ZUMÁRRAGA; La salvación de los indios

De Dicionário de História Cultural de la Iglesía en América Latina
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El conflicto con la Primera Audiencia de México

En 1533, el oidor de México Diego Delgadillo, acérrimo enemigo del obispo Juan de Zumárraga, dirigió a la Corte de Carlos V una serie de cargos contra el prelado. En uno de ellos le acusaba de que en un sermón había predicado sobre la salvación de los indios no bautizados. En su descargo, Zumárraga aquilató su posición: algunos indios se pudieron salvar antes de la predicación evangélica si vivieron de acuerdo a la ley natural. Además se amparó en algunos teólogos que iban en esa línea. La posición de Zumárraga no tenía paralelos en México y era bastante singular en ámbito europeo.

Los primeros años de Fray Juan de Zumárraga en México fueron extraordinariamente turbulentos. En particular, nos referimos al periodo que va de su entrada a la ciudad de México- Tenochtitlán, el 6 de diciembre de 1528, a su retorno a la Península, en julio o agosto de 1532.[1]

La Primera Audiencia, presidida por Nuño Beltrán de Guzmán, se prodigaba en injusticias y desafueros, principalmente contra los indígenas. Junto a Nuño de Guzmán operaban el factor Gonzalo de Salazar y los oidores Juan Ortiz de Matienzo y Diego Delgadillo. Los misioneros franciscanos y dominicos, clamaron contra tales abusos, pero fue el obispo electo Zumárraga,[2]quien protagonizó las denuncias contra los inicuos gobernantes de la Primera Audiencia.

A modo de ejemplo, el 19 de octubre de 1529, Zumárraga y otros cuatro religiosos firmaban en Texcoco una gravísima acusación contra el oidor Delgadillo: había enviado a su hermano a violar una casa de recogimiento de mujeres indias de aquella población, levantada por los frailes, y raptar a dos hermosas doncellas:

“por mandado del Oidor Delgadillo, viniendo a esta casa de mujeres encerradas, con indios de México, su hermano que es agora justicia mayor en Oaxaca, sacó dos de ellas por las paredes altas, haciendo subir por la cerca a los indios, las hizo sacar y llevar a México, la una la dicen que la llevó el mismo hermano a Oaxaca, y la otra que está en casa de Delgadillo.”[3]

En opinión de García Icazbalceta, este crimen fue “lo más ruidoso y más sensible para los indios, en medio de los indignos ultrajes que sufrían en su honor”.[4]Siguiendo en esta línea, resulta muy reveladora la extensa carta de Zumárraga enviada a Carlos V el 27 de agosto de 1529, en donde, describiendo lo dramático de la situación, el obispo electo afirma que “todo va dando tumbos al abismo”.[5]

Probablemente, gracias a esta carta, desde la Corte se dispuso un decidido cambio de rumbo: fue nombrada una « Segunda Audiencia», presidida por el obispo de Santo Domingo, Sebastián Ramírez de Fuenleal, que llevaría a cabo una fecunda labor de pacificación y reorganización de la Nueva España.[6]Sin embargo, los miembros de la Primera Audiencia no estuvieron ociosos respecto a los misioneros y el obispo electo.

Al decir del cronista Mendieta, “levantaron en esta persecución al siervo de Dios [Zumárraga] y a aquellos santos religiosos de aquel tiempo muchos falsos testimonios de cosas feas y deshonestas, que aun a la imaginación de ellas no cabía en pechos tan llenos de Dios como los suyos. Escribieron contra estos santos varones al Emperador y a su consejo de Indias, para los desacreditar, por si informasen contra ellos de lo que pasaba”.[7]

De hecho algunas de estas acusaciones hicieron mella en el Consejo de Indias, como el penoso incidente frente a la cárcel pública de México en marzo de 1530: varios enviados de Matienzo y Delgadillo irrumpieron la noche del 4 de marzo en el convento de San Francisco de México, y sacaron por la fuerza a dos clérigos de menores que se habían amparado en el asilo eclesiástico, y los condujeron a la cárcel pública.

Zumárraga organizó una procesión de protesta y en las puertas de la cárcel se produjeron escenas de gran tensión entre Zumárraga y Delgadillo, en donde se cruzaron ásperas palabras.[8]La Segunda Audiencia sentenció en veinticinco cargos a los miembros de la primera Audiencia, y trasmitió a los jueces de la Corte peninsular el resto de los procesos.

Sin embargo, las acusaciones contra el obispo electo le merecieron una reprimenda y la presencia de Zumárraga fue requerida en la Península, para dar explicaciones de su conducta y también para que fuera consagrado obispo.[9]

En mayo de 1532 Fray Juan abandonaba la ciudad de México rumbo al puerto de Veracruz. En julio o agosto zarpó hacia la Península. Casi por las mismas fechas salía de Nueva España en otra embarcación su gran enemigo, el oidor Delgadillo. Sin embargo, las dos naves siguieron una derrota muy diferente: mientras que el obispo electo debió llegar a su destino a principios de 1533, el oidor Delgadillo no arribó a Sevilla hasta noviembre de 1533. Para esos momentos, Zumárraga ya había sido absuelto de todos los cargos y consagrado obispo (27 de abril), había recibido diversas cédulas para apremiar su regreso a México y se encontraba en plena organización de su viaje de vuelta.[10]

Pero Delgadillo no iba a dejar de tentar un nuevo aguijonazo. Nada más llegar a Sevilla compiló treinta y cuatro capítulos acusatorios contra Zumárraga, intentando por todos los medios destruir a su enemigo, y los envió a la Corte.[11]Esos meses de retardo de la nave del oidor fueron esenciales para que en la Corte el buen nombre del obispo de México estuviera ya fuera de discusión.

Por las informaciones que tenemos del proceso, sabemos que se interrogaron a diversos testigos presentados por Delgadillo de enero a mayo de 1534.[12]Por su parte, Zumárraga redactó un largo memorial a Carlos V, firmado en Valladolid, en donde rebatía punto por punto los alegatos de Delgadillo. El documento no lleva fecha, pero puede pensarse que fue escrita entre febrero y marzo de 1534.[13]

Ya en mayo, los jueces del Consejo de Indias y del Consejo Real encargados de la causa, decidieron que “atento las cualidades que concurren en el acusador y acusado, debían mandar que la dicha causa no se prosiga ni proceda en ella más adelante, y mandaron que el dicho Licenciado Delgadillo tenga su posada por cárcel y que no salga de ella sin Licencia de su Majestad, o de los dichos Señores [los jueces], so pena de diez mil castellanos de para la Cámara de su Majestad. Y por haber dado los dichos capítulos, le desterraban e desterraron de la Provincia de Nueva España, por doce años y más, cuanto fuera voluntad de Su Majestad, el cual no quebrante la dicha pena. De este auto mandaron que se dé testimonio a la parte del dicho Obispo”.[14]

Una vez superada esta insidia, el obispo de México partió para Nueva España, adonde llegó en octubre de ese año. Con todo, nosotros nos vamos a detener en un aspecto, muy interesante: de los cargos de Delgadillo y de la respuesta de Zumárraga, se hace referencia a un aspecto relevante desde el punto de vista teológico: la salvación de los indios no bautizados.

Zumárraga y la salvación de los indios infieles: acusación y respuesta

Vamos a centrarnos exclusivamente en el capítulo de acusación de Diego Delgadillo a Fray Juan de Zumárraga sobre el bautismo de indios infieles. Así lo presenta el obispo en su memorial a Carlos V: “Cuanto al 6º capítulo, en que dice que yo prediqué que los indios se salvaban sin bautismo de agua mejor que los cristianos bautizados”.[15]

Diego Delgadillo presentó diversos testigos para apoyar sus acusaciones. Por lo que respecta al asunto de la salvación de los indios sin bautizo, el oidor presentó al obispo de Tlaxcala, Julián Garcés, los dominicos Fray Vicente de Santa María, Fray Vicente de Las Casas, Fray Domingo de Santa María, al canónigo de México Gaspar López y a diversos vecinos de la villa mexicana.[16]

No parece, a tenor de la documentación consultada, que todos ellos fueran llamados ante los jueces. Veamos ahora las declaraciones efectivas sobre nuestro asunto. Una primera anotación es que en el proceso, la cuestión que nos ocupa viene tratada en el séptimo capítulo, y no en el sexto, como dice el «Memorial de Valladolid» de Zumárraga.

El primer testigo que nos interesa es el clérigo Diego de Gaspar López,[17]residente en la Corte, que declaró en Madrid, el 26 de enero de 1534:

“Fue preguntado por lo contenido en el séptimo capítulo que habla del bautismo y de la salvación de los indios. Dijo que lo que este testigo oyó en un sermón del dicho obispo de México es que dijo: «yo creo e para mí tengo por averiguado que muchos destos indios se han salvado sin bautismo» y que desto el pueblo recibió escándalo y que se platicó mucho sobre esta materia con el obispo dicho y con otras personas y que dende a ciertos días viniendo el dicho obispo de Santiago del Tlatelolco, el licenciado Benavente[18]le movió la plática al dicho obispo que cómo se entendía aquello, y que este testigo oyó al dicho obispo que se entendía en ley de natura.”[19]

El testimonio del canónigo es muy rico. Da razón de que, efectivamente, Zumárraga predicó sobre la cuestión, y ofrece sus recuerdos sobre las palabras exactas del entonces electo: “yo creo e para mí tengo por averiguado que muchos destos indios se han salvado sin bautismo”.

A continuación señala el revuelo que provocó la prédica. Finalmente, llega a darnos la fundamentación teológica que dio Zumárraga, en coloquio con un hombre cultivado (el licenciado Benavente): esto lo afirmaba «en ley de natura», según la ley natural.

El siguiente testigo es un laico, Francisco Verdugo, vecino de México. Fue interrogado el 29 de abril de 1534, pero su declaración no tiene ningún interés para nuestra cuestión.[20]Más interesante es la declaración del vecino y regidor de México, Antonio Serrano de Cardona,[21]interrogado el mismo día que Verdugo: “Preguntado por el séptimo capítulo de lo de los indios si se salvaban sin agua de bautismo dijo que lo ha oído decir como dicho tiene, a muchas personas, de cuyos nombres no se acuerda. Especialmente oyó decir al Padre Fray Vicente que era mal dicho lo que el dicho obispo había predicado acerca deste artículo”.[22]

Esta respuesta de Serrano de Cardona nos presenta ya el nombre de un adversario doctrinal de Zumárraga. De los dos testigos llamados «Fray Vicente», es evidente que se trata del padre Vicente de Santa María, vicario general de los dominicos en México durante la primera estancia de Zumárraga en Nueva España.

Merece la pena detenerse un poco en la figura de Fray Vicente de Santa María, pues por desgracia no conocemos si testificó en el proceso, y por Verdugo sabemos que, según él, lo que había predicado Zumárraga sobre la salvación de los infieles “era mal dicho”. Era natural de Tordehumos (Castilla) e hijo del convento de San Esteban de Salamanca,[23]lo cual no habla mal de su formación teológica.

Tras diversas peripecias llegó a Nueva España en la segunda expedición dominica, en octubre de 1528 (dos meses antes que Zumárraga). Sustituyó enseguida al hasta entonces superior, Fray Domingo de Betanzos, y fue nombrado Vicario General dominico.[24]El cronista franciscano Mendieta lo describe como «insigne predicador».[25]

Durante los años 1529-1532 tanto Fray Vicente como Zumárraga fueron testigos de hechos muy graves, sobre todo en lo referente a los desafueros de la Primera Audiencia. Sin embargo, el dominico parece que se sitúa en el bando opuesto al obispo electo. Esto es fundamental para calibrar su absoluto desacuerdo con la posición de Fray Juan sobre la salvación de los indios infieles.

No podemos aquí estudiar extensamente la figura de Fray Vicente, pero sí dar algunas pinceladas que se refieren a nuestro asunto. Ya en 1528 escribió una carta al dominico Juan García Loaysa, entonces obispo de Osma, en donde presentaba a Zumárraga de arrogante y turbulento, ambicioso de poder frente a las autoridades civiles.[26]Además, en la información de Nuño de Guzmán contra Zumárraga, de fecha 29 de abril de 1529, aparece como testigo Fray Vicente de Santa María.[27]

Otro aspecto interesante es la participación del vicario general dominico en los penosos sucesos de marzo de 1530 (violación del asilo eclesiástico, los improperios frente a la cárcel civil, entredicho, etc.). Por un lado Fray Vicente acompañó a Zumárraga en la procesión de eclesiásticos hacia la cárcel pública.[28]Sin embargo, posteriormente, el dominico había participado en una «junta» en casa del oidor Matienzo para ver cómo se podían levantar las excomuniones sin tener que acudir al Electo.[29]

No sólo eso: probablemente fue el propio Fray Vicente el que levantó de las excomuniones a los oidores.[30]Zumárraga, en una misiva a Hernán Cortés de 13 de diciembre de 1530, da por seguro que el padre Santa María absolvió a los oidores, aunque fue «infructuosamente».[31]

Finalmente, nos parece muy elocuente una carta de la segunda Audiencia a la emperatriz, en donde, refiriéndose a Fray Vicente afirma: “El vicario de dicha orden va a esos reinos [peninsulares]: sospéchase que a negociar cosas del presidente y oidores pasados, y otras tales. Nos dicen que ha habido diferencias entre él y prior de una parte, y de otra fray Domingo de Betanzos, persona muy calificada, que tiene gran reputación en esta tierra, y mucha conformidad con los franciscos. Echáronlo a Guatemala…”.[32]

En realidad, lo que impelía a viajar principalmente a Fray Vicente era el nombramiento que se había hecho desde la Española de Fray Francisco de San Miguel como nuevo prior del convento dominico de México, lo que le llevó, perdido un primer recurso ante la Audiencia, a abandonar la Nueva España rumbo a la Península.[33]

Todo lo dicho sobre Fray Vicente de Santa María ayuda a entender su posición contraria a Zumárraga en su doctrina sobre los indios no bautizados. Desde un punto de vista personal, el dominico se había presentado con frecuencia de la parte de los oidores de la Primera Audiencia y contra el entonces obispo electo.

El último testigo que vamos a considerar, el vecino de la ciudad de México Bartolomé de Zárate,[34]aportó un testimonio bien interesante. Fue escuchado en Toledo, el 5 de mayo de 1534:

“Fue preguntado por lo contenido en el séptimo capítulo, qua habla del sermón de México sobre si los indios se salvaban sin agua de bautismo. Dijo que este testigo se halló en el dicho sermón que predicó el obispo en México, e oyó este testigo decir al dicho obispo predicando reprehendiendo a los cristianos que eran malos y pecadores, e loando a los indios, que eran humildes y buenos, dijo: «Mirad cuán buenos son que tengo para mí que muchos de ellos se han salvado sin agua de bautismo, o sin bautismo de agua», no se acuerda bien cuál de estas dos cosas dijo.”[35]

Este testimonio nos presenta un nuevo matiz del famoso sermón de Zumárraga, pues se trata de un testigo directo. El contexto de la famosa y «polémica» afirmación de la salvación de los indios infieles, es la prédica del Electo en la que fustigaba a los españoles de «malos y pecadores», mientras que los naturales eran lo contrario: «humildes y buenos». Pero lo característico del sermón fue que Fray Juan dio un paso más del punto de visto teológico; esas características – ser humildes y buenos –, que evidentemente poseían ya antes de llegar los españoles, les habían podido abrir las puertas del cielo, al menos a «muchos de ellos», sin las aguas del bautismo. Los tres testigos que hemos analizado nos dan una primera visión sobre lo que realmente ocurrió: Zumárraga, en un sermón, probablemente encendido, dadas las circunstancias sociales y la recia personalidad del Electo, incriminaba a los españoles por sus maldades y pecados, a la vez que alababa la bondad y humildad de los naturales, en esas circunstancias muy probados por tantos desafueros de los pobladores españoles. Y en ese contexto, se atrevió a declarar, en forma de hipótesis personal, no como hecho indudable, que muchos indígenas se habrían podido salvar aún sin haber recibido el bautismo. En esta afirmación se juntan dos elementos: a) que es posible salvarse sin el agua del bautismo; b) que muchos naturales, merced a sus virtudes naturales, por seguir la ley natural, pudieron salvarse sin recibir el bautismo de agua, esto es, sin el sacramento del bautismo.

Sabemos que estas afirmaciones produjeron un cierto escándalo, según el canónigo Gaspar López, y hubo muchas discusiones al respecto. En conversación con el licenciado Benavente, Zumárraga aclaró que la salvación de los indios se debía a su acuerdo con la ley natural. Otros, como Fray Vicente de Santa María, eran contrarios a estas tesis.

Zumárraga responde a estas acusaciones en el citado memorial al emperador. En orden al comentario del texto, iré presentando el párrafo en forma parcial:

“Cuanto al 6º capítulo, en que dice que yo prediqué que los indios se salvaban sin bautismo de agua mejor que los cristianos bautizados, digo que yo nunca tal prediqué ni dije, ni es de creer, salvo que diría: «algunos indios que no tuvieron noticia de nuestra santa fe, ni del sonido de la predicación evangélica, si algunos según ley natural y dictamen de la razón virtuosamente vivieron, se pudieron salvar», y todo lo que en este caso y propósito yo prediqué fue «sub fidei pietate…».”[36]

La primera afirmación de Fray Juan se refiere a la formulación de la acusación: él nunca dijo que se salvaban mejor los indios sin bautismo que los españoles con él, pues eso sí sería un error dogmático: poner por encima la naturaleza a la gracia, y juzgar si unos hombres sin sacramentos (los indios) estaban mejor preparados para salvarse que otros con sacramentos (los españoles), lo cual no se puede conocer. Lo único que se puede decir es que para una misma persona es mejor recibir los sacramentos que no recibirlos.[37]En realidad, lo que resulta de los tres testigos mencionados, es algo mucho más sencillo, del tipo: “tengo para mí que muchos de ellos se han salvado sin agua de bautismo”, sin hacer comparaciones, a efectos de salvación, con los españoles.

El pensamiento que ofrece Fray Juan como efectivamente predicado es muy matizado: «algunos» indios, no dice ni pocos ni muchos, tuvieron la posibilidad de salvarse sin haber conocido la Palabra del Evangelio, siempre y cuando vivieran virtuosamente conforme a la ley natural. La frase se conecta bien con el comentario de un testigo, que afirma que ya en México Zumárraga había dado explicaciones de su posición refiriéndose a la ley natural.

En cualquier caso, la proposición del memorial al emperador es más «prudente» que la que le achacan algunos testigos: “yo creo e para mí tengo por averiguado que muchos destos indios se han salvado sin bautismo”, donde ya no son «muchos», sino «algunos».

En este sentido, es elocuente una afirmación simétrica de Fray Juan en su «Doctrina breve» de 1543/1544, en donde, argumentando que todos los hombres buscan la vida, declara:

“Y por cuanto muchos infieles buscaron y aun buscan la vida corporal y la espiritual muy errada y falsamente en sus opiniones y errores muy conocidos, y vinieron no a la vida más a la muerte, es menester que tomemos por objeto la verdad, que es ese mismo Jesucristo nuestro Señor el cual así mismo dice «Yo soy verdad».”[38]

Aquí se trata de afirmar que «muchos infieles» buscaron la vida, pero se equivocaron, pues no hallaron la verdad, que en definitiva es Cristo. Pero no se alega que «todos» los infieles se equivocaron en esa búsqueda esencial, sino sólo «muchos».

La expresión latina «sub fidei pietate» (en virtud de la piedad de la fe) es muy elocuente para aquilatar el nivel dogmático que Zumárraga pretendía dar a las afirmaciones del sermón. Nos puede servir la comparación con una expresión casi idéntica que usa un grandísimo teólogo franciscano, san Buenaventura de Bagnorea (1217ca-1274).

En su magna obra «Commentaria in Quatuor Libros Sententiarum» emplea las expresiones «fidei pietati» y «pietati etiam fidei» en un contexto análogo al memorial de Zumárraga. San Buenaventura está presentando su opinión acerca de si la Santísima Virgen contrajo el pecado original.[39]Para el doctor franciscano la cuestión no está resuelta.

Naturalmente, él va a dar su opinión: María contrajo el pecado original, y luego fue santificada; pero no afirma que sea de fe creer lo que él afirma. Las analogías con el texto de Zumárraga son elocuentes: el empleo de la expresión «sub fidei pietate», en ambos autores, indica que la sentencia que se propone no se considera definitiva, como si fuera dogma de fe o verdad católica incontestable.

Se trata de una proposición a juicio del autor más probable que la contraria, y de acuerdo con la fe. No se quiere decir, tampoco, que la opinión contraria sea necesariamente equivocada. En efecto, como veremos, la posición de Zumárraga no era la mayoritaria, aunque ninguna doctrina oficial de la Iglesia la condenaba.

Pero hay otro aspecto que podemos considerar sobre el sentido de la expresión «sub fidei pietate», y es el de una fe sencilla, devota, pura, que nos parece que también está presente en el texto de Zumárraga. Para ilustrarlo vamos a recoger sólo un texto, pero los ejemplos podrían serían numerosos. Es un texto de san Agustín, en la obra «De Gestis Pelagii ad Aurelium Liber Unus», 1. 3. Veamos la traducción castellana: “Poquísimos son, ciertamente, los expertos en la ley; sin embargo la piedad de la fe simple, la esperanza certísima en Dios y la caridad sincera habla en favor de la multitud de los miembros de Cristo, difusa por todas partes, desconocedora de la ley, tan profunda y múltiple, pero dotada con estos dones, y que confía en que, con la gracia de Dios, puede ser limpia de los pecados, por Cristo Nuestro Señor”.[40]

Se puede apreciar que el sentido de la «simplicis fidei pietas», la piedad de una fe simple, que se contrapone a la de los jurisperitos, que conocen la ley «profunda y múltiple», es la de una fe sencilla y pura, con una cierta carga afectiva.

Con este texto pensamos que hemos encuadrado el sentido que puede darse a esta expresión de Zumárraga, «sub fidei pietate». Se trata de una manifestación devota de lo que él propone como algo real (en este caso, la posibilidad de salvación de algunos indios no bautizados), pero que no asegura sea una afirmación de índole dogmática, sino simplemente una pía creencia, algo bueno y decoroso. Aunque esta pía creencia sea apoyada por algunas autoridades.

A continuación, el «Memorial de Valladolid» enumera algunas autoridades teológicas en las que Fray Juan funda su postura. Veamos primero la lista, para después analizar las referencias:

“y todo lo que en este caso e propósito yo prediqué, fue «sub fidei pietate», conforme a la doctrina de San Agustín «in libro quaestionum ad presbiterum Deogracia»; y Scoto en las «additiones» de la cuestión primera del prólogo de las sentencias; y Alexandre de Hales,[41]en la 3ª parte de la cuestión 69; y Gabriel en el canon en la lección 23; Gerson, y otros doctores, rezando sus opiniones sin aserción...”[42]

Como se aprecia, el obispo invoca cinco autores, lo que nos muestra claramente sus preferencias teológicas: 1) San Agustín, de autoridad indiscutida en toda la Iglesia;[43]2) el hoy beato Juan Duns Scoto (1266ca-1308), uno de los grandes teólogos franciscanos de la baja Edad Media;[44]3) el también franciscano Alejandro de Hales (1185ca-1245), maestro en la Sorbona;[45]4) el sacerdote secular Gabriel Biel (1410 ca- 1495), profesor de la Universidad de Tubinga;[46]5) Juan Gerson (1363-1429), Canciller de la Universidad de París.[47]

La enumeración de las «autoridades» que presenta Zumárraga termina con una frase un tanto enigmática: “rezando sus opiniones sin aserción”. Si tenemos en cuenta algunos de los significados de estos tres vocablos,[48]se podría parafrasear así la afirmación: «he mostrado sucintamente mi verdadera posición sobre la posibilidad de salvación de los indios. He ofrecido además algunas autoridades, que pueden servir para demostrar que mi pensamiento no es novedoso. Y en cualquier caso, esto es algo opinable, defendido por estas autoridades, aunque no es algo definitivo».

En conjunto, podemos afirmar que la argumentación de Zumárraga en el «Memorial de Valladolid», aunque breve, es bastante sólida. Las autoridades que cita, además de San Agustín, son muy robustas.[49]Los textos de esas autoridades coinciden con el pensamiento de Zumárraga: «algunos indios que no tuvieron noticia de nuestra santa fe, ni del sonido de la predicación evangélica, si algunos según ley natural y dictamen de la razón virtuosamente vivieron, se pudieron salvar», aunque introducen nuevos matices: la fe en un mediador, en un futuro redentor, la intervención de un mentor divino o angélico, etc.

Sin embargo, sustancialmente, coinciden y fundamentan lo afirmado por el obispo de México. Este logra, en la frase antes citada, una síntesis perfecta de un argumento teológico de gran importancia y de no poca dificultad, como veremos.

Antes de pasar al contexto de este párrafo, es importante detenernos en sus últimas frases, de contenido no doctrinal:

“rezando sus opiniones in aserción, y del sermón y palabras no hubo ni nació escándalo, e yo lo prediqué en presencia de vuestros oidores que ahora allá residen, que no se escandalizaron de lo que dije; y si el dicho licenciado [Delgadillo] no lo tomó bien, sería por no lo entender, que no debe ser muy estudioso en estas materias, o sería por no tener sana la voluntad con los predicadores, y acabando de oír el sermón decía, oyéndoselo muchos, que quisiera dar dos mil coces al bellaco del predicador; y si algún sermón oía, era más por tomarlos en palabras que por aprovecharse de su doctrina.”[50]

La primera aserción, según la cual del sermón “no hubo ni nació escándalo”, contradice abiertamente las declaraciones del canónigo Diego de Gaspar López, testigo de la prédica, quien afirma “que desto el pueblo recibió escándalo y que se platicó mucho sobre esta materia”.

El segundo testigo, Francisco Verdugo, aunque no estuvo presente, declara que la cuestión era comentada por «muchas personas». Y, además, el prior dominico, Vicente de Santa María, sostenía que «era mal dicho» lo predicado por Fray Juan. La referencia de Zumárraga a los nuevos oidores es interesante para situar cronológicamente el sermón. En diciembre de 1530 llegaron a México Salmerón y Ceynos, y en enero siguiente Maldonado y Vasco de Quiroga.

Por lo que se refiere a si hubo o no efectivo escándalo en el sermón, esta vez no le concedemos la razón a Fray Juan. Él afirma que los nuevos oidores “no se escandalizaron de lo que dije”, lo cual habla mucho de su óptima preparación jurídica y teológica, pero no concluye la cuestión.

A nuestro juicio, las afirmaciones de Zumárraga en el sermón, aún las más «suaves», como la del tercer testigo que hemos citado: “Mirad cuán buenos son [los indios] que tengo para mí que muchos de ellos se han salvado sin agua de bautismo, o sin bautismo de agua”,[51]no podían sino suscitar un no pequeño revuelo en el pueblo fiel que escuchaba.

Como veremos en el siguiente epígrafe, varios misioneros contemporáneos de Zumárraga no compartían en absoluto este aperturismo hacia la salvación de los infieles. ¿Qué decir entonces de los fieles asistentes al sermón, sin una gran preparación teológica? Además, si observamos las citadas frases de Zumárraga contra el oidor Delgadillo, comprendemos que el sermón se convierte en alegato dentro de una inquina personal entre ambos personajes.

Es cierto que Delgadillo no acusa a Zumárraga para velar por la pureza de la fe, teniendo en cuenta el conjunto de sus alegatos. Ya sabemos que los enfrentamientos en México entre 1528 y 1532 fueron muy duros, y que llegaron a los insultos personales.

De ahí se comprenden las tres acusaciones «ad hominem» que lanza Fray Juan contra su oponente: a) no entendió el sermón porque no sabe teología; b) no tenía buena voluntad para entender el sermón, pues al acabar insultaba y amenazaba vulgarmente al obispo electo; c) iba al sermón no para aprender sino para tener materia para atacar a su enemigo.

NOTAS

  1. Sobre este breve pero intenso periodo de la vida del prelado, remitimos a los siguientes estudios: J. GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga. Primer obispo y arzobispo de México, ed. de Rafael Aguayo Spencer y Antonio Castro Leal, Editorial Porrúa (Colección de escritores mexicanos, 41), México 1947, vol. I, 27-111; F. CHAUVET, Fray Juan de Zumárraga, O.F.M., Publicistas e impresores Beatriz de Silva, México 1948, 7-126, M. CUEVAS, Historia de la Iglesia en México, ed. de José Gutiérrez Casillas, Porrúa (Biblioteca Porrúa, 104), México 1992, vol. I, 238-270
  2. Fray Juan llegó a México presentado como obispo por Carlos V, pero aún no consagrado, debido a las discrepancias que en ese momento existían entre Carlos V y el Papa Clemente VII, que duró de 1526 a 1529. Sobre el particular, cfr. CHAUVET, Fray Juan de Zumárraga, 44-49.
  3. Acusación presentada por Fray Juan de Zumárraga, Texcoco, 19 de octubre de 1529, en CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 457.
  4. GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 45.
  5. Carta de Zumárraga a Carlos V, s. l. 27 de agosto de 1529, en GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. II, 245.
  6. Para una visión de conjunto de la Segunda Audiencia, cfr. E. DE LA TORRE VILLAR, Los reinos de la Nueva España y Guatemala en el siglo XVI, en M. LUCENA SALMORAL (coord.), Historia General de España y América, Madrid 1982, vol. VII, 469-472.
  7. J. DE MENDIETA, Historia Eclesiástica Indiana, Lib. V, cap. XXVII, ed. de Francisco Solano y Pérez-Lila, Atlas (BAE 261), Madrid 1973, 167.
  8. Sobre el particular, cfr. MENDIETA Historia Eclesiástica, lib. V, cap. XXVII, 166-167; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 80-83; CHAUVET, Fray Juan de Zumárraga, 74-78.
  9. Fue la emperatriz Isabel de Portugal la que ordenó su venida a la Península, por carta de 17 de febrero de 1531. Cfr. CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 268.
  10. Sobre este periodo, cfr. Joaquín GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 91-124; CHAUVET, Fray Juan de Zumárraga, 127-140.
  11. Las acusaciones de Delgadillo se encuentran en AGI, Justicia, 1006, y se compone de tres secciones o ramos.
  12. Por ejemplo, el testigo Diego Gaspar López, clérigo, declaró en Madrid el veintiséis de enero de 1534 (AGI, Justicia, 1006, nº 1, Ramo 1, 3ª pieza, fol. 3r). Francisco Verdugo, vecino de México, fue interrogado el 29 de abril de 1534 (Ibidem, fol. 6v).
  13. Lo citaré como Memorial de Valladolid. El original en AGI, Patronato, R. 59, ff. 930r-934v; trascrito en M. CUEVAS (ed.), Documentos inéditos del siglo XVI para la historia de México, ed. de Genaro García, Porrúa, (Biblioteca Porrúa 62), México 1975, 17-46; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 9-49.
  14. La parte esencial del auto en CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 269-270. Cita AGI con las antiguas signaturas: 51-6-3/20, y Col. Cuevas, XVII, 135. El texto de Cuevas también en CHAUVET, Fray Juan de Zumárraga, 136-137.
  15. Memorial de Valladolid, AGI, Patronato, R. 59, f. 933v; Mariano CUEVAS (ed.), Documentos inéditos, 27-28; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 24.
  16. Cfr. AGI, Justicia, 1006, nº 1, ramo 1 - 3ª pieza, f. 1v. A partir de ahora citaré Testigos Delgadillo.
  17. Fue canónigo de México desde 1532. Cfr. J. F. SCHWALLER, The Church and Clergy in Sixteenth-Century Mexico, University of New Mexico Press, Alburquerque 1987, 26; R. RODRÍGUEZ BALDERAS, El Clero Secular en la Arquidiócesis de México-Tenochtitlan desde 1510 hasta 1548, en “Libro Anual del ISEE”, 6 (México DF 2004/2) 29 y 65.
  18. En 1548, el licenciado Benavente aparece firmando una información jurídica como fiscal del rey. Cfr. GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 300.
  19. Testigos Delgadillo, ff. 3v-4r.
  20. Preguntado sobre la salvación de los infieles se limita a decir: «este testigo se halló presente a algunos sermones del dicho obispo, que le veía tocar mucho en lo que tocaba a los indios, e como este testigo no es letrado no se paraba a examinar ni encomendaba a la memoria lo que el dicho obispo predicaba»; Testigos Delgadillo, f. 7r.
  21. Antiguo vecino de México. Regidor del cabildo. En una información tenida en México en mayo de 1532 aparece frecuentando al licenciado Delgadillo. Cfr. F. DEL PASO y TRONCOSO , Epistolario de Nueva España, Antigua Librería Robredo, de José Porrúa e hijos México 1939-1940, vol. II, 132.
  22. Testigos Delgadillo, f. 8r.
  23. CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 217.
  24. Cfr. REMESAL, Historia general, lib. II, capp. 1-2, 121-122; CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 217-218.
  25. MENDIETA Historia Eclesiástica, lib. IV, cap. 1, II, 11.
  26. Carta de Vicente de Santa María a Juan de Loaysa, México 1528, en H. TERNAUX, Voyages, relations et mémoires originaux pour servir à l'histoire de la découverte de l'Amérique, Paris 1837-1841, XVI, 94. Citado en GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 107.
  27. Cfr. GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 107.
  28. Cfr. CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 262.
  29. Cfr. GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. I, 87-89.
  30. Cfr. CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 266.
  31. La parte de la carta que nos interesa: «Vuestra Señoría escribió a Fray Vicente, Prior de Santo Domingo. Él ha recibido ya la carta y este Domingo pasado en su sermón en presencia de Matienzo, ya pudo ser quererle dar la extremaución, pero gentilmente dijo y con harta desenvoltura que presto se vería tiempo que los Señores Oidores que venían harían buenos a los que ahora estaban, ya puede ser que sea enmendando las cosas pasadas y poniendo castigo en ellas. Así mismo dijo que antes de ocho días que después, que los Señores Oidores hubiesen llegado, peor se diría de ellos que destotros y así dijo que lo pedían por testimonio. Haec et alia quae protulit pro certo habeo, immo etiam illos absolvisse (infructuose)» (CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 461).
  32. Carta de los oidores Salmerón, Maldonado, Ceynos y Quiroga a la Emperatriz, en Joaquín GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. II, 293. Los editores fechan la carta el 30 de marzo de 1531, pero esto no es posible. La salida del P. Santa María para la Península no puede ser sino posterior a octubre de 1531, que es cuándo se produjo el enfrentamiento con el P. San Miguel. Por tanto quizá pueda ser fechada en marzo de 1532.
  33. Cfr. CUEVAS, Historia de la Iglesia, vol. I, 219. El nombramiento de Fray Francisco de San Miguel fue en agosto de 1531, y éste llegó a México en agosto del mismo año. Por su parte, Remesal, nada amigo de empañar la imagen de sus hermanos en religión, describe la situación entre los dominicos de México tras la partida de Fray Domingo Betanzos para Roma (marzo de 1531) bastante tensa, con luchas intestinas acerca de la aceptación o no de puestos de responsabilidad (cfr. REMESAL, Historia general, lib. II, cap. 8, 140).
  34. Juez pesquisidor contra las idolatrías de los indios de Nueva España. Vecino y regidor de la ciudad de México, vecino de Antequera. Hermano del obispo de Oaxaca o Antequera, Juan López de Zárate. En 1537 la ciudad de Antequera le nombró su procurador en la Corte, pues ya era procurador de México. Un año después llegó a conseguir escudo de armas. Cfr. PASO y TRONCOSO , Epistolario, vol. III, 189-190, 202, 235-238. En 1544 redactó una relación sobre el gobierno de la Nueva España, pero no menciona a Fray Juan de Zumárraga. Cfr. PASO y TRONCOSO , Epistolario, 4, 130-148.
  35. Testigos Delgadillo, f. 9r.
  36. Memorial de Valladolid, AGI, Patronato, R. 59, f. 933v-934r; CUEVAS (ed.), Documentos inéditos, 27-28; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 24-25.
  37. Esta materia de antropología sobrenatural es extraordinariamente compleja. El Concilio de Trento la abordó principalmente en el Decreto de Justificación, Sesión VI (13 enero 1547), Denzinger-Schönmetzer, nn. 1520-1583. Las polémicas doctrinales continuaron con virulencia tras al Concilio.
  38. FRAY JUAN DE ZUMÁRRAGA, Doctrina breve muy provechosa…, México 1543/44, cit. en GIL, Primeras Doctrinas, 444, nota 19. Hemos modernizado ligeramente el castellano.
  39. La cuestión fue debatida durante siglos, hasta que el Papa Pío IX proclamó como dogma de fe que la Virgen María fue preservada del pecado original en atención a los méritos de Cristo: bula Ineffabilis Deus (8 diciembre 1854): Denzinger-Schönmetzer, nn. 2800-2804.
  40. «(…) Paucissimi quippe sunt legis periti; multitudinem autem membrorum Christi usquequaque diffusam et legis tam profundae ac multiplicis imperitam “simplicis fidei pietas” et spes firmissima in Deo et caritas sincera commendat, quae his donis praedita, gratia Dei se confidit a peccatis posse mundari per Iesum Christum Dominum nostrum (Rom 7, 25)»: SANT’AGOSTINO, Gli Atti di Pelagio, 1, 3, en Opere di sant’Agostino, ed. latino-italiana, Città Nuova, Roma 1981, XVII/2, 27.
  41. Tanto Muñoz, como Icazbalceta y sus editores y Cuevas, identifican este Alexandre de Alex, del original, como Alejandro de Alejandría (250-328), el santo patriarca de Alejandría que sostuvo una ejemplar defensa de la fe frente a Arrio. Cfr. la primera ed. de Icazbalceta, Don Fray Juan de Zumárraga, primer obispo y arzobispo de México, Antigua Librería de Andrade y Morales, México 1881, 66.
  42. Memorial de Valladolid, AGI, Patronato, R. 59, f. 933v; CUEVAS (ed.), Documentos inéditos, 28; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 24.
  43. En la Regla cristiana breve las citas del santo de Hipona son abundantísimas. Cfr. índice onomástico de la ed. crítica de Ildefonso Adeva, Eunate, Pamplona 1994, 303. Véase también el prólogo de su “Suplemento” de la Doctrina cristiana de 1546, ed. de J. G. DURÁN, Monumenta Catechetica Hispanoamericana, II: siglo XVI, Facultad de Teología de la Pontificia Universidad Católica Argentina, Buenos Aires 1990, 121-124.
  44. Citado por Zumárraga, por ejemplo, en su Regla cristiana breve de 1547 (ed. 156, 273). Entre los volúmenes con el ex libris de Fray Juan que conocemos, se encuentran dos obras de Scoto, Super quarto sententiarum y Questiones quodlibetales (cfr. GIL, Primeras “ Doctrinas, 652).
  45. Véanse citas de Hales en la Regla cristiana breve, ed. 137.
  46. La biblioteca personal de Zumárraga poseía un ejemplar del Collectiorum in quatuor libros sententiarum (cfr. GIL, Primeras “ Doctrinas, 650).
  47. Es un autor muy citado y conocido por Zumárraga. De hecho editó en México en 1544 una obra suya: Tripartito del Christianissimo y consolatorio doctor Juan Gerson: a cualquiera muy provechosa… Por mandado y a costa del R. S. obispo de la mesma ciudad Fray Juan Çumárraga, Juan Cromberger, México 1544. Este autor es una de las fuentes principales de la Regla Christiana Breve de Zumárraga.
  48. Ofrecemos los tres significados que a nuestro juicio cuadran más con la frase de Zumárraga: rezar: “decir o decirse en un escrito una cosa”; opinión: “dictamen, juicio o parecer que se forma de una cosa cuestionable”; aserción: “acción y efecto de afirmar o dar por cierta alguna cosa”. Cfr REAL ACADEMIA, Diccionario de la lengua Española, Madrid 1992.
  49. Ninguno de los autores citados cae en el relativismo-irenista de un Nicolás de Cusa (1401-1463), Marsilio Ficino (1433-1499), Erasmo de Rotterdam (1466-1536), partidarios de minusvalorar las diferencias entre el cristianismo y las otras religiones. Cfr. Prudencio DAMBORIENA, La salvación en las religiones no cristianas, Editorial Católica (BAC 343), Madrid 1973, 92-98.
  50. Memorial de Valladolid, AGI, Patronato, R. 59, ff. 933v-934r; CUEVAS (ed.), Documentos inéditos, 28; GARCÍA ICAZBALCETA, Don Fray Juan de Zumárraga, vol. III, 24-25.
  51. Testigos Delgadillo, f. 9r.

BIBLIOGRAFÍA

CHAUVET, F. Fray Juan de Zumárraga, O.F.M., Publicistas e impresores Beatriz de Silva, México 1948

CUEVAS M., Historia de la Iglesia en México, ed. de José Gutiérrez Casillas, Porrúa (Biblioteca Porrúa, 104), México 1992, vol. I

CUEVAS M. (ed.), Documentos inéditos del siglo XVI para la historia de México, ed. de Genaro García, Porrúa, (Biblioteca Porrúa 62), México 1975

DAMBORIENA P., La salvación en las religiones no cristianas, Editorial Católica (BAC 343), Madrid 1973

DEL PASO Y TRONCOSO F. , Epistolario de Nueva España, Antigua Librería Robredo, de José Porrúa e hijos México 1939-1940, vol. II

DURÁN J. G., Monumenta Catechetica Hispanoamericana, II: siglo XVI, Facultad de Teología de la Pontificia Universidad Católica Argentina, Buenos Aires 1990

GARCÍA ICAZBALCETA J., Don Fray Juan de Zumárraga. Primer obispo y arzobispo de México, ed. de Rafael Aguayo Spencer y Antonio Castro Leal, Editorial Porrúa (Colección de escritores mexicanos, 41), México 1947

LUCENA SALMORAL M. (coord.), Historia General de España y América, Madrid 1982, vol. VII

MENDIETA J. DE, Historia Eclesiástica Indiana, Lib. V, cap. XXVII, ed. de Francisco Solano y Pérez-Lila, Atlas (BAE 261), Madrid 1973

SCHWALLER J. F., The Church and Clergy in Sixteenth-Century Mexico, University of New Mexico Press, Alburquerque 1987


LUIS MARTÍNEZ FERRER © «Annales Theologici»