Diferencia entre revisiones de «POBLAMIENTO; normatividad en la Tercera Junta Eclesiástica de México»
(→NOTAS) |
|||
Línea 79: | Línea 79: | ||
− | <references | + | <references/> |
==BIBLIOGRAFÍA== | ==BIBLIOGRAFÍA== |
Revisión actual del 18:18 27 ene 2017
Prólogo
Desde el punto de vista eclesiástico el año de 1532 fue un año de mucha actividad. Dado el estado de las investigaciones (al año de 1991) no resulta fácil determinar el número exacto de Juntas que se celebraron durante ese año. Hasta el presente se solía hablar de una o dos Juntas, sin hacer una referencia precisa de las fuentes que la acreditaban.
Basándome en las propias investigaciones y en las aportaciones de Fernando Gil en su tesis sobre “Las primeras doctrinas del nuevo Mundo”,[1]sin excluir la posibilidad de encontrar nuevos documentos que testifiquen la celebración de otras Juntas en ese mismo año, podemos hacer las siguientes afirmaciones:
Durante el año 1532 el obispo y Presidente de la Segunda Audiencia (había iniciado sus trabajos el 10 de enero de 1531) celebró varias reuniones con los obispos ( Juan de Zumárraga y Julián Garcés), los representantes de las Órdenes entonces presentes en México (franciscanos y dominicos) y otras personas importantes, entre las cuales hay que destacar la presencia del Marqués del Valle Hernán Cortés. La carta-informe del presidente de la Audiencia Ramírez de Fuenleal, de 30 de abril de 1532 nos sirve de línea divisoria, pues en ella hace mención explícita de algunas reuniones celebradas y de algunos temas tratados. El documento sobre la “Perpetuidad y población de la tierra”, que comúnmente ha sido conocido como “Junta de 1532”, es el fruto de una reunión iniciada, como nos dice el mismo documento, el primero de mayo de ese mismo año.
La “Junta del Presidente y oidores con varias personas…para moderar las Ordenanzas sobre el tratamiento de los indios”, lleva la fecha del 23 de mayo y el documento sobre la Erección provisional de la Catedral de México” tiene fecha del 27 de mayo. Esto nos plantea enseguida un interrogante: ¿conviene hablar aquí de una o cuatro Juntas? ¿No es mejor hablar de una Junta celebrada en varias sesiones, que emanó diversas resoluciones y documentos? Sin querer dirimir la cuestión podemos afirmar con toda certeza: en 1532 se celebraron varias Juntas, unas antes de abril y otras después de abril; los documentos emanados llevan fechas del mes de mayo de 1532; esto no excluye la posibilidad de que se hayan celebrado además otras Juntas durante ese mismo año.
La Tercera Junta de 1532
La tercera de las cuatro Juntas Eclesiásticas del año 1532 celebradas en la Ciudad de México, tuvo como finalidad aplicar en la Nueva España las prescripciones que la Corona había dado sobre el modo de poblar y conservar la tierra. El documento que actualmente poseemos, resultado de la Tercera Junta de 1532, además de declarar con precisión los nombres y cargos de los participantes, -todos ellos eclesiásticos-, nos permite aclarar otros puntos. Respecto a la fecha de su celebración dice explícitamente que se reunieron el primero de mayo de 1532.
Si su intención era seguir en todo las prescripciones reales, podemos suponer que se ajustaron a las cláusulas rituales de las mismas, que prescribían: "oir una misa solemne del Espíritu Santo, que alumbre vuestros entendimientos y os de gracia para lo bien y derechamente hazer y cumplir; y oida la dicha misa prometays y jureys solemnemente ante el sacerdote que la huviere dicho, que bien y fielmente, sin odio ni afición hareys el dicho repartimiento, y las otras cosas, de suso contenidas ... ".[2]
Según el mismo documento emanado por esta Junta, el día 3 de mayo todavía estaban reunidos y se hace alusión a otras reuniones precedentes: "Luego platicaron, después de se aver juntado y platicado otras veces antes que agora, de qué cosas y principios deviamos informar a Su Magestad... ".
Entre los asuntos que ciertamente debían informar al rey se encontraba una relación detallada sobre la Nueva España: “... nuestra voluntad es de saber, largo y particularmente de la dicha Nueva España, y sus tierras y provincias y de la calidad y manera della, y de los pueblos della y del tamaño y grandor de cada uno y de los términos que tiene, o se podrían dar para si conviniese suplicar a nuestro muy santo Padre provea (nse?) yglesias y Obispados y perlados, de la dicha tierra lo supliquemos, porque las gentes naturales de aquellas partes sean enseñados en nuestra santa fee Catholica, y para que con más brevedad se conviertan y tornen a ella, que es nuestra principal intención, que a esto nos mueve".[3]
La corona quería con estas informaciones completar el abundante contenido de las cartas de relación de Hernán Cortés. Ponce de León había recibido este encargo, pero murió antes de llevarlo a cabo. El licenciado Marcos de Aguilar y otras personas, especialmente los religiosos, habían mandado sus informaciones al Consejo.
Ahora bien en España se quería obtener una información todavía más completa. La situación provocada por la primera Audiencia no permitió celebrar la Junta ordenada a este fin por la corona. Una vez establecida la segunda Audiencia se le pedía que se ajustase a las instrucciones precedentes.[4]Los primeros esfuerzos de los Oidores y la actividad realizada por Sebastián Ramírez de Fuenleal estuvo avocada a este este punto en los primeros meses de su gobierno.
¿Cuáles eran los objetivos que la corona perseguía al pretender una información lo más completa posible? Lo podríamos sintetizar con toda claridad en aquella expresión un tanto formal, pero en el fondo objetiva: para servicio de Dios, del Rey y de sus vasallos, españoles y naturales.
En la visión de los españoles del siglo XVI y particularmente en la visión de los conquistadores y pobladores de la Nueva España, estos tres aspectos constituían un todo, difícilmente separable. Así como denota una fuerte capacidad de reducción el destacar como único objetivo de la conquista el enriquecimiento de la corona y de los conquistadores y la explotación de los naturales, pecaría de infantilismo quien quisiera interpretar el descubrimiento y la conquista como una gesta espiritual, de incontaminado sabor evangélico.
La realidad histórica no admite una dicotomía tan simplista. Si en la actualidad nosotros reclamamos y damos por descontada una neta separación entre el estado y la iglesia, sería incongruente e injusto negarle al hombre del siglo XVI una visión propia de estas realidades, distinta de la nuestra.
Precisamente por esta razón todavía encontramos recogida en las «Recopilaciones de Indias», históricamente bastante posteriores, las creencias en el origen divino del poder real. Por otra parte el Patronato Real sólo se explica debidamente si se le concede a esta creencia su importancia. Hago esta aclaración porque a pesar de que algunas cédulas recalquen más la dimensión religiosa, -cosa que sucede en este caso-, o insistan otras en el aspecto económico o en el buen tratamiento de los indios, tal insistencia no hay que considerarla exclusiva o excluyente.
Hay que armonizar los tres elementos. Una visión serena y global del cuerpo de leyes emanado por la Corona de España respecto a las Indias tiene que tener en cuenta necesariamente estos tres aspectos.
Por otra parte el tipo de hombres que llegaron a las tierras descubiertas se conforma más fácilmente con una caracterización más matizada: conquistadores, pobladores, religiosos, clérigos, obispos, oficiales, gobernantes... y, además, ya desde estos años surge el fenómeno que va a distinguir el influjo español en América: el nacimiento de los nuevos pueblos, los criollos y los mestizos.
Aparentemente las resoluciones de esta Junta tienen poco que ver con la situación religiosa de la Iglesia en México. Según Specker,[5]parece que la cuestión principal consistía en determinar el número de habitantes y pueblos de México. Henkel menciona además el modo que tenían los naturales para heredar los señoríos y algunas cuestiones sobre la repartición de las tierras, y destaca, justamente, cómo todos los participantes estuvieron de acuerdo en afirmar las cualidades de los naturales y su amor a las cosas de la fe: “Yten todos dixeron que no ay dubda de aver capacidad y suficiencia en los naturales y que aman mucho la doctrina de la fe y se a hecho y haze mucho fruto, y son ábiles para todos los oficios mecánicos y de agricultura, y las mujeres honestas y amigas de las cosas de la fe y trabajadoras”.
Sin embargo, si atendemos más directamente al texto de la Junta se puede dividir claramente en dos secciones. En una primera parte se responde al Rey sobre tres puntos: a) sobre los pueblos que se han de asignar a la Corona, b) sobre el modo con que se ha de proceder a la hora de conceder vasallos y beneficios, y c) “;e platicó mucho que orden se tenía en poblar y conservar esta tierra. En una segunda parte los miembros de la Junta determinan informar al Rey sobre una serie de cosas y principios que deseaban se tuvieran en cuenta a la hora de gobernar.
Si analizamos el texto más a fondo podemos dividirlo igualmente en dos secciones, pero partiendo de otro punto de vista: el de la convergencia de pareceres. En algunos puntos todos coincidieron, “nemine discrepante”, en otros no llegaron a ningún acuerdo y “vistas las palabras de la ynstrucción de Su Magestad, fue acordado por todos que cada uno por sí lo encomendase a Nuestro Señor, y diese su parecer escrito, cerrado y sellado” para enviarlo al Rey.
Considerando en su conjunto las diversas cláusulas de esta Junta se puede señalar como cuestión fundamental “el orden (que) se tenía en poblar y conservar esta tierra”, “lo tocante a la perpetuydad y población desta tierra”. El tema de los pueblos destinados a la Corona, la concesión de oficios y beneficios, los modos de sucesión en el poder que tenían los indios, los diezmos, la descripción de la tierra ... todos ellos giran en torno al tema clave, el orden que se ha de seguir para poblar y conservar la tierra.
A primera vista, fuera de la afirmación de la capacidad intelectual de los naturales y de su afición por las cosas de la fe, no se ve muy claramente el carácter religioso de esta Junta Eclesiástica. Sin embargo conviene tener más en cuenta el contexto en que se desarrolló esta Junta.
A consecuencia de las situaciones de injusticia que habían creado los componentes de la Primera Audiencia, tanto para los naturales como para los españoles, convenía que el nuevo Presidente de la Audiencia (Ramírez de Fuenleal), conocido y estimado por su prudencia, se juntara con los representantes más destacados del clero mexicano y enviaran un informe sobre la forma de proceder en el gobierno de Nueva España. La situación era crítica y gran parte del éxito dependía de las primeras decisiones que tomara la Segunda Audiencia. Además no hay que olvidar que uno de los objetivos fundamentales de la Corona consistía en la evangelización y propagación de la fe.
Aunque la Junta señala claramente el campo abierto para nuevos descubrimientos (“Su Majestad sepa que no se a podido ni puede bien averiguarse el número de pueblos subjetos o estancias que ay en esta Nueva España, por ser la tierra muy larga y doblada en estas partes y los yndios los encubren, y no está pisada ni andada toda por los españoles”), los miembros advierten claramente que el tema fundamental de la instrucción real tocaba la cuestión de la perpetuidad y población de la Nueva España.
No se trataba simplemente de fundar unos puntos de apoyo donde los españoles pudieran libremente y con seguridad desarrollar sus actividades comerciales y aprovechar los productos y riquezas de las tierras descubiertas. El proyecto era diverso y de capital importancia para el desarrollo espiritual y cultural de México: “se platicó mucho que orden se tenía en poblar y conservar esta tierra”. De unas tierras de paso o puntos y puertos de mercadería se abre paso la realidad de las tierras de arraigue.
El 14 de agosto de 1531 aseguraban los miembros de la Audiencia: “nos hemos puesto a hacer ensayos de repúblicas políticas por ver si acertamos en alguna para la perpetuidad de este país, y que sea sin dar a los indios en encomienda, bien que para todos, excepto para los religiosos, esta empresa se tiene por difícil”.[6]Este tipo de «repúblicas políticas» se diferencia claramente de la ciudad fortaleza.
Veracruz, Segura de la Frontera, Medellín, Coatzacoalcos, Antequera de Oaxaca, Compostela, Culiacán... fueron lugares escogidos inicialmente por su importancia estratégica para asegurar los caminos, o para pacificar y proteger regiones particularmente ricas. Los españoles se establecían en ellas como encomenderos, recibiendo los tributos de los indios pero con la obligación de mantener a punto sus armas, defender el lugar y presentarse a los alardes que periódicamente se hacían.
Concebir un tipo distinto de población, parecía por aquel entonces empresa imposible. La zona ocupada por mexicanos y tlaxcaltecas contaba con un número elevado de habitantes. Las diferencias y pleitos entre los mismos naturales sobre la posesión de tierras, según afirma la Junta, llegaban con frecuencia a producir muertes. Si el rey tenía la intención de confirmar favores, dar vasallos y conceder tierras a los nuevos pobladores, podría esto resultar una causa de nuevos conflictos y enfrentamientos.
Añádase que aún pesaba sobre la ciudad de México la desaparición de tantos hombres y mujeres que habían encontrado la muerte defendiendo la ciudad. Vasco de Quiroga tiene muy en cuenta la crudeza de la situación tan miserable en que se encontraban los niños huérfanos: “a causa de ser muertos en las guerras y minas los padres y madres de los tales huérfanos, y de aber quedado así pobres, que andan por los tianguez e calles a buscar de comer lo que dejan los puercos y los perros, cosa de gran piedad de ver, y estos huérfanos y pobres son tantos, que no es cosa de se poder creer, si no se ve”.[7]
Vasco de Quiroga constata por otra parte los resultados positivos conseguidos por los franciscanos, en sólo siete años, en la educación de los niños y considera ser éste uno de los métodos más seguros para la evangelización: “... tienen gran número de estos mochachos en sus casas y monesterios, tan bien dotrinados y enseñados, que muchos dellos, demás de saber lo que a buenos cristianos conviene, saben leer y escribir en su lengua y en la nuestra y en latin, y cantan canto llano y de órgano, saben apuntar libros dello harto bien, y otros predican; cosa, cierto, mucho para ver y para dar gracias a Dios Nuestro Señor, de ver su templanza y vondad y calidad, porque, por falta de graneros, no perezca, se dé horden y favor como se hagan estos pueblos nuevos, que dicho tengo, donde se recoja este fruto; y si este aparejo de pueblos donde se recoja es Dios servido que se haga, este será, si yo no me engaño, el mas fermoso mas fértil Agosto que ay aya en el mundo”.[8]
Esos nuevos graneros van a ser los nuevos pueblos, levantados por naturales y españoles. Con los niños de los naturales, educados cristianamente, y con grupos de españoles surgirán poco a poco los nuevos pueblos y florecerá un nuevo modo de vivir y una nueva raza. La consolidación y crecimiento de Puebla y la fundación de los Pueblos hospitales de Don Vasco, serán parte de los resultados inmediatos producidos por esta Junta. Españoles y naturales encontrarán su principal fuente de riqueza en el cultivo de la tierra.
Este modo de proceder marca la trayectoria que seguirá el desarrollo y crecimiento de la sociedad mexicana, y cabe señalarlo como punto de partida para la convivencia entre españoles y naturales, como elemento catalizador del mestizaje y como base fundamental para la evangelización y cristianización de la Nueva España.
Sin duda Vasco de Quiroga se daba cuenta de la importancia trascendental de este paso, pues afirmaba: “Y si esto Dios lo guía, como espero que lo ha de guiar, por ser una tan grande cosa que no se puede con palabras explicar…y yo me ofrezco, con ayuda de Dios, a poner plantar y un género de cristianos a las derechas, como primitiva iglesia, pues poderoso es Dios tanto agora como entonces para hacer é cumplir todo aquello que sea servido é fuese conforme a su voluntad.”[9]
Casi para concluir la Junta hace de pasada una afirmación sobre el gobierno de los pueblos asignados a la Corona: “Cuanto a la orden que debe aver en la administración y conservación de las cabeceras y pueblos que se señalan para Su Magestad, todos dixeron que haziéndose en cada una un monesterio y no residiendo españoles en ellos se instituirán y governarán como deben.”
Es una observación lacónica que en su brevedad señala el hecho comprobado de la dedicación de los misioneros en favor de los indios. Con ellos la evangelización y la justicia quedaban garantizadas.
NOTAS
- ↑ GIL Fernando, Primeras doctrinas del Nuevo Mundo, Roma 1989 (Tesis doctoral P.U.G. Teología 6756)
- ↑ PUGA VASCO DE, Provisiones, cédulas, instrucciones para el Gobierno de la Nueva España, Madrid, 1945 (edición facsimilar) f 8v-9
- ↑ PUGA 17v
- ↑ PUGA f 7v.
- ↑ SPECKER J., Die Missionsmethode in Spanisch-Amerika im 16 Jh. mit besenderer Berücksichtigung der Konsilien und Synoden, Schoneck-Beckenried 1953. HENKELW., Die Konzilien in Lateinamerika (Teil 1:Mexiko 1555-1897), Paderborn 1984, p. 54.
- ↑ Colección de documentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y organización de las antiguas posesiones españolas de América y Oceanía, sacadas de los archivos del Reino y muy especialmente del de Indias. (CDIAO) Madrid, 1864-1884, 42 volúmenes. Vol. 41, p. 79. Como complemento se pueden leer con utilidad las observaciones de CHEVALIER F., Significación social de la fundación de la Puebla de los Ángeles, Puebla 1957.
- ↑ CDIAO 13, pp. 420-429, Carta del 14 de Agosto de 1531.
- ↑ Ibídem.
- ↑ Ibídem
BIBLIOGRAFÍA
Colección de documentos inéditos relativos al descubrimiento, conquista y organización de las antiguas posesiones españolas de América y Oceanía, sacadas de los archivos del Reino y muy especialmente del de Indias. (CDIAO) Madrid, 1864-1884, 42 volúmenes
CHEVALIER F., Significación social de la fundación de la Puebla de los Ángeles, Puebla 1957.
GIL Fernando, Primeras doctrinas del Nuevo Mundo, (Tesis doctoral P.U.G. Teología 6756) Roma 1989
HENKEL W., Die Konzilien in Lateinamerika (Teil 1:Mexiko 1555-1897), Paderborn 1984
PUGA VASCO DE, Provisiones, cédulas, instrucciones para el Gobierno de la Nueva España, Madrid, 1945 (edición facsimilar)
SPECKER J., Die Missionsmethode in Spanisch-Amerika im 16 Jh. mit besenderer Berücksichtigung der Konsilien und Synoden, Schoneck-Beckenried 1953
CRISTÓFORO GUTIERREZ VEGA