ISABEL LA CATÓLICA; Política y gobierno

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Sus criterios de acción

El Conde de Castiglione le atribuye a la reina Isabel “una tale divina maniera di governare” que parecía bastase su voluntad, porque el pueblo la profesaba suma reverencia compuesta de amor y temor.[1]En su Reino, donde prevalecían muy acentuados los antiguos fueros, al final tuvo un poder como Reina poco menos que absoluto, manteniendo religioso respeto a los fueros, usos, costumbres y leyes locales jurados en al momento de su reconocimiento en Segovia como Reina.

Fue sagacísima en la elección de los colaboradores, tomándolos donde se encontraran: basta recordar a Fr. Hernando de Talavera, Cisneros, don Pedro González de Mendoza, el Gran Capitán Gonzalo Fernández de Córdoba, Fr. Diego de Deza (dominico, arzobispo, inquisidor general y preceptor del Príncipe Juan, teólogo catedrático de Salamanca, confesor real, sostenedor de Colón, reformador de los dominicos), Cristóbal Colón, el Conde de Tendilla (diplomático y notable militar, sobrino del cardenal González de Mendoza), Fr. Juan de Tolosa (franciscano), Fr. Bernardo Boyl (primer superior de la misión apostólica de las Indias Occidentales), los miembros del Consejo Real, los seleccionados por ella misma para el episcopado, todos ellos humanistas notables, muchos de ellos sacados del pueblo.

La suya fue una revolución social pacífica.[2]Tenía un registro reservado con los nombres de personas dignas de atención. Fue un secreto de su éxito; y fue consejo de Fr. Hernando: “distribuir y encargar los negocios a personas idóneas, mandarles que se desvelen en la expedición de ellos, fiar osadamente de ellos”.[3]Los viernes recibía en audiencia a nobles y plebeyos en sesión con el Rey y Consejo. Sobre la ocupación de los viernes se hizo notable esta «Audiencia» para una justicia gratuita a toda clase de personas.

La recordaba desde América en 1555 don Gonzalo Fernández de Oviedo: “Verla (a la Reina) en aquel alcázar de Madrid, con el cathólico Rey don Fernando, su marido, sentados públicamente por tribunal todos los viernes e dando audiencia a chicos y grandes, quantos querían pedir justicia.” En Madrid, y en Sevilla o Valladolid, donde estuviere la corte ambulante; de aquí nace su fama de ser una «Reina justa y santa» ya entre sus contemporáneos.[4]Las cuestiones tenían que ser resueltas en tres días. Y repetía a los del Consejo: “Yo os encargo las conciencias que miréis esos negocios como si fueran propios míos y de mis hijos.”[5]


Codificación de leyes

Isabel completó el Código vigente de las Siete Partidas (1256-1265) de Alfonso X el Sabio, con las nuevas compilaciones de Alonso Díaz de Montalvo (Sevilla 1491) y de Ramírez. En el Codicilo ordenó una nueva y única colección que fuese lo más breve posible, clara, ordenada, con leyes justas, ordenadas al bien común del pueblo y fieles también a las leyes de la Iglesia. También dejó encargadas las Leyes de Indias, que por su orden ya se había empezado a practicar en las Antillas.

Política internacional

La Reina Isabel por principio no quería combatir con Príncipes cristianos, e hizo siempre lo imposible para evitar las guerras con ellos; en cambio, animada por los Papas y siguiendo la mentalidad jurídica del tiempo, emprendió cuatro empresas, consideradas por aquella mentalidad como cruzadas por la fe: Granada, Canarias, África y el nuevo mundo americano.

Los turcos otomanos, procedentes de Asia Menor, fueron controlando paulatinamente a los demás estados turcos, sobrevivieron a las invasiones mongolas y bajo el reinado de Mehmed II (1451-1481) acabaron con lo que quedaba del Imperio bizantino. Anteriormente las victorias otomanas en los Balcanes alertaron a Europa occidental sobre el peligro que este Imperio representaba y fueron el motivo central de la organización de la Cruzada de Segismundo de Hungría.

El sitio que pusieron los otomanos a Constantinopla fue roto gracias a Tamerlán, caudillo de los mongoles, quien tomó prisionero a Beyazid en 1402, pero el control mongol sobre los otomanos duró muy poco. Finalmente, el Imperio otomano logró conquistar Constantinopla en 1453.

A partir de entonces, el mundo cristiano de la Europa occidental nunca logró una unidad política ante los turcos por prevalecer los intereses de los nacientes Estados, a pesar de los vanos intentos de los varios Papas que se suceden a lo largo del siglo XV de convocar una nueva cruzada. El problema irá adelante y sólo se zanjará a partir de la victoria de Lepanto (7 de octubre de 1571) por parte española, con la cooperación de los Estados Pontificios y de Venecia.

A lo largo de los siglos XV-XVI y XVII, los turcos extendieron su poderío político a toda la región de África septentrional y sostuvieron una poderosa red de piratería en el Mediterráneo que puso en jaque a la monarquía española, lo que explica también la red de campañas militares sostenida por la misma en el norte de África. Esta política de confrontación comienza con los portugueses y es continuada por los reyes españoles a partir de los Reyes Católicos.

Fue criterio supremo de la Reina Isabel la defensa y expansión de la fe católica, como subrayan historiadores del tiempo, como Jerónimo Zurita (1512-1580), y lo testimonian los Papas sus contemporáneos (Sixto IV, Inocencio VIII, Alejandro VI, Julio II).[6]No dudan muchos historiadores en señalar que el secreto del éxito de su gobierno estuvo en la rectitud, sabiduría, prudencia y santidad de su vida, sabiendo rodearse de consejeros y hombres prudentes y bien preparados.

Reconocen estos conocedores de la penosa historia de la España y Europa de aquel tiempo, cómo se puede elevar un pueblo de la extrema postración a una respetada potencia política gobernándola con la base de la prudencia y justicia naturales, y poniendo la ley natural y la fe cristiana convertida también en juicio cultural en todos sus ámbitos.

Audiencia y «Libro de los descargos de la conciencia de la Reina nuestra Señora»

Ya antes de 1480, la Reina Isabel instituyó el oficio de los descargos para el pago de las obligaciones o deudas que pesaban sobre toda administración, incluso de sus antepasados y suyas atrasadas, ya olvidadas, que se iban conociendo. Al frente puso a su mismo confesor. Este libro, que lleva como título «Libro de los descargos de la conciencia de la Reina nuestra Señora»,[7]es un monumento, único en su género, del sentido de justicia, que en Isabel rayaba en el escrúpulo.

Siendo sus datos testimonio fehaciente aducido por los que solicitaban el abono de cantidades adeudadas; para su pago, habían de presentar los interesados certificación previa del entonces Prior del Prado, el monje jerónimo Fray Hernando de Talavera, su confesor y futuro arzobispo de Granada, acerca de su veracidad. A partir de 1501 incluso formalizó aquel ente convirtiéndolo en una institución jurídica permanente con oidores, tesoreros, contadores, relatores y escribanos, jueces eclesiásticos, cobradores, ejecutores de los «descargos», «mensajeros y solicitadores», «factores de los descargos», «recaudadores de deudas», etc…, llamada «Audiencia de los descargos».[8]

Tenemos constancia de esta preocupación de la Reina, ya desde 1492, cuando estando en Barcelona y con motivo del grave atentado al Rey, escribe a su confesor Talavera pidiéndole una relación de todas las deudas pendientes para, a su vista, proceder a su cancelación, “porque los Reyes pueden morir de cualquier desastre…”.[9]En 1504 ambos Reyes enferman de gravedad estando en Medina del Campo. Fernando se recuperará; no así Isabel que fallecerá el 26 de noviembre.

El Rey encarga a sacerdotes y conventos la celebración de misas por la salud de la Reina. En estas circunstancias la Reina dicta su Testamento. Basta leerlo para darse cuenta cómo repasa notarialmente sus «descargos» con detalle, municipio por municipio del Reino, reclamación por reclamación, para que todas las deudas sean pagadas.

A esta voluntad de la Reina responde una documentación que firma el Rey Don Fernando el 15 y el 23 de noviembre, poquísimos días antes de morir la Reina, insistiendo sobre la voluntad de la misma y de acoger toda posible reclamación de cualquier queja de algún vecino del Reino sobre agravios o deudas.[10]

Algo semejante lo había hecho también en su tiempo el padre de la Reina Juan II de Castilla.[11]Esta praxis real venía por lo tanto ya de atrás de manera detallada y escrupulosa, y continuará funcionando así en aquel organismo real creado por la Reina Isabel tras su muerte, con Fernando y luego bajo la Regencia del Cardenal Cisneros y del Emperador Carlos V, su nieto, hasta 1532.

La Reina, todavía el 6 de octubre de 1504, ordena autógrafamente cerrar unas deudas con unas doncellas huérfanas, para su casamiento. Se observa que muchos de los «descargos» vienen de deudas atrasada en varios años, y que se iban pagando según se iban presentando sus títulos por los acreedores; incluso deudas contraídas por sus padres y debidas incluso a los herederos de los acreedores ya difuntos.[12]El «Testamento» de la Reina del 12 de octubre de 1404 y luego el «Condicilo» del 23 de noviembre de 1504 son claros e insistentes sobre estos puntos de manera minuciosa y escrupulosa.[13]La Reina morirá el 26 de noviembre sucesivo.


NOTAS

  1. Castiglione, embajador italiano en España en tiempos de los Reyes Católicos, literato reconocido, escribe su testimonio entre 1520 y 1528, cuando la fama de santidad de la Reina Católica estaba ya extendida y reconocida. Uno de sus textos es “Il cortiggiano”, Florencia 1528, f. 21; “Positio Isabel”, cap. XXV: Fama de santidad, pp. 903-904, reporta el texto de la obra citada.
  2. Cf. “Positio Isabel”, cap. XX: “La Corte de Castilla”, pp. 739-756; RODRÍGUEZ. VALENCIA, “Isabel la Católica en la opinión de españoles y extranjeros”, I (Valladolid 1970), pp. 505-506; 108 princ., 108-109,4.°
  3. Cf. PRIOR DE PRADO [Hernando de Talavera: obra escrita para la Reina Isabel], “Collación muy provechosa de commo se deven renovar en las ánimas todos los fieles en el santo tiempo de aviento…” Bibl. De la Fundación Galdeano, de Madrid, Ms 332 (M 2/18). Ed. de JOSÉ AMADOR DE LOS RÍOS, en su “Historia crítica de la literatura española”, tomo VII, Madrid 1865, pp. 541-561. (CIC, tomo III, doc. 228, pp. 14-38). JUAN MESEGUER FERNÁNDEZ, OFM, [estudio crítico de esta Collación], en “Isabel la Católica y los franciscanos (1451-1476)” en “Archivo Ibero Americano”, n° 119 (julio-septiembre de 1970), pp. 307-310. Cf. “Positio Isabel”, cap. IV: “Maestros y Confesores de Isabel”, pp. 83-228, Doc. 2, pp. 105-111; y “Memorial para la Reyna cerca de la orden que debía tener en el despacho de los negocios”, ibídem, pp. 116-117; en AGS, Estado Castilla, Leg. 1 (2), fol. 81 Autógrafo. Edic. V. RODRIGUEZ VALENCIA, op. cit., vol. I (Valladolid 1970), pp. 368-369. (CIC tomo XV, doc. 1857, pp. 368-369).
  4. En el documento de la nota anterior se citan con respecto a cargos y personas: el Comendador Mayor, es Gutierre de Cárdenas, antiguo Maestresala de la Princesa, casado con aquella “santa mujer que fue doña Teresa Enríquez, «la loca del Sacramento», en 2018 declarada venerable. El doctor de Villalón es el que llevó la embajada de Isabel a Alfonso V de Portugal para disuadirle de la guerra en el año de 1475. Hernán d’Álvarez era uno de los tres secretarios de la Cancillería de la Reina. El Contador Mayor, el que era ya desde los tiempos de la Princesa, Alonso de Quintanilla. Finalmente el Consejo Real tenía también una función de justicia menor, distinta de la función de la Chancillería de Valladolid. En el mismo sentido testimonian personajes coevos que conocieron la Corte castellana como el médico y humanista alemán Jerónimo Münzer (1460-1508), en “Itinerarium Hispanicum Hieronimi Monetarii” (Ms de la Biblioteca de Munich, Code. Lat. 431, en Ed. de FOULCHÉ-DELBOSC, en “Revue Hispanique”, XLVIII, New York-París, 1920, n° 113, p. 112. Otro testimonio alemán, el fraile franciscano alsaciano Erhard Boppenberger, de la Observancia Franciscana, “Comisario Ultramontano in Curia”, con residencia en el monasterio de Araceli de Roma, deja un testimonio muy significativo. A la muerte de la Reina la Reforma franciscana en España quedaba comprometida por los manejos contrarios del Ministro General Gil Delfini. Entonces Boppenberger escribe desde Roma el 28 de enero de 1505 al franciscano cardenal Cisneros, recordando a la difunta Reina a la que califica así: “Deinde prudentissima sanctissimaque Regina et mater nostra bone memoria, cum nollet in re huismodi praecipitanter agere, sed generalis vicarii nostri voluntate super hoc expectare…”. Y otros elogios del mismo estilo: en AHN, Universidades, 1224, f. 103r; en V. RODRIGUEZ VALENCIA, op. cit, vol. I (Valladolid 1970), pp. 319-320. “Positio Isabel”, cap. XXV: “Fama de santidad”, pp. 904-905.
  5. PULGAR, "Crónica", ed. CARRIAZO, I, pp. 309-311, 318.
  6. Una lista de estas intervenciones pontificias sobre la Reina Isabel en “Positio Isabel”, cap. XXV: “Fama de santidad”, pp. 901-902.
  7. En AGS, “Casa y Descargos…”, Leg. 9, ff. 76-80. Ed. A. PRIETO CANTERO, “Casa y descargos de los Reyes Católicos” (Catálogo XXIV del Archivo General de Simancas). Valladolid 1969, pp. 310-311; “Positio Isabel”, cap. XXIII: “Descargos de la Conciencia”, pp. 824-825.
  8. El “Libro de los oficiales de la Real casa” formado por expreso mandato de la Reina en 1498, y publicado por don Antonio de la Torre con el título de “La Casa de Isabel la católica” en la Biblioteca de los Reyes Católicos, del Consejos Superior de Investigaciones Científicas (Madrid 1954) da testimonio fehaciente de esta actividad.
  9. Carta de la Reina al “Rdo. y devoto padre Obispo de Ávila mi Confesor”, fechada en Barcelona, a 30 de diciembre de 1492. (Bibl. Real Mon. Del escorail, L. I, 13, ff. 9r al 12v). en CIC, tomo II, doc. 204, pp. 31-34. Cit. en “Positio Isabel”, cap. XXIII: “Descargos de la Conciencia”, pp. 821-822. Aquí se da una extensa relación de los trabajos de «descargos» llevados a cabo por los sucesivos secretarios reales de este organismo real. Al “Libro de Descargos” hay que añadir el llamado “Libro de Acuerdos”, con los “Acuerdos” de la citada Audiencia.
  10. El documento del 15.11.1504, desde Medina del Campo, del Rey: “Carta del rey don Fernando a Gomes de Córdova, vecino de Valladolid, sobre lo que ha de saber de algunos criados de la Reyna, y lo que ha de hacer según un memorial de su secretario Juan Lopes”. AGS, Casa y Sitios Reales, Leg. 7, fol. 544. CIX, tomo XXII, doc. 2.943, pp. 6-7: reprod. En “Positio Isabel”, cap. XXIII: “Descargos de la Conciencia”, doc. 3, pp. 828.
  11. Cf. Doc. En “Positio Isabel”, cap. XXIII: “Descargos de la Conciencia”, pp. 823; nota 25.
  12. “Positio Isabel”, cap. XXIII: “Descargos de la Conciencia”, pp. 823-824, y en el doc. 2, ibídem, pp. 825-830, documenta varios de los casos (15 casos específicos, algunos de herederos de acreedores, y otros de personas entonces vivas; sigue el listado documentado de otros 25 casos de diverso título, algunos de deudas particularmente mínimas y minuciosas; y también otros casos que sanaría el Rey Fernando, ya antes de morir la Reina y cuando ésta se encontraba ya gravemente enferma e imposibilitada para ejecutar lo mandado por ella).
  13. El Testamento en: AGS, “Testamentos reales”. Publicado por el mismo Archivo en 1944. Reproducción facsímil por la Dirección General de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación y ciencias, en el V Centenario del Matrimonio de los Reyes Católicos (Valladolid, octubre de 1469-Madrid, octubre de 1970. CIC, tomo XXXIV, pp. 19-38; transcripción, pp. 51-66. Ed. A. DE LA TORRE-E. ALSINA DE LA TORRA, “ Testamento de Isabel la Católica”, Valladolid 1967, pp. 445-475; RAFAEL GARCÍA Y GARCÍA DE CASTRO, “Virtudes de la Reina Católica”, Madrid 1961, pp. 391-414; en “Positio Isabel”, cap. XXIV: “Testamento, fallecimiento y sepultura (1504)”, doc. 2, pp. 846-864; “Codicilo”, ibídem, doc. 3, pp. 864-869.

BIBLIOGRAFÍA

A lo largo de la exposición, en las notas, se hace referencia a fuentes, archivos, bibliotecas y Autores citados. La vasta bibliografía sobre Isabel la Católica y sobre este periodo histórico fundamental de la historia de España se encuentra señalada entre otros lugares en: CONGREGATIO DE CAUSIS SANCTORUM, Vallisoletan. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990, 1074 pp., con una extensa Bibliografía, pp. 981-1005 [sigla Positio Isabel]; y en la importante biografía de T. DE AZCONA, Isabel la Católica, Madrid, 1964; así como en las notas de este artículo que ofrecen una abundante referencia documental de Archivos y Bibliotecas, así como de otras obras específicas sobre los temas referidos. DIRECCIÓN GENERAL DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS, Testamento y Codicilo de la reina Isabel la Católica, 12 de octubre y 23 de noviembre de 1504, ed. facsímil (Madrid 1969); V. D. SIERRA, El sentido misional de la conquista de América (Buenos Aires 1942); C. BAYLE, Ideales misioneros de los Reyes Católicos, en Missionalia Hispanica 9 (1952) 233-75; V. RODRÍGUEZ VALENCIA, Isabel la Católica y la libertad de los Indios, en Anthologica annua 24-25 (1977-1978) 645-80; RAFAEL DEL VALLE CURIESES, El reinado de Isabel “La Católica” a la luz de los documentos del Archivo Municipal de Palencia, Instituto “Tello Téllez de Meneses”. Diputación Provincial, Palencia 2007.

© VALLISOLETAN. Beatificationis SD Elisabeth I (Isabel la Católica) Positio Super Vita, Virtutibus et Fama Sanctitatis ex Officio Historico Concinata, n.221.Vallisoleti 1990, 647-706.

(Los Autores de esta exposición histórica documental fueron Justo Fernández Alonso - Anastasio Gutiérrez - Luis Suárez Fernández y otros miembros la Comisión Histórica de la Causa. El DHIAL presenta esta relación sumaria de dicha exposición.)