Diferencia entre revisiones de «UNIVERSIDAD DE MÉXICO REAL Y PONTIFICIA»

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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==Legislación y Autonomía Universitaria==
 
==Legislación y Autonomía Universitaria==
Sin duda el Rey Felipe II tenía en mente la autonomía de la Universidad cuando el 19 de abril de 1589, expidió una Cédula en Aranjuez y ratificada en Campillo el 24 de mayo de 1597, en la que prohibía que jueces, alcaldes o fiscales de las Reales Audiencias de las Indias, sirvieran como rectores aun en el caso de que fueran graduados de la Universidad, y en la que extendía el fuero de que gozaban los estudiantes conforme a las leyes de las Siete Partidas a las universidades del Nuevo Mundo. De acuerdo con estas cédulas, los rectores de las universidades de Lima y México, y en su ausencia los vice-rectores, tenían jurisdicción sobre los doctores y maestros, así como en los lectores y estudiantes que a ellas concurrieran, “en todos los delitos, causas y negocios criminales, que se cometieran e hicieran dentro de las escuelas de las universidades, en cualquier manera tocantes a los estudios, como no sean delitos en que haya de haver (sic) pena de efusión de sangre, o mutilación de miembro, o otra corporal.”  
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Sin duda el Rey Felipe II tenía en mente la autonomía de la Universidad cuando el 19 de abril de 1589, expidió una Cédula en Aranjuez y ratificada en Campillo el 24 de mayo de 1597, en la que prohibía que jueces, alcaldes o fiscales de las Reales Audiencias de las Indias, sirvieran como rectores aun en el caso de que fueran graduados de la Universidad, y en la que extendía el fuero de que gozaban los estudiantes conforme a las leyes de las Siete Partidas a las universidades del Nuevo Mundo. De acuerdo con estas cédulas, los rectores de las universidades de Lima y México, y en su ausencia los vice-rectores, tenían jurisdicción sobre los doctores y maestros, así como en los lectores y estudiantes que a ellas concurrieran, “''en todos los delitos, causas y negocios criminales, que se cometieran e hicieran dentro de las escuelas de las universidades, en cualquier manera tocantes a los estudios, como no sean delitos en que haya de haver (sic) pena de efusión de sangre, o mutilación de miembro, o otra corporal.''<ref>Llinas Álvarez, Edgar. ¿Era autónoma la Real y Pontificia Universidad de México?. Ed. UNAM, serie Deslinde N° 118, México, 1979, p. 19.</ref>
Por lo que se refiere a las Constituciones de la Universidad de México, si bien se tomó siempre a las Constituciones de Salamanca como modelo, e incluso en los primeros años se siguieron éstas al pie de la letra, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de la Nueva España, ya en 1569 el Rey mandó que se nombrara “persona docta” que visitara la Universidad e introdujese las reformas necesarias en su organización y funcionamiento. La “persona docta” elegida fue el oidor (juez) de la Real Audiencia, don Pedro Farfán, quien propuso unas reformas que fueron aprobadas el 18 de agosto de 1580. Posteriormente el arzobispo de México, doctor Pedro Moya de Contreras↗, fue nombrado por el Rey visitador de la Universidad; Moya de Contreras↗ formuló un nuevo estatuto universitario que propuso al Claustro Mayor el 28 de mayo de 1586, el cual fue aprobado y  estuvo en vigor hasta 1626, cuando el virrey don Rodrigo Pacheco y Osorio, Marqués de Cerralvo, propuso una comisión que redactó unas nuevas constituciones, mismas que fueron adoptadas por la Universidad el 23 de octubre de ese año.  
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Aunque en todas estas Constituciones se daban disposiciones muy minuciosas y, en relación a las de las mejores universidades de Europa y la cultura de su tiempo, eran casi impecables, en la práctica había desviaciones que hacían que el funcionamiento de la Universidad no fuera del todo satisfactorio. De hecho la principal desviación consistía en las frecuentes intervenciones de los virreyes en la vida académica de la institución. Así lo señaló el obispo de Puebla don Juan de Palafox y Mendoza↗ al Rey Felipe IV cuando, en su carácter de visitador general de la Nueva España, le informó que “la ruina de una comunidad tan útil (la comunidad universitaria) son los mandamientos de los virreyes, los cuales parece que traen comisión particular de Vuestra Majestad de acabar con sus estatutos, porque sin embargo que éstos están confirmados por V.M., y su Consejo, y que hay Breves de Su Santidad en que da la forma que se han de tener en los grados, juntándose las dos manos, la Apostólica y la Real, a perfeccionar la obra más importante que hay en la obra de Dios, que es enseñar a la juventud y crear sujetos para los ministerios eclesiásticos y seculares, despachan mandamientos los virreyes de ruego y encargo al Maestrescuela para que con dos cursos gradúen a los que les parece.”
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Por lo que se refiere a las Constituciones de la Universidad de México, si bien se tomó siempre a las ''Constituciones de Salamanca'' como modelo, e incluso en los primeros años se siguieron éstas al pie de la letra, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de la Nueva España, ya en 1569 el Rey mandó que se nombrara “persona docta” que visitara la Universidad e introdujese las reformas necesarias en su organización y funcionamiento. La “persona docta” elegida fue el oidor (juez) de la Real Audiencia, don Pedro Farfán, quien propuso unas reformas que fueron aprobadas el 18 de agosto de 1580. Posteriormente el arzobispo de México, doctor Pedro Moya de Contreras↗, fue nombrado por el Rey visitador de la Universidad; Moya de Contreras↗ formuló un nuevo estatuto universitario que propuso al ''Claustro Mayor'' el 28 de mayo de 1586, el cual fue aprobado y  estuvo en vigor hasta 1626, cuando el virrey don Rodrigo Pacheco y Osorio, Marqués de Cerralvo, propuso una comisión que redactó unas nuevas ''constituciones'', mismas que fueron adoptadas por la Universidad el 23 de octubre de ese año.
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Aunque en todas estas ''Constituciones'' se daban disposiciones muy minuciosas y, en relación a las de las mejores universidades de Europa y la cultura de su tiempo, eran casi impecables, en la práctica había desviaciones que hacían que el funcionamiento de la Universidad no fuera del todo satisfactorio. De hecho la principal desviación consistía en las frecuentes intervenciones de los virreyes en la vida académica de la institución. Así lo señaló el obispo de Puebla don Juan de Palafox y Mendoza↗ al Rey Felipe IV cuando, en su carácter de visitador general de la Nueva España, le informó que “''la ruina de una comunidad tan útil'' (la comunidad universitaria) ''son los mandamientos de los virreyes, los cuales parece que traen comisión particular de Vuestra Majestad de acabar con sus estatutos, porque sin embargo que éstos están confirmados por V.M., y su Consejo, y que hay Breves de Su Santidad en que da la forma que se han de tener en los grados, juntándose las dos manos, la Apostólica y la Real, a perfeccionar la obra más importante que hay en la obra de Dios, que es enseñar a la juventud y crear sujetos para los ministerios eclesiásticos y seculares, despachan mandamientos los virreyes de ruego y encargo al Maestrescuela para que con dos cursos gradúen a los que les parece.''<ref>Llinas Álvarez, Edgar. Obra citada, p. 16.</ref>
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Palafox y Mendoza concluyó esta carta solicitando al Rey que expidiera un decreto limitando la influencia y la intervención del los virreyes en la vida académica de la Universidad. Como respuesta el Rey firmó en Madrid dos cédulas: la primera de fecha 12 de junio de 1624 en la que prohibía a los virreyes su intervención en la provisión de cátedras y cursos; y la otra fechada el 3 de septiembre de 1624  en la que ordenaba que los estatutos de las universidades de Lima y México debían respetarse, y que los virreyes no estaban autorizados para alterarlos sin el permiso previo del Consejo de Indias. Al año siguiente, 1645, Felipe IV firmó una cédula más de fecha 14 de mayo en la que precisaba la exigencia del respeto a los estatutos universitarios en lo referente a la adjudicación de cátedras, y que los virreyes no debían conferirlas. Posteriormente Palafox y Mendoza↗ redactó otras Constituciones para la Universidad, las cuales fueron adoptadas hasta 1668 y fueron las que estuvieron en vigor desde ese año hasta 1833, fecha en la cual el gobierno liberal de Gómez Farías suprimió la Universidad por primera vez.
 
Palafox y Mendoza concluyó esta carta solicitando al Rey que expidiera un decreto limitando la influencia y la intervención del los virreyes en la vida académica de la Universidad. Como respuesta el Rey firmó en Madrid dos cédulas: la primera de fecha 12 de junio de 1624 en la que prohibía a los virreyes su intervención en la provisión de cátedras y cursos; y la otra fechada el 3 de septiembre de 1624  en la que ordenaba que los estatutos de las universidades de Lima y México debían respetarse, y que los virreyes no estaban autorizados para alterarlos sin el permiso previo del Consejo de Indias. Al año siguiente, 1645, Felipe IV firmó una cédula más de fecha 14 de mayo en la que precisaba la exigencia del respeto a los estatutos universitarios en lo referente a la adjudicación de cátedras, y que los virreyes no debían conferirlas. Posteriormente Palafox y Mendoza↗ redactó otras Constituciones para la Universidad, las cuales fueron adoptadas hasta 1668 y fueron las que estuvieron en vigor desde ese año hasta 1833, fecha en la cual el gobierno liberal de Gómez Farías suprimió la Universidad por primera vez.
  

Revisión del 13:17 27 ene 2014

UNIVERSIDAD DE MÉXICO REAL Y PONTIFICIA

Fundación y primeros años

En nombre del Rey Carlos I de España y V de Alemania, su hijo Felipe, Príncipe de Asturias, en su calidad de Regente de España firmó el 21 de septiembre de 1551 en Toro, la Cédula Real que fundaba la Universidad de México. Con ésta cédula la Corona Española estaba dando respuesta a la solicitud que Fray Juan de Zumárraga↗, obispo de México, le había presentado en noviembre de 1536 por medio de los procuradores que iban enviados por él al Concilio de Trento. En su escrito, Zumárraga señala que “(…) no hay (en la Nueva España) universidad de letras a donde recurrir y las desas partes están distantes (…) parece que no hay parte alguna de cristianos, donde haya tanta necesidad de una universidad a donde se lean todas las facultades que se suelen leer en las otras universidades y enseñar y sobre todo artes y teología (…) pues de ello hay más necesidad[1]. En el mismo sentido tres años después, el virrey don Antonio de Mendoza↗ pidió también que se fundara en México una universidad. En su solicitud el virrey argumentaba: “existe ya muy buena preparación de muchos buenos gramáticos españoles, de los muchachos del Colegio de los indios en Santiago Tlaltelolco y de los novicios de los monasterios.[2].

En efecto, el dedicado y eficaz empeño por la educación en toda la América española, pero especialmente en México llevada a cabo por los franciscanos, dominicos y agustinos (los jesuitas vendrían casi cuarenta años después), les había llevado a erigir instituciones como el Colegio de la Santa Cruz de Tlatelolco, o el de San Nicolás en Pátzcuaro; pero ahora era necesaria una instancia mayor: una universidad que viniera a coronar la estructura educativa. Como señala la cédula fundacional, la erección de la Universidad de México obedeció a un propósito de la Corona Española bien definido: “que en la dicha ciudad de México se fundase un estudio e Universidad de todas las ciencias donde los naturales y los hijos de españoles fuesen industriados en las cosas de nuestra Santa Fe Católica y en las demás Facultades (…).[3]En la misma cédula se ordenaba que la nueva universidad siguiera las Constituciones de la Universidad de Salamanca, esto es, las del Papa Martín V. En 1555 el Papa Paulo IV confirmó la erección de la Real Universidad de México, concediéndole gozar de los mismos privilegios y obligaciones que tenía la Universidad de Salamanca, y la bula pontificia que la acogió como tal fue del papa Clemente VIII, fechada el 7 de octubre de 1595; a partir de ese año la Universidad de México fue también Pontificia.

Una vez promulgada la Cédula fundacional –en la cual se le asignó a la Universidad una renta de mil pesos-oro anuales- se iniciaron los preparativos para su puesta en marcha, tales como la obtención en la Universidad de Salamanca de los programas académicos, de la designación de sus autoridades y maestros, así como realizar las inscripciones de sus primeros alumnos y acondicionar el edificio donde iniciaría, el cual fue una casa señorial prestada por don Juan Guerrero, ubicada en las esquinas de la calle de Moneda y Seminario. El 3 de junio de 1553 la Universidad de México abrió sus puertas a los primeros alumnos; criollos, mestizos e indígenas: veinticuatro eran clérigos y veintiocho seglares; entre éstos últimos se encontraba un indígena egresado del Colegio de Tlatelolco que después llegó a ser rector de su antiguo colegio: Antonio Valeriano↗. Los estudiantes se matriculaban ante el notario público Juan Pérez de la Fuente, quien tomaba al interesado el juramento de obediencia al rector “en cosas lícitas y honestas”. La Universidad inició sus cursos con siete profesores, destacando entre ellos el agustino Fray Alonso de la Veracruz OSA, quien, además de ostentar el grado de bachiller otorgado por la Universidad de Salamanca, era considerado “de notoria suficiencia”, así como el Arcediano de la Santa Iglesia Catedral de México, don Juan Negrete, quien tenía el grado de Maestro en Artes otorgado por la Universidad de París. Las primeras cátedras fueron en Artes, en Cánones y en Teología y en muy poco tiempo quedaron completamente estructuradas las facultades de Teología, Derecho Canónico, Jurisprudencia, Medicina y Artes liberales. Pocos años después la Universidad instituyó una Cátedra de Náhuatl y otra de Otomí, en las cuales no sólo se estudiaron y enseñaron las lenguas respectivas sino todo lo referente a ambas culturas. Al aumentar las cátedras y el número de alumnos, hacia 1561 hubo necesidad de cambiar de local, ocupando las casas que pertenecían al Hospital de Jesús. En éstas casas permaneció la Universidad hasta el año de 1591 cuando pasó a ocupar las casas del Marqués del Valle hasta principios del siglo XVII, donde se estableció definitivamente en el hermoso edificio construido ex profeso para la Universidad, edificio que fue demolido torpemente en 1910. Los grados profesionales que otorgaba la Universidad eran los de Bachiller, Licenciado, Maestro y Doctor en las siguientes facultades: Artes, Cánones, Leyes y Teología, y Medicina, aunque el grado de Maestro sólo se recibía en Artes y Teología. Para recibir el Bachillerato en Artes se necesitaba, además del Latín y Retórica, haber cursado tres años de Dialéctica, Lógica, Ontología, Física, Matemáticas, Organografía, Teodicea y Ética. En el siglo XVI, es decir, desde su fundación en 1551 hasta el año 1600, los graduados en la Universidad de México alcanzaron la cifra de 595.

Organización interna[4]

El «Claustro» era la más alta autoridad universitaria y, junto con el rector, interpretaba los decretos reales y los hacía ejecutar. Había dos clases de Claustro; el Menor (llamado también Claustro ordinario) y el Mayor (llamado también Claustro pleno). El Claustro Menor estaba compuesto de ocho miembros, incluyendo al rector y al maestrescuela; el Claustro Mayor -que podía decidir sobre cualquier asunto concerniente a la Universidad- se integraba con el rector, el maestrescuela, los diputados, los consiliarios, los profesores, los representantes de los alumnos, los de los egresados y los graduados de otras universidades que se habían incorporado a la Universidad de México. Como era sumamente difícil reunir a tal número de personas, en la práctica se convirtió en regla aceptada que para la validez de las decisiones del Claustro Mayor era suficiente la participación en él de veinte personas.

Después del Claustro venía el «cuerpo de consiliarios» que eran elegidos por el rector y, al mismo tiempo, dicho cuerpo era su consejero en asuntos académicos. En este cuerpo los estudiantes tenían a sus representantes, y su influencia se hacía sentir en el nombramiento de catedráticos y en el diseño de los currículos. El rector, que duraba en su función sólo un año, era la cabeza visible de la Universidad; era elegido por los consiliarios quienes, a su vez, eran elegidos por el Claustro Pleno. El maestrescuela tenía el mismo poder que el rector, pero únicamente en asuntos académicos; en caso de ausencias cortas era reemplazado por el vice-escolástico y en caso de muerte por el vice-cancelario. El «cuerpo de diputados» ordinariamente se ocupaba casi exclusivamente de las materias de hacienda, de las rentas y negocios ordinarios de la Universidad, pero eran los representantes de la Universidad en las reuniones de las Cortes del Reino de Nueva España. Estaba integrado entre seis o diez catedráticos propietarios de los cuales el rector designaba uno y el maestrescuela otro; el resto se designaba por rotación de los maestros titulares.

Legislación y Autonomía Universitaria

Sin duda el Rey Felipe II tenía en mente la autonomía de la Universidad cuando el 19 de abril de 1589, expidió una Cédula en Aranjuez y ratificada en Campillo el 24 de mayo de 1597, en la que prohibía que jueces, alcaldes o fiscales de las Reales Audiencias de las Indias, sirvieran como rectores aun en el caso de que fueran graduados de la Universidad, y en la que extendía el fuero de que gozaban los estudiantes conforme a las leyes de las Siete Partidas a las universidades del Nuevo Mundo. De acuerdo con estas cédulas, los rectores de las universidades de Lima y México, y en su ausencia los vice-rectores, tenían jurisdicción sobre los doctores y maestros, así como en los lectores y estudiantes que a ellas concurrieran, “en todos los delitos, causas y negocios criminales, que se cometieran e hicieran dentro de las escuelas de las universidades, en cualquier manera tocantes a los estudios, como no sean delitos en que haya de haver (sic) pena de efusión de sangre, o mutilación de miembro, o otra corporal.[5]

Por lo que se refiere a las Constituciones de la Universidad de México, si bien se tomó siempre a las Constituciones de Salamanca como modelo, e incluso en los primeros años se siguieron éstas al pie de la letra, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de la Nueva España, ya en 1569 el Rey mandó que se nombrara “persona docta” que visitara la Universidad e introdujese las reformas necesarias en su organización y funcionamiento. La “persona docta” elegida fue el oidor (juez) de la Real Audiencia, don Pedro Farfán, quien propuso unas reformas que fueron aprobadas el 18 de agosto de 1580. Posteriormente el arzobispo de México, doctor Pedro Moya de Contreras↗, fue nombrado por el Rey visitador de la Universidad; Moya de Contreras↗ formuló un nuevo estatuto universitario que propuso al Claustro Mayor el 28 de mayo de 1586, el cual fue aprobado y estuvo en vigor hasta 1626, cuando el virrey don Rodrigo Pacheco y Osorio, Marqués de Cerralvo, propuso una comisión que redactó unas nuevas constituciones, mismas que fueron adoptadas por la Universidad el 23 de octubre de ese año.

Aunque en todas estas Constituciones se daban disposiciones muy minuciosas y, en relación a las de las mejores universidades de Europa y la cultura de su tiempo, eran casi impecables, en la práctica había desviaciones que hacían que el funcionamiento de la Universidad no fuera del todo satisfactorio. De hecho la principal desviación consistía en las frecuentes intervenciones de los virreyes en la vida académica de la institución. Así lo señaló el obispo de Puebla don Juan de Palafox y Mendoza↗ al Rey Felipe IV cuando, en su carácter de visitador general de la Nueva España, le informó que “la ruina de una comunidad tan útil (la comunidad universitaria) son los mandamientos de los virreyes, los cuales parece que traen comisión particular de Vuestra Majestad de acabar con sus estatutos, porque sin embargo que éstos están confirmados por V.M., y su Consejo, y que hay Breves de Su Santidad en que da la forma que se han de tener en los grados, juntándose las dos manos, la Apostólica y la Real, a perfeccionar la obra más importante que hay en la obra de Dios, que es enseñar a la juventud y crear sujetos para los ministerios eclesiásticos y seculares, despachan mandamientos los virreyes de ruego y encargo al Maestrescuela para que con dos cursos gradúen a los que les parece.[6]

Palafox y Mendoza concluyó esta carta solicitando al Rey que expidiera un decreto limitando la influencia y la intervención del los virreyes en la vida académica de la Universidad. Como respuesta el Rey firmó en Madrid dos cédulas: la primera de fecha 12 de junio de 1624 en la que prohibía a los virreyes su intervención en la provisión de cátedras y cursos; y la otra fechada el 3 de septiembre de 1624 en la que ordenaba que los estatutos de las universidades de Lima y México debían respetarse, y que los virreyes no estaban autorizados para alterarlos sin el permiso previo del Consejo de Indias. Al año siguiente, 1645, Felipe IV firmó una cédula más de fecha 14 de mayo en la que precisaba la exigencia del respeto a los estatutos universitarios en lo referente a la adjudicación de cátedras, y que los virreyes no debían conferirlas. Posteriormente Palafox y Mendoza↗ redactó otras Constituciones para la Universidad, las cuales fueron adoptadas hasta 1668 y fueron las que estuvieron en vigor desde ese año hasta 1833, fecha en la cual el gobierno liberal de Gómez Farías suprimió la Universidad por primera vez.

Influencia en la sociedad

Obviamente la cultura y la sociedad novohispanas, apenas en sus inicios, no hubieran podido generar en esos tiempos y por sí mismas una institución como la Universidad; por ello tuvieron que ser instancias como la Iglesia y la Corona las que la crearon con el propósito antes señalado de “instruir a los nativos y a los hijos de españoles en las cosas de nuestra Santa Fe Católica y en las otras facultades.” Pero también en esos tiempos, la Iglesia en España y la Corona, que vivían en su “siglo de oro” con representantes tan calificados como Cervantes, Lope de Vega, Vitoria, San Juan de la Cruz, Santa Teresa de Ávila etc., se volcaron sobre la sociedad y la cultura novohispana para hacerlas partícipes de la alta cultura a través de la Universidad. Como toda institución social, la Universidad una vez constituida empezó a ejercer su influencia humanista sobre la sociedad, y también a recibir de ésta diversos influjos en una interrelación constante. En no pocos escritos encontramos la afirmación de que la Universidad de México se creó para los españoles, lo cual es totalmente falso. Los españoles que llegaban a México venían por varios motivos, menos el de enfrascarse en estudios que hubieran podido emprender en España en universidades de tanta fama y renombre como las de Valladolid, Palencia o Salamanca. La mayoría de los estudiantes eran criollos o mestizos y pertenecían a la clase media; pagaban un real al rector y otro por cada curso, y una vez graduados fueron personas que se insertaron en posiciones relevantes en la Iglesia, en la administración pública y en múltiples lugares generadores de cultura. Sacerdotes y religiosos mejor preparados, médicos, abogados y funcionarios cultos, arquitectos y artistas salieron de las aulas de la Universidad. Aún aquellos que por distintas circunstancias no podían concluir sus estudios, su simple permanencia durante algún tiempo en las cátedras universitarias, les proporcionó conocimientos que les permitieron llevar una vida mejor y ser personas valiosas para su comunidad.


Decadencia y extinción de la Real y Pontificia Universidad de México

Después de la independencia de la Nueva España lograda por Agustín de Iturbide↗ y tras la caída del Imperio Mejicano por la acción de Antonio López de Santa Anna↗, México se vio envuelto en una larga sucesión de conflictos políticos, enfrentamientos armados e incluso sufrió la intervención militar de los Estados Unidos y Francia. Centralistas y federalistas, escoceses y yorkinos, liberales y conservadores, se disputaron el poder a lo largo de más de medio siglo sumiendo a la nación en la anarquía política, económica y cultural. Los distintos gobiernos, de duración generalmente efímera, preocupados únicamente en mantenerse en el poder y sin recursos porque el erario estaba siempre en bancarrota y los pocos recursos que tenían se aplicaban exclusivamente para los gastos militares, se desentendieron de los problemas educativos del país y abandonaron a su suerte las instituciones educativas; desde las escuelas elementales hasta los colegios y universidades. La Universidad Pontificia de México (que con la Independencia dejó de llamarse Real) no fue la excepción, y llevando entonces una vida precaria entro en plena decadencia perdiendo el esplendor que la caracterizó durante casi trescientos años. En 1833 Valentín Gómez Farías, liberal radical y vice-presidente de la República que en esos momentos estaba a cargo del poder ejecutivo, por decreto del 19 de octubre suprimió por primera vez a la Pontificia Universidad de México, argumentando que su existencia era inútil porque en ella nada se enseñaba, nada se aprendía, y porque los exámenes para los grados menores eran de pura forma y los de los grados mayores muy costosos y difíciles. Un año después Antonio López de Santa Anna↗ volvió a hacerse cargo del poder ejecutivo y anuló el decreto de Gómez Farías, por lo que la Universidad pudo abrir nuevamente sus puertas, pero ya en condiciones inciertas y precarias, con variantes en sus estatutos y programas académicos. El 18 de agosto de 1843, el Ministro de Justicia e Instrucción Pública Manuel Baranda quitó a los estudiantes de las universidades de México y Guadalajara la obligación de asistir a clases, dejando sólo la asistencia voluntaria para quienes quisieran alcanzar un grado académico. En 1856, una comisión nombrada para rendir un informe exhaustivo sobre el estado que guardaba la Universidad de México dictaminó que: “el trastorno general que ha conmovido a nuestra sociedad y en la rápida sucesión de los hombres y partidos que han obtenido el poder en nuestro país, la universidad tan honrada, tan brillante en los tiempos pasados, por el lustre que le han dado sus hijos y por estar en consonancia con el sistema político, moral y religioso de su época, hoy es un edificio arruinado en su parte inmaterial y casi en completo aniquilamiento.” Los gobiernos de la época simplemente prolongaron la agonía de la Pontificia Universidad de México: el 14 de septiembre de 1857 el presidente Ignacio Comonfort la suprimió nuevamente; el gobierno del general Félix Zuloaga la volvió a restablecer en 1858, sólo para ser clausurada por tercera ocasión en 1860 por Benito Juárez↗. La Junta de Regencia del Segundo Imperio nuevamente la restableció en 1864, pero al llegar a México el emperador Maximiliano de Habsburgo↗ la suprimió definitivamente el 30 de noviembre de 1865. En la actualidad son dos las instituciones que se consideran herederas de la Real y Pontificia Universidad de México: La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), erigida formalmente el 22 de septiembre de 1910 por el presidente Porfirio Díaz↗ con el nombre de Universidad Nacional de México, y la Universidad Pontificia de México (UPM). Ésta última se erigió también durante el porfirismo↗ en 1895 gracias a las gestiones del entonces arzobispo de México don Próspero María Alarcón y Sánchez de la Barquera↗, pero debido a la persecución religiosa en 1932 tuvo que cerrar sus puertas. En 1981 el Episcopado Mexicano solicitó a la Santa Sede la reapertura de la Universidad Pontificia y el 29 de junio de 1982, en la fiesta de San Pedro y San Pablo, se aprobaron sus estatutos y su erección canónica.

NOTAS

  1. Cuevas, Mariano. Documentos inéditos del siglo XVI para la Historia de México. Talleres del Museo Nacional de arqueología, Historia y Etnología, México, 1914, p. 66.
  2. Pérez Puente, Leticia y González González, Enrique. Permanencia y cambio: universidades hispánicas 1551-2001, Ed. UNAM, México, 2006, p. 539.
  3. Cédula Real sobre la fundación de la Universidad de México, firmada por el príncipe Felipe a nombre de Carlos I, Ciudad de Toro, 21 de septiembre de 1551.
  4. Cfr. Mendieta y Nuñez, Lucio. Ensayo sociológico sobre la Universidad. Ed. UNAM, México 1980, capítulo XIII Las constituciones de la universidad.
  5. Llinas Álvarez, Edgar. ¿Era autónoma la Real y Pontificia Universidad de México?. Ed. UNAM, serie Deslinde N° 118, México, 1979, p. 19.
  6. Llinas Álvarez, Edgar. Obra citada, p. 16.

BIBLIOGRAFÍA

Cuevas, Mariano. Documentos inéditos del siglo XVI para la Historia de México. Talleres del Museo Nacional de arqueología, Historia y Etnología, México, 1914. Mendieta y Nuñez, Lucio. Ensayo sociológico sobre la Universidad. Ed. UNAM, México 1980. Pérez Puente, Leticia y González González, Enrique. Permanencia y cambio: universidades hispánicas 1551-2001, Ed. UNAM, México, 2006. Llinas Álvarez, Edgar. ¿Era autónoma la Real y Pontificia Universidad de México?. Ed. UNAM, serie Deslinde N° 118, México, 1979.

JUAN LOUVIER CALDERÓN