Diferencia entre revisiones de «ISABEL LA CATÓLICA Y DON VASCO DE QUIROGA»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
m (Protegió «ISABEL LA CATÓLICA Y DON VASCO DE QUIROGA»: Página muy visitada ([edit=sysop] (indefinido) [move=sysop] (indefinido)) [en cascada])
Línea 1: Línea 1:
Relación de la reina Isabel I de Castilla, y del humanista Don Vasco de Quiroga por las tierras del Nuevo Mundo
+
==Relación de la reina Isabel I de Castilla, y del humanista Don Vasco de Quiroga por las tierras del Nuevo Mundo==
 
 
 
Ante falsas y tendenciosas leyendas (la llamada «leyenda negra»), es obligado poner de manifiesto los puntos fundamentales promovidos por la experiencia impulsada por la reina Isabel I de Castilla y León (Isabel La Católica) y personajes como Don Vasco de Quiroga, «Tata Vasco», para formar una sociedad ideal basada en los principios del humanismo cristiano, como se planificó y en muchos casos fructificó.  
 
Ante falsas y tendenciosas leyendas (la llamada «leyenda negra»), es obligado poner de manifiesto los puntos fundamentales promovidos por la experiencia impulsada por la reina Isabel I de Castilla y León (Isabel La Católica) y personajes como Don Vasco de Quiroga, «Tata Vasco», para formar una sociedad ideal basada en los principios del humanismo cristiano, como se planificó y en muchos casos fructificó.  
Línea 15: Línea 15:
 
Toda aquella teoría humanista planteada fue posible realizarla, con sus más y sus menos, y se plasmó de una forma extraordinaria en una región del México, que entonces era llamado «Nueva España», que sólo con ese título nos indica el calado de un proyecto como el que aparece en la abundante documentación y bibliografía relativa a estos aspectos.   
 
Toda aquella teoría humanista planteada fue posible realizarla, con sus más y sus menos, y se plasmó de una forma extraordinaria en una región del México, que entonces era llamado «Nueva España», que sólo con ese título nos indica el calado de un proyecto como el que aparece en la abundante documentación y bibliografía relativa a estos aspectos.   
  
Ambos personajes nacieron en la villa castellana de Madrigal de las Altas Torres  
+
==Ambos personajes nacieron en la villa castellana de Madrigal de las Altas Torres==
  
 
En medio de la meseta castellana, en la provincia de Ávila, está Madrigal de las Altas Torres, una preciosa e histórica Villa, la cuna de dos grandísimos personajes históricos de calado universal: Isabel I de Castilla y León, «La Católica», la monarca que propició el descubrimiento y evangelización del Nuevo Mundo, y  de Vasco de Quiroga «Tata (padre) Vasco», el primer Obispo de Michoacán.  
 
En medio de la meseta castellana, en la provincia de Ávila, está Madrigal de las Altas Torres, una preciosa e histórica Villa, la cuna de dos grandísimos personajes históricos de calado universal: Isabel I de Castilla y León, «La Católica», la monarca que propició el descubrimiento y evangelización del Nuevo Mundo, y  de Vasco de Quiroga «Tata (padre) Vasco», el primer Obispo de Michoacán.  
Línea 23: Línea 23:
 
Precisamente por eso poco después se promulgaron las Leyes de Burgos (1512). El conocido y experto historiador sobre la materia, Luis Suárez Fernández, analiza el testamento de Isabel La Católica, con lo que en aquellos momentos significaba, “más terrible para los poderosos”, donde reconoce los aciertos y errores en su vida de monarca, y por ello mismo incide con mayor énfasis en algunos aspectos, sin duda preparándose para el buen morir. En ese marco y contexto habrá que ver esos mandatos últimos del testamento y codicilo (1504). En ese contexto también fueron naciendo todos los ordenamientos que después se recopilarán como «Leyes de Indias».  
 
Precisamente por eso poco después se promulgaron las Leyes de Burgos (1512). El conocido y experto historiador sobre la materia, Luis Suárez Fernández, analiza el testamento de Isabel La Católica, con lo que en aquellos momentos significaba, “más terrible para los poderosos”, donde reconoce los aciertos y errores en su vida de monarca, y por ello mismo incide con mayor énfasis en algunos aspectos, sin duda preparándose para el buen morir. En ese marco y contexto habrá que ver esos mandatos últimos del testamento y codicilo (1504). En ese contexto también fueron naciendo todos los ordenamientos que después se recopilarán como «Leyes de Indias».  
 
 
1504: los últimos momentos de la reina Isabel y su testamento
+
==1504: los últimos momentos de la reina Isabel y su testamento==
  
 
Respecto a la reina Isabel, en el año 1504 corrían vientos fúnebres por Medina del Campo [lugar de su fallecimiento] y por toda Castilla; Isabel, su gran Reina, la monarca tan amada de su pueblo, súbditos a los que tanto quería, en su Castilla otoñal, aquejada de una grave enfermedad estaba agotándose por momentos. Ella sabía que sus últimos días estaban ahí, muy cerca y se disponía a entregar su alma a Dios como muy cristiana que era.  
 
Respecto a la reina Isabel, en el año 1504 corrían vientos fúnebres por Medina del Campo [lugar de su fallecimiento] y por toda Castilla; Isabel, su gran Reina, la monarca tan amada de su pueblo, súbditos a los que tanto quería, en su Castilla otoñal, aquejada de una grave enfermedad estaba agotándose por momentos. Ella sabía que sus últimos días estaban ahí, muy cerca y se disponía a entregar su alma a Dios como muy cristiana que era.  
Línea 69: Línea 69:
 
E porque el dicho reino de Granada e Islas de Canarias e Islas e Tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar incorporadas en estos mis Reinos de Castilla y León, según que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido de mi y de los dichos mis Reinos e señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría merece e yo deseo, es mi merced e voluntad, e mando que, por la obligación e deuda que estos mis Reinos deben e son obligados a su Señoría, por tantos bienes e mercedes que su Señoría tiene e ha de tener por su vida, haya e lleve e le sean dados e pagados cada año por toda su vida, para sustentación de su estado real, la mitad de lo que rentasen las Islas e Tierra firme del mar Océano, que hasta ahora son descubiertas, e de los provechos e derechos justos que en ellas hubiese, sacadas las costas que en ellas se hicieren, así en la administración de la justicia como en la defensa de ellas y en las otras cosas necesarias…”.  
 
E porque el dicho reino de Granada e Islas de Canarias e Islas e Tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar incorporadas en estos mis Reinos de Castilla y León, según que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido de mi y de los dichos mis Reinos e señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría merece e yo deseo, es mi merced e voluntad, e mando que, por la obligación e deuda que estos mis Reinos deben e son obligados a su Señoría, por tantos bienes e mercedes que su Señoría tiene e ha de tener por su vida, haya e lleve e le sean dados e pagados cada año por toda su vida, para sustentación de su estado real, la mitad de lo que rentasen las Islas e Tierra firme del mar Océano, que hasta ahora son descubiertas, e de los provechos e derechos justos que en ellas hubiese, sacadas las costas que en ellas se hicieren, así en la administración de la justicia como en la defensa de ellas y en las otras cosas necesarias…”.  
  
Don Vasco de Quiroga, heredero y continuador jurídico del pensamiento isabelino
+
==Don Vasco de Quiroga, heredero y continuador jurídico del pensamiento isabelino==
  
 
Pero tendremos que convenir que después de las denuncias de Bartolomé de las Casas, y quizás como consecuencia de ellas, conocidas ciertas acciones de los malos gobernantes, llegaron personas preparadas y con pureza de pensamiento para rectificar los desmanes, reemprender los mandatos de Isabel y conseguir aquello que estaba previsto: la creación y recreación de una nueva sociedad de iguales en hermandad.  
 
Pero tendremos que convenir que después de las denuncias de Bartolomé de las Casas, y quizás como consecuencia de ellas, conocidas ciertas acciones de los malos gobernantes, llegaron personas preparadas y con pureza de pensamiento para rectificar los desmanes, reemprender los mandatos de Isabel y conseguir aquello que estaba previsto: la creación y recreación de una nueva sociedad de iguales en hermandad.  
Línea 83: Línea 83:
 
En enero de 1531 se instala en la ciudad de México como oidor de la segunda Audiencia, y funda el hospital de Santa Fe, una fundación que extiende a varios puntos más, especialmente en la región de Michoacán donde, entre 1533-1537, desempeña el cargo de visitador, hasta que Carlos I le nombra obispo de la nueva diócesis de Michoacán. Trasladó la sede episcopal de Tzintzuntzan a Pátzcuaro. Entre sus fundaciones principales están el pueblo-hospital de Santa Fe de la Laguna y el Colegio de San Nicolás Obispo, el antecedente de la Universidad Nicolaíta, que aún existe.
 
En enero de 1531 se instala en la ciudad de México como oidor de la segunda Audiencia, y funda el hospital de Santa Fe, una fundación que extiende a varios puntos más, especialmente en la región de Michoacán donde, entre 1533-1537, desempeña el cargo de visitador, hasta que Carlos I le nombra obispo de la nueva diócesis de Michoacán. Trasladó la sede episcopal de Tzintzuntzan a Pátzcuaro. Entre sus fundaciones principales están el pueblo-hospital de Santa Fe de la Laguna y el Colegio de San Nicolás Obispo, el antecedente de la Universidad Nicolaíta, que aún existe.
  
Sus «pueblos-hospitales»: defensa de la dignidad natural de los indígenas
+
==Sus «pueblos-hospitales»: defensa de la dignidad natural de los indígenas==
  
 
Su modelo de pueblo-hospital es un nuevo modo de organización socio económica teniendo en cuenta la dignidad humana de los indios, donde aglutinó a los purépechas de los que se ganó el afecto y por ello fue acreedor del sobrenombre cariñoso y especialísimo con el que ellos le conocieron: «Tata Vasco» con el que se le conoce hasta hoy.  
 
Su modelo de pueblo-hospital es un nuevo modo de organización socio económica teniendo en cuenta la dignidad humana de los indios, donde aglutinó a los purépechas de los que se ganó el afecto y por ello fue acreedor del sobrenombre cariñoso y especialísimo con el que ellos le conocieron: «Tata Vasco» con el que se le conoce hasta hoy.  

Revisión del 20:13 25 nov 2018

Relación de la reina Isabel I de Castilla, y del humanista Don Vasco de Quiroga por las tierras del Nuevo Mundo

Ante falsas y tendenciosas leyendas (la llamada «leyenda negra»), es obligado poner de manifiesto los puntos fundamentales promovidos por la experiencia impulsada por la reina Isabel I de Castilla y León (Isabel La Católica) y personajes como Don Vasco de Quiroga, «Tata Vasco», para formar una sociedad ideal basada en los principios del humanismo cristiano, como se planificó y en muchos casos fructificó.

Pero, como en toda labor humana, siempre hay tachaduras que nada dicen a favor de esos planes, lo que ha sido aprovechado por algunos creadores de la «leyenda negra» para denostar toda una labor; enemigos de la Hispanidad que aprovecharon las mismas denuncias internas de Bartolomé de las Casas para lanzar aquella leyenda negra insidiosa, y tan negativa que borró en la historiografía muchos de los logros extraordinarios. Hoy las cosas se ven y estudian desde otro prisma, y la historiografía actual está poniendo a cada cual en su lugar.

Como han apuntado algunos historiadores, si fray Bartolomé de las Casas denunció anomalías graves, que fueron reales, pero que él mismo desde sus ámbitos de responsabilidad no supo o no pudo atajar, Vasco de Quiroga, llamado «Tata Vasco» por los indígenas, las atajó en la práctica, cultivó el espíritu de la reina católica Isabel I aplicando en la realidad aquella teoría humanística que quería para «sus indios», y lo llevó a la práctica de forma asombrosa y eficaz. Los resultados fueron evidentes y aún hoy siguen vigentes y recordados.

Siendo ciertos algunos abusos, éstos fueron la excepción y no la generalidad, y no deben empañar la luz de unas realizaciones de tan alto significado, tanto por los protagonistas de aquellos hechos, como por quienes vieron en ello una nueva sociedad con una organización ideal, según los deseos de la gran reina.

Fueron gentes del viejo mundo y del nuevo mundo, de algunos conquistadores y muchos colonos los que inspirados por el humanismo cristiano llegaron con los deseos de poner en práctica el testamento de Isabel y también su codicilo, aquella declaración humanista que fue quizás la primera declaración de «derechos humanos», y que es modelo de ese humanismo cristiano capaz de organizar una nueva sociedad ideal. Esa ciudad y organización perfecta, tuvo también influencias de Tomás Moro y su «Utopía».

Pasado un tiempo, fue el germen del humanismo en la «Escuela de Salamanca» el que propició la discusión de estas cuestiones desde el punto de vista teológico y jurídico de profesores de la Universidad de Salamanca, con Francisco de Vitoria a la cabeza, y sentó las bases de un nuevo orden social y económico. Dio respuesta a los desafíos y problemas morales que en la sociedad de entonces plantearon las nuevas situaciones: el renacimiento del pensamiento.

Toda aquella teoría humanista planteada fue posible realizarla, con sus más y sus menos, y se plasmó de una forma extraordinaria en una región del México, que entonces era llamado «Nueva España», que sólo con ese título nos indica el calado de un proyecto como el que aparece en la abundante documentación y bibliografía relativa a estos aspectos.

Ambos personajes nacieron en la villa castellana de Madrigal de las Altas Torres

En medio de la meseta castellana, en la provincia de Ávila, está Madrigal de las Altas Torres, una preciosa e histórica Villa, la cuna de dos grandísimos personajes históricos de calado universal: Isabel I de Castilla y León, «La Católica», la monarca que propició el descubrimiento y evangelización del Nuevo Mundo, y de Vasco de Quiroga «Tata (padre) Vasco», el primer Obispo de Michoacán.

Del descubrimiento de América, propiciado por la reina castellana, la bibliografía histórica es muy abundante. Fue una empresa henchida de valores humanos, aunque algunos de los colonos que llegaron se cegaron con la riqueza y el poder de forma que, con sus abusos, hicieron gran detrimento en la grandeza del propósito de la gran reina Isabel.

Precisamente por eso poco después se promulgaron las Leyes de Burgos (1512). El conocido y experto historiador sobre la materia, Luis Suárez Fernández, analiza el testamento de Isabel La Católica, con lo que en aquellos momentos significaba, “más terrible para los poderosos”, donde reconoce los aciertos y errores en su vida de monarca, y por ello mismo incide con mayor énfasis en algunos aspectos, sin duda preparándose para el buen morir. En ese marco y contexto habrá que ver esos mandatos últimos del testamento y codicilo (1504). En ese contexto también fueron naciendo todos los ordenamientos que después se recopilarán como «Leyes de Indias».

1504: los últimos momentos de la reina Isabel y su testamento

Respecto a la reina Isabel, en el año 1504 corrían vientos fúnebres por Medina del Campo [lugar de su fallecimiento] y por toda Castilla; Isabel, su gran Reina, la monarca tan amada de su pueblo, súbditos a los que tanto quería, en su Castilla otoñal, aquejada de una grave enfermedad estaba agotándose por momentos. Ella sabía que sus últimos días estaban ahí, muy cerca y se disponía a entregar su alma a Dios como muy cristiana que era.

Seguro que en aquellos sus últimos días pasaría por su mente aquella intensa vida de monarca ejemplar que puso orden social, económico y jurídico en una Castilla que recibió con muchas carencias, desordenes sociales y una nobleza levantisca y prepotente. Una gran reina que trabajó junto a su consorte, el rey Fernando de Aragón «El Católico», para conseguir esa unidad territorial, de religión, y de todos los ámbitos de la vida, una justicia y prosperidad como nunca han tenido los reinos de Castilla y León [añadidos otros reinos como el de Aragón y que formaron la unidad de los reinos de España]. Tanto es así que crearon los cimientos de aquella gran potencia en la que poco después se convertiría aquella nueva monarquía hispana.

Pero también y antes de la enfermedad que la llevó a la muerte, la reina Isabel fue una mujer de grandes fracasos humanos. Fue una hija que creció junto a su madre en el dolor de la enajenación durante el tiempo que pasó en la ciudad castellana de Arévalo, y a donde regresará con frecuencia para ver a su madre siendo ya reina. Isabel fue también una joven arrancada de los brazos de la madre y de aquel hogar por las intrigas cortesanas de su hermanastro, el rey Enrique IV.

Fue Isabel una madre que verá morir a sus hijos Isabel, don Juan, y a su nieto Miguel de la Paz, sin ver afianzados los planes de su sucesión, cuestión que podría ocasionar conflictos sucesorios, al ver a su hija Juana que había heredado la debilidad de su abuela y estaba desposada con Felipe de Habsburgo, un extranjero harto egoísta y con ansias de poder. Aún así, a pesar de ello, puso todo en las manos de la voluntad de Dios, con un gran dolor resignado y una esperanza desmedida, porque “el juicio que Dios va a pronunciar sobre ellos ‒los reyes‒ es más severo que sobre el común de los mortales”.

Como dirá el historiador Javier Garisoain hablando del testamento, “Sin embargo, la perfección del estilo y la sinceridad que transmite, refleja un claro anhelo de renovación religiosa y la búsqueda de unos modelos espirituales muy concretos”.

Como recientemente apuntan algunos historiadores respecto a Isabel y las contradicciones de su ajetreada vida, que fue un triunfo como reina gobernando en justicia a un pueblo que la adoraba; y un fracaso como mujer, un fracaso humano, cuando en sus últimos momentos veía peligrar tanto sacrificio en la unidad de los reinos [de Castilla-León por una parte, y con el de Aragón, por otra, es decir de las Españas] y en la sucesión de aquel imperio que había conseguido aglutinar en torno a los Reyes Católicos, siempre junto al rey Fernando “tanto monta, monta tanto, Isabel como Fernando”, lo que el historiador Tarsicio de Azcona ha dado en llamar “como conciencia nacional”.

Seguramente muchos pensamientos acuciaban a Isabel en aquellos últimos momentos que pudieron influir en su última voluntad. Como también algunas noticias que llegaban desde América respecto al trato dado a los indios por algunos de los conquistadores y colonos, o el trato dado a esos que trajeron como esclavos exhibiéndoles como trofeos de conquista y que tanto enojó a la reina. Y en ese estado de tribulaciones quiso dictar un testamento ejemplar, desde su último lecho en Medina del Campo.

El día 12 de octubre de 1504 llamó a su secretario y hombre de confianza Gaspar de Gricio, y dictó sus últimas voluntades en un acto de extrema humildad y amor cristiano, creando un texto paradigmático nunca hasta entonces soñado, rompiendo viejos moldes y usos arcaicos, para dejarnos una joya de humanismo, literaria y jurídica, llena de amor hacia sus súbditos, los de América y los de España.

Su testamento es un texto que debería ser el modelo para quienes hoy también anhelamos un mundo más humanitario, con los valores que hagan de la sociedad el mundo ideal. Unos ideales que aún están vigentes, y de los que incluso hoy estamos más necesitados. Un texto que está considerado como la primera declaración de derechos humanos (1504). Un texto que tiene dos líneas principales, una que se refiere a su vida pública como reina y otra a su vida privada, pero en ambas destacando su condición de católica.

Después de un principio acorde con el rango del personaje donde enumera todos sus títulos, según la usanza de la época, comienza a tratar los temas más diversos para que sean cumplidos, y el relativo a la sucesión que tiene destacada importancia. El texto íntegro está accesible a quien lo quiera ver en su conjunto. Aquí se refieren algunos fragmentos, los puntos concretos que interesa resaltar para el tema del artículo.

“Testamento de la Señora Reina Católica Doña Isabel, hecho en la villa de Medina del Campo, a doce de octubre del año 1504.

En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo e Espíritu Santo, tres Personas en una esencia Divinal, Criador e Governador universal del Cielo e de la Tierra, e de las cosas visibles e invisibles; e de la gloriosa Virgen Santa María, su Madre, Reyna de los Cielos y Señora de los Ángeles, nuestra Señora e Abogada...

Otrosí, por cuanto las Islas e Tierra Firme del Mar Océano, e Islas de Canaria, fueron descubiertas e conquistadas a costa destos mis Reynos, e con los naturales dellos, y por esto es razón que el trato e provecho dellas se aya e trate e negocie destos mis Reynos de Castilla y de León, y en ellos venga todo lo que dellas se traxere: porende ordeno e mando que así se cumplan, así en las que fasta ahora son descubiertas, como en las que se descubrirán de aquí adelante en otra parte alguna.

...e porque el dicho Reyno de Granada e las Islas de Canaria e las Islas de Tierra firme del Mar Occéano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar encorporadas en estos mis Reynos de Castilla e León, segund que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido por mí, y de los dichos mis Reynos e Señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría meresce e yo deseo, es mi merced e voluntad e mando que por la obligación e deuda que estos mis reynos deven e son obligados a su Señoría, oir tantos bienes e mercedes que de su señoría has rescivido, que demás, e allende los Maestradgos que su señoría tiene, e ha de tener por la su vida, aya, e lleve, e le sean dados, e pagados cada año para toda su vida, para substentación de su Estado Real, la mitad de lo que rentaren las Islas de Tierra Firme del Mar Occéano [...] sacadas las costas e gastos que en ellas se hizieren [...]…

E por la presente doy mi poder complido a los dichos rey mi señor, e Arçobispo, mis Testamentarios, para que declaren todas e cualesquier deudas que ocurrieren cerca de las cosas en este mi testamento contenidas, como aquellos que sabrán e saben bien mi voluntad en todo, e cada cosa, e parte de ello; e su declaración quiero e mando que vala como si yo misma la fiziesse e declarasse. E es mi merced e voluntad, que este vala por mi testamento, e si no valiere por mi testamento, vala por codecillo, e si no valiere por codecillo, vala por mi última e postrimera voluntad, y en aquella forma e manera que puede e debe valer…

E porque esto sea firme, e no venga en duda, otorgué este mi testamento ante Gaspar de Grizio, Notario público, mi secretario, e lo firmé de mi nombre, e mande sellar con mi sello, estando presentes, llamados e rogados por testigos los que lo sobrescrivieron e cerraron con sus sellos pendientes, los quales me lo vieron firmar de mi nombre e lo vieron sellar con mi sello; que fue otorgado en la Villa de Medina del Campo a doze días del mes de Octubre, año del Nacimiento de nuestro Salvador Jesu Christo de mil e quinientos e cuatro años”.

Quizás por la generalidad de los aspectos que hoy nos interesan del testamento, redunda poco después en el codicilo, en un capítulo muy importante, por las grandes consecuencias que de él se derivaron, y es el que reconoce en los habitantes de las Islas [Antillas] y Tierra Firme [el Continente] recién descubiertas, la condición de súbditos y, con ella, los derechos naturales humanos de vida, propiedad y libertad.

Así, unas semanas después de aquel magistral escrito, el 23 de noviembre, tres días antes de morir, redactó el «codicilo», que se añadió al cuerpo del testamento, por si aún quedaba algo por decir o no estaba claro, en el que ratificaba aquellos extremos encarecidamente del buen gobierno y trato a los indios de América.

Capítulo XII Indios, su evangelización y buen tratamiento: “Item, por quanto al tiempo que nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las Islas e Tierra firme del Mar Océano, descubiertas e por descubrir, nuestra principal intención fue al tiempo que lo suplicamos al Papa Alexandro Sexto, de buena memoria, que nos fizo la dicha concesión, de procurar inducir e traer los pueblos dellas e los convertir a nuestra Santa Fe Cathólica, e enviar a las dichas Islas e Tierra firme, Prelados e Religiosos e otras personas doctas e temerosas de Dios para instruir los vezinos e moradores dellas en la Fe Cathólica, e los enseñar e doctrinar buenas costumbres, e poner en ello la diligencia devida, según más largamente en las letras de la dicha concesión se contiene; por ende suplico al Rey mi Señor muy afectuosamente, y encargo y mando a la dicha Princesa mi fija e al dicho Príncipe su marido, que ansí lo fagan e cumplan e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, e no consientan ni den lugar que los Indios vecinos e moradores de las dichas Islas e Tierra firme, ganadas e por ganar, resciban agravio alguno en sus personas ni bienes, mas manden que sean bien e justamente tratados, e si algún agravio han rescebido lo remedien e provean por manera que no se exceda en cosa alguna lo que por las letras Apostólicas de la dicha concessión nos es inyungido e mandado.(...)”.

Capítulo XXIX Indias, su situación jurídica: “E porque de los hechos grandes e señalados que el Rey, mi señor, ha hecho desde el comienzo de nuestro reinado, la Corona real de Castilla es tanto aumentada que debemos dar a Nuestro Señor muchas gracias e llores; especialmente, según es notorio, habernos su Señoría ayudado, con muchos trabajos e peligros de su real persona, a cobrar estos mis Reinos, que tan enajenados estaban al tiempo que yo en ellos sucedí, y el dicho Reino de Granada, según dicho es, demás del gran cuidado y vigilancia que su Señoría siempre ha tenido e tiene en la administración de ellos.

E porque el dicho reino de Granada e Islas de Canarias e Islas e Tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar incorporadas en estos mis Reinos de Castilla y León, según que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido de mi y de los dichos mis Reinos e señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría merece e yo deseo, es mi merced e voluntad, e mando que, por la obligación e deuda que estos mis Reinos deben e son obligados a su Señoría, por tantos bienes e mercedes que su Señoría tiene e ha de tener por su vida, haya e lleve e le sean dados e pagados cada año por toda su vida, para sustentación de su estado real, la mitad de lo que rentasen las Islas e Tierra firme del mar Océano, que hasta ahora son descubiertas, e de los provechos e derechos justos que en ellas hubiese, sacadas las costas que en ellas se hicieren, así en la administración de la justicia como en la defensa de ellas y en las otras cosas necesarias…”.

Don Vasco de Quiroga, heredero y continuador jurídico del pensamiento isabelino

Pero tendremos que convenir que después de las denuncias de Bartolomé de las Casas, y quizás como consecuencia de ellas, conocidas ciertas acciones de los malos gobernantes, llegaron personas preparadas y con pureza de pensamiento para rectificar los desmanes, reemprender los mandatos de Isabel y conseguir aquello que estaba previsto: la creación y recreación de una nueva sociedad de iguales en hermandad.

Fue así como llegó un jurista castellano con el encargo de poner orden y poco después fue consagrado obispo: el primer obispo de Michoacán. Un hombre intachable y de ideales humanistas, fiel heredero del pensamiento de la Reina Católica que puso en práctica aquellos ideales cristianos. Y de manera eficaz.

Don Vasco de Quiroga creó una organización, la ciudad ideal, la ciudad hospital, en la que se podía apreciar la utopía de Tomás Moro en aplicación de los deseos de la gran reina. Hay que retroceder un poco en el tiempo para apreciar este proceso que aún pervive. Actual y venerado por tantas gentes de la región de Michoacán.

Vasco Vázquez de Quiroga y Alonso de la Cárcel, que es su nombre completo, nace en Madrigal de las Altas Torres hacia 1480 según recientes investigaciones. Su padre del mismo nombre y de origen gallego, llegó a Madrigal por asuntos comerciales, donde casó con una dama de familia noble, María Alonso de la Cárcel, vecina de Arévalo. Vasco tuvo dos hermanos, Álvaro que fue padre del Cardenal de Toledo Gaspar de Quiroga, y Constanza, monja agustina en el convento de Madrigal.

Don Vasco fue Licenciado en cánones, puede ser que en Salamanca (algunos señalan también Valladolid). El año 1513 fue nombrado visitador de la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Hacia 1515, con unos 30 años “lleno de sabiduría y buenas obras”, será nombrado juez de residencia en Orán.

En enero de 1531 se instala en la ciudad de México como oidor de la segunda Audiencia, y funda el hospital de Santa Fe, una fundación que extiende a varios puntos más, especialmente en la región de Michoacán donde, entre 1533-1537, desempeña el cargo de visitador, hasta que Carlos I le nombra obispo de la nueva diócesis de Michoacán. Trasladó la sede episcopal de Tzintzuntzan a Pátzcuaro. Entre sus fundaciones principales están el pueblo-hospital de Santa Fe de la Laguna y el Colegio de San Nicolás Obispo, el antecedente de la Universidad Nicolaíta, que aún existe.

Sus «pueblos-hospitales»: defensa de la dignidad natural de los indígenas

Su modelo de pueblo-hospital es un nuevo modo de organización socio económica teniendo en cuenta la dignidad humana de los indios, donde aglutinó a los purépechas de los que se ganó el afecto y por ello fue acreedor del sobrenombre cariñoso y especialísimo con el que ellos le conocieron: «Tata Vasco» con el que se le conoce hasta hoy.

Aquellos pueblos-hospital, eran mucho más que el aspecto sanitario, “eran a un tiempo pueblo para vivir, hospital y escuela, centros de instrucción misional, artesanal y agraria, y también albergue para viajeros”. Era una verdadera comunidad cristiana, con numerosos colonos o pobladores españoles. Para muchos autores, las más altas realizaciones históricas del utopismo evangélico fueron los pueblos-hospitales de Vasco de Quiroga y, posteriormente, las reducciones jesuíticas del Paraguay.

Con 63 años –si se acepta su fecha de nacimiento la de 1480- realizó la pacificación de la región de Michoacán con propuestas y planes pacíficos y con 68 años y aún seglar, es propuesto al rey Carlos I por sugerencia del obispo de México Zumárraga, como primer obispo de una de las cuatro nuevas primera diócesis creadas en el Continente, a parte de las Antillas: la diócesis de Michoacán.

En el Continente las dos primeras fueron la Carolense, nombre en honor del rey-emperador Carlos I-V (en Tlaxcala, que luego pasaría a Puebla), y la de México en 1527. En 1535 llegan las bulas correspondientes, y en 1536 se nombra a Don Vasco de Quiroga primer obispo de Michoacán, y en una rápida sucesión recibe don Vasco las órdenes sagradas menores y mayores, de forma que en diciembre de 1538, en México ciudad es consagrado obispo y estableciendo la sede del nuevo obispado en la ciudad de Pátzcuaro, centro políticamente importante del reino de los purépechas.

Este gran obispo falleció el 14 de marzo de 1565, parece ser que a causa de una grave enfermedad durante una de sus visitas pastorales, enterrado en Pátzcuaro. Hoy está en proceso de beatificación-canonización, ya incoado en la Congregación para las Causas de los Santos, en Roma.

Estas dos grandes figuras forjadoras de la historia del Nuevo Mundo, la gran reina Isabel I de Castilla-León y Don Vasco de Quiroga y Alonso de la Cárcel, son sin duda alguna dos figuras hermanadas por una experiencia humana y cristiana, que han sido cimientos en el nacimiento y la construcción de un Nuevo Mundo a partir de aquella experiencia única en su contenido y expresión.


BIBLIOGRAFÍA

Sobre el Testamento de Isabel la Católica AZCONA, TARSICIO DE, Isabel la Católica. Madrid 1986. Cuadernos de Historia Moderna. núm. 13. Editorial Complulense. Madrid. 1992. DE LA TORRE Y DEL CERRO, A., La Casa de Isabel la Católica, Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), Madrid 1954. https://es.wikisource.org/wiki/Testamento_de_Isabel_la_Católica. www.ub.edu/duoda/diferencia/html/es/primario16.html JAVIERRE, JOSÉ MARÍA, Isabel la Católica. El enigma de una reina. Salamanca 2004. SÁENZ DE SANTA MARÍA GÓMEZ-MAMPASO, B., Una visión sobre el testamento y codicilo de Isabel la Católica, en ICADE, 63 (2004) [vol. dedicado al V Centenario de Isabel La Católica], pp. 113-152. “Sociedad Cortesana y entorno regio” y P. A. Porras Arboledas, “Letrados, universitarios e intelectuales: un apunte bibliográfico”, en El reinado de Isabel la Católica, n.º dedicado al V Centenario de la muerte de Isabel La Católica, en Medievalismo. Boletín de la Sociedad Española de Estudios Medievales, año 14, n.os 3-14 (2004), págs. 19-78 y 79-94. SUAREZ FERNÁNDEZ, LUIS, Análisis del Testamento de Isabel la Católica. Testamento de la Señora Reina Católica Doña Isabel, hecho en la villa de Medina del Campo, a doce de octubre del año 1504 y Codicilo del 23 de noviembre de 1504. Depositado en el Archivo General de Simancas (Valladolid). Publicado en De la Torre y del Cerro, A.; Alsina, E. (viuda de la Torre), Testamentaría de Isabel la Católica, SUÁREZ FERNÁNDEZ, LUIS, Historia de España. Los Trastámara y los Reyes Católicos. Madrid 1985. SUÁREZ FERNÁNDEZ, LUIS, Isabel I, reina: (1451-1504). Editorial Ariel. (2002). ISBN 9788434466203. www.ub.edu/duoda/diferencia/html/es/primario16.html Barcelona, 1974.

Sobre Don Vasco de Quiroga AGUAYO SPENCER, R., Don Vasco de Quiroga. Documentos, Introducción y notas críticas de..., Biblioteca Mexicana de Historia, Editorial Polis, México 1939 AGUAYO SPENCER, R., Testamento de Don Vasco de Quiroga, Primer Obispo de Mechoacán, 24 de enero de 1565: AGI, Justicia 208. ARCE GARGOLLO, P., Vasco de Quiroga. Jurista con mentalidad secular. Biografía y Guía Bibliográfica, Ed. Porrúa, México 2007.

CABRERA, C.,  Christophori Cabrerae Presbyteri D. Theologi opuscula quaedam, scilicet, De solicitanda infidelium conversione, iuxta illud Evangelicum Lucae XIII, compelle intrare. Roma, 25 de enero de 1581, Tomus decimus quartus, en Codices Vaticani latini, 5026.124 fojas, Biblioteca Vaticana, Roma, Codices Vaticani latini, 1581.

CAMPOS, O.F.M, FR. L., «Los métodos misionales de Don Vasco de Quiroga», Manuscripta (1961). CAMPOS, O.F.M, FR. L., «Métodos misionales y rasgos biográficos de Don Vasco de Quiroga según Cristóbal Cabrera, pbro.», en Don Vasco de Quiroga y Arzobispado de Morelia, México: Jus 1965, 107-158; y en Vasco de Quiroga y Obispado de Michoacán, Morelia 1986, 191-216. GARCÍA BURILLO, JESÚS [Mons.], Vasco de Quiroga (Madrigal de las Altas Torres, 1470 - Michoacán,1565). Un presbítero abulense, primer obispo de Michoacán. Carta Pastoral. Ávila 2009. [La fecha de 1470 es discutible]. HERREJÓN PEREDO, C., «Dos obras señaladas de Don Vasco: el Colegio de San Nicolás y Las Repúblicas de Santa Fe», en Don Vasco de Quiroga y Arzobispado de Morelia, México: Jus 1965, 63-106. HERREJÓN PEREDO, C., «Cinco documentos sobre Don Vasco de Quiroga», en Don Vasco de Quiroga y Arzobispado de Morelia, México: Jus 1965, 159-176. LEÓN ALANÍS, R., Los Orígenes del Clero y la Iglesia en Michoacán 1525 – 1640. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Instituto de Investigaciones Históricas, Colección Historia Nuestra No.16, Talleres de Morevallado Editores, Morelia, 1997. MARTÍN HERNÁNDEZ, F., Don Vasco de Quiroga (Protector de los Indios), Bibliotheca Salamanticensis – Estudios 154, Salamanca: Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca 1993. MIRANDA GODÍNEZ, F., Vasco De Quiroga Varón Universal. Jus. México 2006. MORENO, J.J., MORENO, J.J., Fragmentos de la vida y virtudes del V. Ilmo. y Rmo. Sr. Dr. D. Vasco de Quiroga, primer obispo de la Santa Iglesia Cathedral de Mechoacan y fundador del Real y Primitivo Colegio de San Nicolás Obispo, de Valladolid, escritos por el Lic. D. ..., México: en la Imprenta del Real y más antiguo Colegio de San Ildefonso 1766; 2ª ed. Uruapan-Michoacán 1897; Morelia: en la casa de Agustín Martínez Mier 1939; Morelia: Ed. Talleres Gráficos del Gobierno del Estado de Michoacán 1965. en R. AGUAYO SPENCER, Don Vasco de Quiroga. Documentos, México : Editorial Polis 1939, 1-187; notas de R. Aguayo, 191-225. Vida de Don Vasco de Quiroga. Ordenanzas. Testamento, Morelia: Balsal Editores 1989. Estudio introductorio de Ricardo León Alanís, Morelia: Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, 1998. QUIROGA, V. DE, Carta al Consejo del Licenciado Quiro ga, Oidor de aquella Audiencia [Nueva España de agosto, AGI, Patrona to, 67, ramo 15: CDIA, XIII, 420-429; R. AGUAYO, Don Vasco de Quiroga, taumaturgo, 77-83; P. SERRANO, Vasco de Quiroga, 55-62. QUIROGA, V. DE, Representación de Vasco de Quiroga, Oidor de México en 1535, a Carlos V sobre la provisión que el Consejo de indias despachó para que se pudiesen vender y herrar los indios. Biblioteca Nacional de Madrid, Ms. 7369: CDIA X, 333-525. QUIROGA, V. DE, Información del Ylmo. Dn. Vasco de Quiroga, Obispo de Michoacán referente a la cuestión de límites del Obispado Neogallego y cambio de la silla episcopal de Compostela a Guadalajara, en AGI, Archivo General de Indias. Legajo 51-6-9-26. Al final firma Don Vasco episcopus. Ediciones: Información en Derecho, en R. AGUAYO, Don Vasco de Quiroga. Documentos, 291-405; P. CASTAÑEDA, Don Vasco de Quiroga y su «Información en Derecho», 117-291; C. HERREJÓN, Información en Derecho, México: Secretaría de Educación Pública (SEP) 1985; QUIROGA, V. DE, Información en derecho, biografía e ideario: Vasco de Quiroga, Morelia, Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, Universidad Michoacana de San Nicólas de Hidalgo, Centro de Estudios sobre Cultura Nicolaita, 1992, Serie Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Centro de Estudios sobre la Cultura Nicolaita, 1. Don Vasco de Quiroga y su información en derecho, Madrid, José Porrúa Turanzas, 1974. QUIROGA, V. DE, Reglas y Ordenanzas para el gobierno de los Hospitales de Santa Fe, de México y Michoacán, en J. J. MORENO, Fragmentos…. Otras ediciones: Ordenanzas de Santa fe de Vasco de Quiroga. Edición facsimilar de Benedict Warren, Morelia, Fimax Publicistas, 1999; Reglas y ordenanzas para el gobierno de los hospitales de Santa Fe de México y Michoacán, Morelia, Gobierno de Michoacán, 1970; Reglas y ordenanzas para el gobierno de los hospitales de Santa Fe de México, y Michoacán, dispuestas por su fundador el rmo. y venerable señor don Vasco de Quiroga, México, Talleres Gráficos de la Nación, 1940. QUIROGA, V. DE, Carta dirigida al obispo de Calahorra. De Madrid, 23 del mes de abril de 1553, en C.M., a,75 270-270r., Real Academia de la Historia, Madrid. También en: Carta a Bernal Díaz de Luco fechada en Madrid el 23 de abril de 1553, en BATAILLON, Marcel, Vasco de Quiroga et Bartolomé de Las Casas, en Revista de Historia de América, 33, México, 1952, pp. 83-95. QUIROGA, V. DE, Carta a Fray Diego de Chávez del 6 de agosto de 1559. Aparece en el apéndice documental de CARRILLO CÁZARES, Alberto, Vasco de Quiroga: La pasión por el Derecho. El pleito con la Orden de San Agustín (1558-1562), Transcripción de J. B. Warren y traducción del latín de Alberto Carrillo Cázares. En la Biblioteca Nacional de París, tomo 325 del fondo de manuscritos españoles, hojas 232-233v y 228-231v. se da una fecha diferente: 21 de Julio de 1559. QUIROGA, V. DE, Carta a la s.c.c.m. del emperador y rey nuestro señor. De la ciudad de Compostela (154?- 155?) sobre que se aplique la cédula de reprehensión que Vuestra magestad mandó al obispo de Compostela sobre límites de diócesis y diezmos, AGI, Sevilla, Justicia, Legajo 1012, N. 3, ramo 4, 1558. QUIROGA, V. DE, Carta al Consejo del Licenciado Quiroga, Oidor de aquella Audiencia, sobre la venida del Obispo de Santo Domingo a Presidente de la misma Audiencia y sobre otras cosas de que se habla en su carta a aquel Tribunal a 14 de agosto de 1531, AGI, Patronato Real 184, ramo 15. QUIROGA, V. DE, Carta de denuncia contra la guerra que se hace a los chichimecas, 17 de febrero de 1561. QUIROGA, V. DE, Carta jurídico-pastoral sobre la erección del Obispado de Michoacán, Navidad de 1554, en Don Vasco de Quiroga y obispado de Morelia, Arzobispado de Morelia, Morelia, Fimax Publicistas, 1986. pp.19-26. QUIROGA, V. DE, De Debellandis Indis, un tratado desconocido de Vasco de Quiroga, a cargo de René Acuña, México, Instituto de Investigaciones Filológicas UNAM, Centro de Estudios Clásicos, 1988. QUIROGA, V. DE, Suplica que presenta al Consejo de Indias sobre las molestias que le dan los españoles que se pasaron al sitio de Guayangareo. (155?), En AGI, Sevilla, Justicia 173, Núm. 4, r2, Firma autógrafa de Quiroga. QUIROGA, V. DE, Testamento del obispo Vasco de Quiroga. Introducción, paleografía y notas por J. Benedict Warren, Edición facsimilar con otros documentos, Morelia, Michoacán, Fimax Publicistas, 1997. ROBLES DIOSDADO, J., Vasco de Quiroga, laico misionero (Méjico s. XVI), Pontificia Universitas Gregoriana, Facultas Missiologiae, Roma 1999. Ed. UVAQ, Morelia 2010. ZAVALA PAZ, J., D. Vasco de Quiroga, Michoacán, Imprenta Morelia, 1964. ZAVALA PAZ, J., La «Utopía» de Tomás Moro en la Nueva España, Biblioteca Histórica Mexicana de Obras inéditas, México 1937; recogido en ID., Ensayo bibliográfico, 7-48; también en Memoria de El Colegio Nacional, 4:4 (México 1949) 49-78; y en Recuerdo de Vasco de Quiroga, 1965 y 1987.


RICARDO GUERRA SANCHO

©Cronista Oficial de la Ciudad de Arévalo.