Diferencia entre revisiones de «PANAMÁ; Periodo republicano»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Otro golpe que el Estado laico asestó a la Iglesia de Panamá, fue sobre  la incorporación de sociedades religiosas, mediante la ley de 28 de setiembre de 1855 y que expresa lo siguiente:
 
Otro golpe que el Estado laico asestó a la Iglesia de Panamá, fue sobre  la incorporación de sociedades religiosas, mediante la ley de 28 de setiembre de 1855 y que expresa lo siguiente:
  
''“Artículo 1°. Las sociedades comuniones sectas religiosas que existan en el Estado, podrán adquirir y  poseer bienes de cualquier clase, i comparecer ante los tribunales i autoridades por medio de sus legítimos representantes…”''.<ref>LEY 14, 1873, p.88</ref>
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''“Artículo 1°. Las sociedades comuniones [[PERSECUSIÓN_EN_GUATEMALA;_La_invasión_de_las_sectas_fundamentalistas | sectas]] religiosas que existan en el Estado, podrán adquirir y  poseer bienes de cualquier clase, i comparecer ante los tribunales i autoridades por medio de sus legítimos representantes…”''.<ref>LEY 14, 1873, p.88</ref>
  
 
''“Artículo 4. Las demás sociedades comuniones o sectas religiosas que pretendan ser incorporados en el estado, ocurrirán a la Gobernación haciendo su solicitud que será atendida con tal que concurran las circunstancias siguientes:''
 
''“Artículo 4. Las demás sociedades comuniones o sectas religiosas que pretendan ser incorporados en el estado, ocurrirán a la Gobernación haciendo su solicitud que será atendida con tal que concurran las circunstancias siguientes:''
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'''ANTONIO CORTÉS'''
 
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Revisión del 05:25 16 nov 2018

Consideraciones generales entorno a los movimientos independentistas hispanoamericanos.

La historia de Panamá no se puede entender si no se entiende la historia de América; y no se puede entender la historia de América, si no se entiende la historia de Panamá. No existe un archivo histórico en toda Hispanoamérica, que no contenga documentos pertinentes a la historia de Panamá, y es por eso que podríamos afirmar que la historia de Panamá es de talla continental.

Los procesos independentistas hispanoamericanos no solo orientan sus esfuerzos a la emancipación de las metrópolis europeas, sino que de igual forma potenciaron alternativas para una transformación de las sociedades americanas. En el decurso de estos procesos hubo quienes se interesaron solamente en los cambios políticos, y otros que estaban dispuestos a promover profundas transformaciones socio-económicas. El punto de partida de estos procesos se dio con la revolución haitiana en 1790 y que sacudió Santo Domingo, por lo cruenta que fue, y porque sus actores fueron mulatos, negros y esclavos; constituyéndose en la primera república negra de América. Este acontecimiento impactó al Caribe y actuó como catalizador en otros procesos independentistas de Hispanoamérica.

Para algunos historiadores, este acontecimiento congeló las pretensiones de las élites criollas e hizo que en algunas partes se propiciara la incondicional fidelidad a la corona por parte de sectores privilegiados; incluso se establecieron alianzas con los defensores de la monarquía borbónica. En caso extremo esta aristocracia criolla temiendo por sus privilegios y propiedades, buscó alianza con las clases populares (artesanos, esclavos, pueblos indígenas), a través de la manipulación para situarlos contra el proceso emancipador, valiéndose del fanatismo religioso e ignorancia de aquél sector social.

Esta situación en particular se observó más para Suramérica y no en todas las regiones en las que la alianza implicó ofertar concesiones antes nunca hechas, tales como la manumisión de la esclavitud, suspensión del pago de tributos, etc.

En estos procesos independentistas cabe destacar el caso mexicano de 1810, muy parecido al haitiano aunque nutrida de otros componentes sociales, basta resaltar las demandas exigidas por Miguel Hidalgo consistentes en la eliminación del tributo indígena y otros más, en muchos de los casos utilizó la represión cruenta para hacerlos cumplir.

Lo cierto es que en el resto de Hispanoamérica, la confrontación entre realistas y los que abrazaron el proceso independentista se dio de alguna manera moderada, sin un proyecto social, con desconocimiento pleno de los conceptos de ciudadano república, independencia, soberanía, que podría significar formar parte de un parlamento y con ausencia del pueblo en la dirección de estos movimientos que pretendían liquidar el viejo orden colonial español, sin alterar la estructura socio-económica de manera que habían muchas indefiniciones a lo largo de este proceso emancipador.[1]

Obviamente hubo excepciones como por ejemplo, la región de La Plata, el virreinato de la Nueva Granada, donde se puede palpar, mayor participación popular.

Para algunas figuras del criollismo hispanoamericano había que seguir la ruta trazada por las 13 colonias del norte, pues consideraban peligroso perder el control sobre la masa y generar la anarquía; el propio Simón Bolívar vio estrangulado en su propia cuna, su anhelado proyecto de Estado Nacional que él bautizó con el nombre de: República de Colombia (1819-1830). El miedo de las élites criollas políticas a una posible pérdida del control sobre las clases sociales bajas era sin lugar a dudas bastante importante.

El hecho es que América Latina fue creada sobre una base elitista autoritaria, oligárquica, y con rasgos cuasi-feudales, con persistentes tradiciones centralistas.

Si bien es cierto que los territorios americanos fueron incorporados a la corona de Castilla y Aragón ya unificada por la vía matrimonial, pero con una administración diseñada, moldeada a los patrones castellanos, en este proceso de incorporación, la ciudad tuvo un papel especial como unidad administrativa.[2]

Esta estructura gubernamental en Hispanoamérica empezó a cambiar bajo el impacto de las reformas de los Borbones. A partir de la década de 1750 los Borbones (en el poder desde principio del siglo XVIII), estaban buscando oportunidades para intervenir de manera más sistemática en los asuntos coloniales. Tales reformas se implementaron desde un sentimiento de debilidad.

El establecimiento de intendencias, incrementos de los impuestos y la instauración de personal de confianza en las posiciones administrativas, debían servir de modelo para la administración de Hispanoamérica. Incluso se intentó una regulación más estricta de los asuntos eclesiásticos a través de la expulsión de los jesuitas de todas las partes dela monarquía en 1767. De esto inferimos, que no fue posible el surgimiento de una esfera pública, agregamos que no existía un verdadero precursor nacionalista de la posterior zaga independentista. Todo lo contrario; en algunos aspectos las reformas de los Borbones habían asegurado la autoridad española en América.

A ello tomemos en consideración los cambios militares y geopolíticos provocados por la revolución francesa como el punto de partida de la crisis del Imperio español. Entre 1793 y 1814. España estuvo casi constantemente en guerra contra algunas de las potencias atlánticas, dejando como saldo una España aliada a Francia, hasta la Paz de Amiens de 1802 y cortada de sus posesiones en América, debido a la omnipresencia de la flota británica.

Después de Trafalgar, la situación se repitió otra vez porque el bloqueo continental de Napoleón coartó al continente europeo y por extensión a la propia España, Todo esto significó que a lo largo de este período (1793-1814), las colonias hispanoamericanas se encontraron básicamente solas y de cierto modo comparativamente autónomas. La comunicación de España y sus colonias de América era difícil, y un efectivo control político de los territorios americanos por parte de la corona española era casi imposible.[3]Esto da razón del hecho de que los americanos españoles se movieron hacia la independencia sólo cuando el poder de la madre patria había efectivamente colapsado.[4]

A raíz de la invasión de las tropas francesas, el lugar principal del consiguiente dinamismo militar y político se focalizó en la península Ibérica. En marzo de 1808 el rey Borbón Carlos IV había abdicado a favor de su hijo Fernando VII cuando Napoleón Bonaparte, cuyas tropas ya estaban en Madrid, interrumpió de facto este cambio de poder intra-dinástico. Padre e hijo quedaron prisioneros de Napoleón, en la ciudad de Bayona; en acefalía de la monarquía borbónica española, éste instaló a su propio hermano José Bonaparte como José I, Rey de España y de las Indias. Al mismo tiempo intentó implementar el Estatuto de Bayona de julio de 1808.

Hubo una reacción del pueblo español, creándose Juntas Provinciales que rechazaban el nuevo régimen, y posteriormente una Junta Suprema Central. Esto implica, que las primeras fases de las revoluciones independentistas hispanoamericanas coincide con la lucha de los españoles en la península: la restauración de Fernando VII.

Como consecuencia de la eliminación de la monarquía de los Borbones, se produjo un vacío de poder ¿quién ocuparía el lugar? A raíz de la disolución de la Junta Suprema Central y en consecuencia transferido el poder al llamado Consejo de Regencia, quién convocó a las Cortes (14 de febrero de 1810), lo cual dio lugar a la conocida Constitución de Cádiz de 1812 de corte liberal, con una autoridad puesta en duda. Sin embargo en América no se dieron pasos directos hacia la independencia, no en todos los territorios de América, pues se veía posible la victoria sobre Napoleón.

Después de la derrota de Napoleón en 1813 y la liberación de España de las tropas francesas, el contacto entre España y sus colonias americanas pronto se recuperaría, ya que el rey Fernando VII no estaba dispuesto a renunciar a sus posesiones. Finalmente su rechazo a aceptar la Constitución de Cádiz (1812) y los logros liberales del proceso revolucionario, fue lo que destacó un nuevo dinamismo militar en América Latina. Las campañas militares de Bolívar y San Martín sólo podrían haber sido exitosas en este contexto y finalmente llevar, a mediados de 1825, a que España perdiera todas sus posesiones continentales en América.

El contexto del Siglo XIX: Explicación necesaria, para una mejor comprensión del primer cuarto del Siglo XX panameño.

Durante los primeros años de la colonia no se conocía la extensión real de los territorios descubiertos. Por esta razón se crearon divisiones administrativas que cubrían grandes extensiones. Sin embargo, a medida que se exploraba el continente se crearon nuevas jurisdicciones o se dividieron las ya existentes.

La audiencia peruana tenía jurisdicción sobre toda Suramérica, exceptuando las gobernaciones de la Costa del Caribe y la Nueva Granada, las que continuaron dependiendo de Santo Domingo.

Una vez creado el Virreinato de Lima, en 1542, se integraron a él las provincias de Panamá, Nueva Granada, Quito, Chile, Charcas y Perú, y se procedió a establecer Audiencias en algunas de ellas.

A raíz de las reformas borbónicas se parcelaron los virreinatos de Perú y Méjico. La estratégica posición del territorio neogranadino y sus riquezas metalíferas (plata), hizo pensar en la conveniencia de elevarlo a la calidad de virreinato.

En 1740 se estableció el virreinato de la Nueva Granada, con jurisdicción en Nueva Granada, capitanía de Venezuela, capitanía de Quito y finalmente, al extinguirse la Real Audiencia de Panamá, se le desmembró del Virreinato de Lima y se agregó al virreinato de la Nueva Granada. La capital de dicho virreinato será Santa fe de Bogotá.

Este será el escenario donde actuarán Antonio Nariño, Camilo Torres y Simón Bolívar, a partir de 1810; cabe advertir que en 1806 Francisco de Miranda, venezolano, lucho a favor de la independencia de los Estados Unidos y de la Revolución Francesa, y por su propia cuenta organizó una expedición para libertar Hispanoamérica, pese a que, reconoce que a pesar de todo lo que pueda desear la libertad y la independencia del Nuevo Mundo, temía más a la anarquía y al sistema revolucionario.

Pide a Dios que esos “hermosos países” so capa de establecer la libertad, no vayan a sufrir el destino de Santo Domingo (se refiere a Haití), escenario de crímenes y hechos sangrientos; antes que eso, mejor sería que permanecieran todavía un siglo más, bajo la bárbara y dañina explotación de España.[5]

Tal era el pensamiento de Miranda, una de las figuras emblemáticas de la independencia. La emancipación a que aspiraba las élites hispanoamericanas era al estilo estadounidense, tal como lo expresa el propio Miranda cuando se comunica con Manuel Gual, y le señala que Hispanoamérica tiene ante sus ojos dos grandes ejemplos: la Revolución americana y la francesa. Imitemos discretamente la primera, evitemos con sumo cuidado la segunda.[6]La expedición se inició en Venezuela, pero allí quedó estrangulada en su propia cuna.

El 20 de julio de 1810 se conocía en el virreinato neogranadino, que España se encontraba prácticamente controlada por los franceses, momento éste que fue aprovechado por los criollos para intentar compartir el poder con los peninsulares, sin radicalizar el movimiento. Esto no condujo a nada, por el contrario terminó en rotundo fracaso; dado que dejó como saldo la confrontación entre los proclives al centralismo, y los que se inclinaban por el federalismo.

A partir de 1811, ante el fracaso del primer intento, Cundinamarca decidió organizarse como Estado, pero había peligro de generarse una guerra civil; en tales circunstancias, Santa fe de Bogotá es el punto que aglutinara a todas las provincias del virreinato. Panamá no participó en nada; ni a favor ni en contra. Aquí nace una concreción política denominada «Provincias Unidas de Nueva Granada».

La declaración de independencia absoluta no fue uniforme en todo el territorio neogranadino, pese haber convivido bajo un régimen centralista; por el contario se abrieron las puertas a una guerra civil. Esto indica que no había una transformación de una conciencia proto-nacional hacia una conciencia nacional revolucionaria, ni tampoco una formación lógica de la Nación y del Estado, y esto perdurará más allá de 1940.

Simón Bolívar, quien desde sus primeras intervenciones en la política americana se había declarado partidario de la independencia, comenzó su intervención en Nueva Granada desde 1812. Su actividad militar tiene dos fases cruciales: La primera fase comprende entre 1812 a 1815; esta primera etapa constituye un rotundo fracaso. Es aquí donde sale hacia Jamaica. Estando allá, escribió uno de sus documentos políticos más brillantes, la «Carta de Jamaica», con fuerte tono profético. Este documento es importante para los panameños, ya que Bolívar no ve Panamá formando parte de la República de Colombia, cuando señala que:

“Los estados del istmo de Panamá hasta Guatemala formarán quizá una asociación. Esta magnífica posición entre los dos grandes mares, podrá ser con el tiempo el emporio del universo, sus canales acortarán las distancias del mundo, estrecharán los lazos comerciales de Europa, América y Asia… La Nueva Granada se unirá con Venezuela, si llegan a convenirse en formar una república central, cuya capital sea Maracaibo o una nueva ciudad, que con el nombre de Las Casas, en honor de este héroe de la filantropía…”.[7]

De todo lo dicho se desprende que Bolívar jamás pensó en que Santa Fe de Bogotá fuese la capital de aquel Estado Nacional que él pensó estructurar sobre las ruinas del virreinato de la Nueva Granada; dejando por fuera los territorios del istmo de Panamá.

La segunda fase comprende el período, entre 1817-1825. Éxito rotundo logró en esta fase, pues dentro de su contenido programático acogió demandas populares, incluían eliminación del tributo indígena, abolición del sistema de castas, de la trata y la esclavitud. Desde su desembarco en suelo venezolano a finales de 1816 con dos centenares de hombres, el Libertador quedó ligado a las demandas populares y al principio de la igualdad, convencido de la imperiosa necesidad de hacer coincidir la aspiración independentista con la abolición de la esclavitud.[8]

En esta segunda etapa, Bolívar convoca el Magno Congreso de Angostura en 1819, donde se proclama oficialmente la Creación de la República de Colombia, a la que más tarde se unirá el istmo de Panamá el 28 de noviembre de 1821, una vez que ha liquidado el yugo que le mantenía unida a España. Razón tenía Justo Arosemena al decir “Quede pues, para nosotros solos la gloria de nuestra emancipación; que la de habernos unido a Colombia cuyo esplendor nos deslumbró y cuyo derecho sobre el istmo era ninguno”.[9]

Desafortunadamente Bolívar, víctima de las intrigas, baja al sepulcro en diciembre de 1830, cuando ya se habían desmembrado de la República de Colombia, Quito y Venezuela. Pero ya, desde 1826, los principales logros democráticos de la independencia comienzan a revertirse cuando los grupos conservadores criollos aliados a la Iglesia, aprovecharon la debilidad del Estado para imponer un cambio de dirección y dar al traste con las conquistas populares.

Como parte de este proceso, la mayoría de los libertadores fueron apartados bruscamente del poder por las aristocracias regionales, como ocurrió con Artigas en 1820, San Martin en 1822, Sucre en 1828, así como el propio Bolívar.

Así lo entendió Bolívar cuando, presionado por los diversos poderes regionales enemigos de su proyecto, declaró el 20 de enero de 1830 en mensaje al congreso admirable, el último de la República Colombiana, señaló lo siguiente: “¡Conciudadanos! Me ruborizo al decirlo: la independencia es el único bien que hemos adquirido a costa delos demás. Pero ella nos abre la puerta para reconquistarlos bajo vuestros soberanos auspicios, con todo el esplendor de la gloria y la libertad”.[10]

Los procesos independentistas lograron sus objetivos políticos, pero no lograron consolidar objetivos económicos y sociales que beneficiaran a la gran mayoría, puesto que la esclavitud persistió muy adentrado el Siglo XIX, y lo peor de todo continuaron las intrigas personales que originaron un caos político-administrativo entre 1830 a 1832, cuando prácticamente había dejado de existir la República de Colombia. !Bolívar era Colombia y Colombia era Bolívar!

Durante el período de la República de Colombia, la Bolivariana (1819-1830), las relaciones con la Iglesia no eran nada fáciles, pues la república no adoptó el sistema confesional, tal como se expresa en el decreto, del 5 de julio de 1820 sobre patronato y dirección de colegios, considerando:

1°Que la educación civil y literaria de la juventud es uno de los primeros y más paternales cuidados del gobierno.
3°Que la diferencia de métodos y régimen de enseñanza en los diversos establecimientos es embarazosa y perjudicial.
4°Que este mal es inevitable mientras los establecimientos no sean regidos por un mismo jefe y sobre todo por el gobierno.
6° Que en nada se alteran las disposiciones canónicas sobre los seminarios siempre que la autoridad eclesiástica continúe ejerciendo su

inspección en derechos sobre las becas seminarios, sin mezclarse de la dirección general del establecimiento, he venido en decretar y decreta lo siguiente:

Artículo 1° El Patronato, dirección y gobierno de los colegios de estudios y educación establecidos en la República, pertenece al gobierno, cualquiera que haya sido la forma del establecimiento.
Artículo 2° Se comprenden expresamente en el artículo antecedente los colegios seminarios que hay en toda la extensión de la República, cuyos jefes rectores, maestros y demás empleados dependerán del gobierno y serán nombrados por él.
Artículo 4° Los Vicepresidentes de Departamentos como agentes inmediatos del Gobierno en sus respectivos Departamentos serán los patronos de los colegios y establecimientos de educación. Simón Bolívar del Rosario a 20 de junio 1820.[11]

Entre 1818 a 1821 el panorama del Istmo de Panamá no era tan halagador en lo que a la religión se refiere, en lo que respecta a los aspectos de catequesis, pastoral y eclesiología. Recordemos, que la República de Colombia, la bolivariana, cuya existencia comprendió desde 1819 a 1830, estaba integrada por los territorios de Nueva Granada, Capitanía de Venezuela, de Quito, y el Istmo de Panamá que se integró a partir del 28 de noviembre de 1821.

En lo administrativo Panamá era un Obispado sufragáneo de Lima, contaba con una Catedral, no era algo extraordinario pero contaba con lo necesario para la liturgia, se sostenía con los diezmos provenientes de las regiones del Darién, Veragua y Chiriquí. Había otras iglesias, cinco conventos de regulares dominicos, mercedarios, franciscanos, agustinos y de San Juan de Dios, un hospital, monasterio de monjas de la Concepción, cofradías.

Eran tiempos del Obispo Fray José Higiño Durán Martel y Alcocer, quién alarmado por el estado de su Diócesis consideró la importancia de realizar visitas pastorales a fin de percatarse de la realidad de su circunscripción eclesiástica. Desdeña la situación deplorable de Panamá, pues el desenfreno en las costumbres, el contrabando, la trata esclavista, era la realidad imperante, cuya nota sobresaliente eran sus vicios. Exhorta a los sacerdotes a llevar una vida decorosa acorde con la dignidad de sus funciones.

Había un seminario, diocesano, con pocos seminaristas, que recibirán una formación de corte tridentino, donde se cursaban el «trivium» y el «cuadrivium» como parte de su formación.

Volviendo a las medidas tomadas por el Libertador, cabe resaltar el artículo 12 del 20 de mayo de 1820 que al tenor dice: “Ni los curas, ni los jueces políticos, ninguna otra persona empleada o no, podrán servirse de los naturales de ninguna manera, ni en caso alguno, sin pagarles el salario que antes estipulen un contrato formal celebrado en presencia y consentimiento de un juez político”.[12]

De igual forma, el artículo 14° indica que “cesarán absolutamente desde este momento (como escandalosas) y contrarias al espíritu de la religión, a la disciplina de la Iglesia y a todas leyes), las costumbres de no administrar los sacramentos a los feligreses mientras no han pagado los derechos de cofradía y congrua: la de obligarlos que hagan fiestas a los santos y la de exigirles derechos parroquiales de que están exentos los naturales por el estipendio que da el Estado. Los curas que contravinieren a este artículo continuando los mismos abusos sufrirán el rigor de las leyes, en un juicio severo…”.[13]Firmado en Villa del Rosario a 20 de mayo de 1820. Rubricado por Simón Bolívar.

Mediante Resolución del 16 de octubre de 1821, el gobierno de la República de Colombia, la bolivariana, manifestó su deseo de negociar un Concordato, cuya finalidad consistía en que los agentes de las sillas episcopales que existan en las provincias libres de Colombia, hagan un arreglo provisional y uniforme sobre el modo de proveerse los beneficios y demás piezas eclesiásticas, conservando ilesos los derechos que legítimamente correspondan al gobierno supremo de la República y que sean necesarios para mantener la unidad del Estado y la independencia civil del clero.[14]

Por otra parte, el gobierno intenta que los predicadores imploren los auxilios celestiales en favor de la Religión y del progreso de la República, recomendando a los pueblos la obediencia y sumisión a las leyes, y a las autoridades encargadas de su ejecución. Corría el año 1822. En este período en que Simón Bolívar desestructuraba el territorio del virreinato de la Nueva Granada, el istmo de Panamá alcanzó su independencia de España, el 28 de noviembre de 1821, primera y única fecha de independencia del Istmo de Panamá.

Los panameños, sobretodo lo clase criolla dominante, ideológicamente imbuidos de ideologías procedentes de Europa, abrazó el proyecto político de Bolívar. En estos movimientos participó el obispo Fray José Higinio, que para algunos había comprometido las rentas eclesiásticas a favor de la causa de independencia.

Por Decreto Ejecutivo de 9 de febrero de 1822 se erige el Departamento del Istmo y lo incorpora efectivamente a la República de Colombia, la bolivariana con todos los derechos y prerrogativas de los restantes Departamentos del país.

El 25 de febrero de 1822 tuvo lugar el solemne juramento de la Constitución de Cúcuta, mediante una celebración religiosa en la Iglesia Catedral de Panamá. En esta ocasión los hombres del Istmo no tenían conciencia de Panamá en el espacio, ni de las posibilidades de asumir muy tempranamente nuestra libertad, independencia y neutralidad ante los eventos políticos de la República de Colombia, la bolivariana. Desafortunadamente, Bolívar murió, la Colombia bolivariana desapareció; a Panamá le tocó confrontar el sub-imperialismo neogranadino, cuyos derechos sobre el Istmo eran ninguno. Lo cierto es que Bolívar siguió construyendo un estado laico, pese a su preocupación por el concordato.

De 1830 a 1832 se produjo un vacío de poder; a la vez que en el Istmo de Panamá y a Nueva Granada, el ambiente se caracterizó por un caos espantoso en el que, ni la Nueva Granada ni Panamá, decidieron en constituirse en República. No fue sino hasta 1832 cuando la Nueva Granada se proclamó en república y sin consultar con Panamá, la adscribió a su nueva organización político-administrativa como un simple departamento. A partir de 1832 y hasta 1903, Panamá vivió todos los avatares políticos que se desencadenaron en todo el territorio de la República de la Nueva Granada, que así se llamó a la nueva república, según la Constitución de 1832. La iglesia panameña sufrió también estás convulsiones políticas, sobre todo durante la administración del General Hilario López y después durante las presidencias del general Tomás Cipriano de Mosquera. Quizás uno de los hechos más lamentables fue el famoso Decreto de Tuición, también conocido como «Desamortización de bienes de Manos Muertas», donde la Iglesia panameña fue despojada de gran parte de sus alhajas, edificios ganados pertenecientes a las cofradías, cuyas fabricas era controlado por la iglesia; de igual forma la iglesia fue despojada de los cementerios, que pasaron a manos de las administraciones municipales. En este período comprendido entre 1832-1903, cabe señalar ciertos eventos que caracterizaron dicho período:

A. El primero advierte que la primera república conocida como república de la Nueva Granada (1832-1858) cambió de nombre por el de Confederación Granadina (1858-1861), luego nuevamente cambió de nombre, llamándose esta nueva situación «Estados Unidos de Colombia» (1861-1855) y, finalmente en tiempo del Presidente Dr., Rafael Núñez, que cambió la Constitución de Río Negro que fue de corte liberal, por una nueva promulgada en 1886, y que le cambió finalmente el nombre del país, pasándose a llamar República de Colombia, hasta nuestros días, y cuyos derechos sobre Panamá eran ninguno.

B. El según evento está relacionado con la firma del Tratado Mallarino – Bidlack del 12 de diciembre de 1846. Firmado por la República de la Nueva Granada y los Estados Unidos de Norteamérica, este Tratado debe avergonzar a todo hombre honesto y patriota en Hispanoamérica, porque mediante el mismo, alternamente se apoderan del territorio panameño.

Por ese tratado, la Nueva Granada maliciosamente sustrae la soberanía panameña y la supedita al poder de Estados Unidos, disfrazando esta siniestra maniobra con la supuesta “propiedad” y “soberanía” de la Nueva Granada sobre Panamá, que interesadamente reconoció los Estados Unidos de América. Desde ese momento Panamá debió enfrentarse a dos enemigos confabulados contra ella: Estados Unidos y la Nueva Granada.

Difícil se hace entonces la posibilidad de la separación, como sucedió en 1840 cuando el General Tomás Herrera, fundó la Primera República de los panameños. Este período comprendido entre 1832-1903 se caracterizó por la dominación del imperialismo norteamericano y del sub-imperialismo neogranadino.

C. Durante el transcurso del Siglo XIX panameño se gestaron tres proyectos nacionales que a continuación menciono:

El primero se produjo entre 1840-1841, dirigido por el general Tomás Herrera, natural de la provincia de Fábrega. Esta separación de Panamá de la República de Nueva Granada, dio paso a la creación de la primera república de los panameños. Obtuvimos soberanía, independencia y neutralidad ante cualquier eventualidad de guerra en el territorio de la República de la Nueva Granada. El general Herrera explica en su informe de 1841: “Efectivamente recobramos nuestra soberanía deliberamos y nos constituimos…”.[15]E insiste noblemente: “Independencia absoluta del Istmo o unión al resto de la Nueva Granada, bajo un gobierno de forma federal”. A esta elevada propuesta integradora panameña, respondió la República de la Nueva Granada con la traición del 12 de diciembre de 1846. Esto significaba que antes del 1840-1841 sin gringos, “los hijos del Istmo autorizados por las circunstancias de ese momento asumen las riendas de su futura felicidad, haciendo uso de la soberanía que han reasumido” a raíz de la ruptura del pacto con el gobierno central de Santa Fe de Bogotá.

El segundo ocurre cuando el Dr. Justo Arosemena, en 1855, dio una interpretación exacta, correcta, patriótica de ese proceso autonomista panameño. En el lenguaje imperfecto de aquel tiempo (1821), era en efecto la federación lo que se significaba. En la Lógica de aquellos tiempos de 1831, se hizo delito de lo que no era sino el perfecto uso del derecho popular, el derecho inconvertible de la soberanía.

El Estado Federal de Panamá de 1855 continúa esa lucha permanente por la soberanía panameña, pero ahora más reflexiva y prudente, pues por la traición de la República de la Nueva Granada, se ha constituido el eje Washington – Bogotá, anti-panameño y anti-hispanoamericano.

El tercer momento es el Convenio de Colón, de 1861 de Santiago de la Guardia y Arrue; continúa esa lucha permanente por la soberanía, independencia y neutralidad ante los eventos acaecidos en suelo neogranadino; y por otra parte, no aceptar la intromisión de los Estados Unidos en los acontecimientos del istmo y mucho menos la intromisión militar.

Tales eventos ponen en evidencia que la identidad nacional panameña y su relevancia histórica se fue forjando durante el período hispánico, y es esa misma identidad nacional panameña la que declara la independencia de Panamá de España el 28 de noviembre de 1821, la que proclama la Primera República en 1840 y la que promulga el Estado Federal de 1855, e impulsa el Convenio e Colón de 1860 y finalmente promueve la separación de Panamá de la Nueva Granada, el 13 de noviembre de 1903, llámese República de Colombia.

Durante el período comprendido entre 1832 – 1903, al relación Iglesia y Estado no fueron del todo halagadoras, pues el Estado neogranadino primero y luego colombiano, a través de su Congreso promulgó leyes que en muchos de los casos afectó los intereses del poder espiritual, pues los sucesivos gobiernos por lo general no eran confesionales ya que se advertía atisbos laicisantes. Lo operaban las Logias en territorio de la república. Incluso hubo clérigos en su membresía. Los postulados de Bentham y Destutt deTracy eran incompatibles con los postulados de la fe católica.

En España, a la muerte de Fernando VII se produce un desequilibrio de poder, que es aprovechado por los liberales que apoyan a la regente María Cristina, y de inmediato arremeten contra el poder espiritual, confiscándole sus propiedades y realizando ataques directos al clero secular. El Pontífice Gregorio XVI rompe relaciones con Madrid, corría el año de 1836. La Encíclica «Mirari Vos» del 15 de agosto de 1832 condena el indiferentismo con respecto a la fe; en pocas palabras, la Iglesia condena la filosofía liberal que había esparcido el nefasto concepto de «libertad de conciencia» que conduce inevitablemente al relativismo en materia de fe.

En una de sus intervenciones en torno a las escabrosas relaciones Iglesia y Estado, un 27 de abril de 1840 critica y deplora la actitud de España con respecto al manejo del Patronato Indiano, por considerar que el poder temporal abarcaba a la Iglesia y sus negocios. Ante la imposibilidad de que España recuperara sus colonias, Roma asumió una actitud a favor de las nuevas repúblicas; sin embargo no quiere decir que las relaciones Iglesia – Estado en Hispanoamérica fueron del todo satisfactorias, pese a las observaciones hechas en la Constitución «Sollicitudo Ecclesiarum» del año de 1831.

Pese al inicio de las relaciones de la República de la Nueva Granada con la Santa Sede, el 16 de octubre de 1835, las relaciones entre el gobierno y la Iglesia no fueron del todo halagadoras; basta señalar que desde 1835 hasta 1840 Nueva Granada vivió desestabilizada, circunstancias que arrastraron al clero secular y religioso a tomar las armas en contra de aquellos gobiernos que intentaron limitar el poder eclesial en el orden temporal.

Así vemos circular escritos con el título de “Compendio de doctrinas ortodoxas sobre la cuestión del Matrimonio de los clérigos mayores”, publicado en 1838. Allí se expresaban ideas relativas a la abolición del diezmo y el matrimonio de los clérigos. Por otra parte, la prensa ataca a la Iglesia por el hecho de participar en la aventura guerrerista. Entre 1849 hasta 1857 los liberales toman el poder. Inspirados en los hechos europeos de 1848 llega a la presidencia el general Hidalgo López, que implantó férrea política anticlerical, que terminó con la expulsión de los jesuitas del país. Panamá lloró y deploró la medida que condenaba al ostracismo a los hijos de Loyola. En Panamá se afectó el sistema educativo con la partida de estos insignes sacerdotes.

Cabe también señalar que hizo al clero responsable ante los tribunales civiles por asuntos civiles y por fallas en sus deberes religiosos; puso al clero al servicio de Estado, pues comenzaban a ser pagados y supervigilados por el gobierno, y los que protestaban a estas disposiciones eran exilados del país. Finalmente la Iglesia y el estado fueron formalmente separados en la Constitución de 1853.

Como es sabido por todos, la iglesia panameña durante la colonia fue sufragánea de la de Sevilla, luego pasó a ser sufragánea del Arzobispado del Lima. Más tarde, mediante Bula del 22 de abril de 1836 pasó a ser sufragánea de la iglesia Metropolitana de Santafé de Bogotá, y finalmente en 1900 Panamá pasó a ser sufragánea del recién creado obispado de Cartagena de Indias, hecho que permanecerá hasta 1925. Con esta medida Roma continúa desconociendo la condición del obispado de Santa María La Antigua del Darién, como Primada de Tierra Firme

Los conflictos Iglesia y Estado continuaron y se agravaron con el caso del obispo Juan José Cabarcas al ser suspendido del cargo, lo cual implicaba una clara intromisión del poder temporal en asuntos eclesiásticos, lo cual agravó más la situación de la Iglesia Panameña.

En comunidades rurales la única escuela de primeras letras era promovida por el párroco y asistida por laicos con algún caudal significativo, única salida del analfabetismo e ignorancia; así se desarrollaba la instrucción pública en otras partes del istmo panameño gracias a la actitud piadosa de muchas señoritas, como fue en el pueblo de Penonomé para mediados de 1846.

A todo esto, debe agregarse, la precaria situación del clero panameño alejado del perfeccionamiento ministerial, razón por la cual el obispo se vio obligado a tomar severas medidas contra aquellos que no acataran las medidas; por ejemplo, se implantaron los exámenes sinodales so pena de castigo.

A la muerte de Gregorio XVI le sucedió Pío IX, quien tuvo que dar respuesta a los eventos culturales, políticos y económicos del Siglo XIX. Así tenemos que el 8 de diciembre de 1864 publicaba dos documentos importantes: la Encíclica «Quanta Cura» y el «Syllabus», como repuesta al socialismo, al liberalismo y al anarquismo. Con esto la Iglesia se cerraba al diálogo con la nueva cultura, y se aferraba a los parámetros establecidos a partir del Concilio de Trento.

No menos cierto es que durante su pontificado se solventaron las pésimas relaciones entre la Iglesia y el Estado, sobre todo en Centroamérica y algunas regiones de Sudamérica. En este contexto se dieron avances significativos en las iglesias hispanoamericanas sobre todo en lo relativo a una reorientación e la formación sacerdotal; así tenemos la creación del Colegio Pío Latino Americano en Roma, crisol donde de formaban sacerdotes con una sólida preparación.

En este período ocurre el deceso del obispo Juan José Cabarcas en Panamá en el año de 1847, sucediéndole en la gobernación episcopal el presbítero Juan Francisco del Rosario Manfredo y Ballestas, que cubrirá el período comprendido entre 1847-1850.

La Iglesia panameña tenía un nuevo obispo quien afrontará las nuevas medidas que el Estado neogranadino le imponía a la Iglesia. De igual forma la sociedad panameña vería burlada una vez más sus más caro anhelo: el de su soberanía.

La República de La Nueva Granada y los Estados Unidos firmaron el tratado Mallarino – Bidlack el 12 de diciembre de 1846, y a partir de allí una nueva presencia militar haría su aparición en el Istmo de Panamá: el ejército norteamericano. A ello agregamos el período de la fiebre de oro de California y la presencia del cólera morbo en 1849 por la región Atlántica, produciendo un desequilibrio en el ecúmene de la ciudad de Panamá a favor del interior del istmo de Panamá; lo cual afectó el funcionamiento de muchas parroquias que no estaban preparadas para asistir a tantas almas.

Estando de visita por el interior del istmo, el obispo Ballestas falleció en Veraguas en 1850. Pese a la buena voluntad de este obispo, las relaciones Iglesia-Estado siguieron tensas. Dado los hechos cumplidos, el Vicario Capitular Manuel de la Barrera asumió el gobierno de la diócesis, y no fue sino hasta 1855 cuando Fray Eduardo Vásquez ocupó la silla del obispado de Panamá.

Le tocará confrontar los nuevos ataques a la Iglesia por pare del Senado neogranadino; así tenemos la ley del 8 de abril de 1856, sobre matrimonio que al tenor cito:

Art 30: “Es válido para los efectos civiles el matrimonio celebrado conforme al rito religioso de los contrayentes con tal de que después de la celebración comparezcan ante el Notario o Juez del Distrito de la vecindad de la mujer, i dos testigos, i expresen que ha habido mutuo i libre consentimiento…”.[16]

De ello se desprende que el Estado admite los diferentes cultos que operaban en esos momentos en que se promulgó la ley. De igual forma, de manera tácita y sobrentendida que el Estado se declara no confesional, sino tolerante a los diversos cultos protestantes que funcionaban en su territorio.

Otra ley expedida por el Senado neogranadino pertinente “al registro del estado civil de las personas” con fecha del 1° de mayo de 1856, dice:

“Artículo 1° A fin de que en todo tiempo se puedan comprobar ante los tribunales demás funcionarios públicos, se registrarán los actos siguientes:

1° de nacimiento.

2°de defunciones.

3°de matrimonios.

4°de reconocimiento de hijos naturales.

5°de adopciones.”[17]

De esta manera la Iglesia fue despojada del monopolio que tenía sobre los registros de nacimientos, defunciones, y matrimonios, los cuales pasarán al control de estado; vale la pena resaltar, la dignidad que cobran los hijos bastardos, ante el estado. Esta constituye un verdadero avance en materia de justicia social, Dignidad ésta que había sido conculcada por la Iglesia, por el simple hecho de haber ocurrido el evento, fuera de los linderos del matrimonio católico apostólico romano, es decir en estado de amancebamiento, acto condenado por la Iglesia.

Otro golpe que el Estado laico asestó a la Iglesia de Panamá, fue sobre la incorporación de sociedades religiosas, mediante la ley de 28 de setiembre de 1855 y que expresa lo siguiente:

“Artículo 1°. Las sociedades comuniones sectas religiosas que existan en el Estado, podrán adquirir y poseer bienes de cualquier clase, i comparecer ante los tribunales i autoridades por medio de sus legítimos representantes…”.[18]

“Artículo 4. Las demás sociedades comuniones o sectas religiosas que pretendan ser incorporados en el estado, ocurrirán a la Gobernación haciendo su solicitud que será atendida con tal que concurran las circunstancias siguientes:

1ª. Que la sociedad común o secta sea conocida i tolerada en otros países civilizados i que sus principios i prácticas no se opongan a la Constitución del Estado de Panamá.”.[19]Esta ley permitirá más adelante la instalación de un número considerable de Logias masónicas, confraternidades, que no necesariamente son de corte católico, apostólico y romano.

Otra ley laicizante lo fue la ley 36 del 31 de enero de 1885, relativa a “cementerios públicos” promulgadas en el Istmo de Panamá. A nivel nacional se produjo la ley sobre “desamortización de bienes de Manos Muertas” del 30 de marzo de 1854; la Iglesia panameña se vio despojada de gran parte de sus propiedades.

Esta situación no cambiará pues esta persecución de varios gobiernos contra la Iglesia, no terminó y se complicó con la llamada guerra de los mil días “en el que el clero participó en la contienda armada sea a favor del gobierno central o a favor del liberalismo que intentaba tomarse el poder por la vía violenta; sin importar la estela de muerte, luto, la cuota cruenta aportada por lo más florido de nuestra juventud, privando a nuestra campiña de esos brazos, necesarios para abrir los surcos que darán lugar a la producción.

A finales del siglo XIX Panamá presentaba un panorama nada alentador, quebrada económicamente, una carestía de presbíteros que atendieran las necesidades espirituales de los panameños, no existía un seminario adecuado para la formación del clero diocesano, un fuerte espíritu antirreligioso dominaba las esferas del gobierno local; que reflejó en la disputa por los cementerios, lo cual implicaba la creación de nuevas rentas municipales, a la vez que los nuevos cementerios tendrán tantas divisiones cuantas fuere necesario teniendo en cuenta las diversas sectas religiosas que predominen en la ciudad”.[20]Todo ello pese al Concordato del 31 de diciembre de 1887, que abrigaba esperanza de reconciliación y respeto entre la esfera espiritual y temporal.

La llamada «Guerra de los Mil Días» constituye la evidencia más fehaciente para afirmar que la República de la Nueva Granada, llámese a partir de 1886 república de Colombia, no logró estructurar un «mercado nacional», pero también sus dirigentes fueron tremendamente incapaces de estructurar un verdadero «proyecto nacional» que consolidara al estado – nación, como fiel expresión de la «comunidad política».

Todo lo contrario, en su relación con el Istmo de Panamá permitió aproximadamente 57 intervenciones militares de Estados Unidos en suelo panameño a favor de los intereses neogranadinos; con razón pudiera señalarse que la historia de Panamá, desde la colonia hasta nuestros días, es la historia de un territorio ocupado por fuerzas foráneas, que han interferido en el desenvolvimiento político, económico y social del Istmo de Panamá. Todo lo que aconteció durante el primer cuarto de vida republicana, sustentan mis afirmaciones.

Iglesia y Estado durante el primer cuarto de la segunda república de los panameños: 1903-1925.

El siglo XX inaugura la consolidación de los estados nacionales como Alemania, Italia, Japón, Inglaterra, Estados Unidos y Francia. Es la Era de los totalitarismos: italiano, alemán, japonés, y el bolchevique a partir de 1917.

Pero también cabe indicar que ese inicio del siglo XX implicó la destrucción del pasado, o más bien de los mecanismos sociales que vinculan la experiencia contemporánea del individuo con la de generaciones anteriores. Cuarto de siglo que permite y asiste al derrumbe de la civilización occidental del siglo XIX, y marca una era capitalista desde el punto de vista económico, y liberal en su estructura jurídica y constitucional. En suma cuenta, el siglo XX aparece estructurado como un tríptico, pues tiene tres grandes momentos; el primero caracterizado como una «época de catástrofes», el segundo denominado «edad de oro», dado el extraordinario crecimiento económico y transformación social espectacular; y finalmente el tercero denominado «apocalíptico».

Para el caso particular de la segunda república de los panameños, es el contexto del primer cuarto de siglo XX el que nos interesa. Tenemos que entre 1900-1902 se desata la mal denominada «Guerra de los Mil Días», donde resalta el aventurerismo guerrerista del Dr. Belisario Porras y sus afanes de promover un asalto al poder local (Panamá) sin mediar ideología alguna; por algo un amigo suyo lo llamó «el rosado», sin proyecto nacional alguno. En cuanto a Victoriano Lorenzo cabe decir que fue el «chivo expiatorio» del aventurerismo de Porras.

Un segundo momento en este primer cuarto de siglo panameño fue la conclusión de las relaciones políticas económicas y sociales entre Panamá y la república de Colombia (antigua República de la Nueva Granada) el día 3 de noviembre de 1903; se advierte que dicha separación fue el producto de un cúmulo de factores que produjeron ese estallido político, de una forma u otra forma apoyado por el gobierno de los Estados Unidos, violentando el artículo XXXV del Tratado del 12 de diciembre de 1846.

Esta es la Segunda República. Pese a los acontecimientos políticos del 3 y 4 de noviembre de 1903, la diócesis de Panamá era en esos momentos sufragáneos de la diócesis de Cartagena hasta 1925, año en que la iglesia panameña logra su plena autonomía.

Un tercer momento lo constituye la conclusión de los trabajos del Canal de Panamá e inauguración del mismo en 1914, y el incumplimiento del gobierno e Inglaterra y los Estados Unidos en repatriar a toda la fuerza laboral afro – antillana hacia el Caribe anglófono y francófono, lo cual da lugar a la aparición de un gran número de logias masónicas en Panamá, Bocas del Toro y preferentemente en Colón.

Como ejemplos están: la Logia «Raso de América» n°65 (año 1908); logia «Tres Hermanas» n° 2477, vinculada a la Gran Orden Unida de «Odd Fellows» (1914); Logia «Estrella Conductora» n°14, supeditada a la orden Independiente de Pescadores de Galilea (1911); Logia «Court Mizpard» n°9198, unida a la Orden Ancient of Foresters (1914); Logia «Rose of Bocas» n°2550, unida a la Loyal Order of Ancientshephard Aston Unity (1913); Logia «The Loyal Eureka» n°9, en la cuidad de Bocas del Toro, etc.

Llama la atención el surgimiento de un sin número de congregaciones protestantes, como la Sociedad Wesleyana Metodista de Panamá (1910), con ramificaciones en Jamaica, Zona del Canal; esta Congregación nació en Londres, Inglaterra en el año 1782, de igual forma aparece la Christian Mission de Panamá (1914); Iglesia Protestante Episcopal de los Estados Unidos (1919).

En este contexto se produjo el primer Congreso Protestante Internacional (1918), que congregó diversas corrientes protestantes en Panamá, razón por la cual la Orden de los Caballeros de Jesús, fundada el 6 de mayo de 1917, alarmados por el fenómeno protestante decidieron: “unir a todos los hombres de buena voluntad, católicos, apostólicos y romanos de Panamá para levantar y restaurar el culto católico en todas sus manifestaciones y de una manera especial en el Santísimo Sacramento a fin de glorificar a Jesucristo y desagraviarle de tantos pecados como se cometen a diario individual y colectivamente en esta capital”.[21]Advierten al Obispo del peligro inminente de la presencia del protestantismo en Panamá y de los que esto podría implicara futuro.

Para una mejor compresión del primer cuarto del siglo XX panameño, hemos decidido dividirlo en tres momentos: el primero se inicia en 1903 y culmina en 1908, llamaríamos a este período «época de los próceres»; el segundo período comprenderá los años entre 1908 al 1912, que estará caracterizado por las luchas partidistas en torno al control del Estado; y finalmente el compendio entre 1912 a 1924, período en el que el Dr. Belisario Porras juega un papel protagónico, pese a que en su primer período, Porras no había logrado consolidarse en el poder, tal como ocurrió en sus dos últimos períodos presidenciales, donde desarrolló un caudillismo, que exaltó el culto a su personalidad que generó una forma de gobierno autoritaria.

En términos generales, advertimos que a diferencia de Europa y Asia, cada Estado latinoamericano debía gobernar sobre una única Nación y no sobre muchas naciones. En este aspecto América Latina siguió el modelo liberal moderno de construcción de la Nación que fue popular en el siglo XIX y más cercano a Europa.

En los inicios de la segunda república, los dirigentes concibieron que una comunidad nacional debía tener una serie de instituciones llamadas «Estado», y que éstas debían teóricamente representar sus intereses de manera que se fusionaría a la Nación con el Estado. El estado crearía su propia Nación para tener una circunscripción que pudiera vincular fuertemente las instituciones al Estado y su poder político central.

Se requería un nuevo sentido de legitimidad para ejercitar el poder. En otros términos, el Estado actuaría como un protector de lo que es «nuestro» contra lo que es extranjero; así actuaron en el período 1903 – 1908 nuestros dirigentes. Se trataba de crear «identidad nacional» al homogenizar poblaciones y crear unidad desde arriba; tal actitud de nuestros primeros gobernantes fue mal visto y atacado por el Dr. Belisario Porras, que seguía pensando como neogranadino.

Como es sabido por todos, la segunda república fue estructurada bajo los lineamientos del republicanismo. El ciudadano individual ganó espacio como el centro de la política y la sociedad.

La fuerte influencia del liberalismo en Hispanoamérica y en caso particular de Panamá es evidente; pese a que sus raíces estaban en Europa, fue en Hispanoamérica donde se extendió y adoptó más rápidamente. Sin embargo también es cierto que en Hispanoamérica y en el caso particular de Panamá, el modelo aceptado por la mayoría de América era limitado en su alcance, corrupto en su práctica y racista y discriminador en sus políticas.

Otro aspecto a tener en cuenta es que el «progreso material» enmarcado por la ciencia, la industria y la inmigración «adecuada», está en las mentes de los constructores de la segunda república. Pensaban en una nación que se proyectaba a sí misma hacia el futuro, y el progreso moral vendría después; ¡error craso! Esto explica que Panamá se vio más «moderna» en razón de su secularización radical (con atisbos laicisantes); en esto difiere del modelo norteamericano, pues para los padres fundadores y la visión de la religión protestante, la «modernización» y el «progreso» no tenían necesariamente que ver con la secularización. Tenía que ver con la moral y los valores.

Desafortunadamente, nuestros próceres de la segunda república soslayaron que la modernidad y el progreso se podían alcanzar utilizando como sus bases a una teología que realce la virtud y la moral. Esto puede explicar por qué los Estados Unidos encontraron en el republicanismo y el protestantismo los mejores rasgos de su particularidad.

La república de la Nueva Granada desde su fundación ha estado en guerra y ha disfrutado sólo de una paz breve, lo cual provoca desconfianza y apatía en todas las clases sociales, y estancamiento económico en todos los sectores económicos, aludiendo que el desarrollo material básicamente determinaba todo lo demás, razón por la cual la Iglesia Católica vivió un verdadero calvario en sus relaciones con un Estado cada vez más laicizante.

En el contexto de la segunda república de los panameños, las relaciones Iglesia – Estado fueron tensos entre 1903 a 1924; además la inestabilidad política en forma de luchas internas entre partidos o facciones políticas, facilitó en gran medida la intervención de los Estados Unidos para este período. Esta situación proveyó a los estadounidenses de aliados locales, incluyendo a los propios presidentes elegidos por votación popular.

Tal conducta instó a Estados Unidos a entrometerse en los asuntos domésticos de los panameños; por tal razón Panamá funcionó en este período como una neo-colonia de Estados Unidos. Desde esta óptica, el Departamento de Estado estadounidense apoyó a los candidatos presidenciales que defendían sus intereses, y no sólo eso, sino también que actuaran como agentes que promovieran la hegemonía de los Estados Unidos.

También observamos en Panamá que los embajadores estadounidenses trabajaron de cerca con el gobierno, y se le informaba inmediatamente sobre cualquier desarrollo doméstico significativo. Más aún, los funcionarios de Estados Unidos jugaron un papel clave en asegurar que cada transferencia de poder presidencial (nominalmente a través de las elecciones) hiciera que un candidato aceptable (es decir que estuviera a favor de Estados Unidos) ganara las elecciones.

En este período comprendido entre 1900-1924 en lo que respecta a las relaciones Iglesia y Estado, cabe resaltar que en Panamá ocurrieron desde el siglo XIX una serie de eventos pertinentes a la instrucción pública, los cementerios y lo que respecta al orden sacramental del matrimonio, sin soslayar el inminente peligro de grupos protestantes que comienzan a llegar al istmo de Panamá, muy particularmente a partir de la segunda mitad del S XIX y que continúan llegando durante el primer cuarto del S.XX panameño.

Por ejemplo la ley 14 del 20 de noviembre de 1873, emanada del Estado Soberano de Panamá decreta que “la enseñanza de las escuelas abrazará las siguientes asignaturas: lectura, escritura, moral, aritmética, el sistema legal de pesos y medidas, elementos de lengua castellana, nociones generales de Geografía y de Historia,”

En su artículo n° 11 advierte que el gobierno no interviene en la instrucción religiosa; pero las horas de escuela se distribuirían de manera que a los alumnos les quede tiempo suficiente para que se sigan la voluntad de sus padres y reciban dicha instrucción de sus párrocos o ministros.

Es relevante que lo pertinente a la construcción del imaginario de «comunidad nacional», el Estado encontró en la Iglesia católica, un apoyo de gran trascendencia, sobre todo en lo relativo a la “reducción a la vida civil de las tribus salvajes que existen en el Estado y la colonización del territorio que ocupan”

El Estado intentaba prestar atención a las tribus del Chucunaque a la Comarca de Bocas del Toro, y a las que pueblan el archipiélago de San Blas. Para lograr su objetivo, necesitó emplear misioneros cristianos sostenidos por el Estado, señalándoles sueldos y funciones. Esto interfería con la iniciativa pastoral del Iglesia, y sin embargo se logró una colaboración mutua, pues a la Iglesia le interesaba tener en exclusiva presencia en aquellas naciones.

El beneficio del Estado, consistía en que tendrían presencia en aquellas regiones, para tratar de homogenizar a la población y hacerla sentir parte de una comunidad nacional. Pero estos objetivos fueron difíciles de alcanzar dado el amurallamiento cultural de los aborígenes, que no se rindieron en lo que a la defensa de sus creencias religiosas y culturales se refieren.

En lo que respecta a los cementerios, tenemos antecedentes en Panamá, en la Ley 36 del 31 de enero de 1881, donde el gobierno del Estado Soberano de Panamá rompió el monopolio que tenía la Iglesia del Istmo sobre los cementerios, entregando al sector privado usufructuarlos por espacio de 30 años, y después pasará a ser un “negocio” que será atendido ante un juez, representante del Estado, a la vez que se mostraba permisible con las sectas protestantes.

La primera Constitución de la segunda república, es decir la de 1904, en su artículo 26, expresa que el Estado se abstiene de escoger alguna religión como oficial. Pareciera una manera tácita de proclamar la separación Iglesia – Estado, pero como hemos señalado, en el fondo late una relación biunívoca entre ambas esferas.

En su artículo 43, muestra la actitud de un Estado no confesional pues da igual trato al culto católico como a las sectas protestantes, propias de un Estado Liberal. Su artículo 135 limita a los ministros de cultos religiosos abstenerse de ocupar cargos públicos.

Sin embargo recula en la entrega en exclusiva a los sacerdotes católicos la instrucción pública sin evitar la incorporación de sectas protestantes en esos menesteres. Además se mantiene el sistema impuesto por la iglesia en materia de instrucción, es decir la «separación de sexos». Todavía no se había planteado seriamente el sistema de la «coeducación».

A partir de 1905 veremos que la implantación del sistema coeducativo levantará serias fricciones entre ambas potestades, situación que duró hasta el año 1924, sin tener una clara solución, pese a que el Estado estaba decidido a implantarlo, pero el Dr. Belisario Porras supo jugar diplomáticamente las relaciones con la Iglesia.

Entre 1902-1924, la Iglesia estaba mediatizada por la corriente liberalizante, que con aires laicizantes se va haciendo fuerte en Panamá, a tal grado que con el período presidencial de Roberto F. Chiari, el laicisismo es fuerte y arremete contra la iglesia. Este proceso laicizante se expresa de igual forma con la supresión del calendario oficial de las festividades religiosas en 1910. Un año después se aprueba el divorcio en 1912, y es oficial la cremación de cadáveres; se sustrae a la influencia de la Iglesia los territorios de Misión de San Blas y Darién por el año aciago de 1912.

Tenemos que a partir de 1915 se van eliminando de la enseñanza pública la participación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, de las Hermanas de la Caridad, y de algunos sacerdotes seculares que habían desempeñado un papel de responsabilidad en los dos primeros lustros del surgimiento de la Segunda República de los panameños, que se inauguraba a la vida independiente el 3 de noviembre de 1903.

Es posible que la iglesia panameña, ligada aún a la diócesis de Cartagena, hiciera sus mejores esfuerzos por alcanzar esa vitalidad espiritual que le permitiera ocupar un sitial muy especial en el contexto social y político de Panamá. Los obispos de esa época, Francisco Javier Junguito S.J. neogranadino, y Guillermo Rojas y Arrieta, costarricense, no contaban con el clero que hubiera necesitado para lograr el desarrollo eclesiológico y pastoral que anhelaron para el istmo de Panamá, pese al malsano propósito de la doctrina liberal del período porrista.

Los católicos del momento dan testimonio de su fe, oponiéndose a la marejada anticatólica y anticlerical. Así lo manifestaban las publicaciones católicas de ese momento que defienden las posturas de la Iglesia; cabe resaltar la Revista eclesiástica. En 1914 los católicos con su acción comunitaria (movimiento eclesial de base) derrotan el proyecto de Ley de la enseñanza laica.

Frente a la situación en torno al proyecto de matrimonio civil se hicieron nuevamente sentir sobre este punto álgido, en el que al final de cuentas el Estado logro imponer el matrimonio civil. Entre 1925 a 1931 se produjo una ruptura al interior del liberalismo altamente laicizante. En 1925, el Sumo Pontífice desmembró de la diócesis de Cartagena la diócesis istmeña, en tiempos de don Guillermo Rojas y Arrieta, cerrando este primer cuarto del siglo XX, de la segunda república de los panameños.

NOTAS

  1. GUERRA. S, 2000, p.2
  2. GUERRA. S, 2000, p.4
  3. Ibídem, 2000, p.6
  4. MAHONEY, J. 2010, p.10
  5. BREÑA, Roberto, 2006, p.18
  6. Ibídem, 2006, p.20
  7. GUERRA, Xavier, 1992, p.30
  8. LÓPEZ, A.F., 2000,p.3
  9. FERNANDO, A., 2011, p.15
  10. Ibídem, 2011, p.40
  11. LEY Nº 36, 1881, p.312
  12. LEY Nº 14, 1873, p.210
  13. LEY Nº 36, 1882, p.98
  14. LEY Nº 8 DE ABRIL, 1856, p.77
  15. AROSEMENA, J. 1855, p.32
  16. LEY DE 8 DE ABRIL, 1856, p.420
  17. LEY 14, 1873, p. 120
  18. LEY 14, 1873, p.88
  19. LEY 36, 1881, p.141
  20. ROMERO, J. L., 1999, p.65
  21. Administración del Estado. Personería Jurídica. Año 1917, Caja 12, Archivo Nacional de Panamá, folio 4.

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ANTONIO CORTÉS