PLANCARTE Y LABASTIDA JOSÉ ANTONIO; Controversias que enfrentó

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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Algunos de los problemas en la vida del p. plancarte

La Causa de beatificación del Padre José Antonio Plancarte y Labastida planteaba algunos posibles problemas o controversias por él vividas. Por ello la documentación procesal de la misma, la llamada técnicamente «Positio», sobre su vida en la Congregación de las Causas de los Santos presentaba “cinco posibles dificultades” en su Causa de beatificación:[1]

1. “Dificultades y malentendidos durante el obispado de Zamora del I Obispo de aquella diócesis Don José Antonio de la Peña Navarro (1867-1878).” Este Obispo había nombrado al Padre Plancarte párroco de Jacona. Se trata sobre todo de temas sobre algunos métodos apostólicos y educativos introducidos por el P. Plancarte en su parroquia.

2. “Dificultades, acusaciones y malentendidos durante el Segundo Obispado de Zamora Don José María Cázares y Martínez, a causa del legado de 6,000.00 pesos,[2]que el Arzobispo de Michoacán, Clemente de Jesús Munguía, donó por Testamento al P. Plancarte en 1868.”

Llama la atención la ponderada carta del Arzobispo Antonio Labastida y Dávalos a su sobrino el P. Plancarte, en la que, tras referirse a otras cartas suyas, le expresa algo sintomático: “Espanta esa idea de que el clero y en especial el de Zamora no te quiere”, y luego le da unos juicios muy ponderados sobre aquella enojosa situación (1870). El P. Plancarte vuelve a explicarse con el Arzobispo su tío en 1880 justificando legalmente su actuación.

El texto del Testamento del Arzobispo Munguía demuestra cómo la actuación del P. Plancarte estuvo justificada en cuanto lo dejaba a él heredero testamentario para el uso de aquella herencia con fines benéficos. En la biografía que escribe su sobrino: Francisco Plancarte y Navarrete, «Antonio Plancarte y Labastida…» (1914), expone el caso y justifica la actuación del tío.

3. “Dificultades y malentendidos en el intento de Unión de las Congregaciones fundadas por el P. Vilaseca y el P. Plancarte (1882-1883).” Se trata de un proyecto frecuente en casos semejantes a lo largo de los siglos XIX y XX, y que no pudo realizarse por incompatibilidades de fines de los dos Institutos, y por las sensibilidades muy diversas de los dos fundadores.

Eran dos personalidades muy diversas y con ideas de fundación muy distintas por lo que los motivos que les llevaron a seguir caminos diversos en las fundaciones que en un principio creían poder unirse resulta lógico. Hubo también otros intentos por formar una Congregación de Sacerdotes Misioneros con los Oblatos de María Inmaculada [OMI], fundados por el San Eugenio De Mazenod (canonizado el 5 de diciembre de 1995), Obispo de Marsella, pero se frustraron ya en sus comienzos. El intento había sido sugerido por el Cardenal Howard cuando el P. Plancarte buscaba en Roma la unión con los Josefinos del P. Vilaseca.

4. “Las Cuentas económicas de la restauración del Santuario de Guadalupe.” La documentación del Archivo de Guadalupe muestra claramente las cuentas presentadas al Cabildo por el P. Plancarte (1896). El P. Plancarte pidió al Cabildo de Guadalupe (1 de marzo 1896) una comisión para que las revisaran; tras el examen el Cabildo le entrega un Diploma, testimoniando la escrupulo¬sidad de las mismas.

5. “Dificultades y malentendidos con la prensa mexicana masónica, anticatólica y protestante del siglo XIX (1854-1900) contra la Iglesia y el Catolicismo, y contra el Acontecimiento y culto guadalupano, contra el Arzobispo de México y contra el Abad de Guadalupe el P. Plancarte.”

La oposición, llena de burlas soeces y de caricaturas ofensivas contra los católicos practicantes que van a Guadalupe llamándoles «huhuenches», que significa irreverentes y burlescos, payasos de carnaval. Es una prensa extremadamente hostil por parte de la prensa anticatólica contra la Iglesia, más allá del puro liberalismo anticlerical hostil a la Iglesia, se aprovecha del tema de la restauración de la Colegiata de Guadalupe y de la Coronación de la Virgen, corazón del catolicismo mexicano tratando de destruirlo.

Fue el preludio de las argumentaciones de la Constitución de 1917 y de la enconada persecución anticatólica a lo largo de las primeras tres décadas del siglo XX, donde encontramos repetidamente las mismas expresiones, y del atentado para destruir la imagen de la Virgen (14 noviembre1921), como lo demuestran los documentos calumniosos, soeces y satíricos de esta prensa.[3]

Otros problemas que además tienen un nexo entre sí.

Procesos Civiles y Eclesiásticos, en Jacona y Zamora (1880-1883) relativos a los casos de dos alumnas «congregantes» de la Escuela fundada por el P. Plancarte: Concepción Calderón Armendariz y Guadalupe del Río, luego religiosas HMIG, casos en los que se encuentran implicados sus padres y el Obispo de la diócesis Mons. Cázares por una parte y el P. Plancarte, por otra. El Obispo Cázares destituirá al Padre Plancarte como párroco de Jacona y el asunto tendrá también graves repercusiones entre 1895 y 1896 cuando el P. Plancarte será preconizado obispo y se suspenderá su consagración episcopal. A partir del 27 de febrero de 1880 el P. Plancarte tiene dificultades con los padres de las citadas «congregantes» – ya mayores de edad, pero que según la praxis tradicional mexicana de entonces se les consideraba de hecho legalmente bajo la tutela paterna mientras no alcanzasen el estado matrimonial-.

Los padres de aquellas doncellas exigen la entrega de sus hijas, alegando su pretendida «patria potestad». La deman¬da y la defensa ante las autoridades civiles y eclesiásticas se prolongó hasta el año de 1882. María Concepción Armendáriz había entrado con debido permiso paterno como alumna en la obra del P. Plancarte de la Purísima Concepción en Jacona (morirá el 26 de marzo de 1907 en Torreón, Coahuila, como religiosa HMIG).

Años más tarde, en 1895, el Obispo Cázares de Zamora presentará el caso como impedimento moral para la elección y consagración episcopal del P. Plancarte, sin especificar ni demostrar nada, apelándose solamente a su conciencia. Ya en los años citados del conflicto, Mons. Cázares la acusa de haber sido desobediente al Obispo ante Sentencia dada para ser entregada a sus padres, quienes exigían ejercer una pretendida «patria potestad» sobre su hija, que por aquel entonces contaba 27 años de edad (¡!).

¿Cuáles son los datos específicos de este caso entonces tan intrincado y que muestra un muy notable caso de lesión fundamental de los derechos de la mujer, considerada en la práctica en un estado de minoría permanente?

Primero: Concepción Calderón, había sido acogida en la obra educativa del P. Plancarte como «congregante» (candidata a un tipo nuevo de vida religiosa en una «congregación» incipiente).

Segundo: Los padres de Concepción Calderón Armendáriz exigen la vuelta de su hija a la casa paterna por motivos de carácter económico: ellos estaban fundando una escuela privada de niñas. Para conseguir sus planes denuncian el caso a la autoridad civil y a la eclesiástica, incoando dos procesos judiciales con tal propósito. El Obispo diocesano Mons. Cázares se pronuncia en favor de los padres de Concepción con argumentos totalmente fuera del contexto del siglo XIX y que se relacionan con la vida monacal antigua, que nada tenía que ver con el caso de la joven.

Los intricados pasos polémicos y los argumentos de los padres de las jóvenes, de las autoridades civiles, del Obispo a favor de los padres de Concepción son de un anacronismo jurídico evidente y están todos ellos fuera de lugar, incluso a la luz de la legislación civil y canónica de entonces. En este cuadro de polémicas jurídicas, el P. Plancarte combina un supuesto contrato matrimonial civil ficticio de Concepción con un joven, José Ma. Orozco, para librar a la joven de las maniobras interesadas de sus padres.

El joven, supuesto «presta nombre», en cambio de una tal “fingida propuesta de matrimonio” habría recibido un aval para liberarse de la hipoteca de una finca; con este acto el P. Plancarte pretendía zanjar las pretensiones paternas. El gesto fue sin duda atrevido, pero no se le puede tildar de inmoral. Concepción era ya mayor de edad contando 27 años.

La parte civil interviene con fuerza judicial y policial coercitiva en el asunto, en favor de los padres de Concepción, que se ve recluida por la fuerza en un Asilo de Zamora y de donde se escapará para volver a la Obra del P. Plancarte, interviniendo inmediatamente las Autoridades civiles de manera coercitiva. Por su parte, el tribunal diocesano, sin argumentos jurídicos válidos, presenta una decisión a todas luces inaceptable desde el punto de vista jurídico canónico, también entonces.

Se concluye que sólo hubo presentación y no matrimonio civil; el fragmento de las Actas de Matrimonio civil (23 de marzo de 1881), tras presentar los datos y solicitud de los futuros contrayentes dice: “…en cumplimiento de las leyes relativas hacen presente esta determinación al infrascrito Juez [el oficial civil] a fin de que llevándose los demás requisitos en ella establecidos se proceda oportunamente a la celebración del contrato respectivo, en la inteligencia de que siendo mayores de edad no necesitan del consentimiento paterno…”, reconocen la total incoherencia de las autoridades eclesiásticas diocesanas en el asunto. Todo murió así, pero el asunto influirá 25 años más tarde en la intervención de aquel Obispo diocesano para oponerse al nombramiento episcopal del P. Plancarte.

Tercero: Por su parte, ya entonces, el P. Plancarte expone los hechos al Obispo Cázares, pero no cambian las ideas del Obispo en sus opiniones.

Cuarto: El Obispo Cázares consulta en una reunión a los sacerdotes «confesores» de Zamora sobre el caso y que responden apoyando la sentencia del Obispo. En consecuencia de la misma el Obispo levanta un Acta de Censura [excomunión] contra la Sta. Calderón, apoyando su sentencia en varias discutibles antiguas citas canónicas relativas a la vida claustral o monacal, que muestran un conocimiento de Autores antiguos sobre el asunto, pero que ignoran el desarrollo nuevo, también jurídico, sobre «los institutos religiosos» y que son inaplicables a la situación nueva de este tipo de asociaciones pías, que nada tienen que ver con la vida monacal de clausura antigua.

La encausada Concepción se apela entonces a la Santa Sede. Siguen toda una serie de actos coercitivos, sea por parte civil que eclesiástica local, contra ella, pero sin consecuencias efectivas.

Quinto: Siguen todavía otras intervenciones coercitivas de la Autoridad civil contra la encausada, así como la apelación de la misma de nuevo ante los tribunales civiles fundado sus derechos a tenor de la ley civil mexicana. El P. Plancarte se entrevista con el Obispo Cázares, entrevista que resultará negativa. El P. Plancarte es destituido como párroco de Jacona, sin aducir motivo alguno (24 abril 1882).

Un largo documento del Proceso Eclesiástico sobre el caso de Concepción, solicitado por la interesada al Obispo reafirma la sentencia repitiendo argumentos jurídicos aplicables sólo a los antiguos casos de la vida de clausura femenina monacal antigua, y dados ya en anteriores documentos de manera claramente anacrónica.

Observaciones generales sobre este asunto:

Primero: De todo este asunto, no parecen justificados los motivos aducidos por el Obispo Cázares desde el punto de vista jurídico, correspondientes a la ley canónica vigente entonces, y menos aún a la ley natural; lo mismo se puede decir del parecer canónico de los sacerdotes «confesores» de Zamora. Hay una nota elocuente, escrita al reverso de uno de los documentos: “Proceso instruido en Zamora contra las Stas. Calderón y Del Río para hacerlas salir contra su voluntad de la Congregación de Hijas de María Inmaculada fundada por el Sr. Plancarte con autorización diocesana”.[4]

Segundo: Algunos sacerdotes de Jacona (no sabemos quiénes) presentaron un largo escrito con el que pretendían demostrar desde el punto de vista canónico la actuación licita de la encausada y las razones que descalificaban la actuación episcopal.[5]Sobre la exposición, llena de referencias a la historia jurídica de la vida religiosa monacal notamos lo siguiente:

a) que el estudio debió haber sido preparado por personas con conocimientos bastante eruditos sobre la monacal antigua y donde, como también en la argumentación del Obispo, se confunden varios elementos en la historia jurídica de la vida religiosa, pero que desconocen por completo las nuevas situaciones producidas tras las disoluciones de la vida religiosa monacal ya antes, y sobre todo a partir de la Revolución Francesa y de la instauración de los Regímenes liberales, así como al agotamiento de la misma vida religiosa monacal en curso desde hacía casi un siglo;

b) quieren demostrar como el caso de Concepción fue tratado de manera inapropiada, refutando la sentencia episcopal como injusta, apoyándose en numerosos tratados jurídicos antiguos.

Tercero: El documento del Proceso Eclesiástico sobre el caso de Concepción,[6]basa su sentencia en que “en el Colegio de Jacona no hay profesión religiosa solemne, por lo que la encausada no tiene votos religiosos ni los ha emitido”; justifica así la petición del padre de la misma de sacarla de aquella institución, aun contra su voluntad.

Cuarto: En todo este asunto se ven varias confusiones sobre la vida religiosa en general y el valor de los votos religiosos, considerando como tales sólo los tradicionales solemnes de la vida monástica, y desconociendo el desarrollo del tema de los simples y privados, e incluso el valor y diferencia entre el voto solemne público y el voto simple y el privado y su respectivo valor «coram Deo et Ecclesiam» y las obligaciones pertinentes de quienes los emiten.

Todo el tema de la vida religiosa en sus nuevas formas se encontraba entonces en evolución jurídica; el Obispo Cázares y sus asesores conocen tratados antiguos, en buena parte del Bajo Medioevo, pero desconocen cuanto a lo largo del siglo XIX se venía aclarando jurídicamente; ya Pío IX había dado varias disposiciones sobre el tema.[7]

Quinto: Uno de los motivos de la actuación del padre de la encausada Concepción queda bien claro en su actuación: “Tiempo ha que éste señor mortifica a su hija para llevársela, movido por el interés de que lo mantenga, poniendo una escuela…”[8]Aquí está el quid de los propósitos de los padres de la Sta. Calderón de llevársela a casa, aunque fuese a la fuerza. Aquí se escondían los verdaderos motivos de tanto ahínco por parte de los padres de Concepción en alejar a su hija de la institución religiosa y educativa donde se encontraba.

Nombramiento al episcopado del Padre Plancarte y suspensión de su consagración:

El P. Plancarte pasa a México con su tío el Arzobispo Antonio Labastida y Dávalos en 1884, encargándole la renovación de la Colegiata de Guadalupe y la preparación de la Coronación canónica de su Imagen. Al morir el Arzobispo (1891), estos encargos le son renovados por su sucesor el Arzobispo Alarcón y Sánchez, que en 1895 solicita de León XIII el nombramiento del Padre Plancarte como Abad de la Colegiata y su elevación al episcopado.

León XIII con un breve (17 septiembre1895) hace el nombramiento episcopal del Padre Plancarte. Este nombramiento fue suspendido debido a las informaciones dadas por el Segundo Obispo de Zamora, José María Cázares Martínez, a través de un telegrama, y luego transmitidas por el visitador apostólico en México Mons. Nicolò Averardi, que en todo este asunto se comportó con indecisión y ambigüedad.[9]La cronología de los hechos referidos ofrece datos, a veces un tanto imprecisos.

La reacción del Obispo Cázares ante la noticia del nombramiento episcopal del Padre Plancarte fue negativa: “al saber la noticia el Sr. Cázares …. se apresura a mandar al Sr. Canónigo Mendoza a México a poner un cablegrama a Roma pidiendo que no se fuera a consagrar al Sr. Plancarte sin antes oírlo a él. «[…]. Todo lo relacionado a lo negativo del P. Plancarte que escribió el Sr. Obispo Cázares lo hizo [según él] «Ex Informata Conscientia»[10]para que no quedara ningún documento en los archivos del Cabildo»”.

El asunto resulta un poco confuso: ¿había sido antes interrogado el Obispo Cázares sobre esta candidatura según la praxis de la Sede Apostólica? La «Positio Plancarte» habla de “se supone que…”, la Santa Sede “pide por escrito al Sr Cázares que se explique e Informe con más claridad lo del billete anterior”;[11]que el Secretario de Estado escribe al Arzobispo de México comunicándole haber recibido la profesión de fe del P. Plancarte y le dice que el Papa ha dispuesto se lleve a término el relativo proceso canónico; que el nombramiento fuese hecho por Breve ¿Es que el proceso canónico no había sido hecho antes y no se había pedido el parecer del Obispo Cázares?

El 22 de marzo de 1896 llega a México el Visitador Apostólico, Nicolò Averardi [no era Delegado Apostólico,][12]al que parece se le pide que esclarezca los hechos. El Proceso es suspendido,[13]del que se ofrece la traducción de una nota manuscrita del Prosecretario Mons. Augusto Guido, en el original, en el texto de un billete del Obispo de Zamora enviado en forma confidencial, y que no es transcrito, con fecha del 27 de junio de 1895; la nota al margen es el 12 de julio; en ella se pide al Obispo Cázares que explique e informe con mayor claridad.[14]

El 10 de septiembre de 1895 el Secretario de Estado, Card. Rampolla, comunica al Arzobispo de México haber recibido la profesión de fe del P. Plancarte y le dice que el Papa ha dispuesto que se vaya adelante con el proceso canónico y que el nombramiento sea hecho en forma de Breve, y que se pueda proceder a la consagración el 2 de octubre siguiente (1895).[15]El Breve nunca llegó, mientras llegará Mons. Averardi, parece ser que también con el encargo de esclarecer los hechos.[16]

El Obispo Cázares escribe desde Jacona a Mons. Averardi (28 de abril de 1896) una carta[17]en la que le manifiesta de haber escuchado a una mujer que, en secreto, le había dicho sobre algunos rumores sobre el P. Plancarte en sus colegios. Se trata de graves acusaciones anónimas. Por el contexto general se podría deducir que se refería a acusaciones del estilo de las levantadas en el caso de Concepción Calderón, pero sin ningún dato específico.

El P. Plancarte escribe a Mons. Averardi (7 de mayo de 1896) renunciando al episcopado, pidiendo la restitución de su honra. Habla de una “cablegrama suspendiendo todo [su consagración planificada para el 2 de octubre 1895] y aquí estoy sirviendo de burla a mis enemigos, y causando sospechas aun a los más piadosos”.[18]Hay que notar que: el texto presentado en el documento va dirigido a Mons. Averardi; texto que se encuentra en ASV (colocación de Archivo en «Positio Plancarte», p. 749), pero en el texto se incluye otra carta del P. Plancarte al Cardenal Secretario de Estado Rampolla; habla a Mons. Averardi de “los hechos criminales de que fui acusado ante la S. Sede y que mi nombre fuera depurado por la inocencia o la penitencia… y mi indignidad declarada por mí mismo, pero no probada por mis acusadores” y tras la firma y dirección, añade el firmante, P. Plancarte: “hago mi formal renuncia, si necesario fuere, del Obispado a que se me quería elevar”.

El 11 de mayo1896 Mons. Averardi informa al Secretario de Estado Vaticano el resultado de sus diligencias sobre el P. Plancarte y, entre otras cosas, considera imprudente incoar un Proceso, porque aun resultando la inocencia del P. Plancarte, podría ser objeto de nuevas diatribas por parte de la prensa anticlerical, acusándolo de haber comprado, “siendo muy rico […] y corrompido a jueces y testigos y comprando la mitra”.[19]

Este documento es importante porque Mons. Averardi:

a) Considera el asunto Plancarte “uno de los más graves y delicados para mí”; que “debo todavía fatigar para juzgar si él es inocente, o reo de todas las acusaciones que le son hechas” [no especifica directamente cuales];
b) Manda en documento adjunto un panegírico en honor del P. Plancarte;
c) Se refiere a los defectos señalados por los enemigos del P. Plancarte, “muchos y poderosos y especialmente de la prensa liberal que de mucho tiempo y quizás por su indiscreción e imprudencia se ocupa mucho de él, describiéndole con las más bajas y viles calumnias”;
d) Dice que visitó, según las instrucciones del Secretario de Estado, al Obispo Cázares en Zamora, donde “interrogué principalmente a voz, aquel Obispo, el cual con su carta había comunicado a la S. Sede noticias no favorables al Sacerdote Plancarte…”; “me confirmó también su opinión sobre el mismo, describiéndomelo como ya lo había escrito a la S. Sede: “Obedientiae ignarum, sui judicii tenacem, verbo et opera non prudentem, et facilium nimis in comitandis difficultatibus et odiis”; y que cuanto había escrito no lo hacía por animosidad, pasión o por envidia contra el P. Plancarte, sino “solo por sentimientos de justicia y de verdad…”.
e) Pasa luego a referirse a lo de las malversaciones de fondos en Guadalupe y confirma la gestión justa del P. Plancarte, certificada por los canónigos de aquella Colegiata (mandando en documento adjunto su declaración). Luego se refiere a informaciones pedidas sobre el P. Plancarte a algunos Obispos, recibiendo buenas informaciones por parte de muchos de ellos; sólo un par de ellos (y no dice quiénes):

“han comprendido bien la dificultad [del nombramiento], han aconsejado al Plancarte de escribirme una carta de renuncia (si así puede llamarse) a la Dignidad episcopal para que no permanezcan sobre su cuenta los comentarios y murmuraciones que desgraciadamente son muy favorecidos en este país de la prensa perversa cuando se trata de hechos que se refieren al Clero”.

Plancarte quería se instituyese un proceso contra él, cosa que Averardi no consideró oportuno, y de lo que informó también al Arzobispo de México, y que Plancarte aceptó. Concluye su carta escribiendo que “supuesta la inocencia de Plancarte acerca de las graves acusaciones y sobre su conducta moral y considerando su celo, su laboriosidad por el bien de la Iglesia y de los pobres, que no puede tampoco de sus enemigos meterse en duda…”, pide se le escriba una carta al P. Plancarte alabando “su humildad y abnegación”.
Concluye afirmando: “sometiendo al Plancarte a un riguroso proceso (lo que no me parece prudente) resultaría probada su inocencia con respecto a sus costumbres, pero que sus enemigos no cesarían de gritar en contra de él y por maldad y audacia que tienen…”.
f) Mons. Averardi escribe al P. Plancarte el 27.V.1896, informándolo en manera muy diplomática que el Papa acepta su renuncia al Obispado, y reconoce su celo apostólico.[20]
g) El P. Plancarte falleció e1 26 de abril de 1898 y el Canónigo Vicente de Paul Andrade, Presidente del Cabildo de Guadalupe, lo comunica al Visitador Apostólico que celebra la Misa por el finado.
h) Años más tarde (12 de febrero de 1911) el Obispo [futuro arzobispo de Guadalajara y cuya Causa de Beatificación se halla también introducida] Francisco Jiménez Orozco afirmará que el Obispo Cázares en los últimos años de su vida, lleno de desengaños, había sentido remordimientos sobre su actitud con el P. Plancarte.[21]

Fama de Santidad, 1865-1998.[22]

El P. Plancarte en su vida fue objeto de apreciaciones muy contradictorias: algunos eclesiásticos lo tuvieron como un sacerdote apostólico y santo; otros, también eclesiásticos y en la diócesis de Zamora, entre ellos su Obispo Cázares, lo juzgaron negativamente; el mundo anticlerical y anticatólico mexicano lo juzgó severamente, propalando incluso graves calumnias sobre él.

La «Positio» se propone demostrar la «fama sanctitatis» y habla de más de 1100 documentos recogidos en el Archivo de la Postulación que dan testimonio de tal fama. Presenta algunos de ellos donde destaca el de la beata Conchita Cabrera de Armida;[23]la «Biografía» publicada en1914[24]por el sobrino del Padre Plancarte, Francisco Plancarte y Navarrete, arzobispo de Linares, México; y las «Memorias del I Congreso Internacional Plancartino», de 1999.[25]

El «Dictamen» de la Comisión de Historia dice que la Postulación ha recogido 426 documentos fechados desde 1865 (su primera Misa, 13 junio 1865) con una Corona Poética de «Ipandro Acaico», seudónimo del futuro Obis¬po Ignacio Montes de Oca y Obregón,[26]entre ellos una carta (11 septiembre1896) de San José María Yermo y Parres.[27]

«Post-mortem» se habla de una relación de más de 500 testimonios a partir de 1909 hasta 1994 que recogen varias gracias y favores por intercesión suya, y de una carta (12 de mayo 1917) de la Madre Antonia Mayllén dirigida a la Ma¬dre Soledad Hurtado, en la que se da a conocer dos gracias con¬cedidas por intercesión del P. Plancarte.[28]Homilías, programas de Aniversario, folletos ilustrados, recortes de periódico, discursos, poesías, biografías impresas, especialmente de su Congregación lo recuerdan como un santo sacerdote fundador.


NOTAS

  1. Congregatio de Causis Sanctorum, Mexicana, Beatificationis SD Iosephi Antonii Plancarte Y Labastida, Positio super vita, virtutibus et fama sanctitatis, Romae 2013, cap. VII, pp. 616-761). Problemas ampliamente expuestos y aclarados en: Congregatio de Causis Sanctorum, Mexicana, Beatificationis SD Iosephi Antonii Plancarte Y Labastida, Sacerdotis Diocesani, XIV Abbatis Collegiatae B.Mariae Virginis a Guadalupe, Fundatoris Instituti Sororum Mariae Immaculatae de Guadalupe (1840-1898) Positio Adiuncta Cum Quaestionibus selectis, Romae 2017.
  2. Es complejo el cálculo de su valor equivalente actualmente: El valor de las monedas antiguas es la suma de dos factores: el valor del metal y el valor numismático. En equivalencia de términos actuales, por ejemplo, si una moneda con una cantidad de oro equivalente a 100 euros tiene un valor total de 1.000 euros su valor numismático es de 900 euros. El 90% de la inversión se está realizando en numismática y solamente el 10% se está invirtiendo en oro, por lo que el valor de la moneda dependerá mucho más del mercado numismático que del mercado del oro (Invertir en Bolsa.info: www.plus500.es.) Lo que está claro que el valor de la suma citada era considerable en su época.
  3. Cf. F. González F., Sangre y corazón de un pueblo. Historia de la persecución anticatólica en México y sus Mártires, 2 vols., Guadalajara (Mx) 2008.
  4. Doc. 129, pp. 715-716.
  5. Doc. 138, pp. 720-727.
  6. Doc. 148, pp. 733-738.
  7. Cf. E. SASTRE SANTOS, El ordenamiento de los institutos de votos simples según las Normae de la Santa Sede (1854-1958). Introducción y textos (Studia Urbaniana, 42), Roma-Madrid 1993, descripción de 123 documentos, pp. 173-453, bibliografía entre 1854 y 1917, 455-464; IDEM, Aproximación a los orígenes de un instituto de perfección, Claretianum, 20(1980) 179-248; IDEM, El ordenamiento de los institutos de votos simples, (1854-1958), Roma-Madrid 1993, 9-172; A. BIZZARRI, Collectanea in usumSecretariae S. C. Episcoporum et Regularium.., Romae 1863, [en las pp. 796-827, documentos hasta 1866], la edición de 1885 no modifica los textos.
    La edición se imprime cuando los «nuevos institutos» se estaban difundiendo. Es necesario precisar la terminología jurídica y encuadrarla en el contexto socio-político y eclesial de la época para entender estas fundaciones religiosas, con el progresivo abandono de la ley emanada por Pío V en la Circa pastoralis que unía vida consagrada femenina y vida de clausura, y el hecho de la incorporación cada vez más fuerte de la mujer consagrada en la vida apostólica activa.
    Sólo con León XIII, en 1900, con la Condita a Christo, se reconocerán a estas «pías asociaciones» el verdadero carácter de congregaciones religiosas. Suprimidos los antiguos institutos regulares de votos solemnes por las leyes liberales o por decadencia interna, surgen las «nuevas congregaciones» con votos simples, promesas, juramentos, que encontrarán una propia fisonomía institucional canónica.
    En 1854 se publica la primera disposición de S. C. Episcoporum et Regularium, Quandopetitur(22.9.1854) (en BIZZARRI, 772-773; SASTRE, 187-189), que se conoce también con el nombre de Normae, en realidad un Methodus sobre los «nuevos institutos» que perdurarán hasta 1958; a partir de ellas las antiguas congregaciones regulares de votos simples y las nuevas fundadas entonces (s. XIX) se transforman en «nuevos institutos»: algunos en «congregaciones de votos públicos y simples», y otros en «sociedades de vida apostólica común, pero sin votos». Todo este asunto lo desconocen los litigantes en el caso que nos ocupa, y lo desconoce totalmente la «Positio» al hablar del Instituto fundado por el P. Plancarte y del caso de Concepción Calderón.
  8. E.E., I, Diario, T. VIII-2, Vol. 7, p. 37.
  9. La Positio Plancarte hace saber: 1°: Haber microfilmado 51 documentos del Archivo Secreto Vaticano sobre el asunto. 2°: La Positio destaca: una carta del P. Plancarte (3.III.1896) al Arzobispo Nicolò Averardi, donde se defiende de las acusaciones y pide un proceso para defenderse (S.V.A.M.A.,Vol. 1, 13-15). Cf. en la Positio (Docs. 151-162, pp. 739-761).
  10. Según una Instrucción de Propaganda Fide de 1884 (cf. Ed. Documenti e Decreti, Polyglota de Propaganda Fide, 1884, en Biblioteca de la P. U. Urbananiana (Roma), para la suspensión ex informata [aut motivata] coscientia, la pena debía ser intimada por escrito, pero guardándose de indicar en el oficio de suspensión las causas que la motivaron, y que apoyaría en cuanto el Concilio de Trento (Ses. XIV, Cap. I, acerca de las Reformas) otorgaba a los Obispos.
  11. Cf. Positio Plancarte, doc. 154, pp. 746-747.
  12. En 31 años, de 1865 a 1896, no hubo en México representantes de la Santa Sede. El Arzobispo Labastida suplió el puesto hasta su muerte. En 1886 escribía a Mons. Colognesi, en Roma, preguntándole que si, prometida la tolerancia de un delegado en México, lo enviaría el Papa sin necesidad de un concordato; pero el Papa quería relaciones diplomáticas entre México y el Vaticano. En 1896, León XIII envió a México a Mons. Nicolò Averardi como Visitador Apostólico, quien permaneció en el país tres años con la misión de reanudar las relaciones con México, pero fracasó por las repetidas declaraciones del gobierno mexicano sobre que las leyes del Estado mexicano prohibían tales relaciones. Su sucesor, Mons. Ricardo Sáenz de Samper, llegó a México el 18 de marzo de 1902. El establecimiento de la Delegación Apostólica se confirmó oficialmente en 1904 con Mons. Domenico Serafini, quien permaneció un año en México y le sucedió Mons. Giuseppe Ridolfi en 1905.
  13. Positio Plancarte, cf. Doc. 153, p. 746.
  14. Positio Plancarte, cf. Doc. 154, pp. 746-747. La Positio trascribe la minuta vaticana en latín y se da la colocación de la minuta en el ASV.
  15. Positio Plancarte, cf. Doc. 155, pp. 747-749; en el margen inferior del citado documento en italiano, se lee en español y con caligrafía muy distinta: “Recibida el 3 de octubre de 1895”, fecha posterior a la del documento emitido y a la fecha indicada como posible para la consagración.
  16. En la Positio Plancarte no se reporta algún documento de tal mandato. De hecho parece ser, según tal Positio (p. 741), que Mons. Averardi visita al Obispo Cázares en Zamora, pero no da las fechas.
  17. Positio Plancarte, Doc. 157, pp. 751-753.
  18. Positio Plancarte, cf. Doc. 156, pp. 749-750.
  19. Se da la colocación en el ASV y traducción española en Positio Plancarte, Doc. 159, pp. 755-757.
  20. Positio Plancarte, doc. 160, pp. 757-758.
  21. Positio Plancarte, doc. 161, pp. 758-759.
  22. Cf. Bibliografía Documentada, cap. VIII, pp. 763-771.
  23. Positio Plancarte, Doc. 163, p. 762.
  24. Positio Plancarte, pp. 575-603.
  25. Positio Plancarte, Doc. 184, p.
  26. S.F.S., Vol. 1, Doc. 19.
  27. S.F. S., Vol. 4, Doc.30.
  28. S.F. S, Vol. 5, Doc.41.

FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA

- Congregatio de Causis Sanctorum, Mexicana, Beatificationis SD Iosephi Antonii Plancarte Y Labastida, Positio super vita, virtutibus et fama sanctitatis, Romae 2013. En ella se encuentran las numerosas referencias de fuentes y bibliografía (Archivos y Bibliotecas) y una Bibliografía Documentada, cap. VIII, pp. 763-771.

- Congregatio de Causis Sanctorum, Mexicana, Beatificationis SD Iosephi Antonii Plancarte Y Labastida, Sacerdotis Diocesani, XIV Abbatis Collegiatae B.Mariae Virginis a Guadalupe, Fundatoris Instituti Sororum Mariae Immaculatae de Guadalupe (1840-1898) Positio Adiuncta Cum Quaestionibus selectis, Romae 2017.

- Francisco Plancarte y Navarrete, arzobispo de Linares, Antonio Plancarte y Labastida 1840-1898, 2 t., México 1914 (reeditada por la Editorial Vaticana en 2012).

- José Guadalupe Treviño, MSpS, Antonio Plancarte y Labastida. Abad de Guadalupe, su vida, sus obras, sus pruebas. Ed. Administración de la Cruz, México 1939 y 19482

- Aureliano Tapia y Méndez, José Antonio Labastida, Profeta y mártir. Editorial Jus, S.A., México 1973, 19862, 20043.

- Crónica de la Congregación de las Hijas de María Inmaculada de Guadalupe, 5 tomos, 1867-1984.

- Álbumes de Aniversario: 1923, 1940, 1948,1998: con una abundante miscelánea de artículos.

- Memorias del I Congreso Internacional Plancartino…15-16 de enero de 2016. Plancarte como Apóstol de la Misericordia, Basílica de Guadalupe 2016.


FIDEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ