipe Alfonso era un niño y no interviene; en la de 1468, Isabel con sus 17 años, consciente y enérgica, interviene, influye y hasta determina las actitudes fundamentales inspiradas en el respeto y en los buenos modos. Y por lo tanto en la solución acordada del tema.<ref>Cf. ''Positio Isabel,'' cap. III, pp. 58-81, donde presenta la documentación de Archivo correspondiente.</ref>
  
 
Todo parece indicar que en el texto jurídico de la concordia ante el Legado pontificio, no se plantea directamente la cuestión de si Juana es o no es hija del Rey, salvando así en la escritura su honor en este punto; sino que aunque fuera hija suya, no es legítima por no ser de legítimo matrimonio: razón jurídica que, en el orden de la sucesión, daría automáticamente paso a la infanta Isabel, hermana del Rey.  
 
Todo parece indicar que en el texto jurídico de la concordia ante el Legado pontificio, no se plantea directamente la cuestión de si Juana es o no es hija del Rey, salvando así en la escritura su honor en este punto; sino que aunque fuera hija suya, no es legítima por no ser de legítimo matrimonio: razón jurídica que, en el orden de la sucesión, daría automáticamente paso a la infanta Isabel, hermana del Rey.  
  
Además, en la concordia se la declara ilegítima por ilegitimidad del matrimonio de sus padres. El documento de concordia consta de 10 cláusulas que establecen jurídicamente la sucesión al Trono en favor de Isabel en dos escrituras ''“de un tenor para cada uno de ellos (Rey y Princesa) la suya. La misma Isabel presentará personalmente una de estas escrituras (la que para ella se hizo), en Valladolid en el momento solemne de contraer matrimonio un año después (septiembre de 1469). Y no lo presentará en el municipio, ni en la chancillería, ni en otro cualquier organismo de administración, sino ante la iglesia y Vicario General de la Abadía (entonces Valladolid no era obispado), en su despacho del claustro de la Colegiata, en su texto original, pidiendo al Provisor un «traslado autenticado»”''<ref>Toda la referencia documental puede verse en Positio Isabel, cap. III, p. 67 y los documentos fundamentales por entero en pp. 69-81, y el documento del 23 de septiembre de 1469 en “Pacto de Guisando. Escritura y capítulos de concordia entre el rey don Enrique IV y la infanta doña Isabel, jurada Princesa heredera; sacada de un traslado auténtico fecho en la villa de Valladolid, año 1469. La fecha de la Escritura de la concordia es 18 de septiembre 1468. Testimonio, o traslado autenticado. BN, Ms. 13.110, ff. 25r-32v., tomo XXI de la Colección del P. Andrés Marcos Burriel, S.J. En CIC, tomo IV, doc. 278, pp. 278-282.</ref>
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Además, en la concordia se la declara ilegítima por ilegitimidad del matrimonio de sus padres. El documento de concordia consta de 10 cláusulas que establecen jurídicamente la sucesión al Trono en favor de Isabel en dos escrituras ''“de un tenor para cada uno de ellos (Rey y Princesa) la suya. La misma Isabel presentará personalmente una de estas escrituras (la que para ella se hizo), en Valladolid en el momento solemne de contraer matrimonio un año después (septiembre de 1469). Y no lo presentará en el municipio, ni en la chancillería, ni en otro cualquier organismo de administración, sino ante la iglesia y Vicario General de la Abadía (entonces Valladolid no era obispado), en su despacho del claustro de la Colegiata, en su texto original, pidiendo al Provisor un «traslado autenticado»”''<ref>Toda la referencia documental puede verse en Positio Isabel, cap. III, p. 67 y los documentos fundamentales por entero en pp. 69-81, y el documento del 23 de septiembre de 1469 en “''Pacto de Guisando. Escritura y capítulos de concordia entre el rey don Enrique IV y la infanta doña Isabel, jurada Princesa heredera; sacada de un traslado auténtico fecho en la villa de Valladolid, año 1469''. La fecha de la Escritura de la concordia es 18 de septiembre 1468. ''Testimonio'', o traslado autenticado. BN, Ms. 13.110, ff. 25r-32v., tomo XXI de la Colección del P. Andrés Marcos Burriel, S.J. En CIC, tomo IV, doc. 278, pp. 278-282.</ref>
  
 
==Matrimonio (1469)==
 
==Matrimonio (1469)==
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La propuesta matrimonial, entrelazada con las cuestiones políticas, muy enmarañadas, se lleva adelante por medio de contactos secretos entre los diversos Reinos y el Papa, al margen de la princesa Isabel, para obtener cada Reino la dispensa en su favor. Al final va a triunfar la propuesta castellana, sostenida por el legado pontificio que emite la dispensa en nombre del Papa y que Isabel hace suya.  
 
La propuesta matrimonial, entrelazada con las cuestiones políticas, muy enmarañadas, se lleva adelante por medio de contactos secretos entre los diversos Reinos y el Papa, al margen de la princesa Isabel, para obtener cada Reino la dispensa en su favor. Al final va a triunfar la propuesta castellana, sostenida por el legado pontificio que emite la dispensa en nombre del Papa y que Isabel hace suya.  
  
El matrimonio de Isabel con su primo Fernando pacificaba un Reino de Castilla en plena convulsión de una guerra civil entre varios pretendientes y partidos de nobles. En el 7 y 12 de enero de 1469 se firman las capitulaciones matrimoniales, preparadas en Ocaña y Yepes en el diciembre precedente.<ref>El original se encuentra en el Archivo de Simancas: AGS, PR, Leg. 12, fol. 28. Ed. DIEGO CLEMENCÍN, Elogio de la Reina Católica doña Isabel, en Memoria de la Real Academia de la Historia VI, Madrid 1821. Apéndice de documentos inéditos, I, pp. 579-583. Estas Capitulaciones fueron confirmadas por el príncipe Fernando en Cervera el 7 de enero de 1469, y luego por su padre el rey Juan II de Aragón en Zaragoza, el 12 del mismo mes y año. – CIC, V, doc. 306, pp. 99-109.</ref>El matrimonio se celebra en 19 de octubre de 1469 en Valladolid, ciudad libre de las intrigas y del poder contrario al matrimonio con Fernando, a pesar de todos los manejos de Francia, Portugal y el mismo hermano de la Princesa, Enrique IV y de poderosos nobles castellanos, para impedirlo.  
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El matrimonio de Isabel con su primo Fernando pacificaba un Reino de Castilla en plena convulsión de una guerra civil entre varios pretendientes y partidos de nobles. En el 7 y 12 de enero de 1469 se firman las capitulaciones matrimoniales, preparadas en Ocaña y Yepes en el diciembre precedente.<ref>El original se encuentra en el Archivo de Simancas: AGS, PR, Leg. 12, fol. 28. Ed. DIEGO CLEMENCÍN, ''Elogio de la Reina Católica doña Isabel, en Memoria de la Real Academia de la Historia'' VI, Madrid 1821. ''Apéndice de documentos inéditos'', I, pp. 579-583. Estas Capitulaciones fueron confirmadas por el príncipe Fernando en Cervera el 7 de enero de 1469, y luego por su padre el rey Juan II de Aragón en Zaragoza, el 12 del mismo mes y año. – CIC, V, doc. 306, pp. 99-109.</ref>El matrimonio se celebra en 19 de octubre de 1469 en Valladolid, ciudad libre de las intrigas y del poder contrario al matrimonio con Fernando, a pesar de todos los manejos de Francia, Portugal y el mismo hermano de la Princesa, Enrique IV y de poderosos nobles castellanos, para impedirlo.  
  
Lo que queda claro históricamente es que Isabel escoge a Fernando como esposo contra todas las presiones de reyes y príncipes de Francia, Portugal y de Castilla. Isabel se tiene que «fugar» de su hermano, como ella misma más tarde le escribirá.<ref>Carta de la princesa Isabel al rey Enrique IV, su hermano, comunicándole su llegada a Valladolid y exponiéndole las justas causas que la movieron a aceptar matrimonio [con Fernando], para el que le pide su aprobación. En Bibl. de El Escorial, Ms 23-IVa. Copia. Ed. DIEGO ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica oficial del rey Enrique IV. En  BAE, tomo LXX (Madrid 1953), pp. 187-190; ACADEMIA DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXVIII, pp. 605-609. CIC, V, doc. 292, pp. 26-36. Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469), doc. 6, pp.168-171.</ref>La celebración de su matrimonio fue toda una odisea: Isabel escapando de su hermano, intrigas y presiones diplomáticas en contra.<ref>Cf. para toda la intrincada cuestión matrimonial, pretendientes reales de Isabel, así como la solicitud y concesión de las bulas pontificias de dispensa en: Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469), pp.129-180, con la reproducción de la documentación de Archivo correspondiente.</ref>Al final logra su objetivo. El matrimonio se celebra en la casa de Juan de Vivero con la misa nupcial.<ref>Acta notarial del matrimonio de los Reyes Católicos: AGS, PR, Leg. 12, fol. 17. Original. Ed. facsímil de la Universidad de Valladolid, con transcripción 4ª edición, Valladolid 1969; DIEGO CLEMENCIN, Elogio de la Reina Católica, Apéndice IV, en Memorias de la Real academia de la Historia, VI, Madrid 1821, pp. 585-591. CIC, V, doc. 315, pp. 163-166. Positio Isabel, cap. V, doc. 7, pp. 171-178.</ref>  
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Lo que queda claro históricamente es que Isabel escoge a Fernando como esposo contra todas las presiones de reyes y príncipes de Francia, Portugal y de Castilla. Isabel se tiene que «fugar» de su hermano, como ella misma más tarde le escribirá.<ref>''Carta de la princesa Isabel al rey Enrique IV, su hermano, comunicándole su llegada a Valladolid y exponiéndole las justas causas que la movieron a aceptar matrimonio'' [con Fernando], ''para el que le pide su aprobación.'' En Bibl. de El Escorial, Ms 23-IVa. Copia. Ed. DIEGO ENRIQUEZ DEL CASTILLO, ''Crónica oficial del rey Enrique IV.'' En  ''BAE'', tomo LXX (Madrid 1953), pp. 187-190; ACADEMIA DE LA HISTORIA, ''Memorias de Enrique IV,'' doc. CLXVIII, pp. 605-609. CIC, V, doc. 292, pp. 26-36. ''Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469''), doc. 6, pp.168-171.</ref>La celebración de su matrimonio fue toda una odisea: Isabel escapando de su hermano, intrigas y presiones diplomáticas en contra.<ref>Cf. para toda la intrincada cuestión matrimonial, pretendientes reales de Isabel, así como la solicitud y concesión de las bulas pontificias de dispensa en: ''Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469),'' pp.129-180, con la reproducción de la documentación de Archivo correspondiente.</ref>Al final logra su objetivo. El matrimonio se celebra en la casa de Juan de Vivero con la misa nupcial.<ref>''Acta notarial del matrimonio de los Reyes Católicos'': AGS, PR, Leg. 12, fol. 17. Original. Ed. facsímil de la Universidad de Valladolid, con transcripción 4ª edición, Valladolid 1969; DIEGO CLEMENCIN, ''Elogio de la Reina Católica, Apéndice IV, en Memorias de la Real academia de la Historia'', VI, Madrid 1821, pp. 585-591. CIC, V, doc. 315, pp. 163-166. ''Positio Isabel'', cap. V, doc. 7, pp. 171-178.</ref>  
  
 
Con el matrimonio se cerraba el duro conflicto civil en Castilla y se echaban las bases de la unidad de España, unificando las Coronas de Castilla-León y Aragón. Isabel hace «correinante» de Castilla a su esposo Fernando; más tarde la hará él a ella «corregente» en Aragón. La princesa Isabel contaba entonces 18 años y el príncipe Fernando 17.  
 
Con el matrimonio se cerraba el duro conflicto civil en Castilla y se echaban las bases de la unidad de España, unificando las Coronas de Castilla-León y Aragón. Isabel hace «correinante» de Castilla a su esposo Fernando; más tarde la hará él a ella «corregente» en Aragón. La princesa Isabel contaba entonces 18 años y el príncipe Fernando 17.  
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El matrimonio fue muy afortunado en sus empresas. De él nacieron cuatro hijas y un hijo. Isabel es descrita por pajes de su servicio, como el historiador Gonzalo Fernández de Oviedo: ''“En hermosura puestas delante de su Alteza todas las mujeres que yo he visto, ninguna tan graciosa ni tanto de ver como persona, ni de tal manera e santidad honestísima…”.''<ref>Lo escribe ya anciano, a sus 77 años, en la isla de Santo Domingo: BN, Ms 2.219, ff. 27-28.</ref>
 
El matrimonio fue muy afortunado en sus empresas. De él nacieron cuatro hijas y un hijo. Isabel es descrita por pajes de su servicio, como el historiador Gonzalo Fernández de Oviedo: ''“En hermosura puestas delante de su Alteza todas las mujeres que yo he visto, ninguna tan graciosa ni tanto de ver como persona, ni de tal manera e santidad honestísima…”.''<ref>Lo escribe ya anciano, a sus 77 años, en la isla de Santo Domingo: BN, Ms 2.219, ff. 27-28.</ref>
  
Otro de sus servidores, Hernando del Pulgar, escribe: ''“Esta cristianísima Reina era de mediana estatura, bien compuesta en su persona y en su proporción de miembros. Muy blanca y rubia; los ojos entre verdes y azules; el mirar, muy graciosos y honesto; las facciones del rostro, bien puestas; la cara, toda muy hermosa y alegre, de una alegría muy honesta y muy mesurada”''.<ref>HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.</ref>
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Otro de sus servidores, Hernando del Pulgar, escribe: ''“Esta cristianísima Reina era de mediana estatura, bien compuesta en su persona y en su proporción de miembros. Muy blanca y rubia; los ojos entre verdes y azules; el mirar, muy graciosos y honesto; las facciones del rostro, bien puestas; la cara, toda muy hermosa y alegre, de una alegría muy honesta y muy mesurada”''.<ref>HERNANDO DEL PULGAR, ''Crónica de los Reyes Católicos'', cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.</ref>
  
Otro testigo la describe así: ''“Mostraba en el acatamiento de quien la mirase tan gran vergüenza, que el mayor príncipe del mundo que la viese, por mucho que fuera desfachado, no tuviera atrevimiento a deshonestar en el menor mote con ella; la cara tenía muy blanca, y las mejillas coloradas, y todo el rostro muy pintando y de presencia real; la cabelladura, tenía muy larga y rubia, de la más dorada color que para los cabellos mejor parecer se demanda, de los cuales ella más veces se tocaba que de tocados altos y preciosos…; la garganta tenía muy alta, llena y redonda; las manos, muy extremadamente gentiles; todo el cuerpo y syu persona, el más airoso y dispuesto que mujer humana tener pudo, y de alta y bien compensada estatura. Tanto en el aire de su pasear y beldad de su rostro era lucida que, si entre las damas del mundeo se hallara, por reina y Princesa de todas, uno que nunca la conociera la fuera a besar las manos”.''<ref>JULIO PUJOL, Crónica incompleta de los Reyes Católicos según un manuscrito anónimo de la época, Madrid 1934, p. 89.</ref>
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Otro testigo la describe así: ''“Mostraba en el acatamiento de quien la mirase tan gran vergüenza, que el mayor príncipe del mundo que la viese, por mucho que fuera desfachado, no tuviera atrevimiento a deshonestar en el menor mote con ella; la cara tenía muy blanca, y las mejillas coloradas, y todo el rostro muy pintando y de presencia real; la cabelladura, tenía muy larga y rubia, de la más dorada color que para los cabellos mejor parecer se demanda, de los cuales ella más veces se tocaba que de tocados altos y preciosos…; la garganta tenía muy alta, llena y redonda; las manos, muy extremadamente gentiles; todo el cuerpo y syu persona, el más airoso y dispuesto que mujer humana tener pudo, y de alta y bien compensada estatura. Tanto en el aire de su pasear y beldad de su rostro era lucida que, si entre las damas del mundeo se hallara, por reina y Princesa de todas, uno que nunca la conociera la fuera a besar las manos”.''<ref>JULIO PUJOL, ''Crónica incompleta de los Reyes Católicos según un manuscrito anónimo de la época,'' Madrid 1934, p. 89.</ref>
  
Inmediatamente tras el matrimonio comienzan a actuar juntos comunicando su matrimonio al rey Enrique IV, hermano de la Princesa pidiéndole una entrevista y mandándole las capitulaciones matrimoniales. Por su parte el rey Juan II de Aragón, padre de Fernando, se lo comunica al Papa.<ref>Desde Tárrega, el 30 de octubre de 1469 (ACA, Reg. 3.413, fol, 56r-v). Ed. JOSÉ LÓPEZ TORO, Tratados internacionales de los Reyes Católicos, II, en Documentos inéditos para la historia de España, del Duque de Alba, Duque de Maura, etc.”. tomo VIII. Apéndice (Madrid 1952), pp. 281-282. CIC, tomo V, doc. 308, pp. 173-175.</ref>
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Inmediatamente tras el matrimonio comienzan a actuar juntos comunicando su matrimonio al rey Enrique IV, hermano de la Princesa pidiéndole una entrevista y mandándole las capitulaciones matrimoniales. Por su parte el rey Juan II de Aragón, padre de Fernando, se lo comunica al Papa.<ref>Desde Tárrega, el 30 de octubre de 1469 (ACA, Reg. 3.413, fol, 56r-v). Ed. JOSÉ LÓPEZ TORO, ''Tratados internacionales de los Reyes Católicos, II, en Documentos inéditos para la historia de España, del Duque de Alba, Duque de Maura, etc.”.'' tomo VIII. Apéndice (Madrid 1952), pp. 281-282. CIC, tomo V, doc. 308, pp. 173-175.</ref>
 
    
 
    
 
Siguen las comunicaciones al Rey de Portugal, Alfonso V, a los Grandes del Reino, a las ciudades y villas (el pueblo llano) el 20 de octubre de 1469. Es una documentación que, aparte sus aspectos políticos y de gobierno, tiene matices biográficos que retratan en Isabel, además de su sentimiento recto de las cosas, su línea siempre recta de acatamiento. Ella se ha casado, no a gusto del Rey su hermano; por ello le expone, y expone al Reino, sus razones, subrayando siempre su voluntad y sus sentimientos como hermana, como heredera y como cristiana.  
 
Siguen las comunicaciones al Rey de Portugal, Alfonso V, a los Grandes del Reino, a las ciudades y villas (el pueblo llano) el 20 de octubre de 1469. Es una documentación que, aparte sus aspectos políticos y de gobierno, tiene matices biográficos que retratan en Isabel, además de su sentimiento recto de las cosas, su línea siempre recta de acatamiento. Ella se ha casado, no a gusto del Rey su hermano; por ello le expone, y expone al Reino, sus razones, subrayando siempre su voluntad y sus sentimientos como hermana, como heredera y como cristiana.  
Ni Enrique IV, ni el Rey portugués contestaron a los nuevos esposos. No así Luis XI de Francia que reaccionó airadamente a su fracaso y que en aquellos momentos estaba precisamente en guerra con el rey de Aragón Juan II, padre de Fernando, con el intento de anexionar a Francia parte del Reino de Aragón, incluida Cataluña, fracasando de nuevo en sus planes.<ref>En Positio Isabel, cap. V, doc. 6, 8 y 9, pp. 154-155, 168-180: transcripción de estos documentos y fuentes de archivo.</ref>Sólo en este cuadro apenas apuntado se adivinan los grandes intereses políticos que giraban en torno a Isabel y Fernando. Nace de hecho así la unidad nacional de España.  
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Ni Enrique IV, ni el Rey portugués contestaron a los nuevos esposos. No así Luis XI de Francia que reaccionó airadamente a su fracaso y que en aquellos momentos estaba precisamente en guerra con el rey de Aragón Juan II, padre de Fernando, con el intento de anexionar a Francia parte del Reino de Aragón, incluida Cataluña, fracasando de nuevo en sus planes.<ref>En ''Positio Isabel'', cap. V, doc. 6, 8 y 9, pp. 154-155, 168-180: transcripción de estos documentos y fuentes de archivo.</ref>Sólo en este cuadro apenas apuntado se adivinan los grandes intereses políticos que giraban en torno a Isabel y Fernando. Nace de hecho así la unidad nacional de España.  
  
 
==Tentativas de desheredamiento que conducen a Isabel al trono (1468-1473)==  
 
==Tentativas de desheredamiento que conducen a Isabel al trono (1468-1473)==  
  
Escribe el historiador L. Suárez Fernández: ''“El acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [los dos grandes bloques en que políticamente se encontraba dividida la nobleza] –Fonseca, los Enríquez, los Pimentel, los Álvarez de Toledo, e incluso los Stuñiga- que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable; y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento [de la supuesta hija del rey Enrique IV Juana], si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana [la Beltraneja]”.''<ref>L. SUAREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), p. 354.</ref>
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Escribe el historiador L. Suárez Fernández: ''“El acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [los dos grandes bloques en que políticamente se encontraba dividida la nobleza] –Fonseca, los Enríquez, los Pimentel, los Álvarez de Toledo, e incluso los Stuñiga- que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable; y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento [de la supuesta hija del rey Enrique IV Juana], si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana [la Beltraneja]”.''<ref>L. SUAREZ FERNÁNDEZ, ''En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania'', 23 (Madrid 1963), p. 354.</ref>
  
 
El duro proceso hacia su pleno reconocimiento comienza en la Navidad de 1468 y se prolonga hasta 1473. En ese largo camino intervienen los reyes Enrique IV de Castilla, Alfonso V de Portugal y Luis XI de Francia, cada cual por sus propios planes quisieron desheredar a la Princesa del trono de Castilla, presionando, cada cual por su parte e interés, para que el Papa anulase el matrimonio entre Isabel y Fernando, amenazando incluso al Papa con un concilio, y casarla cada cual con su propio candidato, y reconociendo la legitimidad del matrimonio de Enrique IV con doña Juana, madre de la Beltraneja, y ésta hija legitima de Enrique, y por lo tanto como heredera del Reino castellano, algo que anteriormente se había aclarado en Guisando estableciendo la ilegitimidad de ambos hechos.  
 
El duro proceso hacia su pleno reconocimiento comienza en la Navidad de 1468 y se prolonga hasta 1473. En ese largo camino intervienen los reyes Enrique IV de Castilla, Alfonso V de Portugal y Luis XI de Francia, cada cual por sus propios planes quisieron desheredar a la Princesa del trono de Castilla, presionando, cada cual por su parte e interés, para que el Papa anulase el matrimonio entre Isabel y Fernando, amenazando incluso al Papa con un concilio, y casarla cada cual con su propio candidato, y reconociendo la legitimidad del matrimonio de Enrique IV con doña Juana, madre de la Beltraneja, y ésta hija legitima de Enrique, y por lo tanto como heredera del Reino castellano, algo que anteriormente se había aclarado en Guisando estableciendo la ilegitimidad de ambos hechos.  
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Fueron aquellos momentos los más duros en la vida de Isabel. Sus sufrimientos se agudizan con los intentos aragoneses para sacar a Fernando de Castilla. Los dos jóvenes esposos se encuentran totalmente desamparados y acogidos por el tío de Isabel, el Almirante de Castilla, en Medina de Rioseco (Valladolid). Son víctimas de una torpe lista de graves insultos y acusaciones por parte tanto de Enrique IV como del embajador francés.  
 
Fueron aquellos momentos los más duros en la vida de Isabel. Sus sufrimientos se agudizan con los intentos aragoneses para sacar a Fernando de Castilla. Los dos jóvenes esposos se encuentran totalmente desamparados y acogidos por el tío de Isabel, el Almirante de Castilla, en Medina de Rioseco (Valladolid). Son víctimas de una torpe lista de graves insultos y acusaciones por parte tanto de Enrique IV como del embajador francés.  
  
Isabel rompe el silencio cuando su hermano la declara desheredada ante los Concejos del Reino y restablecer a Juana como heredera.<ref>Cf. para toda la cuestión Positio Isabel, cap. VI, pp. 182-210, con la reseña documental correspondiente.</ref>Tenía entonces 8 años; había sido jurada heredera en mayo de 1462, fecha de su nacimiento; desheredada en 1464, y reconocido heredero el hermano menor del rey Alfonso (que morirá poco después). Isabel será reconocida heredera en Guisando en 1469.  
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Isabel rompe el silencio cuando su hermano la declara desheredada ante los Concejos del Reino y restablecer a Juana como heredera.<ref>Cf. para toda la cuestión ''Positio Isabel,'' cap. VI, pp. 182-210, con la reseña documental correspondiente.</ref>Tenía entonces 8 años; había sido jurada heredera en mayo de 1462, fecha de su nacimiento; desheredada en 1464, y reconocido heredero el hermano menor del rey Alfonso (que morirá poco después). Isabel será reconocida heredera en Guisando en 1469.  
  
En un largo documento Isabel comunica a todo el Reino una respuesta a cada uno de los puntos de la «Circular» de su hermano Enrique IV, del 1 de marzo de 1471, añadiendo otras noticias de suma importancia histórica para esclarecer los hechos y señalar los turbios manejos de las cortes reales ya señaladas para instrumentalizarla y proponerle un matrimonio de conveniencia política contra su voluntad, y desenmascarando la corrupción en la corte de su hermano.<ref>El largo y detallado documento: Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.</ref>
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En un largo documento Isabel comunica a todo el Reino una respuesta a cada uno de los puntos de la «Circular» de su hermano Enrique IV, del 1 de marzo de 1471, añadiendo otras noticias de suma importancia histórica para esclarecer los hechos y señalar los turbios manejos de las cortes reales ya señaladas para instrumentalizarla y proponerle un matrimonio de conveniencia política contra su voluntad, y desenmascarando la corrupción en la corte de su hermano.<ref>El largo y detallado documento: ''Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios''. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, ''Memorias de Enrique'' IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.</ref>
  
Todos los intentos por parte de su hermano Enrique IV o de algunos nobles como el Maestre de Santiago,<ref>El Maestre de Santiago y Marqués de Villena, Don Juan Pacheco, tramó junto con don Beltrán de la Cueva (supuesto padre natural de la infanta doña Juana “la Beltraneja”), apresar a los jóvenes príncipes Isabel y Fernando y a otros nobles partidarios de los mismos como el Arzobispo de Toledo, casar a la Beltraneja con otro infante real de Aragón y colocarla en el trono. Sus planes secretos fueron descubiertos. El Maestre seguirá fallidamente confabulando e incluso cambiando de partido al disgustarse con Enrique IV que se había reconciliado con los Príncipes, por lo que se dirige al Monasterio de Guadalupe en Extremadura muriendo cerca de Trujillo el 4 de octubre de 1474. La Princesa manda un emisario con ánimos de reconciliación. Pero cuando llegó a Guadalupe le halló ya enterrado. Según algunos testigos en sus crónica el Maestre habría reconocido su error, antes de morir reconociendo los derechos de Isabel como Reina. El hijo del Maestre, don Diego Pacheco, no reconocerá a la Reina cuando será proclamada; se unirá al Rey de Portugal en su lucha contra la misma, y una vez vencidos, Isabel le perdona restituyéndole títulos y tierras.</ref>[otro de los empedernidos pretendientes de Isabel] para desheredar a Isabel se irán cayendo. Como escribe un cronista: ''“quanto más el Rey o el Maestre crecían en odio de los comunes, tanto el Príncipe e la Princesa crecían en amor del pueblo”.''<ref>HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, Ed. crítica de J. DE MATA CARRIAZO, I (Madrid, 1943), cap. XI, pp. 39-40. Positio Isabel, cap. VI, pp. 188.</ref>
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Todos los intentos por parte de su hermano Enrique IV o de algunos nobles como el Maestre de Santiago,<ref>El Maestre de Santiago y Marqués de Villena, Don Juan Pacheco, tramó junto con don Beltrán de la Cueva (supuesto padre natural de la infanta doña Juana “la Beltraneja”), apresar a los jóvenes príncipes Isabel y Fernando y a otros nobles partidarios de los mismos como el Arzobispo de Toledo, casar a la Beltraneja con otro infante real de Aragón y colocarla en el trono. Sus planes secretos fueron descubiertos. El Maestre seguirá fallidamente confabulando e incluso cambiando de partido al disgustarse con Enrique IV que se había reconciliado con los Príncipes, por lo que se dirige al Monasterio de Guadalupe en Extremadura muriendo cerca de Trujillo el 4 de octubre de 1474. La Princesa manda un emisario con ánimos de reconciliación. Pero cuando llegó a Guadalupe le halló ya enterrado. Según algunos testigos en sus crónica el Maestre habría reconocido su error, antes de morir reconociendo los derechos de Isabel como Reina. El hijo del Maestre, don Diego Pacheco, no reconocerá a la Reina cuando será proclamada; se unirá al Rey de Portugal en su lucha contra la misma, y una vez vencidos, Isabel le perdona restituyéndole títulos y tierras.</ref>[otro de los empedernidos pretendientes de Isabel] para desheredar a Isabel se irán cayendo. Como escribe un cronista: ''“quanto más el Rey o el Maestre crecían en odio de los comunes, tanto el Príncipe e la Princesa crecían en amor del pueblo”.''<ref>HERNANDO DEL PULGAR, ''Crónica de los Reyes Católicos,'' Ed. crítica de J. DE MATA CARRIAZO, I (Madrid, 1943), cap. XI, pp. 39-40. ''Positio Isabel,'' cap. VI, pp. 188.</ref>
cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.</ref>
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cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.
  
Poco a poco la trama de apoyos a los intereses de Enrique IV, de un grupo de la nobleza feudal y del Rey de Francia se fue cayendo, y por su parte el Papa Paulo II desoyó totalmente sus peticiones. La misma conducta la seguirá su sucesor Sixto IV en 1472-1473 e incluso emanará una bula [reconocida superflua] reconfirmando la dispensa matrimonial de consanguineidad. Seguirán todavía varios vanos intentos por parte del partido anti isabelino por alejar las posibilidades de heredera a Isabel a acceder al Trono.  
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Poco a poco la trama de apoyos a los intereses de Enrique IV, de un grupo de la nobleza feudal y del Rey de Francia se fue cayendo, y por su parte el Papa Paulo II desoyó totalmente sus peticiones. La misma conducta la seguirá su sucesor Sixto IV en 1472-1473 e incluso emanará una [[BULA | bula]] [reconocida superflua] reconfirmando la dispensa matrimonial de consanguineidad. Seguirán todavía varios vanos intentos por parte del partido anti isabelino por alejar las posibilidades de heredera a Isabel a acceder al Trono.  
  
 
Se llegó a una conciliación entre los dos hermanos en Segovia, en 1473, ciudad donde será en su día proclamada Reina por el pueblo. En el conflicto bélico con Francia, Isabel se opone a la guerra que Aragón, junto con Borgoña, Inglaterra y Bretaña, estaban llevando a cabo, propiciando una paz que ella trata personalmente con el Rey de Francia por medio de su embajador en Flandes e insistiendo con su esposo Fernando para que llegase a una paz.  
 
Se llegó a una conciliación entre los dos hermanos en Segovia, en 1473, ciudad donde será en su día proclamada Reina por el pueblo. En el conflicto bélico con Francia, Isabel se opone a la guerra que Aragón, junto con Borgoña, Inglaterra y Bretaña, estaban llevando a cabo, propiciando una paz que ella trata personalmente con el Rey de Francia por medio de su embajador en Flandes e insistiendo con su esposo Fernando para que llegase a una paz.  
  
En aquellas circunstancias moría en Madrid Enrique IV de Castilla el 11 de diciembre de 1474, agobiado también por el ambiente saturado de la convicción de que la princesa Juana no era hija suya, ni tampoco otros dos hijos varones de la reina oficial Juana, que los mismos cronistas acusan de ''“deshonesto vivir”'',  por lo que el Rey aborrecía encontrarse con ella, y cuyo matrimonio con Enrique había sido declarado nulo y nunca revalidado, y el mismo Enrique lo había jurado ante el Legado pontificio en Guisando en 1469.<ref>ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica del Rey Enrique IV, cap. CLXIV. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) pp. 218-220. Positio Isabel, cap. VII, pp. 211-212.</ref>
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En aquellas circunstancias moría en Madrid Enrique IV de Castilla el 11 de diciembre de 1474, agobiado también por el ambiente saturado de la convicción de que la princesa Juana no era hija suya, ni tampoco otros dos hijos varones de la reina oficial Juana, que los mismos [[CRONISTAS_ANTIGUOS_EN_URUGUAY | cronistas]] acusan de ''“deshonesto vivir”'',  por lo que el Rey aborrecía encontrarse con ella, y cuyo matrimonio con Enrique había sido declarado nulo y nunca revalidado, y el mismo Enrique lo había jurado ante el Legado pontificio en Guisando en 1469.<ref>ENRIQUEZ DEL CASTILLO, ''Crónica del Rey Enrique'' IV, cap. CLXIV. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) pp. 218-220. ''Positio Isabel,'' cap. VII, pp. 211-212.</ref>
  
Ya a principios de 1474 se había encontrado en Segovia con los príncipes Isabel y Fernando y, a lo largo del año, importantes personalidades del Reino, como el arzobispo cardenal de Toledo, le habían aconsejado con insistencia reconocer como sucesora en el Reino a su hermana Isabel. Así lo estipula antes de morir.<ref>ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica del Rey Enrique IV, cap. CLVIII. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) p. 221. Positio Isabel, cap. VII, p. 212. No parece que el Rey Enrique haya hecho testamento y parece según algunos de los cronistas “revolviéndose por el dolor” de una enfermedad que desde tiempo le tenía prostrado. El Rey había dispuesto ser enterrado en el Monasterio de Guadalupe “debaxo de la sepultura de la Reyna su madre Doña María”.</ref>El funcionamiento de la institución monárquica prevé la proclamación inmediata del heredero/a. En este caso nadie levantó banderas en favor de Juana.
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Ya a principios de 1474 se había encontrado en Segovia con los príncipes Isabel y Fernando y, a lo largo del año, importantes personalidades del Reino, como el arzobispo cardenal de Toledo, le habían aconsejado con insistencia reconocer como sucesora en el Reino a su hermana Isabel. Así lo estipula antes de morir.<ref>ENRIQUEZ DEL CASTILLO, ''Crónica del Rey Enrique IV'', cap. CLVIII. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) p. 221. ''Positio Isabel,'' cap. VII, p. 212. No parece que el Rey Enrique haya hecho testamento y parece según algunos de los cronistas “revolviéndose por el dolor” de una enfermedad que desde tiempo le tenía prostrado. El Rey había dispuesto ser enterrado en el Monasterio de Guadalupe “debaxo de la sepultura de la Reyna su madre Doña María”.</ref>El funcionamiento de la institución monárquica prevé la proclamación inmediata del heredero/a. En este caso nadie levantó banderas en favor de Juana.
  
 
==Proclamación como Reina==
 
==Proclamación como Reina==
  
En el período de 1469 a 1474 sufrió la joven Princesa Isabel, entre los 18 y 23 años, un calvario durísimo por las repetidas y graves tentativas de desheredamiento que pusieron a prueba su virtud y su temple como mujer y como futura política. Por la paz del Reino se declaró dispuesta a renunciar al Trono si así lo requiriese una junta arbitral.<ref>El detallado documento: Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.</ref>Muerto Enrique IV, Isabel es proclamada en Segovia Reina de Castilla y León (13 diciembre 1474). Apenas proclamada se dirigió a la Iglesia de S. Miguel, lugar donde se reunía el Concejo de la ciudad, para acoger el nombramiento y consagrar su reinado a Dios, ofreciéndole el pendón por manos de un sacerdote, y jurar ante al arzobispo de Toledo y el Legado pontificio presente, los fueros y cuanto se había concertado en Guisando.  
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En el período de 1469 a 1474 sufrió la joven Princesa Isabel, entre los 18 y 23 años, un calvario durísimo por las repetidas y graves tentativas de desheredamiento que pusieron a prueba su virtud y su temple como mujer y como futura política. Por la paz del Reino se declaró dispuesta a renunciar al Trono si así lo requiriese una junta arbitral.<ref>El detallado documento: ''Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios''. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, ''Memorias de Enrique IV,'' doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.</ref>Muerto Enrique IV, Isabel es proclamada en Segovia Reina de Castilla y León (13 diciembre 1474). Apenas proclamada se dirigió a la Iglesia de S. Miguel, lugar donde se reunía el Concejo de la ciudad, para acoger el nombramiento y consagrar su reinado a Dios, ofreciéndole el pendón por manos de un sacerdote, y jurar ante al arzobispo de Toledo y el Legado pontificio presente, los [[FUEROS | fueros]] y cuanto se había concertado en Guisando.  
  
Puso en el escudo de armas el águila de Patmos, símbolo del evangelista San Juan, que luego aparecerá siempre en la heráldica de los Reyes Católicos.<ref>El Águila del escudo de los Reyes Católicos nada tiene que ver con una simbología imperial o política, sino es una referencia religiosa a la protección y patronazgo de San Juan Evangelista sobre la monarquía unida instaurada.</ref>En el acto juró respetar los usos y fueros de los componentes del Reino de Castilla-León, además de las leyes de la Iglesia.<ref>Cf. AHN, Osuna, leg. 417, n° 20 bis. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CCVII, pp. 706-707; CIC, tomo V, doc. 337, pp. 280-292. Positio Isabel, cap. VII, p. 214.</ref>Diez días más tarde (1 de enero de 1475) llega a Segovia el príncipe Fernando, debiendo jurar los fueros antes de entrar en la ciudad ante el arzobispo de Toledo.<ref>La documentación con el juramento y sus firmantes: Archivo Municipal de Segovia. Ed. M. Grau, Estudios segovianos, I (1949), pp. 36-39. Archivo “Ciudad de Barcelona”: Cartas reales originales, 1470-1475, al fol. 238: carta original de Fernando a los Consellers de Barcelona anunciándoles su proclamación en Segovia como Rey de Castilla y León. VICENS VIVES, Fernando II de Aragón, Zaragoza 1952, Apénd. 15, p. 570. Positio Isabel, cap. VII, p. 215-219: doc. 1-3, pp. 219-227. Cf. en BN [Biblioteca Nacional], Ms 9957, ff. 12-14; y Ms. 10.333, fol. 18: Informe a Felipe V sobre la dinastía Española de los Austrias, encargado por este primero de los Borbones, en el Pardo a 28 de enero de 1726, y terminado el 28 de agosto, por el Archivero del reino D. Santiago Riol. Los primeros Borbones trajeron de Francia a España de hecho la “Ley sálica”, totalmente opuesta a la antigua tradición dinástica española y en concreto castellana-leonesa.</ref>
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Puso en el escudo de armas el águila de Patmos, símbolo del evangelista San Juan, que luego aparecerá siempre en la heráldica de los Reyes Católicos.<ref>El Águila del escudo de los Reyes Católicos nada tiene que ver con una simbología imperial o política, sino es una referencia religiosa a la protección y patronazgo de San Juan Evangelista sobre la monarquía unida instaurada.</ref>En el acto juró respetar los usos y fueros de los componentes del Reino de Castilla-León, además de las leyes de la Iglesia.<ref>Cf. AHN, Osuna, leg. 417, n° 20 bis. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CCVII, pp. 706-707; CIC, tomo V, doc. 337, pp. 280-292. ''Positio Isabel,'' cap. VII, p. 214.</ref>Diez días más tarde (1 de enero de 1475) llega a Segovia el príncipe Fernando, debiendo jurar los fueros antes de entrar en la ciudad ante el arzobispo de Toledo.<ref>La documentación con el juramento y sus firmantes: ''Archivo Municipal de Segovia.'' Ed. M. Grau, ''Estudios segovianos,'' I (1949), pp. 36-39. ''Archivo “Ciudad de Barcelona”: Cartas reales originales, 1470-1475'', al fol. 238: carta original de Fernando a los Consellers de Barcelona anunciándoles su proclamación en Segovia como Rey de Castilla y León. VICENS VIVES, ''Fernando II de Aragón,'' Zaragoza 1952, Apénd. 15, p. 570. Positio Isabel, cap. VII, p. 215-219: doc. 1-3, pp. 219-227. Cf. en BN [Biblioteca Nacional], Ms 9957, ff. 12-14; y Ms. 10.333, fol. 18: Informe a Felipe V sobre la dinastía Española de los Austrias, encargado por este primero de los Borbones, en el Pardo a 28 de enero de 1726, y terminado el 28 de agosto, por el Archivero del reino D. Santiago Riol. Los primeros Borbones trajeron de Francia a España de hecho la “Ley sálica”, totalmente opuesta a la antigua tradición dinástica española y en concreto castellana-leonesa.</ref>
  
La andadura del nuevo Reinado no se presentó nada fácil en los primeros pasos, por pretender Fernando y su Cancillería aragonesa pertenecer a éste el Reino como titular principal. Se pretendía aplicar a Castilla la Ley Sálica (exclusión de las mujeres a reinar) que en Castilla no existía. Este intento no prosperó, al contrario da lugar en la historia española a un proceso de unificación nacional en su historia moderna.<ref>El Código de las Partidas o leyes recopiladas por Alfonso X el Sabio en el siglo XIII, Partida II, tit. XV, ley II, establece claramente esta paridad de derechos. Cf. LEÓN HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, cap. II, Ed. BAE, toma LXX, Madrid 1953, p. 255. Cuando en la España de comienzos del s. XIX se intenta aplicar la Ley Sálica francesa por parte de algunos Borbones originará la cadena de las llamadas “guerras carlistas” (tres) y varios alzamientos.</ref>Se llegará a una Concordia, que citará explícitamente las Partidas de Alfonso X el Sabio y el caso de varias Reinas anteriores, y lo había establecido ya de nuevo el testamento de Juan II, padre de Enrique IV y de Isabel.<ref>Juan II de Aragón, padre de Fernando, era hijo de Fernando de Antequera, hermano de Juan II de Castilla, padre de Isabel, por lo que Isabel y Fernando eran primos segundos.</ref>
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La andadura del nuevo Reinado no se presentó nada fácil en los primeros pasos, por pretender Fernando y su Cancillería aragonesa pertenecer a éste el Reino como titular principal. Se pretendía aplicar a Castilla la Ley Sálica (exclusión de las mujeres a reinar) que en Castilla no existía. Este intento no prosperó, al contrario da lugar en la historia española a un proceso de unificación nacional en su historia moderna.<ref>El ''Código de las Partidas'' o leyes recopiladas por Alfonso X el Sabio en el siglo XIII, Partida II, tit. XV, ley II, establece claramente esta paridad de derechos. Cf. LEÓN HERNANDO DEL PULGAR, ''Crónica de los Reyes Católicos,'' cap. II, Ed. BAE, toma LXX, Madrid 1953, p. 255. Cuando en la España de comienzos del s. XIX se intenta aplicar la Ley Sálica francesa por parte de algunos Borbones originará la cadena de las llamadas “guerras carlistas” (tres) y varios alzamientos.</ref>Se llegará a una Concordia, que citará explícitamente las Partidas de Alfonso X el Sabio y el caso de varias Reinas anteriores, y lo había establecido ya de nuevo el testamento de Juan II, padre de Enrique IV y de Isabel.<ref>Juan II de Aragón, padre de Fernando, era hijo de Fernando de Antequera, hermano de Juan II de Castilla, padre de Isabel, por lo que Isabel y Fernando eran primos segundos.</ref>
 
   
 
   
Se llega así entre los dos esposos a la llamada «Concordia o Acuerdo para la gobernación del Reino» del 15 de enero de 1475.<ref>Acuerdo para la gobernación del Reino entre los Reyes don Fernando y doña Isabel sobre la forma y orden que habían de tener en la administración y gobernación de los Reinos de Castilla y León, en AGS, Patronato Real, Leg. 12, fol. 29; J. ZURITA, Anales de la Corona de Aragón, IV, fol. 224; CIC, V, Doc. 326, pp. 226-230. Positio Isabel, cap. VII, doc. 3, 225-227. FERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los muy altos y muy poderosos don Fernando y doña Isabel, rey e reyna de Castilla, León, etc.. Versión inédita a base del Ms. 18.062 de la BN de Madrid, edición y estudio por JUAN DE MATA CARRIAZO, Madrid, Espasa y Calpe, S.A., 1943, pp. 71-74; C. ROSELL, BAE, tomo LXX, Madrid 1953, pp. 225-256; CIC, tomo V, doc. 327, pp. 232-233.</ref>Entonces no entraba Aragón en cuanto vivía aún el padre de Fernando, Juan II de Aragón, pero cuando llega el momento oportuno, tras la muerte de este (19 de enero de 1479) y la proclamación de Fernando como Rey de Aragón, Fernando declara a Isabel como corregente de Aragón en Calatayud el 13 de abril de 1481.  
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Se llega así entre los dos esposos a la llamada «Concordia o Acuerdo para la gobernación del Reino» del 15 de enero de 1475.<ref>''Acuerdo para la gobernación del Reino entre los Reyes don Fernando y doña Isabel sobre la forma y orden que habían de tener en la administración y gobernación de los Reinos de Castilla y León'', en AGS, [[PATRONATO_REAL | Patronato Real]], Leg. 12, fol. 29; J. ZURITA, Anales de la Corona de Aragón, IV, fol. 224; CIC, V, Doc. 326, pp. 226-230. ''Positio Isabel'', cap. VII, doc. 3, 225-227. FERNANDO DEL PULGAR, ''Crónica de los muy altos y muy poderosos don Fernando y doña Isabel, rey e reyna de Castilla, León, etc''.. Versión inédita a base del Ms. 18.062 de la BN de Madrid, edición y estudio por JUAN DE MATA CARRIAZO, Madrid, Espasa y Calpe, S.A., 1943, pp. 71-74; C. ROSELL, BAE, tomo LXX, Madrid 1953, pp. 225-256; CIC, tomo V, doc. 327, pp. 232-233.</ref>Entonces no entraba Aragón en cuanto vivía aún el padre de Fernando, Juan II de Aragón, pero cuando llega el momento oportuno, tras la muerte de este (19 de enero de 1479) y la proclamación de Fernando como Rey de Aragón, Fernando declara a Isabel como corregente de Aragón en Calatayud el 13 de abril de 1481.  
El reino de los Reyes Católicos ha pasado a la historia como un reinado de grande concordia; ello sólo autoriza el dicho vulgar, verdadero bajo el punto de vista político, “tanto monta, monta tanto Isabel como Fernando”.<ref>Cf. nota anterior: Fernando del Pulgar, Crónica… Escribe el ANÓNIMO CONTINUADOR DE PULGAR, en BAE, tomo LXX, Madrid 1953, p. 523, cit. en V. VALENCIA, Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros, I, p. 93: “Fueron Rey y Reina juntos por Dios escogidos, por él ayuntados, que juntamente así ayuntados reinaron e gobernaron treinta años, y aunque cuerpos dos, en voluntad y unión eran uno sólo. Firmaban las cartas y provisiones juntamente el uno y otro”. Lo mismo subraya PEDRO MÁRTIR DE ANGLERÍA, Epist. Al Card. Ascanio, en “Opus epistolarum”, Ep. XXX, fol. VIr: “en sus reinos hace lo que ella manda, pero “manda de tal manera que parece que mandan igualmente los dos”. Y en otra carta dice de ellos que gobiernan “unánimes y concordes, como dos divinidades caídas del cielo” (Epist. Al Conde Juan Borromeo, fol. 5. Cf. RODRIGUEZ VALENCIA, Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros, I, p. 93 y p. 172 y 177.</ref>Los mismos símbolos heráldicos del Yugo y las Flechas que se intercambian venían a significar tal unidad de intentos.
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El reino de los Reyes Católicos ha pasado a la historia como un reinado de grande concordia; ello sólo autoriza el dicho vulgar, verdadero bajo el punto de vista político, “tanto monta, monta tanto Isabel como Fernando”.<ref>Cf. nota anterior: Fernando del Pulgar, ''Crónica…'' Escribe el ANÓNIMO CONTINUADOR DE PULGAR, en BAE, tomo LXX, Madrid 1953, p. 523, cit. en V. VALENCIA, ''Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros,'' I, p. 93: “Fueron Rey y Reina juntos por Dios escogidos, por él ayuntados, que juntamente así ayuntados reinaron e gobernaron treinta años, y aunque cuerpos dos, en voluntad y unión eran uno sólo. Firmaban las cartas y provisiones juntamente el uno y otro”. Lo mismo subraya PEDRO MÁRTIR DE ANGLERÍA, ''Epist. Al Card. Ascanio, en “Opus epistolarum''”, Ep. XXX, fol. VIr: “en sus reinos hace lo que ella manda, pero “manda de tal manera que parece que mandan igualmente los dos”. Y en otra carta dice de ellos que gobiernan “unánimes y concordes, como dos divinidades caídas del cielo” (Epist. ''Al Conde Juan Borromeo,'' fol. 5. Cf. RODRIGUEZ VALENCIA, ''Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros,'' I, p. 93 y p. 172 y 177.</ref>Los mismos símbolos heráldicos del Yugo y las Flechas que se intercambian venían a significar tal unidad de intentos.
  
 
==NOTAS==
 
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(Los Autores de esta exposición histórica documental fueron Justo Fernández Alonso - Anastasio Gutiérrez - Luis Suárez Fernández y otros miembros la Comisión Histórica de la Causa. El DHIAL presenta esta relación sumaria de dicha exposición.)
 
(Los Autores de esta exposición histórica documental fueron Justo Fernández Alonso - Anastasio Gutiérrez - Luis Suárez Fernández y otros miembros la Comisión Histórica de la Causa. El DHIAL presenta esta relación sumaria de dicha exposición.)
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Revisión actual del 12:04 5 feb 2019


Isabel La Católica I de Castilla-León, y más tarde de Aragón debido a su matrimonio con Fernando V de Aragón, es una figura fundamental en la formación de la nación española, y en la historia del Continente americano.

Los reinos de Castilla y León se encontraban unidos desde los tiempos de Fernando III «el Santo» (s. XIII), por lo que se simplifica la nomenclatura en «Castilla». Este Reino es uno de los reinos medievales de la península ibérica, y surgió como entidad política autónoma en el siglo IX bajo la forma de condado vasallo de León, alcanzando la categoría de «reino» en el siglo XI. La Corona de Castilla, como entidad histórica, se suele considerar que comienza con la última y definitiva unión de los reinos de León y de Castilla en 1230.

En 1230, Fernando III «el Santo», rey de Castilla desde 1217 (incluyendo el Reino de Toledo) e hijo de Alfonso IX de León y su segunda mujer, Berenguela de Castilla, se convirtió en rey de León (cuyo reino incluía el de Galicia), tras la renuncia de Teresa de Portugal, la primera mujer de Alfonso IX, a los derechos de sus hijas, las infantas Sancha y Dulce al trono de León en la Concordia de Benavente.

Los Reinos de León y de Castilla se fueron alargando hacia el sur de la Península a lo largo de los siglos de la Reconquista (s. IX-XV). Al convertirse Fernando III en rey de León, las Cortes de León y Castilla se fundieron, momento que se considera que surge la Corona de Castilla, formada por dos reinos: Castilla y León, así como taifas y señoríos conquistados a los árabes ( Córdoba, Murcia, Jaén, Sevilla).

La Casa de Trastámara fue una dinastía que reinó en Castilla entre 1369 y 1504, en Aragón de 1412 a 1516, en Navarra entre 1425 y 1479 y también en Nápoles de 1442 a 1501. Tomó el nombre del conde (o duque) de Trastámara, título empleado por Enrique II de Castilla, «el de las Mercedes», antes de llegar al trono en 1369 durante la guerra civil con su hermano legítimo Pedro I.

A la muerte de Juan II, su hija Leonor heredó Navarra y su hermanastro, Fernando llamado el Católico, la Corona de Aragón. El matrimonio de Fernando con Isabel I de Castilla, celebrado el 19 de octubre de 1469, en el Palacio de los Vivero, de Valladolid, estableció la unión entre estas dos Coronas, que se consolida definitivamente con el reinado de Carlos I (V como Emperador del S.R.I.) en 1516.

Se trazan aquí los rasgos esenciales de la vida de esta mujer singular de quien no pocos contemporáneos y otros historiadores posteriores consideraron ser una gran mujer y reina, y por todos ensalzada con palabras de la máxima admiración; poniendo al mismo tiempo de relieve su influjo en la historia universal como defensora de los derechos humanos y concretamente en los comienzos de la moderna historia de América.[1]

Nacimiento, infancia y adolescencia

Nace Isabel en Madrigal de las Altas Torres, Diócesis de Ávila, el 22 de abril de 1451 de Juan II de Castilla e Isabel de Portugal. Pasa la infancia con su madre viuda (1454) en Arévalo (Ávila), dirigida espiritualmente por el franciscano Fray Llorente, del Convento franciscano local, en un ambiente sumamente popular y austero.[2]Su hermanastro el Rey Enrique IV, contra lo que disponía el testamento de su padre Juan II de Castilla, la lleva junto a su hermano el infante Alfonso [futuro rey por breve tiempo, ya que muere muy joven: 5 de julio1468] a la Corte en Segovia (1461).

El 31 de marzo de 1471 en una Circular dirigida por Isabel al Reino escribe: “Yo no quedé en poder de dicho señor mi hermano, salvo sí de mi señora la reyna, de los brazos inhumana y forzosamente fuimos arrebatados el señor rey don Alfonso e yo, que a la sazón éramos niños, y así fuimos llevados a poder de la reyna doña Juana [esposa infiel del rey don Enrique IV], que esto procuró porque estaba preñada, y como aquella sabía la verdad [de la paternidad de la criatura], proveía para lo advenidero; si esta fue para nosotros peligrosa custodia, a vosotros es notorio”.[3]

La Junta de los Grandes de Castilla habían determinado que estuviese con su madre, decisión contrarrestada por el rey Enrique.[4]Isabel pidió vivir alejada de aquella corte corrompida porque, según manifestó, le resultaba peligrosa para su alma; se confía a Fray Martín de Córdoba, Agustino, que compone para ella“Jardín de Nobles Doncellas”.[5]

Rechaza la Corona y es declarada heredera del Trono (1468)

Castilla se ve sumida en una anarquía endémica a lo largo del reinado de Enrique IV, a partir de 1454 tras la muerte de su padre Juan II, hasta el 11 de diciembre de 1474 cuando muere en Madrid. En este largo periodo el Rey contrae varios matrimonios, algunos anulados y otros discutidos; renuncia a veces al Reino, otras se desdice, otras decide por su medio hermana Isabel, otras por su presunta hija Juana, considerada fruto de muy dudosa paternidad, hecho reconocido por el mismo Enrique.

El Reino se ve sumido en una lucha civil entre las varias facciones de nobles, feudos, ciudades y municipios comunales. Esta anarquía lleva a la proclamación de su otro medio hermano Alfonso como rey, aceptados por unos, combatido por otros. En 1468 muere el príncipe Alfonso, hermano menor de Isabel. La facción que luchaba por destronar a Enrique IV y sustituirlo con Alfonso, muerto éste, le ofrece la Corona a Isabel (1468); pero ella no la acepta porque Enrique es para ella el Rey legítimo. Tenía 17 años.

Las facciones opuestas continúan una lucha enconada que tras muchos vaivenes llegan a un acuerdo, el «Pacto de Guisando» (18 septiembre 1468), entre el Rey Enrique y los rebeldes. En él se acuerda la paz y que Isabel sucedería en el Trono. El Rey reconoce ante el Legado pontificio,[6]que no tiene sucesión legítima; fuera porque Juana llamada «la Beltraneja», era hija de la Reina, no suya, sea porque su matrimonio con doña Juana de Portugal era nulo por falta de dispensa pontificia y porque todo apuntaba a que la infanta Juana era hija natural e ilegítima por parte materna (supuesta hija de Don Beltrán de la Cueva, valido del Rey).

La cuestión iba más allá de los argumentos de carácter moral o de la duda fundada sobre la paternidad de la infanta Juana. Se trataba sobre todo de la cuestión política y dinástica en juego. Había de por medio un problema jurídico de sucesión del trono y otro político saturado de tensiones e intereses. Los dos problemas aparecen juntos, implicados y entrañados en unos mismos documentos, que exigen ser distinguidos y separados en un análisis histórico y documental minucioso.[7]

La gran mayoría de los linajes nobiliarios y clanes políticos de la Nobleza, sumados los de Madrid en torno al Rey con los de Ávila en torno a la Infanta [Isabel], se inclina a liquidar la división del Reino y la guerra civil latente, a base del reconocimiento común a Enrique como Rey y a Isabel como heredera suya. Pero este reconocimiento a Isabel era una concesión decisiva a la opinión de la ilegitimidad de Juana, hija de la Reina.

Pudieron los Nobles para ello como punto de partida la sentencia de nulidad del primer matrimonio del Rey por impotencia, y como punto de referencia las serias infidelidades allí reveladas de la reina Juana. Escribe el historiador Suárez: “Insisto en creer que el acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [y cita varias grandes familias], que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable, y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento, si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana”.[8]

En esta atormentada cuestión de las negociaciones, en 1464 el príncipe Alfonso era un niño y no interviene; en la de 1468, Isabel con sus 17 años, consciente y enérgica, interviene, influye y hasta determina las actitudes fundamentales inspiradas en el respeto y en los buenos modos. Y por lo tanto en la solución acordada del tema.[9]

Todo parece indicar que en el texto jurídico de la concordia ante el Legado pontificio, no se plantea directamente la cuestión de si Juana es o no es hija del Rey, salvando así en la escritura su honor en este punto; sino que aunque fuera hija suya, no es legítima por no ser de legítimo matrimonio: razón jurídica que, en el orden de la sucesión, daría automáticamente paso a la infanta Isabel, hermana del Rey.

Además, en la concordia se la declara ilegítima por ilegitimidad del matrimonio de sus padres. El documento de concordia consta de 10 cláusulas que establecen jurídicamente la sucesión al Trono en favor de Isabel en dos escrituras “de un tenor para cada uno de ellos (Rey y Princesa) la suya. La misma Isabel presentará personalmente una de estas escrituras (la que para ella se hizo), en Valladolid en el momento solemne de contraer matrimonio un año después (septiembre de 1469). Y no lo presentará en el municipio, ni en la chancillería, ni en otro cualquier organismo de administración, sino ante la iglesia y Vicario General de la Abadía (entonces Valladolid no era obispado), en su despacho del claustro de la Colegiata, en su texto original, pidiendo al Provisor un «traslado autenticado»”[10]

Matrimonio (1469)

No fue un matrimonio fácil el suyo, ya que los reyes de Inglaterra, Francia, Portugal y Aragón pretendían arreglar un matrimonio cada cual para su propio candidato por motivos políticos. Todos tenían vínculos de consanguinidad con Isabel, por lo que necesitaban una especial dispensa canónica del Papa, entonces Paulo II (1464-1474) que la deniega a todos ellos por los intereses políticos que las controvertidas propuestas matrimoniales de cada Estado llevaban consigo.

La propuesta matrimonial, entrelazada con las cuestiones políticas, muy enmarañadas, se lleva adelante por medio de contactos secretos entre los diversos Reinos y el Papa, al margen de la princesa Isabel, para obtener cada Reino la dispensa en su favor. Al final va a triunfar la propuesta castellana, sostenida por el legado pontificio que emite la dispensa en nombre del Papa y que Isabel hace suya.

El matrimonio de Isabel con su primo Fernando pacificaba un Reino de Castilla en plena convulsión de una guerra civil entre varios pretendientes y partidos de nobles. En el 7 y 12 de enero de 1469 se firman las capitulaciones matrimoniales, preparadas en Ocaña y Yepes en el diciembre precedente.[11]El matrimonio se celebra en 19 de octubre de 1469 en Valladolid, ciudad libre de las intrigas y del poder contrario al matrimonio con Fernando, a pesar de todos los manejos de Francia, Portugal y el mismo hermano de la Princesa, Enrique IV y de poderosos nobles castellanos, para impedirlo.

Lo que queda claro históricamente es que Isabel escoge a Fernando como esposo contra todas las presiones de reyes y príncipes de Francia, Portugal y de Castilla. Isabel se tiene que «fugar» de su hermano, como ella misma más tarde le escribirá.[12]La celebración de su matrimonio fue toda una odisea: Isabel escapando de su hermano, intrigas y presiones diplomáticas en contra.[13]Al final logra su objetivo. El matrimonio se celebra en la casa de Juan de Vivero con la misa nupcial.[14]

Con el matrimonio se cerraba el duro conflicto civil en Castilla y se echaban las bases de la unidad de España, unificando las Coronas de Castilla-León y Aragón. Isabel hace «correinante» de Castilla a su esposo Fernando; más tarde la hará él a ella «corregente» en Aragón. La princesa Isabel contaba entonces 18 años y el príncipe Fernando 17.

El matrimonio fue muy afortunado en sus empresas. De él nacieron cuatro hijas y un hijo. Isabel es descrita por pajes de su servicio, como el historiador Gonzalo Fernández de Oviedo: “En hermosura puestas delante de su Alteza todas las mujeres que yo he visto, ninguna tan graciosa ni tanto de ver como persona, ni de tal manera e santidad honestísima…”.[15]

Otro de sus servidores, Hernando del Pulgar, escribe: “Esta cristianísima Reina era de mediana estatura, bien compuesta en su persona y en su proporción de miembros. Muy blanca y rubia; los ojos entre verdes y azules; el mirar, muy graciosos y honesto; las facciones del rostro, bien puestas; la cara, toda muy hermosa y alegre, de una alegría muy honesta y muy mesurada”.[16]

Otro testigo la describe así: “Mostraba en el acatamiento de quien la mirase tan gran vergüenza, que el mayor príncipe del mundo que la viese, por mucho que fuera desfachado, no tuviera atrevimiento a deshonestar en el menor mote con ella; la cara tenía muy blanca, y las mejillas coloradas, y todo el rostro muy pintando y de presencia real; la cabelladura, tenía muy larga y rubia, de la más dorada color que para los cabellos mejor parecer se demanda, de los cuales ella más veces se tocaba que de tocados altos y preciosos…; la garganta tenía muy alta, llena y redonda; las manos, muy extremadamente gentiles; todo el cuerpo y syu persona, el más airoso y dispuesto que mujer humana tener pudo, y de alta y bien compensada estatura. Tanto en el aire de su pasear y beldad de su rostro era lucida que, si entre las damas del mundeo se hallara, por reina y Princesa de todas, uno que nunca la conociera la fuera a besar las manos”.[17]

Inmediatamente tras el matrimonio comienzan a actuar juntos comunicando su matrimonio al rey Enrique IV, hermano de la Princesa pidiéndole una entrevista y mandándole las capitulaciones matrimoniales. Por su parte el rey Juan II de Aragón, padre de Fernando, se lo comunica al Papa.[18]

Siguen las comunicaciones al Rey de Portugal, Alfonso V, a los Grandes del Reino, a las ciudades y villas (el pueblo llano) el 20 de octubre de 1469. Es una documentación que, aparte sus aspectos políticos y de gobierno, tiene matices biográficos que retratan en Isabel, además de su sentimiento recto de las cosas, su línea siempre recta de acatamiento. Ella se ha casado, no a gusto del Rey su hermano; por ello le expone, y expone al Reino, sus razones, subrayando siempre su voluntad y sus sentimientos como hermana, como heredera y como cristiana.

Ni Enrique IV, ni el Rey portugués contestaron a los nuevos esposos. No así Luis XI de Francia que reaccionó airadamente a su fracaso y que en aquellos momentos estaba precisamente en guerra con el rey de Aragón Juan II, padre de Fernando, con el intento de anexionar a Francia parte del Reino de Aragón, incluida Cataluña, fracasando de nuevo en sus planes.[19]Sólo en este cuadro apenas apuntado se adivinan los grandes intereses políticos que giraban en torno a Isabel y Fernando. Nace de hecho así la unidad nacional de España.

Tentativas de desheredamiento que conducen a Isabel al trono (1468-1473)

Escribe el historiador L. Suárez Fernández: “El acuerdo que convirtió a Isabel en heredera del trono, no hubiera llegado a producirse sin la decidida intervención, en su favor, de los sectores moderados de ambos partidos [los dos grandes bloques en que políticamente se encontraba dividida la nobleza] –Fonseca, los Enríquez, los Pimentel, los Álvarez de Toledo, e incluso los Stuñiga- que representaban, dentro de la nobleza, una fuerza formidable; y me parece difícil que hubiesen aceptado la fórmula del desheredamiento [de la supuesta hija del rey Enrique IV Juana], si no hubiesen sentido previas dudas sobre la legitimidad de Juana [la Beltraneja]”.[20]

El duro proceso hacia su pleno reconocimiento comienza en la Navidad de 1468 y se prolonga hasta 1473. En ese largo camino intervienen los reyes Enrique IV de Castilla, Alfonso V de Portugal y Luis XI de Francia, cada cual por sus propios planes quisieron desheredar a la Princesa del trono de Castilla, presionando, cada cual por su parte e interés, para que el Papa anulase el matrimonio entre Isabel y Fernando, amenazando incluso al Papa con un concilio, y casarla cada cual con su propio candidato, y reconociendo la legitimidad del matrimonio de Enrique IV con doña Juana, madre de la Beltraneja, y ésta hija legitima de Enrique, y por lo tanto como heredera del Reino castellano, algo que anteriormente se había aclarado en Guisando estableciendo la ilegitimidad de ambos hechos.

Fueron aquellos momentos los más duros en la vida de Isabel. Sus sufrimientos se agudizan con los intentos aragoneses para sacar a Fernando de Castilla. Los dos jóvenes esposos se encuentran totalmente desamparados y acogidos por el tío de Isabel, el Almirante de Castilla, en Medina de Rioseco (Valladolid). Son víctimas de una torpe lista de graves insultos y acusaciones por parte tanto de Enrique IV como del embajador francés.

Isabel rompe el silencio cuando su hermano la declara desheredada ante los Concejos del Reino y restablecer a Juana como heredera.[21]Tenía entonces 8 años; había sido jurada heredera en mayo de 1462, fecha de su nacimiento; desheredada en 1464, y reconocido heredero el hermano menor del rey Alfonso (que morirá poco después). Isabel será reconocida heredera en Guisando en 1469.

En un largo documento Isabel comunica a todo el Reino una respuesta a cada uno de los puntos de la «Circular» de su hermano Enrique IV, del 1 de marzo de 1471, añadiendo otras noticias de suma importancia histórica para esclarecer los hechos y señalar los turbios manejos de las cortes reales ya señaladas para instrumentalizarla y proponerle un matrimonio de conveniencia política contra su voluntad, y desenmascarando la corrupción en la corte de su hermano.[22]

Todos los intentos por parte de su hermano Enrique IV o de algunos nobles como el Maestre de Santiago,[23][otro de los empedernidos pretendientes de Isabel] para desheredar a Isabel se irán cayendo. Como escribe un cronista: “quanto más el Rey o el Maestre crecían en odio de los comunes, tanto el Príncipe e la Princesa crecían en amor del pueblo”.[24] cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.

Poco a poco la trama de apoyos a los intereses de Enrique IV, de un grupo de la nobleza feudal y del Rey de Francia se fue cayendo, y por su parte el Papa Paulo II desoyó totalmente sus peticiones. La misma conducta la seguirá su sucesor Sixto IV en 1472-1473 e incluso emanará una bula [reconocida superflua] reconfirmando la dispensa matrimonial de consanguineidad. Seguirán todavía varios vanos intentos por parte del partido anti isabelino por alejar las posibilidades de heredera a Isabel a acceder al Trono.

Se llegó a una conciliación entre los dos hermanos en Segovia, en 1473, ciudad donde será en su día proclamada Reina por el pueblo. En el conflicto bélico con Francia, Isabel se opone a la guerra que Aragón, junto con Borgoña, Inglaterra y Bretaña, estaban llevando a cabo, propiciando una paz que ella trata personalmente con el Rey de Francia por medio de su embajador en Flandes e insistiendo con su esposo Fernando para que llegase a una paz.

En aquellas circunstancias moría en Madrid Enrique IV de Castilla el 11 de diciembre de 1474, agobiado también por el ambiente saturado de la convicción de que la princesa Juana no era hija suya, ni tampoco otros dos hijos varones de la reina oficial Juana, que los mismos cronistas acusan de “deshonesto vivir”, por lo que el Rey aborrecía encontrarse con ella, y cuyo matrimonio con Enrique había sido declarado nulo y nunca revalidado, y el mismo Enrique lo había jurado ante el Legado pontificio en Guisando en 1469.[25]

Ya a principios de 1474 se había encontrado en Segovia con los príncipes Isabel y Fernando y, a lo largo del año, importantes personalidades del Reino, como el arzobispo cardenal de Toledo, le habían aconsejado con insistencia reconocer como sucesora en el Reino a su hermana Isabel. Así lo estipula antes de morir.[26]El funcionamiento de la institución monárquica prevé la proclamación inmediata del heredero/a. En este caso nadie levantó banderas en favor de Juana.

Proclamación como Reina

En el período de 1469 a 1474 sufrió la joven Princesa Isabel, entre los 18 y 23 años, un calvario durísimo por las repetidas y graves tentativas de desheredamiento que pusieron a prueba su virtud y su temple como mujer y como futura política. Por la paz del Reino se declaró dispuesta a renunciar al Trono si así lo requiriese una junta arbitral.[27]Muerto Enrique IV, Isabel es proclamada en Segovia Reina de Castilla y León (13 diciembre 1474). Apenas proclamada se dirigió a la Iglesia de S. Miguel, lugar donde se reunía el Concejo de la ciudad, para acoger el nombramiento y consagrar su reinado a Dios, ofreciéndole el pendón por manos de un sacerdote, y jurar ante al arzobispo de Toledo y el Legado pontificio presente, los fueros y cuanto se había concertado en Guisando.

Puso en el escudo de armas el águila de Patmos, símbolo del evangelista San Juan, que luego aparecerá siempre en la heráldica de los Reyes Católicos.[28]En el acto juró respetar los usos y fueros de los componentes del Reino de Castilla-León, además de las leyes de la Iglesia.[29]Diez días más tarde (1 de enero de 1475) llega a Segovia el príncipe Fernando, debiendo jurar los fueros antes de entrar en la ciudad ante el arzobispo de Toledo.[30]

La andadura del nuevo Reinado no se presentó nada fácil en los primeros pasos, por pretender Fernando y su Cancillería aragonesa pertenecer a éste el Reino como titular principal. Se pretendía aplicar a Castilla la Ley Sálica (exclusión de las mujeres a reinar) que en Castilla no existía. Este intento no prosperó, al contrario da lugar en la historia española a un proceso de unificación nacional en su historia moderna.[31]Se llegará a una Concordia, que citará explícitamente las Partidas de Alfonso X el Sabio y el caso de varias Reinas anteriores, y lo había establecido ya de nuevo el testamento de Juan II, padre de Enrique IV y de Isabel.[32]

Se llega así entre los dos esposos a la llamada «Concordia o Acuerdo para la gobernación del Reino» del 15 de enero de 1475.[33]Entonces no entraba Aragón en cuanto vivía aún el padre de Fernando, Juan II de Aragón, pero cuando llega el momento oportuno, tras la muerte de este (19 de enero de 1479) y la proclamación de Fernando como Rey de Aragón, Fernando declara a Isabel como corregente de Aragón en Calatayud el 13 de abril de 1481.

El reino de los Reyes Católicos ha pasado a la historia como un reinado de grande concordia; ello sólo autoriza el dicho vulgar, verdadero bajo el punto de vista político, “tanto monta, monta tanto Isabel como Fernando”.[34]Los mismos símbolos heráldicos del Yugo y las Flechas que se intercambian venían a significar tal unidad de intentos.

NOTAS

  1. La opinión de los contemporáneos de la Reina Isabel que la conocieron y trataron de cerca en la intimidad familiar o en la domesticidad de la Corte, y que son por lo tanto testigos presenciales del siglo XV y primeros años del siglo XVI hasta 1504, año de la muerte de la Reina y que han dejado documentalmente tal parecer son muchos. A estos testimonios habría que añadir los del siglo XVI, sobre todo, recogidos por quienes pudieron recoger y transmitir tales opiniones. En Vallisoletan. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990, Cap. XXV, Fama de santidad, pp. 878-978 [sigla: Positio 1990] se recoge un nutrido repertorio de tales textos antiguos y modernos con la correspondiente indicación documental de archivo o biblioteca. Entre otros testimonios destacan los de su suegro el rey Fernando II de Aragón; su esposo Fernando El Católico; su nieto el emperador Carlos V; Cisneros; Fr. Hernando de Talavera; su nieto Gonzalo Fernández de Oviedo; Un Consejero Real; “Continuador del Pulgar”; Diego de Valera; “Crónica incompleta”; Maese Rodrigo de Santaella; Pedro Mexia; Alonso de Sta. Cruz; Zurita; P. Mariana; Pedro de Cartagena; Diego de S. Pedro; Juan del Encina; Pedro Mártir de Anglería; Navaggero; el Conte di Castiglione; Juan de Palafox; Fr. José de Palafox; P. Jerónimo Gracián; Francisco Pinel; Fr. Prudencio de Sandoval; Bernardo Giustiniani; el P. Flórez; Floranes; Modesto Lafuente; Joaquín Costa; W. Irving; Pío Zabala; Gregorio Marañón; Salvador de Lara; Gabriel y Galán, y un largo etc..
  2. Así lo ilustra el conocido historiador Enrique Flórez, en Memorias de las Reinas Católicas. Historia genealógica de la Casa Real de Castilla y León, II, Madrid 1970, p. 788. [Sigla: Enrique Flórez, o.c.].
  3. Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de jueces compromisarios: en Bibl. Acad. De la Historia, 9/1016, ff. 90-102. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Cf. texto en Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio, pp. 202-209.
  4. Cf. Sentencia compromisoria 16 de enero 1465; Real Ac. De la Hist. Colección Marina. Memorias de Enrique IV, II, Madrid (1835-1913), p. 364, CIC, IV, doc. 245, pp. 49-50. Cf. Positio Isabel, p. 21.
  5. Manual educativo y código de principios morales para cuando llegase a regir los Reinos de Castilla y León. Ed. del libro: Madrid 1956. Y Ed. por el P. FERNANDO RUBIO, OSA, en Prosistas castellanos del siglo XV, BAE, vol. CLXXI, 1964, pp. 67-117
  6. Era éste Antonio Giacomo Veniero, obispo de León. Lo había sido en varias ocasiones bajo varios Papas. Cf. J. Fernández Alonso, Los enviados pontificios y la Colectaría en España, de 1466 a 1475, en Antologíca Annua, 2 (1954) 51-122. Viene a Castilla de nuevo en 1467 con plena potestad papal (Legado a latere) de Paulo II. Otro nuncio y comisario fue Leonoro de Leanori, (1466-1469): T. de Azcona, Isabel la Católica, Madrid 1964, pp. 102-105; cf. Positio Isabel, pp. 47-50.
  7. El problema es analizado minuciosamente en Positio Isabel, cap. III, pp. 47-81. Y por varios reconocidos historiadores como: L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), pp. 354-356; T. DE AZCONA, Isabel la Católica, Madrid, 1964.
  8. L. SUÁREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), p. 354.
  9. Cf. Positio Isabel, cap. III, pp. 58-81, donde presenta la documentación de Archivo correspondiente.
  10. Toda la referencia documental puede verse en Positio Isabel, cap. III, p. 67 y los documentos fundamentales por entero en pp. 69-81, y el documento del 23 de septiembre de 1469 en “Pacto de Guisando. Escritura y capítulos de concordia entre el rey don Enrique IV y la infanta doña Isabel, jurada Princesa heredera; sacada de un traslado auténtico fecho en la villa de Valladolid, año 1469. La fecha de la Escritura de la concordia es 18 de septiembre 1468. Testimonio, o traslado autenticado. BN, Ms. 13.110, ff. 25r-32v., tomo XXI de la Colección del P. Andrés Marcos Burriel, S.J. En CIC, tomo IV, doc. 278, pp. 278-282.
  11. El original se encuentra en el Archivo de Simancas: AGS, PR, Leg. 12, fol. 28. Ed. DIEGO CLEMENCÍN, Elogio de la Reina Católica doña Isabel, en Memoria de la Real Academia de la Historia VI, Madrid 1821. Apéndice de documentos inéditos, I, pp. 579-583. Estas Capitulaciones fueron confirmadas por el príncipe Fernando en Cervera el 7 de enero de 1469, y luego por su padre el rey Juan II de Aragón en Zaragoza, el 12 del mismo mes y año. – CIC, V, doc. 306, pp. 99-109.
  12. Carta de la princesa Isabel al rey Enrique IV, su hermano, comunicándole su llegada a Valladolid y exponiéndole las justas causas que la movieron a aceptar matrimonio [con Fernando], para el que le pide su aprobación. En Bibl. de El Escorial, Ms 23-IVa. Copia. Ed. DIEGO ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica oficial del rey Enrique IV. En BAE, tomo LXX (Madrid 1953), pp. 187-190; ACADEMIA DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXVIII, pp. 605-609. CIC, V, doc. 292, pp. 26-36. Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469), doc. 6, pp.168-171.
  13. Cf. para toda la intrincada cuestión matrimonial, pretendientes reales de Isabel, así como la solicitud y concesión de las bulas pontificias de dispensa en: Positio Isabel, cap. V, El matrimonio con –Fernando de Aragón (dic. 1468-19 oct. 1469), pp.129-180, con la reproducción de la documentación de Archivo correspondiente.
  14. Acta notarial del matrimonio de los Reyes Católicos: AGS, PR, Leg. 12, fol. 17. Original. Ed. facsímil de la Universidad de Valladolid, con transcripción 4ª edición, Valladolid 1969; DIEGO CLEMENCIN, Elogio de la Reina Católica, Apéndice IV, en Memorias de la Real academia de la Historia, VI, Madrid 1821, pp. 585-591. CIC, V, doc. 315, pp. 163-166. Positio Isabel, cap. V, doc. 7, pp. 171-178.
  15. Lo escribe ya anciano, a sus 77 años, en la isla de Santo Domingo: BN, Ms 2.219, ff. 27-28.
  16. HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, cap. IV. Ed. BAE, tomo LXX (Madrid 1953), p. 234; CIC, tomo XV, doc. 1816, pp. 82-83.
  17. JULIO PUJOL, Crónica incompleta de los Reyes Católicos según un manuscrito anónimo de la época, Madrid 1934, p. 89.
  18. Desde Tárrega, el 30 de octubre de 1469 (ACA, Reg. 3.413, fol, 56r-v). Ed. JOSÉ LÓPEZ TORO, Tratados internacionales de los Reyes Católicos, II, en Documentos inéditos para la historia de España, del Duque de Alba, Duque de Maura, etc.”. tomo VIII. Apéndice (Madrid 1952), pp. 281-282. CIC, tomo V, doc. 308, pp. 173-175.
  19. En Positio Isabel, cap. V, doc. 6, 8 y 9, pp. 154-155, 168-180: transcripción de estos documentos y fuentes de archivo.
  20. L. SUAREZ FERNÁNDEZ, En torno al pacto de los Toros de Guisando, en Hispania, 23 (Madrid 1963), p. 354.
  21. Cf. para toda la cuestión Positio Isabel, cap. VI, pp. 182-210, con la reseña documental correspondiente.
  22. El largo y detallado documento: Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.
  23. El Maestre de Santiago y Marqués de Villena, Don Juan Pacheco, tramó junto con don Beltrán de la Cueva (supuesto padre natural de la infanta doña Juana “la Beltraneja”), apresar a los jóvenes príncipes Isabel y Fernando y a otros nobles partidarios de los mismos como el Arzobispo de Toledo, casar a la Beltraneja con otro infante real de Aragón y colocarla en el trono. Sus planes secretos fueron descubiertos. El Maestre seguirá fallidamente confabulando e incluso cambiando de partido al disgustarse con Enrique IV que se había reconciliado con los Príncipes, por lo que se dirige al Monasterio de Guadalupe en Extremadura muriendo cerca de Trujillo el 4 de octubre de 1474. La Princesa manda un emisario con ánimos de reconciliación. Pero cuando llegó a Guadalupe le halló ya enterrado. Según algunos testigos en sus crónica el Maestre habría reconocido su error, antes de morir reconociendo los derechos de Isabel como Reina. El hijo del Maestre, don Diego Pacheco, no reconocerá a la Reina cuando será proclamada; se unirá al Rey de Portugal en su lucha contra la misma, y una vez vencidos, Isabel le perdona restituyéndole títulos y tierras.
  24. HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, Ed. crítica de J. DE MATA CARRIAZO, I (Madrid, 1943), cap. XI, pp. 39-40. Positio Isabel, cap. VI, pp. 188.
  25. ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica del Rey Enrique IV, cap. CLXIV. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) pp. 218-220. Positio Isabel, cap. VII, pp. 211-212.
  26. ENRIQUEZ DEL CASTILLO, Crónica del Rey Enrique IV, cap. CLVIII. Ed. C. Rosell, en BAE, vol. LXX (Madrid 1953) p. 221. Positio Isabel, cap. VII, p. 212. No parece que el Rey Enrique haya hecho testamento y parece según algunos de los cronistas “revolviéndose por el dolor” de una enfermedad que desde tiempo le tenía prostrado. El Rey había dispuesto ser enterrado en el Monasterio de Guadalupe “debaxo de la sepultura de la Reyna su madre Doña María”.
  27. El detallado documento: Circular de la Princesa Isabel a los Concejos del Reino exponiendo el derecho que tiene a la Corona después de los días de su hermano Enrique IV y las razones que la movieron al matrimonio con el Príncipe de Aragón. Somete estos asuntos al dictamen de los jueces compromisarios. Bibl. ACAD. DE LA HISTORIA. 9/1016, ff. 92-102. Copia simple. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CLXXXVII, pp. 630-639; CIC, V, Doc. 322, pp. 192-214. Positio Isabel, cap. VI, doc. 2, pp. 202-209.
  28. El Águila del escudo de los Reyes Católicos nada tiene que ver con una simbología imperial o política, sino es una referencia religiosa a la protección y patronazgo de San Juan Evangelista sobre la monarquía unida instaurada.
  29. Cf. AHN, Osuna, leg. 417, n° 20 bis. Ed. ACAD. DE LA HISTORIA, Memorias de Enrique IV, doc. CCVII, pp. 706-707; CIC, tomo V, doc. 337, pp. 280-292. Positio Isabel, cap. VII, p. 214.
  30. La documentación con el juramento y sus firmantes: Archivo Municipal de Segovia. Ed. M. Grau, Estudios segovianos, I (1949), pp. 36-39. Archivo “Ciudad de Barcelona”: Cartas reales originales, 1470-1475, al fol. 238: carta original de Fernando a los Consellers de Barcelona anunciándoles su proclamación en Segovia como Rey de Castilla y León. VICENS VIVES, Fernando II de Aragón, Zaragoza 1952, Apénd. 15, p. 570. Positio Isabel, cap. VII, p. 215-219: doc. 1-3, pp. 219-227. Cf. en BN [Biblioteca Nacional], Ms 9957, ff. 12-14; y Ms. 10.333, fol. 18: Informe a Felipe V sobre la dinastía Española de los Austrias, encargado por este primero de los Borbones, en el Pardo a 28 de enero de 1726, y terminado el 28 de agosto, por el Archivero del reino D. Santiago Riol. Los primeros Borbones trajeron de Francia a España de hecho la “Ley sálica”, totalmente opuesta a la antigua tradición dinástica española y en concreto castellana-leonesa.
  31. El Código de las Partidas o leyes recopiladas por Alfonso X el Sabio en el siglo XIII, Partida II, tit. XV, ley II, establece claramente esta paridad de derechos. Cf. LEÓN HERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los Reyes Católicos, cap. II, Ed. BAE, toma LXX, Madrid 1953, p. 255. Cuando en la España de comienzos del s. XIX se intenta aplicar la Ley Sálica francesa por parte de algunos Borbones originará la cadena de las llamadas “guerras carlistas” (tres) y varios alzamientos.
  32. Juan II de Aragón, padre de Fernando, era hijo de Fernando de Antequera, hermano de Juan II de Castilla, padre de Isabel, por lo que Isabel y Fernando eran primos segundos.
  33. Acuerdo para la gobernación del Reino entre los Reyes don Fernando y doña Isabel sobre la forma y orden que habían de tener en la administración y gobernación de los Reinos de Castilla y León, en AGS, Patronato Real, Leg. 12, fol. 29; J. ZURITA, Anales de la Corona de Aragón, IV, fol. 224; CIC, V, Doc. 326, pp. 226-230. Positio Isabel, cap. VII, doc. 3, 225-227. FERNANDO DEL PULGAR, Crónica de los muy altos y muy poderosos don Fernando y doña Isabel, rey e reyna de Castilla, León, etc.. Versión inédita a base del Ms. 18.062 de la BN de Madrid, edición y estudio por JUAN DE MATA CARRIAZO, Madrid, Espasa y Calpe, S.A., 1943, pp. 71-74; C. ROSELL, BAE, tomo LXX, Madrid 1953, pp. 225-256; CIC, tomo V, doc. 327, pp. 232-233.
  34. Cf. nota anterior: Fernando del Pulgar, Crónica… Escribe el ANÓNIMO CONTINUADOR DE PULGAR, en BAE, tomo LXX, Madrid 1953, p. 523, cit. en V. VALENCIA, Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros, I, p. 93: “Fueron Rey y Reina juntos por Dios escogidos, por él ayuntados, que juntamente así ayuntados reinaron e gobernaron treinta años, y aunque cuerpos dos, en voluntad y unión eran uno sólo. Firmaban las cartas y provisiones juntamente el uno y otro”. Lo mismo subraya PEDRO MÁRTIR DE ANGLERÍA, Epist. Al Card. Ascanio, en “Opus epistolarum”, Ep. XXX, fol. VIr: “en sus reinos hace lo que ella manda, pero “manda de tal manera que parece que mandan igualmente los dos”. Y en otra carta dice de ellos que gobiernan “unánimes y concordes, como dos divinidades caídas del cielo” (Epist. Al Conde Juan Borromeo, fol. 5. Cf. RODRIGUEZ VALENCIA, Isabel la Católica en opinión de españoles y extranjeros, I, p. 93 y p. 172 y 177.


© VALLISOLETAN. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990, 647-706.

(Los Autores de esta exposición histórica documental fueron Justo Fernández Alonso - Anastasio Gutiérrez - Luis Suárez Fernández y otros miembros la Comisión Histórica de la Causa. El DHIAL presenta esta relación sumaria de dicha exposición.)